sábado, 30 de noviembre de 2024

Ser escolta, honor y servicio

¿Función relevante o “premio consuelo”?

Por Miguel Carrillo Bascary

En el ceremonial de banderas es obvio que la mayor distinción es la de ser portador. Si nos remontamos en el tiempo esto nos lleva a un pasado donde la comisión implicaba un serio riesgo de vida ya que durante una acción bélica los enemigos buscaban conquistar el vexilo a toda costa, por lo que el abanderado era blanco propicio para tales esfuerzos. El portador debía procurar sostener su bandera bien visible, tanto para animar el avance de sus compañeros de armas como para que fuera vista por su comandante, lo que permitía ordenar los movimientos tácticos de las unidades en medio del combate. Esto es lo que explica que cada regumiento, cada batería, cada escuadron, cada compañía y hasta cada sección tuviera un vexilo que los identificaba. Capítulo aparte eran los ejércitos donde la "bandera generala" acompañaba el mando conductor, del que tomaba su nombre, esta se mantenía junto a él en todo momento, salvo cuando se empeñara la reserva, como ocurrió durante la batalla de Maipú (5 de abril, 1818), en que el Libertador San Martín se lanzó al combate llevando la enseña de su ejército. 

En consecuencia, el abanderado estaba casi inerme ante los embates adversarios y en ocasiones extremas debía servirse de la lanza que remataba el asta. Esta es la razón de que siempre fuera acompañado por camaradas cercanos, prestos a la defensa del vexilo y de su persona, quienes eventualmente lo reemplazaban en caso de su baja. Una muy cruda realidad.

La portación de banderas en la forma clásica quedó en el pasado, pero persiste en el Ceremonial, tanto en el castrense como en el civil. En general suelen ser tres quienes forman la escuadra a cargo de los vexilos, el abanderado y dos escoltas, aunque hay países que comprometen un mayor número de protagonistas. Un buen ejemplo es México, donde la escuadra de honor está compuesta por seis elementos.

Quienes acompañan al abanderado no son escoltas de su persona, sino de la bandera. Parece elemental pero no debe olvidarse.

Es fundamental trasmitir que, ser miembros de la escuadra constituye un acto de servicio que presupone la decisión personal de asumir el rol. En los últimos años, al menos en Argentina, se ha superado el concepto de que se trataba de una obligación irrenunciable, tal como privó en algún momento. Una negativa no implica un desprecio a la función, menos aún al símbolo. Puede haber circunstancias donde la persona enfrente un dilema de importancia como una enorme timidez, un complejo en particular o alguna circuntancia en particular. Tanto la institución como la comunidad y aún el estado deben respetar esa voluntad. Según cuál sea la causa, particuilarmente en el sistema escolar, corresponde trabajar desde lo emocional para asistir al alumno implicado y ayudarlo a definir con toda responsabilidad la postura que adoptará.

Ser abanderado o escolta también implica un puesto de honor lo que demanda acreditar méritos muy especiales, hasta el punto de ser reconocidos por sus camaradas y por la superioridad. La normativa que rige estas designaciones suele ser muy precisa, sobre pautas objetivas, su aplicación puede parecer muy dura, pero de esta manera se evitarán enojosas subjetividades cuando deban asignarse estas comisiones. Los implicados deben ser un ejemplo de virtudes humanas y profesionales (o acreditar méritos en el estudio, si tratamos de escolares).

Ser escolta es un enorme reconocimiento pues implica destacar de entre sus compañeros, no se trata de un “premio consuelo”. Si hay uno con mayores merecimientos será en base a su esfuerzo, no hay mengua en quien se vea postergado. Además, bien puede convenirse que el abanderado ceda circunstancialmente su rol en beneficio de los escoltas, como un gesto de camaradería que también es parte de la vida.

Es preciso señalar que, objetivamente, es mayor mérito ser escolta de la bandera nacional que llevar la que representa a la provincia. Obvio que las pautas del Ceremonial consagran este precepto. Sin embargo, en el conocimiento general no se llega a advertir lo expresado, lo que suele generar algunas incomodidades en las relaciones implicadas.

