viernes, 4 de septiembre de 2026

El Sol en ambos lados del paño

¿No se cumple? Se reforma el Decreto

Por Miguel Carrillo Bascary

Cuando la Humanidad se organizó en base a leyes escritas se auto limitó el margen de libertad, como pauta básica para la convivencia. Por esto, cuando un pueblo democráticamente organizado adopta una norma es de esperar que se cumpla. Si con posterioridad se advierte la manera de perfeccionarla, lo que se impone es hacerlo y no ser cómplice de un incumplimiento.

Este prologo sirve para circunstanciar el tema de la nota que les comparto, para lo que resulta primario recordar que la Bandera Oficial de la Nación, en su forma “de ceremonia” está regulada, en particular, por la Norma IRAM-DEF D 7679, contenida en el Decreto Nº1.650/ 2010[1].

Esta decisión legal resultó de una comisión interdisciplinaria que debatió por más de una década para arribar a consensos relativos a: la confección de la Enseña patria en sus diversas variantes, y de sus accesorios. Para esto se utilizaron precisos criterios técnicos según el sistema IRAM. Ayer como hoy es de esperar que tales parámetros se cumplan, considerando que definen a nuestro más antiguo símbolo nacional.

Han pasado 16 años ya y el análisis de la realidad indica que, nada menos que el Estado nacional y muchas de las provincias no cumplen en su totalidad con la normativa citada.

Me refiero concretamente al ítem 4. 5. de la Norma IRAM-DEF D 7679 que trascribo debidamente:

“4.5 Confección. La Bandera se debe confeccionar en tela doble (…)

4.5.1 Imagen del sol: El sol se debe bordar en ambas caras, en relieve, sin relleno, con hilo metálico bañado en oro o similar dorado, según el diseño de la figura 1”.

Figura 1

Reitero, esto es lo que ordena el Decreto Nº1.650/ 2010, de tal forma que todos los ejemplares de ceremonia deberían cumplir estricta y debidamente con lo ahí previsto; lo que en muchos casos no ocurre .

La realidad actual

Así las cosas, la simple observación de los ejemplares empleados en el Ceremonial oficial, tanto por los del gobierno nacional, como por los de provincias y el de la Ciudad Autónoma de Bs. Aires, reflejan claros apartamientos de la normativa vigente:

a) Uno de ellos radica en el diseño del Sol, que se presenta con rasgos distintos al establecido.

b) El otro revela que el astro solo se aplica en el anverso del paño.

La primera causal es absolutamente incomprensible. Para superarla bastaría que los encargados de adquirir este tipo de vexilos deberían exigir, bajo pena de nulidad de la oferta de venta, que las banderas se ajusten estrictamente al Decreto Nº1.650/ 2010. Resulta inaceptable que esto no ocurra, con lo que se profundizan apartamientos.

La segunda causal suele explicarse en que, como las enseñas de ceremonia no flamean, el bordado del sol en el reverso no resulta visible al observador, al par que incremente significativamente el costo del ejemplar, una situación que se magnifica considerando la gran cantidad de ejemplares que consumen, tanto el Ceremonial gubernamental como los establecimientos educacionales. Como vemos se trata de un argumento económico para nada despreciable, si se consideran las proverbiales estrecheces presupuestarias para adquirir tales productos.

Lo lamentable

La praxis indica que muchos funcionarios, incluso los del ámbito escolar, ignoran los errores que contienen las banderas que les competen.

Medidas superadoras

Convengamos que coincidimos en un axioma básico: la identidad argentina no se negocia, se ratifica en cada una de nuestras conductas. Convengamos también que el Estado debe ser el principal sujeto que cumpla con las normativas que, en el caso, demanda utilizar el diseño de Sol originado en el acuñado en las primeras monedas patrias (1813).

Advierto que, siendo nuestra Bandera de un símbolo nacional es competencia del gobierno de este nivel intervenir al respecto, sin perjuicio que hasta tanto esto ocurra, pueden hacerlo los gobernadores y el jefe de gobierno de la CABA, cuya decisión alcanzará a cada una de sus jurisdicciones.

