lunes, 8 de junio de 2026

Inscripciones en corbatas de banderas

Un espacio de gran riqueza simbólica

Por Miguel Carrillo Bascary

Anteriormente publiqué un trabajo titulado “Las corbatas de banderas. Elementos complementarios, no accesorios[1], donde analicé diversos aspectos sobre ellas. Ahí señalé que dedicaría un estudio particular respecto de las inscripciones que contienen algunas y lo cumplo de esta manera. Esta es la razón que inspira el presente. A quien no haya leído esa publicación me permito sugerirle que lo haga antes de encarar esta nota, obtendrá mucho mayor provecho.

Hoy voy a tratar sobre las corbatas cargadas con inscripciones, aunque la mayor parte no lleve ningún símbolo. Con lo que quizás convenga aclarar que la Vexilología toma de la Heráldica el concepto de “carga”, para expresar aquellos elementos que se aplican o bordan sobre el textil que forma la corbata. También corresponde advertir que las enseñas de izar o las que se presentan en astiles, no utilizan corbatas.

Estas cargas pueden ser letras, cifras o cualquier otro emblema que se juzgue pertinente.

Si consideramos, como lo fundamenté y expliqué en mi nota anterior, que las corbatas son complementos y no accesorios de los vexilos, corresponderá aplicarles cargas solo cuando así lo disponga expresamente la normativa. Si esto no ocurre se estaría invadiendo una competencia propia de la autoridad representada por esa bandera en particular. En ocasiones, se autoriza un margen de libertad para que autoridades de menor rango apliquen cargas específicas, actuando por delegación. Como ejemplo, los directores de escuelas, que pueden considerar abreviar el nombre de sus establecimientos en las corbatas que lleven.

La inexistencia de cargas en la Bandera Oficial de la Nación argentina marca tendencia sobre el diseño de las de provincias, municipios (ciudades), comunas (pueblos) y aún las de departamentos o partidos, otro ámbito geográfico que, en algunos casos, también han adoptado enseñas propias.

Explicaba en mi anterior que “Hay corbatas que incorporan cargas de diversa naturaleza, un interesantísimo aspecto… En esta caracterización están las que corresponden a las enseñas provinciales de: Jujuy, La Rioja, Tucumán y las que adoptaron los municipios de La Quiaca (prov. de Jujuy) y Rosario (provincia de Santa Fe)”. Como queda dicho, en la Vexilología argentina, las corbatas de banderas que llevan carga son la excepción, justamente por esto merecen un estudio especial.

Encontramos que esta especificidad se expresa en ciertas provincias y en algunos municipios:

Banderas provinciales con cargas:

a) Jujuy 

Ya en el año 1995, cuando la provincia adoptó como su enseña oficial a la “Bandera Nacional de la Libertad Civil”, en su artículo 8º ordenó que los brazos de su corbata contuvieran las leyendas “23 DE AGOSTO DE 1812” (en alusión al comienzo del Éxodo jujeño) y “18 DE NOVIEMBRE DE 1836”, fecha en que la provincia asumió en plenitud su autonomía. Sobre los detalles del proceso me extenderé en una futura nota.

b) La Rioja

Corbata de la bandera riojana: imagen según norma de creación (1986), la que se difundió poco después y el aspecto de la usada desde el  2001

Fue en 1986 cuando sesionó la Convención constituyente de la Provincia y se dictó una resolución que creó la bandera que la particulariza. En este caso no se definió su corbata, sino que la enseña de ceremonia debía llevar una cinta de color azul y blanco, con la leyenda inscripta “LA RIOJA POR LA UNIDAD NACIONAL Y LATINOAMERICANA” en color negro, aunque no fue extraño que en muchos de los primeros ejemplares se escribiera en rojo. Este es el primer antecedente en la materia que registra la Vexilología Argentina. La citada expresión manifiesta la contribución que el pueblo riojano se fija como objetivo conjunto, cimentar la unidad nacional y de Latinoamérica.

A poco de aquella fecha se sucedieron mutaciones que se expresan en la imagen superior. Destaco particularmente que en el devenir de los tiempos aquella primitiva cinta fue reemplazada por una corbata, en todo similar a la que lleva la Bandera Oficial de la Nación, pero con la inscripción bordada en ella.