En cuanto a jerarquías, la usanza determina que haya un primer y un segundo escolta que, en caso necesario, reemplazarán por su orden al abanderado.

En sí mismos, abanderado y escoltas forman un equipo. Si bien sus funciones están diferenciadas estos últimos deben ser capaces de reemplazar al primero en cualquier circunstancia, por ejemplo, en caso de ausencia o cuando lo afecte un malestar circunstancial  durante una ceremonia. Por esta razón los escoltas deben contar con las habilidades y actitudes necesarias para operar con el asta/bandera, lo que solo se alcanza ensayando previamente, hasta que se alcance el nivel satisfactorio. La preparación también comprenderá el desenvolverse con solvencia en las operaciones de enfundado y desenfundado del símbolo una faceta poco frecuente, según lo que se observa cotidianamente.

Si el abanderado experimentara una discapacidad[1] los escoltas cooperarán con eficacia para asistirlo de la manera menos evidente, se trata de una actitud de empatía elemental. Lo mismo vale para los escoltas.

Ítems de interés para los escoltas:

- En el ámbito militar y de las fuerzas de seguridad el desempeño debe ser marcial, característica que será sobreactuada si se trada de una ceremonial civil, esto último no debe implicar displicencia alguna.

- Mantendrán una posición atenta, erguida, próxima al abanderado, en una línea por detrás de su posición (para que se destaque bien la bandera), nunca se colocarán en su mismo plano y, mucho menos, irán por delante. Jamás deben sentarse.

- No deben cruzarse de brazos ni colocar sus manos en los bolsillos.

- Los desplazamientos de abanderados y escoltas serán seguros, bien definidos y al unísono, con la espalda recta.

- Ante una emergencia que afecte a un escolta, el interesado lo hará saber discretamente al docente acompañante, para que provea su reemplazo transitorio por otro compañero y lo asista, de ser necesario. 

- Si deben hidratarse no lo harán ostensiblemente, corresponderá que el docente que los acompañe les provea de un vaso con agua o, in extremis, de una botella dotada de un sorbete, resulta inadecuado empinar el envase y beber del pico estando en formación.

- Durante los actos es común que la corbata del asta se desajuste y se corra para atrás. Una tarea del primer escolta será acomodarla en su debido sitio, cuando resulte necesario.

- Cuando la enseña deba ir en la cuja o al salir de esta posición, los escoltas dejarán que el abanderado lo concrete por sí mismo, sin ayuda. Esto supone su capacitación para dominar el procedimiento. El primer escolta debe estar listo para prestar una ayuda de emergencia, únicamente cuando sea extremadamente necesario y, en especial, para evitar que el paño toque el piso.

- Si se da la ocasión, los escoltas civiles y escolares pueden aplaudir, no así el abanderado, su función es la de atender la bandera que porta, exclusivamente.

- No es responsabilidad de los escoltas sino de la institución, pero es oportuno recordarlo: el abanderado no puede resignar su función para adelantarse a recibir premios o diplomas, tampoco se lo seleccionará para que haga uso de la palabra. Su misión como portador es absolutamente prioritaria. Lo misma procederá para los escoltas.

- En algunas provincias se estila que los abanderado y escoltas se desempeñen con guantes blancos, esto evita que la grasitud de las manos ensucie el paño.

- Los escoltas no deben portar mochilas, bolsos, portafolios ni otra cosas en sus manos; estas deben estar libres por si tuvieran que tomar la bandera.

- Durante la marcha los escoltas mantendrán una posición en triángulo equilátero con respecto al abanderado, jamás ponerse a su par.

- Si la escuadra debe atravesar un pasillo o un espacio estrecho se adoptará con toda naturalidad la posición en columna, el abanderado al frente, seguido por el primer escolta y luego irá el segundo.

- El paso acompasará con el que lleve el abanderado.

- No resulta esencial que los escoltas lleven las clásicas bandas que caracterizan la función, pero siempre será lo adecuado en mérito a las tradiciones. Se apunta que en lo militar los escoltas no llevan banda, pero sí armamento y correajes.

- Es lo usual, pero nada obliga a lucir escarapela.