En consecuencia, es un deber proceder de la siguiente manera:

a) Respecto a la irregularidad que afecta a los soles bordados en banderas de ceremonia, se debería superar dictando un decreto o, eventualmente, una resolución que en cada licitación o concurso de precios para la compra de este tipo de vexilo se establezca que las ofertas deberán cumplir íntegramente con las características y condiciones establecidas en el Decreto Nº1.650/ 2010 y las normas IRAM captadas en él. Todo bajo pena de nulidad de la oferta. Este principio resulta esencial para asegurar reglas igualitarias entre oferentes.

b) Por otra parte, resulta perfectamente atendible eliminar el requisito de llevar el sol bordado en el reverso del paño, para abaratar el costo de cada ejemplar, ya que esto permitiría satisfacer en mayor grado la cantidad que se demande. Todo bajo condición de que el Poder Ejecutivo Nacional disponga reformar el ítem 4.5.1. de la Norma IRAM-DEF D 7679, de manera que su texto podría rezar:

“4.5.1 Imagen del sol: El sol se debe bordar en el anverso del paño, en relieve, sin relleno, con hilo metálico bañado en oro o similar dorado, según el diseño de la figura 1”.

Concluyendo

Verificada la falta de ajuste de la realidad a la normativa vigente y, siendo razonable que el Gobierno disponga lo pertinente, es de esperar que a la brevedad pueda reformarse el ítem 4.5.1 de la Norma IRAM-DEF D 7679. Esto evidenciará la necesaria ejemplaridad de las conductas del Estado y, al reducirse costos, se podrá atender la triste realidad de muchas escuelas y reparticiones oficiales que carecen de banderas de ceremonias o que las detentan en condiciones que meritan substituirlas para mantener su digna presentación.

Lo indicado no alteraría la composición natural del símbolo, en la Bandera Oficial de la Nación se mantendría el Sol en ambas caras, sin perjuicio de que en los ejemplares de ceremonia solo se representara en el anverso. Con esto se confirma el axioma: la excepción es parte de la regla.

Nada más simple, nada más claro, nada más conforme al imperio de la ley (Estado de Derecho) y a la división de competencias vigente entre el gobierno nacional, los de provincias y el de la Ciudad Autónoma de Bs. Aires.

sábado, 29 de agosto de 2026

Marcha San Lorenzo, presencia y vigencia

Poema épico de la argentinidad

Estreno, 30 de octubre de 1902, ciudad de Santa Fe, cuando se inauguró el monumento del Gral. José de San Martín

Por Miguel Carrillo Bascary

Febo asoma, ya sus rayos iluminan el histórico convento…”. Con estos versos empieza la letra de esta marcha, cuyos valores musicales se conocen en el mundo entero.

Cayetano Silva

Su historia se remonta más de un siglo atrás, cuando en 1901 Cayetano Silva compuso sus acordes. Se estrenó al año siguiente, pero se debió esperar hasta 1907 para que Carlos Javier Benielli le sumara su letra, que conmemora el Combate de San Lorenzo, que libró el 3 de febrero de 1813 el entonces coronel José de San Martín al mando de sus célebres “Granaderos a Caballo”. En la oportunidad rechazaron el desembarco de una fuerza realista en inmediaciones del Convento de ese nombre, en la provincia de Santa Fe. Cuenta la tradición que la letra de la Marcha era decididamente agresiva para con España , por lo que se modificó para hacerla más amable. 

Carlos Benielli

Si bien la provincia no tiene un himno oficial la reciente Ley Nº14.446 del año 2026 le otorgó un importante espaldarazo al establecer su ejecución obligatoria en cuatro oportunidades vinculadas con la gesta del Libertador: 3 de febrero (combate de San Lorenzo), 25 de febrero (natalicio del héroe), 25 de mayo (formación del primer gobierno patrio), 9 de julio (independencia argentina), y 17 de agosto (paso a la inmortalidad del prócer). Estas son las fechas que prevé la norma, pero nada obsta que se interprete en otras efemérides, principalmente en las conmemoraciones sanmartinianas.

Como se trata de una ley local, lo dispuesto solo rige en el territorio santafesino. La normativa estipula que se cante o intercepte:

“… en el momento de la finalización de todo Acto Oficial celebrado por el Estado provincial, seguidamente de la siguiente fórmula: Entonamos las estrofas de la Marcha San Lorenzo, compuesta en la ciudad de Venado Tuerto, de la invencible provincia de Santa Fe". No deja de sorprender esta última referencia, más allá de recordar el lugar en que se compuso, lo que está muy bien, implica marginar a sus autores. Estimo que los legisladores bien pudieron tener un gesto de generosidad reconociéndolos, lo que también serán un justo acto reparador para con la memoria de Silva, especialmente, quien por su condición de afrodescendiente experimento amargos sucesos durante su vida.