Un estudio específico de este atributo fue publicado [2]en “De cintas a corbata. El caso de la bandera de La Rioja (Argentina)”.

c) Tucumán

El proceso que llevó a definir la corbata de la actual bandera tucumana justifica especial detenimiento, sobre lo que se podrá ver una nota particular: Sobre la ley y la corbata de la bandera de Tucumán  [3]

Puede ser de interés conocer una síntesis de mi nota anterior, lo que concreto en los siguientes términos. Conforme la tendencia general la corbata provincial copia la disposición de los colores en el paño, de manera que es de tres franjas, celeste la central y blancas las de cada extremo. El segmento inferior de la cinta derecha lleva bordada la imagen de Nuestra Señora de la Merced, patrona de la provincia, advocación mariana a la que se reverencia, muy especialmente desde que se atribuye a su intervención el triunfo en la batalla del 24 de septiembre de 1812 que alcanzó el general Manuel Belgrano sobre las tropas realistas de Pio Tristán. La fecha destaca al pie, en caracteres de color negro

En el otro brazo aparece un perfil estilizado de la “Casa Histórica” donde se declaró la independencia nacional por debajo se lee la fecha, 9 de julio de 1816.

Como en la de Jujuy, ambas referencias son paradigmáticas para la historia provincial y refuerza la identidad que inviste el vexilo. El problema es el alto costo que implica el bordado, lo que conspira contra su uso. Se advierte que el diseño de las cargas debería ser conforme a las imágenes que contiene la Ley Nº8.319[4], en la praxis se observa una diversidad en los bordados que evidencian un notorio desconocimiento de la normativa.

Banderas municipales que llevan cargas

a) Rosario

La evolución histórica de esta ciudad plantea un complejo desarrollo, ya que no tuvo fundación formal, comenzó a formarse espontáneamente a comienzos del siglo XVIII, en derredor de la capilla dedicada a nuestra señora del Rosario, a la vera del río Paraná, en la hoy provincia de Santa Fe. Esta humilde aldea contaba con poco más de 700 habitantes el día 27 de febrero de 1812, cuando el entonces coronel Manuel Belgrano, mostró por primera vez la Bandera nacional que había concebido. El hecho marcó a fuego su existencia hasta el punto que hoy se caracteriza como “cuna de la Bandera” (Decreto Nº313/ 1990[5]). La actividad agro-ganadera y el puerto constituyeron a Rosario como un polo de desarrollo.

La bandera rosarina es una antítesis del buen diseño vexilográfico, ya que a su paño blanco suma el complejo escudo cívico, que data de 1862. La enseña surgió improvisadamente en el 2004 en oportunidad de reunirse en Rosario el "Congreso de la Lengua Española[6]". En el año 2010 la Ordenanza Nº8523[7] introdujo modificaciones al diseño y definió que su versión de ceremonia tuviera una corbata muy particular con lo que se abandonó el blanco que caracterizaba a la del original. 

Su Artículo 3º consigna “La corbata y el moño llevan l0s colores de la Bandera argentina”, esto es que la ordenanza remite a las pautas técnicas previstas parala Bandera Oficial de la Nación (Norma IRAM-D 7675, aprobada por Decreto Nº1.650/ 2010). Esta correspondencia señala el timbre de honor que indica el nacimiento de la Enseña patria en la hoy ciudad de Rosario y justifica que en la cita derecha de la corbata luzca la cifra “1812”.

Cuarenta años más tarde, Rosario fue reconocida como ciudad, contaba entonces con 3.000 habitantes. Desde entonces su desarrollo fue superlativo, como lo evidencia que: en 1887 contaba con 51.000 vecinos, ya en 1914 eran 222.000 y hoy supera el millón. Esto explica que el año en que se dictó la respectiva ley, “1852”, figure en la segunda cinta de su corbata. Como redactor del proyecto que oficializó este vexilo cívico, admito el demérito no haber dispuesto con precisión el tipo de fuente con que se debieron expresar las fechas históricas. Valga como observación a futuro.

b) La Quiaca

Esta ciudad jujeña, en el límite Norte de Argentina, inmediata a la frontera con Bolivia y hoy cuenta con unos 20.000 habitantes. Fue en 1995 en que el entusiasmo despertado por el reconocimiento de la “Bandera Nacional de la Libertad Civil” como cuarto símbolo nacional llevó a que el intendente de La Quiaca la adoptara para identificar a su ciudad. Respondiendo a su petición tuve el honor de elaborar la Ordenanza Nº7/ 2015 que así lo dispuso.

