lunes, 24 de marzo de 2025

Prendas que ocultan

Donde las formas desaparecen

 

Por Miguel Carrillo Bascary

Esta breve nota intenta responder a una consulta sobre las diferentes variantes de la vestimenta femenina cuyo objeto es sustraer la vista de los cuerpos fuera del espacio familiar.

La práctica se remonta en el tiempo, aunque en la actualidad se manifiesta particularmente en el área de influencia de la cultura semítica, en sus vertientes judaica y musulmana, con importantes afloramientos en los países de Europa que en las últimas décadas han recibido importantes flujos de tales orígenes. En la Antigüedad Clásica las mujeres romanas de alta clase también cubrían sus cabezas. La occidentalización universal de las últimas décadas ha limitado fuertemente esta costumbre que se expresa tanto como un mandato impuesto por la ley islámica como a través de pautas consuetudinarias o de preferencias personales.

Durante la Edad Media en Europa también fue usual que la mujer cubriera su cabeza, no así su cara. En la Iglesia Católica la práctica persistió en los hábitos de las monjas, complementando los velos con accesorios almidonados que enmarcaban la cara y el cuello, con estructuras lisas o distintas formas de pliegues. Por su parte, las mujeres laicas utilizaron rebozos y mantones hasta el siglo XIX, y, las mantillas, mayormente elaboradas con blonda (encaje) o tules, las solteras las usaban de menores dimensiones. Las mantillas se mantuvieron hasta las reformas surgidas del Concilio Vaticano II a mediados de los años '60. También en el subcontinente indostaní existe la costumbre femenina de emplear ligeros velos que cubre la cabeza y caen hasta los hombros o la cintura, tanto entre los hindúes como en los sijs y musulmanes.

Las razones de estos ocultamientos pueden explicarse en una pauta de identidad cultural, razón principal que se esgrime como justificativo para su uso, particularmente en Occidente. También como expresión de piedad religiosa, de recato y modestia femenina, de una dedicación total hacia el esposo y hasta como medio de defensa personal, atento a de esta forma no se daría lugar a la lascivia masculina.

La Psicología social sindica a estos usos como una expresión del machismo, una afectación de la dignidad de la mujer y una despersonalización evidente, entre otros calificativos similares.

Tras estas referencias históricas corresponde detenerse en las prendas referenciadas con la cultura musulmana. Al respecto es necesario explicar que éstas no son uniformes, existen variantes de diversos tipos. Se identifican con nombres que varían según las regiones y lenguas; la adaptación de estos vocablos al español implica numerosas grafías. En general son amplios mantos que recubren los cuerpos o bien las cabezas en forma total o parcial. Los materiales pueden ser muy variados, de diferentes calidades, densidad de la trama, colores y espesores.

La burka, paranji o haik, según las regiones, cubre cabeza y todo el cuerpo, hasta los pies, también las manos; habitualmente es de color negro o azul. La variante afgana posee una suerte de rejilla sobre los ojos. En otras regiones se complementa con el chachvan que tapa la cara desde la frente y que se ata con cintas por detrás de la cabeza u otra pieza a la que se apela para tapar la boca ante la presencia de un hombre. Bushiya es de forma cónica y oculta totalmente la cabeza, de manera que la usuaria solo puede mirar a través de las fibras del textil. El chador persa, permite que se vea la cara y también oculta las manos.

Cabe señalar que la gran extensión de textil que demandan estas prendas irroga un importante peso que debe sobrellevar la mujer, dificultándole sus movimientos. La sustracción de la piel a los rayos solares determina un importante estorbo para fijar la vitamina D, generando avitaminosis, lo que implica consecuencias muy negativas para la salud ya que favorece a la osteoporosis.

El nicab, cubre toda la cabeza hasta los hombros, dejando una estrecha franja para permitir ver. Una variante es la shayla, que tiene un mayor tamaño y que por ende cae hacia adelante ocultando parcialmente los pechos. El llamado “medio nicab” consiste en un velo atado tras la cabeza que cae hacia adelante cubriendo la nariz, la boca y el mentón.