Tras estas brevísimas referencias interesa conocer algunas pinceladas sobre la historia de esta singular marcha militar.

Origen de la composición

En realidad, Silva la compuso como un reconocimiento personal a quien era el Ministro de Guerra en la segunda presidencia de Julio A. Roca, el coronel Pablo Riccheri (1859-1936). Fue este un gran reformador del Ejército Argentino, al que buscó dotar de un acendrado profesionalismo y equipar con armamento acorde a la época. Es bien conocido por haber introducido el sistema de servicio militar obligatorio,  una herramienta de estado que permitió democratizar la composición castrense. Desde el 1900 asumió como ministro, más tarde culminaría una brillante carrera militar llegando al generalato, en 1910.

La designación definitiva alusiva a San Lorenzo tiene una doble interpretación, un homenaje a San Martín por el triunfo en el combate homónimo y una referencia directa a la ciudad donde había nacido Riccheri.

Estreno y difusión

La Marcha se estrenó oficialmente el 30 de octubre de 1902, cuando se inauguró en la ciudad de Santa Fe la estatua ecuestre del General San Martín. En la oportunidad ocurrió otro hecho significativo en homenaje al prócer, fue la presencia de la bandera del Ejército de los Andes, que se llevó desde Mendoza, donde se la cobijaba. En la interpretación estuvieron las bandas de guerra de los Regimientos 2, 6 y 10 de Infantería. Entre las autoridades presentes, demás del gobernador Rodolfo Freire, estaban, el mismísimo presidente Roca y su ministro Riccheri. Sin embargo, la tradición indica que su estreno pudo concretarse el 28 de octubre, al pie del célebre “pino de San Lorenzo”, bajo el que San Martín escribió el parte de su victoria. Otra versión indica que se ejecutó previamente en los cuarteles de “Campo de Mayo”.

Por cuestiones vinculadas a las necesidades de su vida cotidiana Silva vendió los derechos sobre su obra a una conocida casa de música, por los que recibió una suma irrisoria. No ocurrió lo mismo con Benielli y sus herederos que continuaron percibiendo regalías por el término legal.

Una banda de la Wehrmatch desfila en París, 1940

El éxito devenido de su presentación pública fue inmediato e implicó que se difundiera a todo el mundo hasta el punto en que hoy forma parte del repertorio musical de numerosos ejércitos. Así, Argentina la cedió al Ejercito de Alemania (1910) lo que derivó a que se utilizara cuando las fuerzas del III Reich desfilaron en París. Como desagravio el Alto Mando aliado dispuso que se ejecutara cuando se liberó la Ciudad Luz en 1944, en manifestación de la victoria. Como una asociación a esta circunstancia también se la oye en un pasaje de la película “Rescatando al soldado Ryan” (1998) del director Steven Spielberg.

Tropas de Estados Unidos desfilan en París, 1944 

También se ejecutó durante la coronación del rey Jorge VI de Inglaterra (1911) y de su sucesora Isabel II (1953), hoy suena en los cambios de guardia del Palacio de Buckingham, y en las presentaciones de la Guardia Real de Dinamarca, de la infantería de Marina de E. Unidos y de muchas otras grandes bandas.

En Argentina “San Lorenzo” se incorporó al cancionero oficial, con lo que se aseguró su popularidad que se extiende ya a lo largo de cinco generaciones. Hacia 1935 se incluyó en el repertorio oficial del Ejército y se la destinó para acompañar a los jefes de esta Fuerza. Entre 1946 y 1957 su popularidad hizo que se adoptara como marcha oficial del Presidente de la Nación; lo propio ocurrió entre 1998 y el año 2000.

Con diferentes arreglos ha sido adaptada para orquestas, conjuntos de cámara, coros y al gusto de solistas de numerosos instrumentos. Pueden escucharse algunas a partir de: https://www.educ.ar/recursos/132080/cinco-versiones-de-la-marcha-de-san-lorenzo-para-disfrutar-e En YouTube y en otras plataformas similares se podrán evaluar muchas otras versiones.