Entre sus normas contiene una característica original que la hace única en su tipo, a nivel mundial. Consiste en su peculiar corbata que mantiene la estructura del textil ordenado a nivel nacional, pero se enriquece con leyendas y sendos medallones que expresan la historia local y las culturas autóctonas propias de la región.

El primero es un disco de cardón con una chacana (cruz andina), en el segundo es de cerámica con el perfil de una llama pintado. Mientras que la cinta llevará bordadas en letras doradas las leyendas: “7 de noviembre de 1810” (fecha de la primera acción de guerra del Ejército patriota en la guerra de la Independencia, batalla de Suipacha, que se libró en las cercanías) y “28 de febrero de 1907", cuando se promulgó la Ley Nº134 que estableció la población. Sobre esto se trató con detalle oportunamente[8].

Banderas de establecimientos escolares

Al abordar este punto es procedente recordar que cuando en el sistema escolar comenzó a trabajarse el concepto inherente a la identidad nacional, las banderas de ceremonia de los establecimientos escolares llevaban su designación bordada en los paños, en letras de oro o, al menos, en dorado. Estas enseñas solían ser donadas por alguna institución de la comunidad vinculada al establecimiento o bien de otro origen, pero en su mayoría las aportaba el erario nacional. Sabidas son las estrecheces presupuestarias que desde siempre acecharon a las escuelas por lo que este tipo de bordados fueron prohibidos en 1909. Más adelante se autorizó que los nombres, números y referencias geográficas de cada establecimiento pudieran bordarse en las corbatas. También a esta materia le dedicará un futuro análisis.

Evaluación

La Vexilología de Argentina indica que:

-  Las corbatas de banderas de ceremonia que incorporan cargas son la excepción.

-  En los contados casos en que esto ocurre las inclusiones se fundamentan en razones de índole histórica, lo que se expresa con cifras, leyendas y aplicaciones. La excepción corresponde a la de La Rioja que, si bien tiene raigambre de ese tipo, más bien expresa un objetivo o anhelo a concretar en un futuro.

-  Por su parte, las banderas de ceremonia de los establecimientos educativos cargan sus respectivas denominaciones bordadas en los brazos de sus corbatas.

-  La riqueza conceptual que exponen las cargas en las corbatas constituyen precedentes válidos para su seguimiento en ocasión de futuras normas que adopten banderas de ciudades y comunas, un proceso en pleno desarrollo que es parte de la realidad nacional.

-  Dígase también que nada obsta a que por medio de un decreto u ordenanza se disponga sumar una corbata con cargas a cualquier bandera municipal o comunal y, aún a la de una provincia.

En cuanto a la dimensión internacional de la Vexilología, hay numerosos casos que incorporan cargas en las corbatas. Esto permite destacar la gran riqueza simbólica que resulta de utilizar leyendas, cifras o símbolos en estos complementos de las banderas de ceremonia.

Nota: agradeceré todo informe respecto a conocer sobre de corbatas con cargas que utilicen vexilos de otras ciudades y comunas.

domingo, 7 de junio de 2026

Juramento ¿a la bandera o a la Asamblea?

Una cuestión resuelta


Por Miguel Carrillo Bascary

Aunque la respuesta al interrogante del título surge de la realidad de los hechos acontecidos el 13 de febrero de 1813 a orillas del río Pasaje, ciertas manifestaciones que algunos testigos volcaron en sus memorias suscitaron dudas que la historiografía no atinó a encuadrar en momento oportuno.

Un ejemplo es el parecer del más tarde general José María Paz[1], entonces un joven subordinado del general Belgrano, quien al describir la ceremonia en sus “Memorias”, aseveró erróneamente que:“[…] hubo juramento, pero no juramento de la Independencia, sino de la bandera que se nos presentaba”.

Como se reflejará más adelante, lo tratado la presente nota contradice los recuerdos de Paz, hasta el punto que no existe la menor duda de que en la ribera del río Pasaje se concretó el reconocimiento de la autoridad de la Asamblea General Constituyente que poco antes se había reunido en Bs. Aires., esto se concretó siguiendo los lineamientos de la ceremonia de jura de banderas según se usaba en el ejército. Lo expuesto resulta de conocer que, en la normativa hispana, que aún regía en las Provincias Unidas hacia 1813, no se juraba a los vexilos sino al Rey a los que éstos representaban.