El hijab, muy difundido, hasta el punto de ser caracterizado como “velo musulmán”, tiene forma cuadrada, y la mujer se lo coloca de manera que oculta totalmente su cabello y cuello, dejando descubierto el rostro. La batula es una suerte de capucha que complementa el hijab, pero tapa la frente y los pómulos, con lo que el rostro pierde mucho de su natural expresividad. Veamos dos ejemplos:

El al-amira consta de dos segmentos, una especie de gorro y un velo que recubre el cuello en forma de un amplio tubo.

El khimar deja libre la cara, pero cubre la cabeza, el cuello y los hombros que se confunden totalmente con el tronco, obviamente que disimula los pechos.

El tudong, es la modalidad indonesia-malaya del hijab. Una variante es el kerudung, que sobresale sobre la frente, hacia adelante, formando una especie de visera que deja en sombras la zona ocular.

viernes, 21 de marzo de 2025

Emblemas que no son símbolos. Nota 1

Un tema abierto

Por Miguel Carrillo Bascary

Advertencias: Esta nota toma en cuenta la realidad argentina, por lo que su desarrollo puede no coincidir con lo que ocurre en otros países. El tema se ampliará en futuras entregas, no te las pierdas.

¿Emblemas o símbolos?

Es un error considerar que ambos términos son sinónimos. Los primeros caracterizan una faceta determinada de la argentinidad y no cuentan con ninguna tutela normativa, aquellos que son manufacturados pueden adoptar diversas formas, los que son expresiones culturales, admiten de por sí amplias variables.

Por su parte, los símbolos tienen una entidad superior, ya que representan formalmente a la Nación y al Estado, caen en la esfera del Derecho Internacional Público, sus estructuras están definidas por leyes y/o decretos, de manera que están protegidos por las leyes, en virtud del carácter que invisten.

Intentaré clarificarlo con un ejemplo, pero primero recordemos que los símbolos argentinos son: la Bandera Oficial de la Nación, su Escudo Nacional, el Himno Nacional y la Bandera Nacional de la Libertad Civil. Para no remontarnos en el tiempo bastará referenciar que los tres primeros están definidos como tales por el Decreto 10.302/ 1944[1] y la última por la Ley 27.134[2]. Sus respectivas estructuras están detalladamente dispuestas por la normativa; por ende, no válido alterarlas y, además, su uso está regulado por normas de Ceremonial y Protocolo. En cambio, la escarapela nacional, no está contenida en el decreto citado, por lo que tácitamente queda excluida del listado de símbolos, razón que admite que pueda adoptar numerosísimas formas.

Los emblemas o distintivos nacionales, según la normativa argentina y las prácticas consuetudinarias, son elementos que nos caracterizan como pueblos. Sin dudas que expresan el “ser argentino”, pero no representan a la Nación en su conjunto, ni tampoco al Estado que universalmente se conoce como República Argentina[3].

Ampliando algo de lo ya adelantado, los emblemas no requieren honores intrínsecos, aunque corresponde su respetuoso tratamiento por ser alegorías de las tradiciones, costumbres, características culturales de la argentinidad. Por el contrario, la naturaleza de los símbolos demanda honras particulares, en mérito a su alta representatividad.

A lo largo de los años, leyes y decretos han conformado una nómina canónica. Este reconocimiento cuenta con un tácito aval de la sociedad que los identifica espontáneamente con este carácter.

Los emblemas en particular

El más antiguo es la escarapela nacional, definida en 1812 por decreto del llamado Primer Triunvirato, como un distintivo de carácter militar, destinado a identificar a las tropas patriotas en caso de un enfrentamiento. Bajo estos términos la requirió el entonces coronel Manuel Belgrano al gobierno y este dispuso en consecuencia.

Le sigue en antigüedad la “flor nacional argentina”, la del ceibo[4] (erythrina crista-galli), según lo dispuso el Decreto Nº138.974/ 1942[5]. Su elección implicó un largo proceso que se inició en 1920 y que atravesó varias instancias siendo la final una amplia compulsa popular que impulsó el diario “La Razón” de Bs. Aires En 1941 el gobierno nombró una comisión académica de notables para que dictaminara. La mayoría optó por la flor del ceibo (5 votos), seguida de la pasionaria o mburucuyá (passiflora caerulea), con dos. Corresponde aclarar que la caracterización se limita a la flor, no se extiende a la especie arbórea, algo que a veces no se distingue suficientemente.