Texto de la Ley Nº14.446[1] (aprobada el 21 de mayo de 2026)

“Artículo 1.- La provincia de Santa Fe adopta con carácter obligatorio para todo Acto Oficial, el canto, ejecución o reproducción de la Marcha San Lorenzo en las siguientes fechas: 3 de febrero, 25 de febrero, 9 de julio, 25 de mayo y 17 de agosto.

Artículo 2.- La ejecución de la Marcha San Lorenzo se realizará de manera obligatoria, según consta como parte integrante de la presente en los Anexos l y II; y, en el momento de la finalización de todo Acto Oficial celebrado por el Estado provincial, seguidamente de la siguiente fórmula: "Entonamos las estrofas de la Marcha San Lorenzo, compuesta en la ciudad de Venado Tuerto, de la invencible provincia de Santa Fe".

Como Anexo 1: obra la letra de la marcha

Como Anexo 2: se sumaron brevísimas referencias biográficas sobre sus autores:

Cayetano Alberto Silva: Autor de la música de la Marcha "San Lorenzo". Nació el 7 de agosto de 1868 en San Carlos, Uruguay. Era hijo de Natalia Silva, criada de la familia que le dio el apellido. Inició sus estudios de música con el Maestro Filindo Rinaldi, en la banda popular de San Carlos. Desde muy joven demostró su inclinación por la música. En 1879 ingresa a la escuela de Artes y Oficio donde estudia solfeo, corno y violín. Este ilustre genio creador fue nombrado Maestro de la Banda del Regimiento 7 de la línea de Rosario, el 1 de febrero de 1894. Se casa el 1 de julio de 1896 con Filomena Santinelli, la cual le da ocho hijos. En el mes de mayo de 1898 Cayetano Silva llegó a Venado Tuerto contratado por la Sociedad Italiana para dictar clases de música e italiano. En ese contexto escribe la marcha San Lorenzo[2].

Carlos Javier Benielli: Nació en la ciudad de Mendoza el 26 de marzo de 1878. Fueron sus padres Juan Benielli y Virginia Aráoz. Se graduó en la Escuela Normal de Mendoza en 1895. Dos años después se recibió de profesor en la Escuela Normal de Profesores "Mariano Acosta" del barrio porteño de Balvanera.  El talento del escritor argentino plasmó en un poema épico el motivo del episodio bélico, donde las estrofas pintan el paisaje y la orden de San Martín a sus Granaderos a Caballo. Se casó en 1917 con Helina de los Ángeles González, también oriunda de Mendoza, de cuyo matrimonio nacieron cinco hijos. Fue esposo y padre modelo enseñando como en la escuela, con el ejemplo, las más altas virtudes que adornan a los grandes hombres, el amor a la verdad, el desinterés, la solidaridad y la modestia. En 1926 se radicó con su familia en la ciudad de San Martín de la Provincia de Buenos Aires, donde lo sorprende la muerte el 4 de noviembre de 1934. Fue autor de los inspirados versos: San Lorenzo[3]”. 

Como vemos, la "Marcha San Lorenzo" se relaciona íntimamente con la provincia de Santa Fe, con lo que se incorpora por derecho propio a la identidad cultural de la Provincia.

De esta manera, a partir del año 2026, los actos oficiales que se concreten en las fechas aludidas finalizarán cuando el pueblo coree los versos: "¡Honor, honor, al gran Cabral!". Eterno homenaje al granadero Juan Bautista Cabral, quien dio su vida por salvar la del Libertador San Martín.

[2] Mayores referencias: Tuvo una personalidad multifacética: violinista, periodista, compositor, docente y autor teatral, pero donde descolló fue como director de las bandas del Reg. 3, 6, 9 y 15 de Infantería. Pasó a dirigir la banda del Cuerpo de Bomberos de Mendoza (ciudad en la que, además, fue docente de Música), de la Policía de San Juan (donde estableció un conservatorio) y de Santa Fe. Además de música militar compuso para otros géneros: popular, obras teatrales, música de iglesia y otros. Falleció en la ciudad de Rosario, el 12 de enero de 1920.

[3] En el año 2005  se trasladaron sus restos mortales al cementerio evocativo del Convento San Carlos de la ciudad de San Lorenzo.

