jueves, 2 de julio de 2026

La Bandera nacional en Santiago del Estero (1814)

Documentos y comentarios

Cabildo de Santiago del Estero hacia 1810. Reconstrucción del Dr. Oreste Di Lullo [1], según documentos recopilados. Dibujo: Luis G. B. Garay

Por Miguel Carrillo Bascary

Corría el año de 1813 y la revolución emancipadora ya estaba consolidada en la mayor parte de la Provincias Unidas del Río de la Plata. La victoria del general Belgrano en la batalla de Tucumán (24 de septiembre de 1812) fue decisiva. El posterior triunfo en Salta (20 de febrero de 1813), la reocupación de la abandonada ciudad de Jujuy (21 de marzo de 1813) y su entrada en Potosí (19 de junio de 1813), eran otros hechos auspiciosos.

Por su parte, la institucionalización avanzaba, corporizada en la Asamblea General Constituyente que sesionaba en Bs. Aires[2], la que ya había adoptado decisiones por demás significativa, como la adopción de su escudo, una marcha patriótica, mandó retirar los escudos realistas, creó moneda y ordenó que se le prestar juramento y obediencia.  

En este contexto, el 5 de mayo dictó una ley[3]  que declaró “fiesta cívica” al 25 de Mayo y estableció celebrar anualmente las “Fiestas Mayas” conmemorando la formación del primer gobierno patrio. Tuvo como directo antecedente el Decreto[4] del Primer Triunvirato datado el 12 de mayo de 1812, que ordenaba celebraciones con motivo de la “libertad civil[5] alcanzada el 25 de mayo de 1810.

Conforme a esta, en cada ciudad debía organizar las actividades pertinentes según sus criterios y posibilidades económicas. Así ocurrió en Santiago del Estero donde, conforme a la costumbre instituida desde la formación de su Cabildo, debía ser éste el que se ocupara delas fiestas. Así consta en sus “Actas Capitulares”, documentación que por estar agotada hace muchos años es difícil de conseguir. Oportunamente las publicó la Academia Nacional de la Historia[6], pero también en este caso no es sencillo consultarlas, por esta razón transcribiré los respectivos asientos.

Adelanto desde ya el interés que implica la mención de la “bandera de nuestra la libertad”, tal el término con que se hizo nombrar. Esta no era otra que la Bandera nacional izada por primera vez el 27 de febrero de 1812 por el entonces coronel Manuel Belgrano y que, pese al desagrado del Triunvirato[7], se había difundido espontáneamente. Así lo prueba la documentación que seguidamente les comparto advirtiendo que, para mayor claridad, prescindiré de las abreviaturas de uso tan común por entonces, aunque respetaré las mayúsculas puntillosamente.

Primer documento

“En la Ciudad de Santiago del Estero a catorce días del mes de abril de mil ochocientos catorce años. Nos los Individuos que componemos este Ilustre Ayuntamiento. Habiéndonos juntados en esta nuestra sala Capitular a son de campanas como lo hemos de costumbre fue de nuestra primera atención tratar sobre el modo como debemos perpetuar en nuestra memoria el Glorioso día veinte y cinco de Mayo, y por el efecto acordamos que ara solemnizarlo se haga un solemne paseo a caballo, sacando una Bandera por insignia de nuestra libertad celeste y Blanca, y habiéndose pensado quien debería de sacar esta ha querido, y ha acordado esta M. I. C. (Muy Ilustre Cabildo) hacer este honor a el Teniente Gobernador de esta Ciudad; el que muy gustoso lo ha admitido; dando las gracias por esta distinción con lo que se concluyó; quedando este Ilustre Ayuntamiento con las obligaciones de costumbre con los gastos de Misa, y sermón, y demás gastos. Y no habiendo más que tratar cerramos el presente Acuerdo, y firmamos por Nosotros y ante Nosotros, a falta de escribano”.

(Siguen las firmas de:) Mariano Sarassa[8], Manuel Gregorio Cavallero, Manuel Santillán, Mariano Medina y Doroteo Olibera.