"Jugando al pato", Eleodoro Marengo

Como “deporte nacional” se singularizó al pato, mediante el Decreto Nº17.468/ 1953[6], del Poder Ejecutivo. Una práctica ecuestre practicada en el país, al menos desde mediados del siglo XVII bien que, con características inorgánicas, lejanamente inspirado en juegos caballares del Asia central. Hacia 1938 se sistematizó conformando una práctica cuantitativamente escasa y prácticamente limitada a la provincia de Buenos Aires, con algunas manifestaciones en Salta, Tucumán, Santiago, Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes. Desde la perspectiva actual sorprende esta declaración ya que, si nos atenemos a los precedentes, hubiera sido mucho más lógico que la elección recayera en el polo, ya que si bien su práctica date de fines del siglo XIX rápidamente Argentina se constituyó en la potencia dominante de la especialidad, particularmente si se recuerdan las medallas olímpicas que obtuvo en los Juegos de 1924 y 1936; así como el proverbial y sobresaliente desempeño de sus jugadores y caballos a nivel internacional. La explicación debe buscarse en la política, ya que en 1953 era presidente de la Nación, Juan D. Perón, cuyo populismo lo habría llevado a fundamentar la preferencia por el pato, como rechazo al carácter elitista del polo. Con los años, cuando en el Congreso avanzó con la idea de consagrar como disciplina nacional al futbol, la habilidad parlamentaria de un diputado, identificado con una región donde el pato tenía gran importancia, le permitió hacer aprobar la Ley Nº27.368 del año 2017 que confirmó al pato como “deporte nacional”. Así se dieron las cosas.

Poco se conoce que el quebracho colorado (schinopsis balansae engl), es el “árbol forestal argentino”, tal como lo estableció el Decreto Nº15.190/ 1956[7]. El calificativo lo señala como producto fundamental para la industria del tanino, que por entonces se hallaba en apogeo, lo concreto es que no puede considerarse como el “árbol nacional argentino”, un punto sobre el que hasta el momento no hubo acuerdo, bien que se han postulado varios, como por ejemplo: el ombú[8] (phytolacca dioica), el algarrobo (ceratonia) y el laurel (laurus nobilis).

Astor Piazzola, sinónimo de tango

Fue recién en 1996 se definió por medio de la Ley Nº24.684[9] que la música típica denominada "tango", debe considerarse como “patrimonio cultural de la Nación”. Esto comprende a todas sus manifestaciones artísticas y culturales, por lo que excede a la danza en sí misma.

Por su parte, por Ley Nº26.297[10] (2007) se consagró al pericón, como “danza nacional argentina”, a cuyo efecto se estipuló incluir su enseñanza en las escuelas primarias. Cabe señalar su carácter folklórico, originado en la región pampeana, como lo revela la historia de la cultura nacional. Requiere un mínimo de dos parejas que a ritmo de vals lento siguen las indicaciones de un bastonero y que incluye la formación de figuras acompañadas con pañuelos celestes y blancos.

El desarrollo de la industria vitivinícola y el lobby respectivo, muy fuerte en las provincias donde la producción es parte de la tradición, determinó que el vino argentino, sin especificar variedad, mereciera ser declarado como “bebida nacional”. Así lo estableció la Ley Nº26.870[11] de 2013. En los últimos años se configura la preferencia por la representatividad que posee el malbec, pero parece poco probable que surja alguna reivindicación en su favor.

A consecuencia de un fenómeno similar y a la popularidad de la yerba (ilex paraguariensis), la Ley Nº26.871[12] del año 2013 consagró al mate como “infusión nacional”, sin especificar alguna de sus numerosas preparaciones. Obvio que cuenta con una tradición secular.