La “Bandera Nacional de la Libertad Civil” y su línea de tiempo

Ampliaciones y rectificaciones

 

La historia de la “Bandera Nacional de la Libertad Civil”, cuarto símbolo nacional de Argentina, se extiende por más de dos siglos, lo que implica cierto grado de complejidad.

Este aporte es un recurso didáctico que permite representar su trayectoria mediante una sintética línea de tiempo, referenciando sus principales hitos históricos.

El estudioso contará así con una guía sinóptica, mientras que los docentes podrán seleccionar los ítems que resulten de su particular interés para trabajarlos con sus alumnos.

De esta manera se amplío los temas contenidos en la primera versión de esta herramienta académica que publiqué como un anexo a la segunda edición de mi libro La Bandera Nacional de la Libertad Civil. Su historia y su pueblo. En esta oportunidad también aprovecho para depurar algunos errores que se habían deslizado en la edición primigenia.

jueves, 27 de agosto de 2026

“El Ceremonial. Un aliado estratégico”

Un muy interesante libro

Portada

Tuve un gusto enorme en poder leer y apreciar el libro escrito por Patricia Ibazeta de Posse, que me permito referenciar en esta breve nota y al que recomiendo calurosamente.

Es una obra sólida, muy completa y, al mismo tiempo, es amena, más que interesante. Quienes se especialicen en Ceremonial y a la Organización de Eventos, harán muy bien de tenerlo en su biblioteca de consulta. Para los que no se dediquen a estas áreas, su lectura les abrirá las puertas a la dinámica interna de las ceremonias públicas de la mano de una protagonista dotada de vastos conocimientos.

Se trata mucho más que un manual de la especialidad, es de los buenos, de los que no abundan. Constituye un generoso aporte de los 22 años de experiencia profesional de la autora, por lo que adquiere particular relevancia. Numerosas anécdotas matizan el desarrollo y agregan valor para quienes se desempeñan en este particular ambiente.

Dicho esto, es oportuno presentar a la autora, en apretada síntesis. Es diplomada en Ceremonial y Protocolo. Ejerció la docencia en la Univ. del Norte Santo Tomás de Aquino y en la Univ. de San Pablo (Tucumán). Es miembro de número de la Academia Argentina de Ceremonial, correspondiente de la Academia Brasileña y de la Academia Internacional de Ceremonial y Protocolo. Acredita una amplísima experiencia como docente de su especialidad y como partícipe de congresos, jornadas y otros formatos académicos.

Patricia Ibazeta de Posse

Se desempeñó por más de dos décadas en el área de Ceremonial y Protocolo de la Gobernación de Tucumán, en la que estuvo al servicio de la Provincia, durante mandatos de muy diversos signos políticos. También le correspondió la responsabilidad de organizar, en conjunto con Cancillería, la 35a.Cumbre del Mercosur/ 2008. Además, asumió la gestión del III Encuentro de Presidentes de las Academias de Argentina y Latinoamérica, realizado en Tucumán en 2018. Por si fuera poco, es creadora de la “Medalla al Mérito Juan Bautista Alberdi” que instituyó la Provincia mediante la Ley Nº8.094 (2008). Durante su amplia trayectoria mereció diversas distinciones de alto nivel.

Finalmente, transcribo un segmento de la presentación, que explica acabadamente la razón del subtítulo del libro, el que “revela cómo el Ceremonial, es una herramienta estratégica al servicio de la institucionalidad, la imagen y el mensaje político”. Por esta causa, considero que quienes desempeñen cargos institucionales, o quienes se preparen para hacerlo, podrán capitalizar valiosas conclusiones a partir de su lectura.

Contenido

Conocer su resumen será seguramente valorado por los eventuales interesados: 

            Ceremonial y Protocolo, su relación don diversas disciplinas: la Historia, la globalización, el deporte y el arte, el turismo, la genealogía y la sociología. Perfil del ceremonialista. Ceremonial de Estado en Argentina y Tucumán. Ceremonia de asunción de funcionaros, juramentos, las tomas de posesión. Atributos del poder del presidente y del gobernador de Tucumán. Símbolos patrios y provinciales. Visitas oficiales, ceremonias y festejos. El Tedeum. Los actos del 25 de Mayo y el 9 de Julio; honras a Nuestra Señora de la Merced. El particular ambiente de la Casa Histórica.