- Apuntes:

El asiento se hizo en el “Libro de Acuerdos” de la citada corporación, donde consta un sumario de las resoluciones que adoptaba el cuerpo. Son sus protagonistas el teniente gobernador local y los cabildantes presentes, todos vecinos de Santiago, por supuesto.

Es peculiar la mención de las campanas como medio para la convocatoria a reunión que se reunía en el “Salón de Acuerdos” del Cabildo[19], ubicado en la planta baja de la construcción. Conste que ya para entonces estaba en malas condiciones de habitabilidad, más tarde se derrumbaría a consecuencia del terremoto que sacudió la ciudad en 1817.

Obsérvese el principalísimo lugar que el Cabildo asigna a la bandera en la celebración, esto marca una continuidad con la función que cumplía el Pendón Real en tiempos de la Colonia, donde el lábaro personificaba la presencia del soberano y al que el pueblo que le rendía homenaje; al par que las autoridades y demás corporaciones cívicas que conformaban su corte. En tal sentido, queda implñicito que la decisión reconoce en el lábaro la representación de la nación en ciernes, como continuadora de la potestad real. Esta interpretación encuentra visible fundamento en la mayúscula con se escribió el término. Esto es, no se trataba de un símbolo cívico de autonomía, sino que manifestaba la cualidad del poder público que se conoce como soberanía, en los términos que correspondían a la confusa situación previa a la declaración de la Independencia. Es verdad que ésta recién ocurrirá en 1816, pero su ejercicio era prácticamente un hecho atento la acción de gobierno que venía protagonizando la Asamblea.

En cuanto a la descripción de la enseña lamentablemente no se hizo constar, aunque queda en claro su definido color “celeste y Blanca” (nada de azul, ni de azul-celeste). Lo asentado tampoco permite intuir si llevaba alguna carga en el paño, aunque en su caso no había ningún motivo para expresarlo.

Esto implicaría que la Bandera bien pudo ser de solo dos franjas, tal como aparecerá en 1815 en el célebre óleo del prócer que le pintó en cuerpo presente Françoise Carbonnier durante su misión diplomática en Londres (1815). También resulta muy significativo que se la describa como cuenta Juan Manuel Beruti[10], quien después de informar que se había dado orden de retirar “todos los escudos de las armas de Castilla que estaban expuestos” y su reemplazo por “el gran escudo de la nación de las Provincias Unidas del Río de la Plata” lo vincula con la bandera, tal como se verá en la transcripción compendiada que sigue:

(…) las manos juntas significa (sic) la unión de las provincias, y el gorro sobre el palo de la libertad, las orlas de oliva los triunfos y victorias adquiridas, y los campos celeste y blanco nuestra bandera nacional. El diseño aunque toscamente es el siguiente: (aquí el autor acompaña el dibujo, realizado a pluma)

Imagen tomada del original, delineado por J. M. Beruti
Imagen coloreada de conformidad

La descripción prefiguraría el uso de una bandera compuesta por dos franjas o segmentos en horizontal, celeste el superior y blanco el inferior. Así describen otros autores al vexilo que se usó entre 1812 y julio de 1816, cuando el Congreso reunido en Tucumán estableció la bandera de las Provincias Unidas de Sudamérica.

Más allá de estas incógnitas y de la que plantea quién o quienes pudieron confeccionarla, la pieza fue el primer ejemplar de Bandera Nacional propio de Santiago del Estero.

Otro aspecto significativo es el uso del verbo “sacar”, con referencia al lábaro. En principio permitiría entender que ya se usaba y que en la ocasión se debía mostrar recorriendo el ejido, como demostración de poder sobre el territorio de la ciudad. Sin embargo, esto es errado, como se verá en los comentarios que realizo al segundo documento.

Sobre la persona designada para portar el símbolo, el Cabildo eligió al que resultaba lógico, el teniente gobernador, principal autoridad local. Recuérdese que en octubre de 1814 el Director Supremo Gervasio de Posadas había creado la Gobernación de Tucumán, poniendo bajo su dependencia las ciudades de Santiago y Catamarca (1814). Aunque en el documento no se lo nombra, se trataba de Mariano Sarasa[11] cuya firma encabeza las rúbricas del documento. En la sesión de referencia estuvo presente y aceptó la comisión ofrecida, “muy gustoso” y “dando las gracias por esta distinción” (sic).