Siendo Argentina un país con raíces entrañablemente relacionadas con lo que podríamos llamar una cultura ecuestre, llama la atención que hubo de esperarse hasta el año 2017 para que la Ley Nº27.414[13] reconociera a la raza Criolla, como “caballo nacional y patrimonio cultural de Argentina”, con todo lo que esto implica, desde lo histórico y lo emotivo. Pese a la identificación que implica no puede sindicarse que el cabello criollo sea propiamente el “animal nacional argentino”, simplemente porque la ley no lo consagró con este carácter.

Hasta aquí llega la nómina de los emblemas nacionales argentinos, en la continuación de esta nota se explorarán otros elementos que también podrían incluirse en esta relación. 


[3] Bien que el artículo 35 de la Constitución Nacional admite otras designaciones de connotaciones históricas: Provincias Unidas del Río de la Plata y Confederación Argentina.

[4] Recibe también otras denominaciones regionales: gallito, becaré, árbol del coral y pico de gallo.

[8] En 1927 se realizó una encuesta escolar, en donde el ombú emergió como preferido de los niños. participaron unos 30.000.


lunes, 17 de marzo de 2025

Creatividad vs. Historia

¿Es necesario un límite?

Por Miguel Carrillo Bascary 

Por supuesto que el tema no es nuevo, para nada. Desde que la Humanidad empezó a expresarse surgió la tentación de poner límites a la libertad de creación. No incursionaré en esta polémica que jamás podrá ser respondida con satisfacción. Prefiero atenerme a los temas que me resultan familiares y en este sentido les comparto una imagen que me envió un gran amigo.

Nunca sabremos a ciencia cierta cuál fue el diseño primigenio de nuestra Bandera nacional. Sí nos consta que el general Belgrano dejó escrito de su puño y letra que la hizo “blanca y celeste, conforme a los colores de la escarapela nacional”. La incógnita autoriza a plantear las más diversas hipótesis pero, resulta evidente que la disposición que vemos puede ser calificarse como “peculiar”, es decir que resulta privativa de quien la compuso.

Objetivamente, la representación no está bien, ni está mal, por la sencilla razón de que no conocemos como fue en origen. Es indudable que la imagen llama la atención por sí misma ¿será esto lo que buscaba su autor o autora?

La lámina integraba una semblanza relativa al “día de la Bandera” y la publicó una conocida revista escolar destinada a niños de primaria. Esta referencia es la que da pie para cuestionarla, ya que introduce una imagen que no se corresponde con las tradiciones y que por ende se transforma en un factor disruptivo en el contexto del proceso de enseñanza-aprendizaje. ¿Es positivo? ¿No lo es? La respuesta deberían darla los educadores. Dejo planteada la cuestión.

En lo personal, cumplo en presentar esta curiosidad vexilológica, pero desde mi perspectiva histórica, me resulta harto cuestionable. Quizás me equivoque, pero me causa un rechazo liminar. Sinceramente.

sábado, 15 de marzo de 2025

1814 - Significativo testimonio

Paseo de la Bandera en Santiago del Estero y su primer abanderado

Cabildo de Santiago del Estero, el escudo de la ciudad 
y la bandera paseada en 1814

Por Miguel Carrillo Bascary

Una referencia poco mencionada entre quienes tratan la historia de la Bandera Nacional consta en el libro de actas capitulares de la “Madre de Ciudades”, Santiago del Estero. Esto justifica difundir el dato en este ámbito y glosarlo prudentemente, al par que se destaca la personalidad de quien fue con todo derecho su primer abanderado.

Marco histórico

Comenzare recordando que el “Reglamento de División de Poderes” (1811) previó realizar funciones públicas el 25 de mayo. Al año siguiente, por decreto del 12 de mayo, el Primer Triunvirato dispuso conmemorar al 25 de ese mes como “aniversario de nuestra libertad civil”; el día anterior había suprimido el paseo del Estandarte real, por considerarlo un símbolo de la” tiranía, en el entendimiento de que su tradicional paseo era una “ceremonia humillante”.