Desprolijidades varias en que incurrieron algunos autores que escribieron al respecto promovieron la confusión, que se trasladó a los manuales escolares y que permeó a ciertos sectores de la opinión pública. A esto se sumaron localismos exagerados, alineamientos doctrinales y otros factores que enrarecieron el panorama.

La situación persiste, hasta el punto en que, cada año, al aproximarse el “Día de la Bandera, las turbulencias resurgen y no hacen más que profundizar el desencuentro. Para más, la facilidad de acceder a información que resulta de las redes da pie para que se amplifique el error. Esto hace más que oportuno ampliar sobre aquel suceso.

La cuestión no es menor porque se trata de un acto trascendente para nuestra Historia ya que evidencia la importancia de la subordinación de las fuerzas armadas a los poderes constituidos, con lo que a la luz de la historia argentina lo acontecido en el río Pasaje cobra particular relevancia.

Tesis en pugna

El historiador salteño Luis Oscar Colmenares (1919- 2002)[2] se transformó en el paladín de la tesis de que lo jurado fue la bandera, en oportunidad de que (según él) en ese lugar y fecha literalmente “nació la Bandera Argentina”. Su prédica captó un sinnúmero de continuadores que siguen manifestándose en este sentido. Razones de marketing turístico han hecho que desde la ciudad de Metán, cercana al lugar histórico, se difunda esta posición y así se manifiesta en la cartelería ubicada sobre la Ruta nacional 9, km 1510/1512, en documentación turística y en las ceremonias alegóricas que cada año se renuevan. Esto se patentiza en el portal de acceso al camino que vincula la arteria con el monumento ubicado al lado del río. También en Google Street View el sitio aparece marcado como “Lugar de creación de la Bandera Argentina”.

Fiel a la naturaleza real del acontecimiento, la Dirección Nacional de Vialidad, responsable del señalamiento de rutas y caminos, hizo colocar el cartel que seguidamente se muestra. La incoherencia que resulta de la inmediación de ambas fotografías es absoluta y deja sin respuestas a quienes transitan por el lugar.

Fue en el año 2014 que los Institutos Belgranianos de la provincia de Salta y de la localidad de General Güemes (provincia de Salta), se dirigieron al Instituto Nacional Belgraniano solicitándole que se dilucidara: si el 13 de febrero de 1813, el ejército Auxiliador del Perú al mando del general Manuel Belgrano juro fidelidad a la Bandera o a la Asamblea General Constituyente que al comienzo de ese mes había comenzado sus sesiones en la ciudad de Bs. Aires. No deja de ser una pasmosa paradoja que en la misma provincia se sostuvieran posturas discordantes, en una vereda se ubicaban los institutos de Salta y de Gral. Güemes y, en la otra las entidades de Metán

El Instituto Nacional Belgraniano, era una entidad de carácter oficial, dotada de autonomía académica y competencia para dictaminar en cuestiones vinculadas a la vida y al legado del General Belgrano, por lo que la respuesta a tal requerimiento cuenta con particular trascendencia[3]

La entidad formó una comisión especial[4] para tratar el tema la que finalmente dictaminó en los términos que se transcribe al final de esta nota. En la Asamblea Ordinaria Nº576 se aprobó el informe lo que desde entonces expresa la posición canónica de tan alta entidad[5].

Pese al pronunciamiento, entidades vinculadas a la ciudad de Metán, principalmente, y otros actores sociales continúan sosteniendo el parecer de Colmenares, mientras que otras fuentes y comunicadores hacen lo propio sin mayores consideraciones críticas y sin reparar en el debate ventilado. Una placa instalada por la gobernación de Salta en el lugar revela que el criterio oficial se corresponde con la posición del Instituto Nacional Belgraniano

Por su parte la placa instalada en el lugar histórico revela que el criterio de las autoridades salteñas y del municipio de Metán se corresponde con la posición del Instituto Nacional Belgraniano.

Placa colocada bajo el mástil por el Gobernador de Salta y el Intendente de la cercana ciudad de Metán, en el año 2010

Sobre el documento

Se transcribirá en forma íntegra por entender que la fundamentación de la verdad de los hechos es tan evidente que basta su sola lectura para certificarlo. Se ofrece el texto ya que el portal del Instituto, donde fue originalmente publicado, dejó de estar operable el 31 de diciembre de 2025.