- A tenor de la experiencia cotidiana, quienes acompañen a una bandera de ceremonia harán bien de cuidar lo siguiente: llevar la camisa abrochada y el nudo de la corbata debidamente anudado, la camisa o chomba dentro del pantalón y con los botones abrochados (excepto el primero). Habrá que extremar la higiene en el vestido, con el cabello largo recogido y, de usarse pollera o pantalones cortos, las medias estarán subidas. En cuanto a las camisas, se acordará que abanderado y escoltas las muestren en la misma forma, ya sea las tres arremangadas o con los puños cerrados, es nada elegante usarlas a mitad de antebrazo. También se observarán otras actitudes que demanden las pautas propias de la situación

- Obviamente, ni el abanderado ni los escoltas deberán atender sus celulares, los que se colocarán en silencio antes de comenzar los actos.


[1]  Discapacidad y servicio de abanderados; https://banderasargentinas.blogspot.com/2017/05/abanderados-con-impedimenta.html  y también, Abanderado con una discapacidad específica. Problemas para mantenerse de pie https://banderasargentinas.blogspot.com/2020/10/abanderado-con-una-discapacidad.html

viernes, 29 de noviembre de 2024

¿Universos paralelos?: bandera de La Argentina

El misterio del vexilo vacío 

Por Miguel Carrillo Bascary

Hugh Everett III, físico nacido en Washington D.C. (1930-1882), formuló en 1956 la Teoría de los Muchos Mundos, también llamada de los Universos Paralelos o de los Multiversos, que desarrolló a partir de la mecánica cuántica. Rápidamente se divulgó concitando entusiastas adhesiones y agrias críticas. Lo notable fue que a través de la Ciencia Ficción llegó a la opinión pública y hoy la acepta una ingente cantidad de personas, que por supuesto nada saben de física. Todo es teórico ... por ahora.

 

A partir de esta introducción pareciera abrirse la posibilidad de plantear una hipotética prueba de la veracidad de las ideas de Everet. Partiremos de un ejercicio de imaginación basado en las realidades que nos presentan la República Argentina y el municipio de La Argentina, cuya semblanza se aporta.

Claro está que ambos, la nación y esa ciudad, conviven en nuestra misma realidad histórica y cada una ocupa su respectivo espacio físico. La semejanza es solo de nombres.

La República Argentina

Doy por sentado que el lector conoce a qué evoca su nombre, por lo que inmediatamente sigo adelante.

El municipio de La Argentina

Ubicación de La Argentina

Posiblemente los colombianos tengas noticias al respecto, pero, al menos para mí, resultó ser una novedad cuando a través de su curiosa bandera tomé conocimiento de su existencia.

Precisamente, La Argentina, es un municipio de Colombia, enclavado en las lujuriantes Serranía de las Minas, desprendimiento de la Cordillera Central, departamento de Huila. Esta referencia orográfica explica que por su otrora función de centro minero argentífero llegó a considerarse como “capital minera de Colombia”. Sabido es lo voluble que son las ciudades de este origen que crecen tan rápidamente como desaparecen al agotarse las vetas.

Vista aérea de la ciudad

Las semejanzas con la República Argentina no radican solo en el nombre, uno de sus distritos es “Buenos Aires”, y hay otra correspondencia en el río de La Plata que transcurre entre los montes cercanos.

Advierto a los lectores de nacionalidad argentina que los municipios colombianos abarcan amplias zonas rurales y encierran diversas poblaciones, de las que una resulta ser su capital; al estilo de los “partidos” de la provincia de Bs. Aires.

Plaza central

En contraposición a la complejidad urbana de la estructura porteña, La Argentina se caracteriza por su perfil rural definido en sus numerosas fincas, donde se cultiva café, cacao y otros frutos, ya que la geografía y el clima se prestan perfectamente para ello.