Al año siguiente, la Asamblea General Constituyente estableció por ley[1] las “Fiestas Mayas”, dedicadas a conmemorar la formación del primer gobierno patrio y ordenó que se ejecutaran actos oficiales en todas las ciudades bajo su autoridad.

La disposición se concretó sobre la matriz del tradicional paseo del Estandarte Real, lo que ocurría cada natalicio del monarca y en otras solemnidades. Los cabildos de cada ciudad tenían a su cargo organizar y costear la conmemoración, cuyo acto central radicaba en sacar el vexilo en manos del alférez real, con el acompañamiento de la corporación, del clero secular, de las órdenes religiosas asentadas en la ciudad, de la guarnición y hasta de la burocracia local, a los que se sumaba el conjunto de la población que cerraba la marcha y jalonaba el recorrido desde veredas y balcones.

Para estas ocasiones el Cabildo mandaba higienizar las calles, adecentar los frentes de las casas, colgar mantas y tapices en sus balconadas y ventanas, al par que se formaban arcos de mimbre adornados con follaje y flores de papel. Desde la víspera se alumbraban las calles y, de haber recursos disponibles, se ofrecían fuegos artificiales, “refrescos[2]”, música y juegos populares. En esto se continuaba con la tradición festiva sentada desde el tiempo de los Austrias, bien que el aparato escénico se había visto menguado con el advenimiento de los Borbones.

El 25 de Mayo de 1814 en Santiago del Estero

Por entonces la jurisdicción no tenía entidad de provincia, sino que dependía de la Intendencia de Salta del Tucumán y estaba a cargo de un teniente gobernador. El festejo se centró en el paseo de la Bandera, lo que indica que su uso ya estaba extendido.

A esta altura del desarrollo, es forzoso poner en común el texto de lo dispuesto por el Cabildo de Santiago[3], sobre el que realizará algunos comentarios. A tal fin me permito modernizar la redacción, en lo imprescindible:

“En la ciudad de Santiago del Estero a catorce días del mes de abril de mil ochocientos catorce años. Nos, los individuos que componemos este Ilustre Ayuntamiento. Habiéndonos juntado en esta, nuestra Sala Capitular, a son de campana, como lo hemos de costumbre, fue de nuestra primera atención tratar sobre el modo como debemos perpetuar en nuestra memoria el glorioso día del veinte y cinco de Mayo, y para el efecto acordamos que para solemnizarlo, se haga un solemne paseo a caballo sacando una Bandera para insignia de nuestra libertad, celeste y blanca, y habiéndose pensado quien debería de sacar esta, ha querido y ha acordado este Muy Ilustre Cabildo, hacer este honor a el Teniente Gobernador de esta Ciudad; el que muy gustoso lo ha admitido, dando las gracias por esta distinción con lo que ha concluido; quedando este Ilustre Ayuntamiento con las obligaciones de costumbre, con los gastos de Misa y sermón, y demás gastos. Y no habiendo más que tratar cerramos el presente Acuerdo y firmamos para Nosotros y ante Nos, a falta de escribano”. Siguen las firmas de: Mariano Sarassa, Manuel Gregorio Cavallero, Manuel Santillán, Mariano Medina y Doroteo Olibera.

Lo primero a señalar es la antelación con que se previó la conmemoración lo que, a tenor de las actas capitulares de otras ciudades, solía ocurrir no más allá que en la semana previa. En este caso la diligencia del Cabildo local llama la atención, pues ocurrió más de un mes antes.

Para nuestra perspectiva resulta de interés la formalidad de la convocatoria, que se concretó a toque de campana, lo que reunió a los capitulares en su sede natural, el Cabildo que, muy remozado, aún se mantiene frente a la plaza mayor de la ciudad, hoy llamada “Libertad”.

Esto del paseo a caballo puede parecernos algo sencillo, pero implicaba un particular boato. Usualmente se empleaba un brioso equino, para mayor lucimiento del vexilo, generalmente un padrillo. Para conducirlo y llevando una bandera al viento, se debía ser un eximio jinete, como podrán dar testimonio todos aquellos que conocen de la materia. Para los que no, convendría aclarar que los equinos enteros son particularmente fogosos por razones hormonales. En el ritual ecuestre del poder el animal representaba a las veleidades del pueblo al que el rey o sus delegados debían saber conducir con mano firme y habilidad.