Dictamen del Instituto Nacional Belgraniano sobre el Juramento del Río Pasaje (13 de febrero de 1813)

Buenos Aires, 01 de diciembre de 2015

Señor Presidente del Instituto Nacional Belgraniano

Lic. Manuel Belgrano

Su Despacho

                               Atento al asesoramiento solicitado precedentemente sobre la inquietud elevada por nuestro Miembro de Número M.P.N. Alejandro Pojasi Arraya, Presidente del Instituto Belgraniano de la Provincia de Salta y por el Agr. Alejandro Uballes, Presidente del Instituto Belgraniano de Gral. Güemes, acerca de la controversia que todavía se suscita en la Provincia de Salta sobre la “Jura de Obediencia por el Ejército Auxiliador del Perú, a las órdenes del general Belgrano, realizada a la Asamblea del Año XIII, del 13 de febrero de 1813 en el río Pasaje (hoy denominado Juramento)”; la Comisión Académica conformada el 19 de octubre de 2015 por acta de Asamblea Ordinaria Nº576 del Instituto Nacional Belgraniano (en uso de sus atribuciones legales previstas por el Art.15 del Decreto del P.E.N. Nº1.435/92) informa:

1º) Que el 13 de febrero de 1813, tres días después de acampar a orillas de la margen norte del río Pasaje, en Salta (inmediatamente denominado río “Juramento”) Manuel Belgrano hizo jurar a sus tropas del Ejército del Norte fidelidad a la Asamblea General Constituyente del Año XIII por orden de la autoridad central y con instrucciones especiales; según consta en los documentos oficiales que registraron tales hechos y que pueden leerse en adjunto[6].

2º) Que el propio general Belgrano informa dicho día al Gobierno: “Cumpliendo con lo que Vuestra Excelencia me ordena con fecha de 1° del corriente, procedí en este día al reconocimiento y competente juramento de obediencia a la Soberana representación de la Asamblea nacional bajo la solemnidad respetuosa de las armas de mi mando y según la fórmula que Vuestra Excelencia me prescribe[7]”. Acto seguido relata de su puño los detalles de la solemne y regocijante ceremonia.

3º) Que tal orden gubernamental del 1° de febrero de 1813 previene a Belgrano que “no obstante que se le ha comunicado por separado lo conveniente acerca del reconocimiento y jura de la Asamblea General Constituyente[8]” debía sujetarse “a la fórmula del juramento de bandera que se acostumbra tomar a los reclutas[9]”.

4º) Que en cuanto a las banderas y estandartes de las unidades del Ejército y de la Marina española, el acto de juramento de fidelidad debía realizarse según lo prescripto por el artículo 1º, Tratado III, título VIII de las Ordenanzas de Su Majestad para el régimen, disciplina, subordinación y servicio de sus Ejércitos, fechadas el 22 de octubre 1768 y dispuestas por Carlos III.

5º) Que, dado que el acto de reconocimiento y fidelidad a la Asamblea debía efectuarse con una ceremonia formal y solemne, destinada a grabarse en la memoria social y en la de los protagonistas; como forma de jerarquizar a dicha autoridad en la consideración general;

6º) Que el ceremonial público de la época se estructuraba en las prácticas por entonces vigentes y en las normas dictadas por los sucesivos soberanos, las que tenían al Rey como principal referente, aún en mínimos detalles;

7º) Que los primeros gobiernos patrios mantuvieron vigentes las normas de origen colonial y las prácticas pertinentes, las que debían aplicarse a los nuevos tiempos, salvo disposición en contrario;

8º) Que por decreto del 23 de marzo de 1812 el Primer Triunvirato dictó “Instrucciones a los comisarios de guerra” en cuyos artículos 19 y 61 se dispuso sobre el juramento de banderas por parte de los reclutas[10].

9º) Que como su nombre lo indica, la nueva autoridad, la Asamblea General Constituyente, era de naturaleza revolucionaria y que al 13 de febrero de 1813 no había dictado un ceremonial para aplicar a sus actos y procedimientos, como resulta de

10º) Que, pese a lo relacionado, algunos testigos presenciales de aquellos acontecimientos pudieron, involuntariamente, trastornar su comprensión de la naturaleza jurídica de tal ceremonia en que los involucraba el general de su mando.

11º) Que esta elucubración podría aplicarse al caso de José María Paz, uno de los subordinados del general Belgrano, quien en sus célebres Memorias[11], al describir la ceremonia, aseveró erróneamente: “efectivamente, hubo juramento, pero no juramento de la Independencia, sino de la bandera que se nos presentaba”.