Iglesia parroquial

El territorio de La Argentina registra evidencias de población desde hace 1.000 años a. C. La penetración española fundó su primer asentamiento en 1551, pero no fue sino hasta un siglo más tarde que la población ocupó el sitio de la Villa de San Sebastián de La Plata. Las minas de plata de la región le dieron un incipiente sustento económico. Pero pronto se abandonó su explotación y cayó en el abandono. Lo que se conoce como el “Vacío histórico” que persistió hasta que a mediados del siglo XIX comenzó a repoblarse. Fue el 15 de octubre de 1884 que se refundó la ciudad en el mismo sitio de la primera instalación. Con la década de 1940 comenzaron a radicarse en la zona migrantes de otros distritos. En 1960 La Argentina fue reconocida como municipio. La ciudad está a unos 1.560 mts sobre el nivel del mar, cuenta con 360 km2 y una población estimada en 14.000 habitantes, de los que 5.000 son urbanos.

Blasón municipal (Imagen: De Trioxk)

La Argentina cuenta con escudo de armas de compleja elaboración. En apretada síntesis podrían destacarse algunas similitudes con la nación del Plata: por timbre el municipio lleva un Sol naciente, sin cara y con solo 6 rayos rectos; también se advierte el gorro de la Libertad que lo corona, mientras que en el país del Sur es el atributo central.

Por lo demás, en una partición de 9 cuarteles se advierte: la representación del río de la Plata, la Cruz cristiana, cristales de esmeraldas y amatistas, un carcaj de flechas indígena, una pala, un machete y un hacha, una orquídea, un árbol de café y las cabezas de un caballo y un toro; cargas que señalan distintos aspectos característicos de la zona. Por debajo una cartela azul porta el lema: “Justicia/ Paz/ Trabajo” y los guarismos “1551” (primera fundación) y “1960” (año en que se constituyó el municipio, como ya se dijo.

Contraviniendo lo usual en la Vexilología, donde los escudos suelen figurar como atributos centrales de los paños, en el caso de La Argentina, es la bandera la que aparece en el corazón (centro) del blasón, pero con un agregado, ya que suma las iniciales “A/H/C/Y/S” que remiten a la secuencia “ARGENTINA/ HUILA/ COLOMBIA/ Y/ SURAMERICA”, en color oro (amarillo) (oro). Una característica, realmente notable.

Cuartel central del blasón

Este vexilo es blanco, con 28 estrellas pequeñas de cinco puntas en color verde oliva, dispuestas en forma absolutamente original, lo que singulariza el diseño hasta el punto que el observador no advertido puede pensar que faltó dibujar algun elemento.


Como un ejercicio de diseño les presento la bandera de La Argentina hipotéticamente "completada" con el monograna que aparece en el escudo, otra versión podría acompañar la carga en el centro métrico del paño.

Los astros se desarrollan a partir de otra estrella, igualmente verde, pero de seis rayos, señalando una magnitud relativa mayor, que representa al centro urbano principal, San Sebastián. La cauda estelar se despliega “en forma de espiral de cola recta” (sic). Cada una de las estrellas menores alude a uno los 28 distritos llamados “veredas”, término con el que se designa a pequeñas comunidades agrarias, de entre 50 y 100 habitantes, cuyas parceles se unen por medio de caminos rurales.

No tengo elemento concreto alguno para explicar la razón que define la ausencia en la bandera del monograma que consta en el escudo. Solo cabe especular que su complejidad llevó a la supresión en el textil, con lo que este adoptó la forma “vacía” con que lo vemos.

En suma, más allá de fantasías cuánticas, La Argentina y la República Argentina conforman una de las curiosidades que nos ofrece la Geografía analizada desde la Vexilología.

Más info: http://www.laargentina-huila.gov.co/municipio/nuestro-municipio 



[1] Autor de la imagen: Demilenio Oscuro.

jueves, 28 de noviembre de 2024

¿Se registran las banderas cívicas?

Una buena pregunta

 

Por Miguel Carrillo Bascary 

Un colega, lector de este Blog, me hizo una muy interesante consulta cuya respuesta estimo puede ilustrar sobre el tema que abre esta nota.

Para analizarla plantearé una pregunta didáctica, ¿es necesario inscribir las banderas oficiales en algún registro?

En el ámbito del derecho común[1] es factible que el autor o comitente inscriba imágenes bajo la protección del régimen de propiedad intelectual. Con esto se garantiza emplear el emblema obteniendo la posibilidad de desarrollar un valor económico redituable a cambio de autorizar que otro lo utilice.