 

Alegoría, paseo del Estandarte en México s. XVI

El distinguido tampoco pasaba solo, sino que lo acompañaban los cabildantes, también sobre sus mejores montados debidamente engalanados. El trayecto no está determinado en el acta, por ser de conocimiento general entre la gente de aquellos tiempos. Previsiblemente comenzaba en el domicilio del portador y se extendía por las principales cuadras de la ciudad, incluyendo una vuelta a la plaza, pasando por la principal iglesia a los efectos del Te Deum y misa, que incluía un sermón “patriótico”. Finalizaba en el propio Cabildo, desde cuya balconada se hacía tremolar la enseña, reafirmando así su carácter representativo. La multitud se pronunciaba entonces con vítores y otras demostraciones afines.

La Catedral de Santiago imagen tentativa, ca. siglo XVII/ XIX

Llegamos así al punto central del ritual, la bandera, a la que los cabildantes calificaron como “insignia de la libertad”. Esta última referencia tiene una importancia superlativa, ya que evidenciaba su identificación con la idea de soberanía popular, aunque todavía no se había declarado oficialmente la independencia. En ella se corporizaba al pueblo libre de todo yugo. Me detengo también en el vocablo “bandera”, cuyo uso indica que no era un pendón al estilo de los usados antes de ser suprimidos por el gobierno patrio en 1812. Era propiamente una bandera, su sola forma destaca la mutación de las formas antiguas y el surgimiento de este nuevo signo.

En cuanto a los colores, el acta define con claridad: celeste y blanco, composición afín a la que el general Belgrano mostró en Rosario el 27 de febrero, en Jujuy, el 25 de mayo de 1812 y que presidió la marcha del ejecito Auxiliador desde Tucumán hasta el Alto Perú, ocasiones todas en que el vexilo habría sido blanco y celeste, en horizontal. En el caso de Santiago del Estero la disposición cromática se invierte, lo que también es significativo, pues desde agosto de 1812[4] se comenzaron a ver banderas con esta última disposición.

Respecto al portador del símbolo, resulta evidente que en Santiago se encontraba vacante el cargo de Alférez, por lo que se dispuso invitar al teniente gobernador para que cubriera esa función. Otras referencias nos indican que se trataba de Mariano José Sarassa[5], que se desempeñó entre el 1º de febrero de 1813 y el 11 de enero de 1815. Presente en la sesión, aceptó inmediatamente y, “muy gustoso” (sic), agradeció la distinción.

El funcionario, era un patriota decidido, como que se alistó en los Patricios y luchó en sus filas durante las Invasiones Inglesas, más tarde se sumó al Ejército Auxiliador del Alto Perú. Tras ser teniente gobernador en Santiago pasó a Jujuy, donde cumplió idéntica función del 14 de noviembre de 1814 hasta el 17 de mayo de 1815. A partir de 1816 asumió diversas comisiones en el Estado Mayor hasta fines de 1820. Llegó a ser teniente coronel. Una vez que se hubo retirado se radicó como estanciero en cercanías de la Guardia del Monte. Había nacido en la ciudad de Bs. Aires, el 7 de junio de 1769, se desconocen datos sobre su muerte.

Otras referencias

No termina acá esta noticia. El acta capitular subsiguiente, que se dató el 21 de abril, revela que Santiago no contaba con el ejemplar de bandera necesario, por lo que se adoptaron previsiones para hacerlo confeccionar. Se transcribe la parte pertinente del texto:

“En segundo lugar tratamos el que para la función del veinte y cinco de mayo corra nuestro regidor Mayor con todo lo que sea peculiar a la Iglesia en los gastos y demás que ocurra. En tercer lugar, cometimos a nuestro regidor Defensor de Menores corra con la hechura de la bandera que se ha de hacer sacar el día de la función del veinte y cinco [de] mayo. Y no habiendo más que tratar cerramos el presente Acuerdo y firmamos por Nos y ante Nos a falta de Escribano”. Siguen las firmas de: Manuel Gregorio Cavallero; Manuel Santillán, Manuel Jiménez de Paz, Mariano Medina y Doroteo Olibera.