Esto evidencia que fue el primer abanderado oficial que tuvo Santiago del Estero, una gloria que debería ser explícita en la memoria de todos los santiagueños.

El citado había adherido a la revolución desde el primer momento. El 15 de julio de 1812 fue electo como diputado por Santiago a la Asamblea que debía constituirse en 1813, pero declinó la comisión por falta de recursos ya que no existía presupuesto para atender su manutención. El 11 de enero de 1813[12] se lo nombró teniente gobernador de Santiago, cesó el 11 de noviembre de 1815. En 1814 fue reconocido con el grado de sargento mayor.

Otro detalle, que bien se podría pasar por alto, es lo del “Caballo”, que en el texto transcripto figura con mayúscula. También acá vemos la jerarquía que se otorgaba al paseo del símbolo, ya que la usanza demandaba que fuera un ejemplar soberbio, particularmente entero (no castrado) y por esto, muy brioso adecuado para exhibirlo en los desfiles. Esto trasmitía una imagen que intentaré describir: el animal corporizaba la fuerza y los caprichos que demostraba el pueblo, mientras que el portador representaba la autoridad (antes el Rey), quien debía llevar el vexilo con la mayor prestancia y lucimiento posible, por lo que debía ser muy buen jinete para dominar al montado.

Faltaría aludir a los “gastos de costumbre” que se mencionan. Acordes a la tradición consistían en la “misa y sermón”, como se indica, pero también la colocación de arcos festivos en las calles, el pago a algún orfeón para que aportara su música, iluminación (aunque esta mayormente corría por cuenta de los vecinos), refrigerio público, fuegos artificiales y populares (palo enjabonado, como ejemplo), aseo y arreglos en la vía pública, de manera que presentara un “aspecto decente”, etc.

Los cargos capitulares eran: alcalde de primer voto (quien presidía las sesiones en ausencia del teniente de gobernador), alcalde de segundo voto y regidores, que correspondían al Alférez, el Alguacil Mayor, el Defensor de Menores y el Fiel Ejecutor. Las designaciones eran anuales. Corresponde señalar que, en el caso, también Finalmente, destaco que la expresión de que los presentes firman “por Nos, y ante Nos a falta de Escribano”, señala justamente la ausencia de este funcionario convocado para dar fe de lo actuado. Obviamente señala la legitimidad que investía el cuerpo del Cabildo, hasta el punto de poder certificar sus propias actas, sin intervención de notario alguno.

-------------

Segundo asiento

“En la Ciudad de Santiago del Estero a veinte y un día del mes de abril de mil ochocientos catorce. Nos los individuos que componemos este Ilustre Ayuntamiento. Habiéndonos juntado en esta nuestra Sala Capitular a son de campanas como lo hemos de costumbre (…)

En segundo lugar tratamos el que por la función del veinte y cinco de Mayo corra nuestro Regidor Alguacil Mayor con todo lo que sea peculiar a la Iglesia en los gastos, y demás que ocurra.

En tercer lugar, cometimos a nuestro Regidor defensor de Menores corra con la hechura de la Bandera que se ha de hacer para sacar el día de la función del veinte y cinco de Mayo. Y no habiendo más que tratar cerramos el presente acuerdo y firmamos por Nos, y ante Nos a falta de Escribano.

(Firman) Manuel Gregorio Cavallero, Manuel Santillán, Manuel Ximenes de Paz, Mariano Medina y Doroteo Olivera”

- Apuntes:

Lo primero a destacar es la fecha consignada, 21 de mayo, faltando escasos cuatro días hasta el fasto. Recién entonces el Cabildo avanza con lo esperable para concretar la ceremonia.

Así, el Cabildo encarga al Alguacil Mayor la organización del festejo y al defensor de Menores, que se ocupe de la “hechura de la bandera que se ha de hacer para sacar el día de la función. Esto es muy significativo porque esclarece que no existía y que debía preverse con toda premura para poder contar con ella. También en esta a provisión se menciona al vexilo con mayúscula, lo que ratifica nuestro comentario previo.