Estas disposiciones no de aplican a las banderas que corresponden a municipios y comunas; menos aún a las de provincias; tampoco a las departamentales.

La razón es muy sencilla, su carácter oficial las coloca fuera del comercio pues son resultado de un acto de gobierno y, por ende, quedan excentas del control de la Justicia.

La definición de estos símbolos es un acto complejo. Generalmente se concreta por medio de una ordenanza y, en pocos casos, por un decreto.

Las primeras son normas emanadas de los concejos municipales o comisiones comunales, en los que eventualmente también participan los intendentes ya que estos funcionarios intervienen en el proceso de su elaboración, en la forma que lo prevén las constituciones, leyes o cartas orgánicas. Por su parte, los decretos son también normas, pero los produce el titular del ejecutivo local (los intendentes, alcaldes se les suele llamar en otros estados)[2].

En ambos casos, cumplidos con los requisitos formales que prevé la legislación genéral y los usos estatales, las normas se “protocolizan”. Este término implica que se incorporan en un registro gubernamental especial, según el orden cronológico, por lo que a tal fin se les otorga un número. Cuando se reúne un número determinado de folios se encuadernan formando un tomo que se archiva para constancia. Paralelamente las normas se publican en periódicos, físicos y/o virtuales denominados en Argentina “boletines oficiales”, con lo que desde entonces se reputan tácitamente conocidas por toda la población, la que debe cumplirlas y aún podrá demandar el hacerlas cumplir.

Estos registros normativos son públicos, tanto por emanar de un ente estatal como porque pueden ser consultados por cualquier persona física o jurídica legítimamente interesada.

La protocolización otorga lo que se llama “fecha cierta” que constata la data de este tipo de actos a todos los efectos jurídicos. Por lo general la norma toma como referencia la fecha en que se dio a conocer al público, ya que bien se puede determinar una fecha específica desde la que tendrán obligatoriedad. El principio general al respecto surge del Código Civil, cuyo Artículo 5 establece: “Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen”.

En base a estas consideraciones la protocolización es prueba de la autenticidad de la norma.

Observaciones

Tratándose de banderas en principio podrán ser empleadas por la generalidad de la población, excepto que la norma fije alguna determinada restricción y siempre que se dé un uso conforme a la naturaleza del vexilo. Es decir que, un emblema de este tipo no puede banalizarse o utilizarse como elemento de sátira, ni como vía para agredir o ridiculizar a terceros, tampoco se puede alterar su diseño para contravenir su “mensaje”, etc., etc. Es factible entonces que la normativa pueda fijar ciertas condiciones para su uso; por ejemplo: que estipule en qué oportunidades puede emplearse, en qué horarios, con qué rituales, cómo debe preservarse, y un largo etcétera. Reitero, la norma puede condicionar el uso, pero dentro de lo razonable y siempre que se haya establecido expresamente.

Volviendo al interrogante retórico del comercio, es innecesario registrar las banderas oficiales, sean municipales, comunales, departamentales o provinciales. Basta con la protocolización de la norma que las define, tal como corresponde por ser el resultado de un acto de gobierno. De surgir cualquier conflicto solo podrá revisar la Justicia que se hayan cumplido las formalidades que exige elaborar la ordenanza o el decreto de referencia.

Diseños en concurso

Es usual que en las bases de los concursos convocadas por municipios o comunes se consigne que los participantes renuncian expresamente a los eventuales derechos de propiedad intelectual sobre su creación, en el caso de que fueran seleccionados. Entiendo que la cláusula no está mal pero que resulta sobreabundante, ya que el solo hecho de participar se está poniendo el diseño a disposición del ente convocante. La participación implica un acto personal del autor que no puede intentar desconocerse en el caso de que sea seleccionado.