Se desarrolla también una invalorable relación histórica de las visitas presidenciales a la provincia de Tucumán. Anexa los principales elementos normativos que debe tener en cuenta un ceremonialista y referencia una amplia bibliografía.

Miguel Carrillo Bascary

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Ficha bibliográfica:

Autora: Patricia Ibazeta de Posse

Prólogo: del historiador José María Posse

Editado por: Libros Tucumán Ediciones            Año: 2025

Contenido: 350 páginas; incluye numerosas fotografías.

Formato: 22 x 16 cm. 

Ventas on line: https://librostucuman.com.ar/search/?q=ibazeta

miércoles, 26 de agosto de 2026

De estrados y banderas

Alternativas prácticas y correctas

Cuestionable presentación del dispositivo de Ceremonial

Por Miguel Carrillo Bascary

El armado de dispositivos de Ceremonial plantea numerosos desafíos, particularmente cuando participan banderas y, más aún, cuando debe estar presente la Nacional, bien sea de Argentina o de cualquier otro estado.

Hoy aportaré estrategias que no solo son válidas desde la técnica del Ceremonial, sino que también poseen potencialidades positivas y particulares.

El principio es que las banderas de un estado (sean nacionales como subnacionales[1]) marcan presencia. ¿De quién? De los pueblos a los que representan y de los gobiernos que se han dado en virtud de la representatividad democrática.

Por ende, las banderas se mostrarán: enarboladas en mástiles (si es una enseña de izar), en manos de un portador o bien, bajo la forma conocida como “de sitio”, esto es, la versión “de ceremonia”, colocada sobre un pie soporte[2]. Estas son las posiciones que el Ceremonial de Occidente señala como las correctas.

En consecuencia, se infringe este principio básico si al vexilo se lo muestra en las condiciones siguientes:

  • extendido sobre una pared (generalmente será en la que da marco a la mesa de autoridades o el telón del fondo de un escenario o espacio que hace las veces de):



  •  recubriendo la mesa destinada a las autoridades y, eventualmente, a los expositores;

cubriendo el basamento de una escultura, un ambón o atril, destinado al maestro de ceremonia, locutor o expositores;

  • en la pared del proscenio[3], también llamado “del foso” o “muro frontal”; 

  • o bien, ocultando: un trofeo, placa votiva, un busto, una escultura o instalación, para ser retirada cuando en el momento oportuno se muestre a los presentes.

No soy amigo de difundir prácticas desde la dogmática, considero que es imprescindible explicar las razones que justifican la existencia de los preceptos aplicables, con particular referencia al tema de hoy.

La explicación reside en que los ceremonialistas, en particular, y los organizadores de eventos, en general, deben respetar la naturaleza de este tipo de vexilos, o sea, tener presente que representan a las naciones y a sus gobiernos. ¡Nada menos!

Si se los emplea en las posiciones preindicadas se estará utilizando a esos pueblos y naciones para funciones decorativas, que no corresponden a su alta significancia. Abundando, se los instrumentaliza y se los utiliza para algo a lo que no están destinados, en definitiva: se los cosifica.

En consecuencia, si se quiere ornamentar el ambiente se impone recurrir a otros elementos y dar a las banderas el lugar que se merecen, no otro. Esto es, las “banderas” deben estar presentes como "banderas". ¡Nada más, ni nada menos!

Elementos auxiliares

Entonces, ¿con qué herramientas cuentan el ceremonialista y el organizador de eventos? La respuesta es: ¡son muchas!

Todo está en el arte y en la originalidad para disponerlas. Entre ellas: colocar un bouquet formado con flores con los colores de la bandera ¿Qué las celestes son difíciles de conseguir? No importa, el día anterior se consiguen blancas y se coloca en el agua anilina azul, con lo que se obtendrá el celeste apetecible. Para dar volumen al conjunto, sin que encarezca con el uso de flores la solución está en el follaje, lo que otorga amplias posibilidades.

Otro recurso, quizás el que otorga más potencialidad es utilizar los colores nacionales en forma de banderola o de escarapelones, sin Sol en el caso de Argentina o con un círculo amarillo que lo sugiera. Lo apuntado es particularmente útil para grandes superficies.



