sábado, 25 de enero de 2025

Interesante caso en materia de precedencias

La UNNE, universidad con dos sedes

Salón de Sesiones del Consejo Superior (Foto UNNE)

Por Miguel Carrillo Bascary

 

Hace pocas semanas la Dirección de Ceremonial y Protocolo de la Univ. Nacional del Nordeste consultó al Señor Presidente del Instituto Nacional Belgraniano quien derivó el su tratamiento al autor de esta nota. 

Competencia

Según lo prevé el decreto de su oficialización, el Instituto es competente para asesorar sobre este tipo de temas a las entidades públicas y privadas que así lo soliciten. 

La consulta

Se concretó en el pedido cuya parte sustancial se resume. En el mismo se explicó que “Las Asambleas Universitarias es el órgano donde se elige al Rector/a y siempre se realizaron en la ciudad de Corrientes y el acto de Toma de Posesión del Cargo en el Aula Magna que está en la ciudad de Resistencia, Chaco, pero en la última elección (2022) se invirtieron los lugares”. Que, “al tener [las autoridades universitarias] asiento en dos provincias, siempre colocó ambas banderas provinciales en todo el ámbito que dependa de Rectorado” y se “invitó a que hagan lo propio a los Decanos y Decanas de sus Facultades”. Que, “al ser una universidad nacional, ámbito federal, se optó por colocar esas banderas provinciales en orden alfabético desde lo protocolar”, apuntando que, a raíz de la decisión de la Real Academia Española de excluir del abecedario los signos “CH” y “LL”, “que no son letras, sino dígrafos”, por lo que resulta que la bandera del Chaco pasó a tener precedencia respecto de la de Corrientes.

Que esto motivó una observación de parte de un funcionario correntino, a quien le llamó la atención la disposición de los vexilos. Al respecto sostuvo que, “realizándose el acto en territorio correntino a su criterio correspondía que fuera la bandera de esta provincia la que gozara de precedencia respecto de la chaqueña”.

Se le respondió que, “al tratarse de un ámbito nacional y eliminada la "ch" de la lengua española, ubicarlas por orden alfabético es lo que corresponde". Ante esta respuesta el funcionario correntino no formuló otro comentario. 

Aun así, la consulta al Instituto se concretó con el fin de contar con mayores elementos en caso planteos similares al realizado. 

Resumen del informe en respuesta 

El caso en análisis

Según los términos de la consulta, la situación se dio en el acto de toma de posesión del cargo de rector, concretado en la ciudad de Corrientes. En el auditorio se destinó la derecha para colocar la Bandera Oficial de la Nación, acompañada por la de Chaco y la de Corrientes, en este orden. 

El dilema

La consulta solicita que se exprese, si la disposición antedicha es acorde a los cánones del Protocolo y que, en su caso, se expresen los fundamentos del juicio que resultare. 

Marco normativo aplicable

En el ámbito de las universidades nacionales existe un ordenamiento conjunto sobre la materia. Se trata del “Manual de Ceremonial y Protocolo de las Universidades Nacionales[1]. Fue elaborado en el curso de los “Encuentros Nacionales de Responsables de Ceremonial de las Universidades Nacionales” con el carácter de “lineamientos básicos para el proceder protocolar” (sic.: pág. 2 de la publicación). Este tiene como único alcance a las entidades aludidas, no se trata de una norma de vigencia general, ni integra el sistema normativo nacional.

La directiva se adoptó citando como antecedente legitimante a la autonomía universitaria consagrada por el art. 75, inciso 19, de la Constitución Nacional y a los artículos 29 y 59 de la “Ley Nacional de Educación Superior”, Nº24.521.

Se hace constar que el “Manual” contiene algunos errores y omisiones en cuanto a los símbolos nacionales, pero como carecen de incidencia en la consulta no serán materia de comentario. 

Consideraciones en concreto

Para el caso planteado, es referencia primaria el “Punto 9 –“TRATAMIENTO DE SÍMBOLOS PATRIOS” del “Manual”. En el apartado se indica expresamente que, cuando hubiere un número impar de vexilos, corresponderá aplicar la regla del centro, de manera que en la situación planteada irá la Bandera Oficial de la Nación escoltada a cada lado por las de provincias. 