[1] La regulación básica en materia de propiedad intelectual es la Ley Nº11.723 (año 1923);  https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/42755/texact.htm. Se reproducen sus dos primeras disposiciones por si fueran de interés: “Artículo 1°— A los efectos de la presente Ley, las obras científicas, literarias y artísticas comprenden los escritos de toda naturaleza y extensión, entre ellos los programas de computación fuente y objeto; las compilaciones de datos o de otros materiales; las obras dramáticas, composiciones musicales, dramático-musicales; las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas; las obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o ciencia aplicadas al comercio o a la industria; los impresos, planos y mapas; los plásticos, fotografías, grabados y fonogramas, en fin, toda producción científica, literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento de reproducción. La protección del derecho de autor abarcará la expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos, pero no esas ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí. Artículo 2°— El derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artística, comprende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de ejecutarla, de representarla, y exponerla en público, de enajenarla, de traducirla, de adaptarla o de autorizar su traducción y de reproducirla en cualquier forma.”

[2] Para reformar una ordenanza se requiere otra norma de igual naturaleza, mientras que un decreto puede ser modificado por una ordenanza o por un decreto posterior. En materia de banderas, siempre dará mayor seguridad de pervivencia en el tiempo que la misma haya sido dispuesta por una ordenanza que por un decreto.

martes, 26 de noviembre de 2024

Ciudad de Santa Fe, banderas propuestas

Comentarios


Por Miguel Carrillo Bascary

En otra nota me referí a la reciente creación de la bandera de la ciudad de Santa Fe[1], en cuyo proceso de génesis tuve el inesperado honor de participar como jurado. Respondiendo a la inquietud de varios lectores, curiosos de conocer qué otros diseños se presentaron, cumplo con ellos aportando algunos comentarios que pienso podrán ser de interés.

De esta manera veremos que una experiencia en concreto permite sacar conclusiones para procesos futuros que puedan llegar a emprender otras ciudades y comunas.

Se sabrá disculpar la iregular calidad de las reproducciones. Por otra parte, tengamos en cuenta que la mayoría de las propuestas fueron elaboradas en su mayoría por personas que no tienen expertise en diseño, mucho menos en Vexilografía y que los medios gráficos de los que dispusieron fueron absolutamente básicos.

Recapitulando, se muestran los diseños seleccionados por el Jurado y, seguidamente, los que merecieron las menciones estipuladas por el Reglamento:

El proyecto ganador fue "Guardián del Colgante" de Jeremías Martínez de Mattia, se estructura sobre el diseño primigenio de la Bandera nacional, el puente colgante que identifica a la ciudad orlado de laureles que cierran con un libro que representa a la Constitución argentina.

La primera mención fue para "Santa Fe cordial" de Alberto Lalouf, destaca por su composición cromática y la novedad de su partición; el emblema se particulariza con el libro de la Constitución timbrado por el Sol naciente, orlado todo de laureles que llevan la imagen del puente a manera de lemnisco.

La segunda correspondió a "GLA" de Esteban Cicarilli, ofrece un elaborado motivo central que sintetiza el monumento levantado a la Constitución superpuesto con la cabecera del puente. 

El Jurado resolvió también entregar otras dos menciones especiales:

"Dragón de Santa Fe", de Diego Ingignoli:

"La Cordial", de María Cecilia Kieffer:

El diseño que sigue recibió una mención estímulo que otorgó el Jurado atento a la creatividad y la imaginación que evidencia. Fue elaborado por los niños de una escuela primaria. Para los que no conozcan la ciudad de Santa Fe: en el vexilo aparece, el puente colgante (habilitado en 1928), el faro de la Costanera (inaugurado en 1996) y el paseo ribereño. También se ven:  una canoa que destaca el vínculo con el entorno isleño y un carpincho ¡tomando mate!



Panorama sobre otros diseños

Se hizo evidente que el elemento al que los autores consideraron más característico de la ciudad fue el puente colgante “Ing. Candioti”, incluido por 33 trabajos sobre el total de 60 que se presentaron. La adopción de elementos industriales en Vexilología se desaconseja porque el avance de la tecnología los descoloca de la realidad ante el transcurrir del tiempo, sin embargo, la gran coincidencia habida no deja de ser un factor legitimante. Eso sí, la mayor parte de las propuestas no fue feliz en cuanto a la forma de dibujar el puente.