Concluyendo

- Con lo expuesto creo cumplido el propósito de divulgar estos documentos poniéndolos on line y de manera accesible.

- Los comentarios vertidos, revelan interesantísimas implicancias en lo que hace a la ceremonia, teñida de la pompa tradicional, bien que, con un significado renovado, acorde a la situación política de la hora. También se señalaron los valores representados en la naturaleza y el color de la bandera referenciada.

- Finalmente se destaca la figura de Mariano Sarasa, como primer abanderado oficial de Santiago del Estero.


Notas y referencias:

[1] Nacido en 1898 y fallecido en 1983. Médico, investigador histórico y del folclore local. Fundador de la Junta de Estudios Históricos de Santiago del Estero, del Museo Histórico (1941), de la Escuela Santiagueña de Artes Populares y del Instituto de Lingüística y Arqueología, dependiente de la Universidad de Tucumán (1953). Entre 1944 y 1945 fue Intendente Municipal de Santiago.

[2] Abrió sus sesiones el 31 de enero de 1813, en la ciudad de Bs. Aires.

[3] Registro Oficial de la República Argentina. Edición oficial. Bs. Aires. 1879. Tomo I, p. 211.

[4] R. O. R. A. Tomo I, p. 167

[5] Recordemos que a su influjo Belgrano creará la “Bandera Nacional de la Libertad Civil”, que en el 2015 fue reconocida como “símbolo patrio histórico” por medio de la Ley Nº27.134 (https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/245000-249999/247735/norma.htm)

[6] Actas Capitulares de Santiago del Estero. Academia Nacional de la Historia. Tomo VI. Buenos Aires. 1951, pp. 467-468.

[7] Oficio del Gobierno al Coronel Belgrano, datado en Bs. Aires el 3 de marzo de 1812.

[8] Teniente gobernador de Santiago del Estero, los nombrados seguidamente son miembros del Cabildo.

[9] Se había construido a mediados del siglo XVIII, en la esquina de las actuales calles Libertad y Tucumán.

[10] “Memorias Curiosas”. Biblioteca de Mayo. Bs. Aires. Tomo IV - Diarios y Crónicas, p. 200 del escrito y p. 3.846, del tomo.

[11] En el acta transcripta figura con doble “s”, pero la bibliografía lo referencia con una sola. También aparece escrito como “Zaraza”.

[12] Por un conflicto que mantuvo con el Cabildo este logró su transitorio reemplazo, primero por José Manuel Terán (3 de junio al 2 de julio, 1814) y después, por José Domingo Fernández (2 de julio al 3 de agosto, 1814). https://es.scribd.com/document/520839566/Revista-Del-Archivo-de-Santiago-Del-Este#content=query:sarasa,pageNum:357,indexOnPage:0,bestMatch:false ) p. 357.

miércoles, 1 de julio de 2026

Día de los Historiadores – 2026

Mis más cordiales felicitaciones

San Beda y San Isidoro de Sevilla[1]  

(patronos de los historiadores)

Hoy, 1º de julio, es el “Día del Historiador”, tal como lo dispuso la Ley Nº25.566[2]. Este solo motivo justifica felicitar a todos los colegas que desarrollamos estudios, no solo del pasado, como generalmente se considera, sino que analizamos el presente a partir de lo que nos aporta el pretérito, cosa que hacemos en función del futuro.

En este punto algunos se preguntarán ¿Qué es ser un historiador? La respuesta es clara, si analizamos la normativa que estableció la celebración: historiadores son los que escriben, investigan, los que son profesores y aún los aficionados que se dedican al estudio, la difusión y el análisis de los acontecimientos de carácter histórico.

De tal manera la memoria no se circunscribe a los que obtuvieron algún título de grado o postgrado en Historia, la acepción del término es mucha más generosa, ya que abarca a los memorialistas, cronistas, archivistas, divulgadores, documentalistas, museólogos, restauradores, conservadores, guías históricos, etc.