12º) Que en 1855 los hijos del general Paz publicaron por vez primera en Buenos Aires las memorias póstumas de su padre (al año de fallecer su autor) con el título de Memorias póstumas y el siguiente subtítulo: Comprende sus campañas, servicios y padecimientos, desde la guerra de la Independencia hasta su muerte, con variedad de otros documentos inéditos y de alta importancia. Repiten sus biógrafos que Paz comenzó a escribir las Memorias por el año 1848 o 1849, mientras expatriado en Brasil se interesó en la lectura de un manuscrito de Belgrano. El mismo Paz comienza su obra diciendo: “La lectura del fragmento de una Memoria sobre la Batalla de Tucumán, escrita por el virtuoso y digno general Belgrano, me ha hecho recordar de aquellos hechos de que fui testigo y actor, aunque en una edad muy temprana y una graduación muy subalterna, y excitado el deseo de hacer sobre ella algunas observaciones y, si me fuese posible, concluirla[12]”.

13º) Que a posteriori Paz conoció otras páginas de recuerdos personales, esta vez escritas por el general Gregorio Aráoz de Lamadrid quien se las había vendido a Andrés Lamas. Se estima que ambos trabajos (el de Belgrano y el de Lamadrid) impulsaron a Paz a escribir sus propias memorias.

14º) Que Paz fue un expositor bien inspirado y hasta sincero. No obstante, su apasionamiento político y su afán auto exaltativo provocó que no siempre sus afirmaciones sobre un complejo período de treinta y cinco años de historia argentina, ni sus juicios respecto de determinados personajes o episodios, fueran los más veraces. Bien dice Carbia que sus memorias “valen, pues, como un documento, mas no son, ni con mucho, la síntesis de los documentos de ese momento de la vida nacional” y que “el verdadero carácter del contenido de las Memorias de Paz, por otra parte, lo revelan, a las claras, las protestas que ellas levantaron[13]”.

15º) Que primerísima entre esas protestas cabe mencionar la esperable respuesta del mencionado general Lamadrid quien reclamaba para así el derecho de prioridad respecto de algunas noticias que a través de Lamas llegaron a Paz. Así es que publicó, en dicho año 1855, sus Obsebvaciones [sic, el apuro colmó de errores tipográficos el escrito comenzando por el título] sobre las memorias póstumas del brigadier general don José M. Paz, por el general don Gregorio Aráoz de La Madrid y otros Jefes contemporáneos[14]. Se empeña en contradecir a Paz, iniciando tal acometida contra el “manco” defendiendo la figura de Belgrano[15].

16º) Que el general Tomás de Iriarte también dirimió en la contienda abierta por los impugnadores del general Paz, del lado de estos últimos. En tal año de 1855 publicó un trabajo bajo el título: Ataque, defensa y juicio sumario de las memorias del general Paz, en el que sostuvo: “Ha sido entretanto una gran felicidad para la historia argentina, que las Memorias del general Paz sean contemporáneas, porque de otro modo su apreciación de los hechos; las personas y las cosas la habrían completamente desfigurado; y digo esto, porque en esta época en que las Memorias se han publicado muchos testigos presenciales podrán impugnar, como yo me he propuesto en mi caso, los innumerables pasajes adulterados de que abundan[16]”.

17º) Que, en 1855, como los militares arriba mencionados, Lorenzo Lugones, publicó sus memorias denominadas Recuerdos históricos sobre las campañas del ejército auxiliador del Perú en la guerra de la Independencia, en esclarecimiento de las Memorias póstumas del brigadier general Don José María Paz. En la Introducción de su obra aclaró sus propósitos, ya bastante explícitos en el título: “Al emprender un trabajo tan superior a mis fuerzas y ajeno hasta cierto punto de mi profesión, he tenido en cuenta concurrir con mi grano de arena al esclarecimiento de la verdad histórica de mi país[17]”.

18º) Que Lugones, quien para 1812 pertenecía al ejército de Belgrano en la categoría de alférez y contaba con 16 años y pese a sus buenas y humildes intenciones, contribuyó con sus escritos a la referida confusión histórica. Al recordar (aunque muy posteriormente) dicho acto solemne del 13 de febrero de 1813 dijo: “Habiendo el ejército formado en parada conforme a la orden general, se presentó en el cuadro, Belgrano con una bandera blanca y celeste en la mano que la colocó con mucha circunspección y reverencia en un altar situado en medio del cuadro; proclamó enérgica y alusivamente y concluyó diciendo, “Este será el color de la nueva divisa con que marcharán a la lid los nuevos campeones de la Patria”. Afirmó Lugones renglones después “¡Oh Bandera de mi Patria guerrera! ¡Signo precioso de la libertad, inmortal divisa de la noble igualdad; yo también en ese día, acaso el más joven de todos los guerreros de ese tiempo, en medio de todo un ejército que desfilaba por delante de ti, a tus pies, juré por la Patria, en cien batallas vencer o morir![18]”.