Para recubrir una placa que se presentará durante una ceremonia lo adecuado será emplear un lienzo (blanco preferentemente) y colocarle cintitas con los colores argentinos, de las que se servirán las autoridades para mostrarla. Tratándose de un bulto, estatua o instalación, se podrá emplear un gran moño con iguales colores.


Cundo se quiera destacar un atril o ambón, o para acompañar a un expositor, la solución ideal será apelar a las prácticas banderitas de mesa. Este recurso tiene grandes potencialidades ya que, según sea la nacionalidad u origen de quien haga uso de la palabra, se puede cambiar instantes antes que comience a dirigirse a los presentes. Claro que esto supone contar con una variedad adecuada a las nacionalidades u orígenes provinciales de los citados, pero sin dudas que esta delicadeza hablará muy bien del profesionalismo de los organizadores. Prevengo que se habrá de instruir adecuadamente a los auxiliares encargados de la tarea, ya que un error puede hacerse muy notable e, incluso, molestar a los expositores, particularmente si son funcionarios políticos. Si los exponentes comparten origen se empleará una banderita nacional para todos. Lo expuesto es particularmente útil ya que en tomas y fotografías de medio plano la pequeña bandera se lucirá, mientras que la tradicional “de sitio” se aparecerá en forma parcial.

Para revestir ambones, atriles y los frontis de las mesas –escritorio destinadas a expositores y autoridades, demás de los colores nacionales, se imponen telas de tonos adecuados (grises, azules, bordó, negros, blancos), los restantes podrán considerarse con prudencia.


Jamás debería usarse la Bandera nacional a estos efectos:

Las banderas de mesa también servirán para señalar las nacionalidades u orígenes de las personalidades que ocupen las ubicaciones más destacadas, sea sobre un escenario o durante una cena o almuerzo, además, su policromía les otorga singular calidez y evidencia la multiplicidad de los presentes[4]También sirven para expresar amistad o cooperación entre naciones.

No olvidemos tampoco la instalación de escudos, logos y otros tipos de aplicaciones que se prestan excepcionalmente bien para las posiciones fijas en un escenario (ambones, atriles, mesas, fondos de escenarios o en la pared del proscenio, en cuyo caso se colocarán centrados. Estos elementos tanto pueden ser los que identifican al organizador, a la ciudad o provincia (estado subnacional) o país anfitrión. Sí, efectivamente, los usos del Ceremonial autorizan servirse de escudos gubernamentales con estos fines. Es tradición que las banderas deben tratarse con mucha mayor solemnidad que estos últimos[5].


Cuando la ocasión no es rigurosamente formal puede recurrirse a los globos y cintas ¡Sí, nunca estarán de más!

Sin dudas que otro recurso de amplísimo espectro es la iluminación. Hoy la tecnología ofrece sorprendentes variables que el organizador profesional debe conocer en detalle. La tecnología LED aporta líneas de luminarias muy pequeñas de gran potencial que, por si fuera poco, pueden variar de colores de acuerdo al desarrollo de la ceremonia.

El respeto de estas pautas resulta elemental para fortalecer la imagen institucional que trasmiten la entidad organización y los participantes, también habla mucho sobre el profesionalismo de los encargados de la organización.

Como vemos, los sucedáneos son muchos, pero una cosa debe quedar bien en claro: las banderas se usan como banderas, no como elementos decorativos. Clarito ¿no?


Notas:

[1] Provincias, en Argentina.

[2] Recordar que es insoslayable que las banderas se muestren en perfectas condiciones de limpieza, correctamente armadas (mediante el uso de expansores ocultos entre sus pliegues), en astas y con pies soportes reglamentarios e idénticos entre sí, y con sus paños planchados, de manera que no se adviertan arrugas ni dobleces.

Las diferencias son evidentes

[3] Es la estructura física que delimita el borde delantero del proscenio y cae verticalmente hacia el foso destinado a la orquesta en los teatros o al nivel de las butacas para los espectadores.

[4] Puede ampliarse al respecto en CARRILLO BASCARY, Miguel. Banderas de mesa y escritorios. Un recurso valioso https://banderasargentinas.blogspot.com/2024/01/banderas-de-mesa-y-escritorios.html

[5] Incluso es habitual ver escudos nacionales tallados en testeros, en respaldos de asientos y otros lugares donde la imagen de una bandera sería francamente inaceptable.