Concluyendo

  • Las solemnidades del 25 de mayo de 1814 en Santiago del Estero fueron cabalmente organizadas por el Cabildo.
  • Se centraron en el paseo de la Bandera “celeste y blanca”, como insignia de la libertad y de la soberanía popular.
  • El teniente gobernador Mariano José Sarassa fue el primer abanderado de Santiago del Estero.
  • El vexilo se preparó especialmente para la ocasión, presumiblemente continuó en uso por varios años y al mismo efecto.


[1] Ley que se aprobó el 5 de mayo de 1813.

[2] Básicamente la bebida consistía en zumos de fruta mezclados con vino aguado, lo que más adelante se conocería como clericó.

[3] Fue tomado de la reproducción de las “Actas Capitulares de Santiago del Estero” que editó la Academia Nacional de la Historia (Tomo VI, 1951, pp. 467 y 468).

[4] Así lo refiere el cronista y testigo presencial Antonio Beruti, en sus “Memorias Curiosas” (“Biblioteca de Mayo”, Tomo IV, p. 3833, 1960), cuando informa sobre el izamiento de una bandera “celeste y blanca” en la torre de la iglesia de San Nicolás, ciudad de Buenos Aires.

[5] No hay coincidencia en la grafía de su apellido. Existe documentación donde se lo relaciona como Sarasa, Sarassa y también como Saraza y, aún, como Zaraza. Su padre, nacido en Pamplona, se avecinó en Bs. Aires donde formó una extendida familia y fue repetidamente regidor, alcalde de segundo voto (1772) y de primero (1780).

jueves, 13 de marzo de 2025

Duelo nacional: consecuencias por no observarlo

Una responsabilidad despareja

Por Miguel Carrillo Bascary

Es ampliamente conocido, que el duelo nacional constituye una tradicional forma de rendir honores a una persona fallecida que ordena un gobierno en representación de su pueblo, e implica reconocer el pesar general que lo embarga.

Es también sabido, que se formaliza a través de un decreto del Poder Ejecutivo y, que particularmente se manifiesta, colocando la Enseña nacional a media asta por un número de días variable, acorde a la valoración social o política de la persona fallecida. También suele decretarse en caso de tragedias que afecten hondamente la sensibilidad popular.

Dicho esto, surge una pregunta lógica: ¿qué consecuencias depara no cumplir con la disposición? Responderé conforme a la normativa Argentina.

La omisión es una falta o contravención al ordenamiento normativo. Pero en algunos casos podría tipificar como delito, de encuadrar como un crimen de odio o alguno de los captados por los Títulos IX al XI del Código Penal, "delitos contra el orden público", la "seguridad de la Nación" o "contra los poderes públicos y el orden constitucional".

Veamos algunos ejemplos: no colocar la bandera a media asta un día de duelo motivado en un grave atentado contra una minoría o contra el primer mandatario de un país amigo, y otros similares. La omisión incluso podría constituir una acción hostil que afecte a las relaciones internacionales y hasta alguna de las figuras vinculadas con el genocidio.

Asimismo, hay que distinguir respecto del lugar donde se configura el hecho. En un ámbito oficial, dará lugar a un sumario para delimitar las responsabilidades, y eventualmente corresponderá, sancionar al funcionario o agente involucrado, al que se le responsabilizará por su negligencia, teniendo en cuenta sus antecedentes y las demás circunstancias propias del caso. Sin dudas que si la omisión ocurre en espacios castrenses las consecuencias serán mucho más graves.

En lo privado, difícilmente traiga alguna consecuencia. Al respecto hay un vacío legal que compete llenar a las provincias y a la Ciudad de Bs. Aires, ya que en materia de contravenciones son estas jurisdicciones las que tienen a su cargo los códigos de faltas.

Lo que resulta indudable es que una entidad que no coloca las banderas a media asta da una muy pobre imagen institucional ante la consideración pública.