En segundo lugar, en cuanto coincidencias, con 17 menciones, se hizo evidente el carácter de Santa Fe como “cuna de la Constitución Nacional”, la que se representó con el libro que la contiene, un pergamino o bien, con una pluma.

Considerando que el nombre original de la ciudad fue Santa Fe de la Vera Cruz, se verificó que solo dos diseños que captaron esta referencia. La composición es atractiva desde lo vexilológico, pero el Jurado consideró que expresaba una impronta confesional que excluía a sectores de la población que no profesan el Cristianismo. Eventualmente pudo colocarse el libro de la Constitución en blanco y colocar otro color a la cruz que expresada en negro resulta negativa.

Una segunda apeló a líneas más modernistas para representar a la Cruz fundacional.

Contra de lo esperable una sola iniciativa incluyó elementos alusivos a los primeros pobladores a través de un palo de Justicia, bien que florecido, como representación del crecimiento de la ciudad a lo largo de los siglos. Interesante alegoría, pero limitada. Cuatro trabajos incluyeron la fecha fundacional como un detalle de los emblemas cargados.

El brigadier general Estanislao López, figura paradigmática en la historia de la provincia fue captado por 2 propuestas, sin advertir que se trata de una figura de dimensión provincial, por lo que se entendió que excedía al ámbito local de la convocatoria cívica.

Hubo 19 trabajos que apelaron a coronas cívicas para denotar el honor adquirido por la ciudad a lo largo de su historia. Este caso destacó por los colores elegidos:

Llamó la atención que 17 proyectos incluyeron a la bandera provincial a través de sus colores, y que varios la replicaran. No era lo adecuado ya que el objetivo de la convocatoria era afianzar la identidad particular de la ciudad.

En la misma línea de confusión se presentó un diseño basado en el escudo provincial, como resulta de la comparación siguiente:

Otro diseño equívoco resultó ser el que adaptó el isologo que empleó una pasada gestión gubernamental (1996/ 1997). En suma, un plagio solapado, quizás preñado de alguna intencionalidad política, lo que sorprende por ser sus autores un grupo de jóvenes estudiantes en aquella fecha eran de corta edad.

Contraviniendo las indicaciones provistas para orientar los diseños, en las que se advirtió no representar banderas ya existentes, hubo cinco que se correspondieron con la enseña del Paraguay y otra con la de Venezuela.

En cuanto a las particiones del paño: prevaleció en número la de tres segmentos en vertical (18), lo que remite a la enseña provincia. Fue seguida por la de tres franjas horizontales (9), el paño pleno (5) y el divido en dos secciones horizontales, mientras que el cruzado por una banda se eligió en cuatro oportunidades. El biselado fue elegido por dos autores.

Siete iniciativas fueron decididamente abstractas, entre las que hubo para todos los gustos.

Solo 6 propuestas hicieron referencia a factores de la producción y 4 a la pesca, actividad ancestral en la zona. Esto podría señalarse como acorde al perfil tradicional de la ciudad que es la sede de la administración provincial.

Nueve ideas utilizaron el Sol como motivo central.

No faltaron aquellas que incluyeron complejos diseños, más allá de las motivaciones que sugerían una buena representatividad en los elementos escogidos. Es el caso de la que sigue, donde destaca el camalote, especie vegetal endémica de las costas fluviales y de la laguna que rodean a la ciudad de Santa Fe.

Y, por supuesto, no faltaron las que inscribieron al escudo oficial de la ciudad, una modalidad siempre presente en este tipo de concurso.

Finalmente, el proyecto elaborado por un joven de 13 años representó la tradicional puja entre los principales cuadros de futbol santafesinos. La partición se basa en el rojo-blanco de Unión y el negro- rojo de Colón. En el centro, sobre el blanco que tradicionalmente significa “paz”, se colocó el puente que une ambos colores dominantes  y dos espadas cruzadas ¿emblema indicativo de que las pasiones futboleras, y sus violencias, pueden superarse en base a la concordia? En el mismo concepto de inscriben las espadas que se muestran superadas, trascendidas, por el vínculo expresado en el puente. El faro de la Costanera podría interpretarse como factor de guía hacia el ideal pacífico sugerido. Quizás los trazos no ayudaron, pero la construcción conceptual fue muy sutil y, al mismo tiempo, dotada de una gran fuerza impulsora.