19º) Que, a raíz de lo equívoco de las afirmaciones vertidas en los pasajes de las memorias de Lugones y Paz, se formó cierta tradición entre escritores y aficionados a la historia salteños (encabezada por Luis Colmenares), la cual sostiene hasta el día de hoy que el día 13 de febrero de 1813 en el Río Pasaje se había jurado la Bandera Nacional. Tendencia que pese a que, a todas luces, falsea la veracidad y rigurosidad histórica sobre el desarrollo de tales sucesos; derivó en la conformación de una “Comisión de Revisión Histórica” en el Depto. Güemes de la Provincia de Salta y en la aprobación de la Ordenanza Municipal de la Ciudad de Gral. Güemes Nº457/15 del 2 de Septiembre de 2015.

20º) Que como se colige claramente de los documentos de la época y de la bibliografía principal sobre la guerra de la independencia americana[19]; es indudable que el juramento no fue a la bandera, sino a la Asamblea, en presencia sí de la bandera blanca y celeste, símbolo creado por Belgrano poco menos de un año antes en las barrancas del río Paraná y jurado y bendecida por primera vez en Jujuy el 25 de mayo de 1812 en conmemoración de la gesta de 1810[20]".

Siguen las firmas de los miembros de número que integraron la Comisión Especial designada a este efecto: Víctor E. Rodríguez Rossi, Claudio Morales Gorleri, Carlos M. Marturet, Miguel Carrillo Bascary y Luis Grenni.

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Más información al respecto en: Carrillo Bascary, Miguel. El billete de $10.000, maremoto en las redes. Juramento a la Bandera ¿Sí o no? https://banderasargentinas.blogspot.com/2024/06/el-billete-de-10000-maremoto-en-las.html



Referencias:

[1] José María Paz. Memorias Póstumas. Biblioteca del Oficial, anotada por el Teniente Coronel Juan Beverina. Bs. Aires. 1924. Tomo I, pp. 112-113: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/7/7e/Memorias_p%C3%B3stumas_del_general_Jos%C3%A9_Mar%C3%ADa_Paz.pdf

[2] “Belgrano en el Rio Pasaje”. Separata del Boletín del Instituto de San Felipe y Santiago de Estudios Históricos de Salta. Instituto San Felipe y Santiago de Estudios Históricos de Salta. 1961 (Separatas: Tomo VIII - Nº29), tesis que reprodujo en otras de sus obras.

[3] Cabe señalar que a comienzos del año 2025 el gobierno nacional disolvió la entidad en el marco del plan para reducir el tamaño del Estado. Sus miembros, con el Lic. Manuel Belgrano, antiguo presidente del anterior y descendiente directo del prócer conformaron el "Instituto Belgraniano de la Rep. Argentina”, asociación civil con personería jurídica que continúa al anterior.

[4] Se integró con los académicos: Víctor E. Rodríguez Rossi, Claudio Morales Gorleri, Carlos M. Marturet, Luis Grenni y Miguel Carrillo Bascary.

[5] Hubo 13 votos a favor, dos abstenciones y la disidencia parcial del Dr. Miguel Carrillo Bascary. Otros miembros estuvieron ausentes.

[6] A.G.N., Sala X, 44-8-30 y A.G.N., Sala X, 3-10-5. Cfr. asimismo “Gaceta de Buenos Aires del miércoles 10 de marzo de 1813” en Gaceta de Buenos Aires (1810-1821). Junta de Historia y Numismática Americana. Nº48. Tomo III. Buenos Aires, Compañía Sudamericana de Billetes de Banco. 1911, pp. 116-117.

[7] Cfr. A.G.N., Sala X, 44-8-30.

[8] Ídem anterior.

[9] Ibídem anterior.

[10] Registro Oficial de Leyes y Decretos; Tomo I, págs. 143 y siguientes.

[11] José María Paz, Memorias … , tomo I, p. 113.