Sin embargo, en la fotografía que acompaña la consulta[2] se observa que se aplicó la regla del orden lateral, ubicando en la extrema derecha a la Bandera Oficial de la Nación (Ver página 23 de la publicación indicada)

Como no existe una ley nacional sobre la temática la doctrina expresa dos criterios

1) aplicar siempre la regla de la derecha; lo que suele generar cuestionamientos.

2.1) ordenar una cantidad par de vexilos colocando a la diestra al que goza de precedencia y así sucesivamente; 

2.2) habiendo un número impar, se distribuirán acorde a la regla del centro. 

Por aportar mayor ductilidad en múltiples situaciones, el criterio “2”, en ambas variantes, es el que adoptó el Instituto Nacional Belgraniano en su anteproyecto de “Ley Sistémica de Símbolos y Emblemas Nacionales”, oportunamente enviado al Congreso Nacional.

Consecuentemente, si se asigna el centro a la Bandera Oficial de la Nación, para disponer las de provincias corresponderá apelar al orden alfabético de sus nombres.

Es aquí donde la solución arbitrada por el consultante resulta acertada y pertinente, por adecuarse al inveterado principio de precedencia de que goza la Bandera Oficial de la Nación, respecto de las enseñas de los estados que componen la República Argentina y, también, por ser conteste con la relativamente reciente disposición de la Real Academia Española, que determinó como un díptico a la “CH”.

Por lo tanto, es claro que según la pauta de ordenamiento de iguales conforme al alfabeto, Chaco, goza de precedencia respecto de Corrientes, lo que corresponderá respetar. Cabe señalar que tratándose de una universidad nacional con sedes en ambas provincias no existe razón para alterar la directiva. 

Otra pauta de aplicación a considerar

Analizado el encuadre previo, es innegable que el caso tiene sus especificidades cuya existencia, así como otras similares, ya aparecen previstas en el “Manual” (ver páginas 2 y 3), aunque en forma tácita. Ello implica que las pautas contenidas en el instrumento no son absolutas, ya que el Encuentro del que emanó no tiene imperium de carácter normativo para las universidades.

Así, no es posible soslayar que la UNNE desarrolla su actividad en dos provincias y que entre ellas se distribuyen las sedes de sus autoridades, una peculiaridad que plantea perspectivas emotivas innegables derivadas del hecho que en la disposición de banderas la del Chaco siempre antecederá a la de Corrientes.

A mi criterio esto justifica explorar otras perspectivas, de lege ferenda, como se dice en Derecho.

Así, me aventuro a entender que nada obstaría para que la Universidad dicte una ordenanza donde se disponga que, en los actos formales donde se presente la Bandera Oficial de la Nación en conjunto con las enseñas provinciales de ceremonia o en situación de izamiento, corresponderá que la chaqueña anteceda a la de Corrientes si los actos se desarrollan en dicha provincia o cuando los establecimientos y eventos se cumplen en la misma. Mientras que, se hará lo contrario cuando ocurran en el territorio correntino. Como corolario, en la normativa se debería especificar también que, cuando los usos ceremoniales se concreten en cualquier otra jurisdicción territorial, corresponderá que la bandera del Chaco anteceda a la de Corrientes a los efectos protocolares, conforme al ordenamiento alfabético de sus nombres.

Subjetivamente entiendo que así se daría satisfacción alternativa a las legítimas expectativas de los miembros de la comunidad educativa que se relacionen más estrechamente con cada uno de los estados provinciales. 

Como apreciación general

Corresponde valorar la inquietud del consultante por esclarecer una ecuación protocolar que resulta de gran interés para el desarrollo factico y normativo de la temática. 

Dr. Miguel Carrillo Bascary

Miembro de Número

Instituto Nacional Belgraniano



[2] Como la toma que se me envió no contaba con la claridad deseada se sustituyó por un esquema.

No hay comentarios:

Publicar un comentario