Más allá de los resultados y prescindiendo de los gustos subjetivos, este panorama permite señalar las virtudes de algunos conceptos y observar aspectos poco convincentes desde la técnica vexilográfica. Lo cierto y positivo es que el experimento de participación popular alcanzó su objeto y que el diseño finalmente seleccionado fue el que concitó mayores adhesiones lo que es un punto de partida favorable para el enriquecimiento del símbolo.

domingo, 24 de noviembre de 2024

¿Banderas con fotos? ¡Sí, existen!

¡Así, cualquiera! 

Condado de Esmeralda, Nevada

Por Miguel Carrillo Bascary

La publicación del colega José Narbona del pasado 3 de noviembre en  Vexilología-Vexillology[1] me decidió a incursionar en este tema, sobre el que ya había hecho una mención[2] previa en este Blog.

Esto de banderas que incorporan fotografías en su diseño es una aberración vexilográfica, ya que contradice todos los paradigmas de la disciplina. Sin embargo, constituye una amarga realidad, si nos atenemos a la recopilación contenida en esta nota.

A la luz de uno de los principios de la Vexilología debemos aceptar que un colectivo social adopte la bandera que lo identifica de la manera que prefiera, pero esto no implica que dejemos de señalar lo negativo que es.

Bastará reflexionar en los ejemplos siguientes para constatar la validez de la exclamación que compone el título de esta nota. para peor, el contraste entre las aplicaciones fotográficas y las imágenes delineadas no hacen sino contrastar, evidenciando lo poco feliz de tan extraña mixtura. De esta manera la improvisación de los diseños es evidente, para componer un vexilo solo basta cortar y pegar sobre un fondo de color o, directamente bajar una linda foto de Internet y ¡ya tenemos una bandera!

Si nos atenemos a las muestras que siguen es en los Estados Unidos donde encontraríamos el mayor número de estas “banderas con fotos”, claro que está afirmación es relativa ya que solo dediqué poco tiempo a la búsqueda.

Es de esperar que estos ejemplos no cundan. Dejo a consideración del lector ratificar o rechazar lo antedicho.

“Bandera de los Jinetes” (folklórica), provincia de Entre Ríos, Argentina

Comuna de Malbrán, provincia de Santiago del Estero, Argentina

Comuna de Lily, Dakota del Sur

Ciudad de Geneseo, Kansas

Ciudad de Yuba, California

Municipio de Richhill, Pensilvania

Ciudad de Pawtucket, Rhode Island

Distrito Pequeña Habana, Florida

Ciudd de Williamstown, California

Ciudad de Port Orchade, Washington

Ciudad de Range, Texas

Ciudad de Collinwood, Tennessee

Ciudad de Petersburg, Virginia

Ciudad de Mendenhall, Mississippi

Ciudad de Westhampton, Massachusetts
 
Municipio de South Strabane, Pensilvania

Ciudad de Euharlee, Georgia

Estado Lakes, Sudán del Sur

Área administrativa del Gran Pibor, Sudán del Sur

Municipio Padre Burgos, Filipinas

Municipio de Surigao del Norte, Filipinas

Gobernación de Kirkuk, Irak

Atolon de Nami, Islas Marshall

Comuna de Gorodok, Krasnodar, Rusia

Ciudad de Menia, Egipto

En Guyana las banderas regionales contienen una aplicación central, también formadas con fotografías:



En el reciente concurso para diseñar la bandera de la ciudad de Santa fe (Argentina) se presentó el siguiiente diseño para el que se usó una antigua fotografía del puente que caracrteriza a la población. Obviamente que no fue considerada por el Jurado.


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Nota: cumplo en agradecer a Redouane GUELAILIA que desde sus aportes en Youtube aporta numerosos trabajos de interés para aquellos que nos gustan las banderas. Ref.: https://www.youtube.com/watch?v=qTyAp6WvmrQ&list=PLZSQFPu4Ut_6NqTYwfR6tHLUZHN6aw9zK&index=15