[12] José María Paz, Memorias … , tomo I, p. 61.

[13] Rómulo D. Carbia. Historia crítica de la historiografía argentina. Universidad de La Plata. La Plata. 1939, p. 336.

[14] Gregorio Aráoz de Lamadrid. Observaciones sobre las Memorias Póstumas del brigadier Gral. Don J. M. Paz y otros jefes contemporáneos. Buenos Aires. Lib. M. A. de Rosas. 1912, p. 3

[15] Matías Dib, “Manuel Belgrano como Jefe del Ejército del Norte evocado por militares-escritores contemporáneos” en Anales del Instituto Nacional Belgraniano, Nº12. Buenos Aires. Instituto Nacional Belgraniano. 2008

[16] Tomás de Iriarte. Ataque y defensa y juicio sumario de las Memorias del General Paz. Buenos Aires. Imprenta Americana. 1855, pp. 30-31

[17] Lorenzo Lugones. Recuerdos históricos sobre las campañas del Ejército Auxiliar del Perú en la Guerra de la Independencia. Buenos Aires. 1888.

[18] Ibídem, pp. 45-47. Reconocía Lugones tres cualidades, según él, en su jefe Belgrano: patriotismo absolutamente desinteresado, contracción al trabajo y constancia en las adversidades

[19] Por caso pueden citarse la explicación de Bartolomé Mitre en su Historia de Belgrano y los comentarios y anotaciones del propio Julio Beverina a la obra póstuma del Gral. Paz

[20] Anexo explicativo del inciso 20º. 

La Jura de la Bandera fue un acto protocolar que define la totalidad del hecho jurídico de la independencia en su simbología como expresión indubitable de soberanía y su reconocimiento ante las demás naciones del globo, por lo que no puede obviarse su sacralización como hecho antecedente. 

El poder del Rey como autoridad de estas tierras había sido institucionalizado por las bulas papales de Alejandro VI y Julio II, dándole a la corona autoridad sagrada en razón de la evangelización de estas tierras, por cuanto su soberanía era legítima y no podía ser reemplazada por otro poder sin caer en la herejía; el Rey actuaba en América con poder absoluto y este poder estaba expresado por sus símbolos presenciales; cual era, el Estandarte real que era paseado por las calles reales por el alférez, en las fechas significativas por las calles reales e introducido en la iglesia refrendandoasí que su autoridad había sido delegada por Dios. 

Belgrano, como abogado que era, pensó en todas y cada una de las formas jurídicas que validaran el hecho de la creación de una nueva nación: 

1º Presentó una nueva bandera por el creada cuyos colores representaban una nueva identidad nacional los que ya habían sido aceptados por el gobierno central con la aprobación de la escarapela en Rosario y con la cual reemplazaba al símbolo presencial al monarca como Poder-Estado. 

2º La Bandera la hizo pasear con guardia de honor por el ejército con fastos y galas por las calles reemplazando al estandarte Real que era la representación personificada del Rey. 

3º Fue entregada a los miembros del Cabildo vestidos de gala y aceptada por estos y luego expuesta en sus balcones a consideración del pueblo para su aceptación constituyendo esto un acto jurídico. 

4º Fue portada por su portaestandarte que reemplazaba al Alférez Real y este era de sangre noble (el Barón de Holmberg) tal lo exigido para quienes eran dignos de portar los símbolos sacralizados. 

5º Se realizó en una fecha significativa al nacimiento de la nueva patria (segundo aniversario del 25 de mayo). 

6º Fue introducida la nueva bandera para su bendición en la iglesia matriz, lugar que, por disposición papal, solo podían ingresar las banderas del estado papal y la del estado contenedor (española hasta entonces) a la cual reemplaza y la hizo bendecir por el Canónigo Gorriti, significando la aceptación de la Iglesia al nuevo estado nacional, realizando un solemne Tedeum. 

7º Se realizó la jura popular por todas las castas de la ciudad y formalmente se realizó una marcha de exposición con vivas, fuegos artificiales y de artillería, corrida de toros, festejos, sombras chinescas, condonación de deudas públicas, y libertad de esclavos, según se disponía para los festejos reales en sus fechas significativas, tal consta en el Archivo Capitular. 

8º Al año siguiente, luego de la batalla de Salta siendo “Capitán General”, título otorgado por la Asamblea Constituyente que le otorgaban fuero jurídico, refrenda la intención soberana en la bandera.