Quienes hacemos Historia sabemos muy bien cuanto debemos a los que nos precedieron, a nuestros maestros, a los colegas y también a nuestros estudiantes, otro término que corresponde ampliar, ya que no solo abarca a los que formalmente concurren a clases, sino a todos los que leen la profusa producción de los historiadores. Un rubro que se ha expandido en progresión sideral desde que el ciberespacio es una realidad. Vaya para todos un gran abrazo. Respecto de aquellos que ya no están físicamente con nosotros, desde Heródoto y más allá, el deseo de que les alcancen nuestra gratitud y oraciones.

Como desde este Blog cada día hacemos Historia me permití reagrupar dos notas que publiqué en diversos momentos con motivo de la conmemoración:

a) Homenaje a quienes cultivan la memoria histórica, en la persona del Dr. Joaquín Carrillo (1852-1935), historiador por excelencia de la provincia de Jujuy y pionero en la temática de las historias con perspectiva local, https://banderasargentinas.blogspot.com/2021/07/dia-del-historiador.html

b) La Historia es cosa del presente, no de la memoria https://banderasargentinas.blogspot.com/2022/07/fraterno-reconocimiento-y-un-regalo-en.html

Desde ambas podrán acceder y bajarse la obra del deán Gregorio Funes que justifica la elección del día 1º de julio, se trata de “Ensayo de la Historia Civil del Paraguay, Buenos Aires y Tucumán”, editada en 1816 (obviamente agotadísima), la que no debería dejar de ser conocida por los compañeros de nuestro “gremio”.

Los invito a leerlas, hasta tanto podamos encontrarnos y tomarnos un …

… en cualquier bar de ambiente muy especial.

Miguel Carrillo Bascary

martes, 30 de junio de 2026

Desidia oficial e iniciativa reivindicadora

La Plaza Belgrano en Tucumán

Manuel Belgrano (obra de Francisco Cafferata)

Por Miguel Carrillo Bascary

Cada pueblo atesora monumentos y memoriales que a partir del motivo que justifica su erección deberían ser imperecederos. Sin embargo, por diversos factores y con el curso del tiempo su mantenimiento se descuida, con lo que se degradan, ante la inactividad de los gobiernos y la pasividad de la sociedad. Es en estas circunstancias cuando la oportuna intervención de uno o más particulares tiene el potencial de conmover tales indiferencias, con lo que la estructura puede volver a ponerse en valor. De esto trata la presente nota que les propongo leer para reflexionar y, eventualmente, no dejar de actuar.

Un caso testigo

El 24 de septiembre de 1812, en las afueras de la ciudad de San Miguel de Tucumán se libró la batalla donde triunfaron las fuerzas patriotas al mando del general Manuel Belgrano. Quienes conocen la Historia Argentina saben que este resultado literalmente salvó la revolución emancipadora en las Provincias Unidas del Río de la Plata. Al sentir del prócer el logro fue providencial y en él reconoció la gracia dispensada por Nuestra Señora de la Merced, como lo que testimonió con diversas manifestaciones.

Dos años más tarde, el general José de San Martín, quien sucedió a Belgrano en el mando del Ejército del Norte, mandó construir una fortificación, precisamente en el lugar del campo de batalla y la llamó “La Ciudadela”. Sus caracteres eran modestos, pero proporcionó un punto estable para las subsiguientes operaciones del ejército. Estaba construida con tierra apisonada, delimitando cinco baluartes y un foso exterior que encerraban una gran plaza de armas y diversas dependencias.

Planta de la Ciudadela (Diario La Gaceta, 30 de noviembre 2019)

En sus inmediaciones tuvo lugar otra batalla, que pasó a la historia con el nombre de Ciudadela, fue el 4 de noviembre de 1831. Esta vez se dio entre los efectivos federales mandados por Facundo Quiroga y los unitarios de Gregorio Aráoz de Lamadrid. Esto ocurrió durante la guerra civil que opuso a estas dos tendencias.

Allí mismo, en 1818, Belgrano mandó levantar por sus propios soldados un humilde obelisco para celebrar los triunfos que San Martín había obtenido durante su campaña libertadora en Chile, particularmente en Maipú. En sus cercanías habitó Belgrano, en una no menos sencilla casa de adobe, durante su segunda gestión al mando del Ejército del Norte (1816-1819). 

Los turbulentos años de las guerras civiles llevaron al progresivo abandono del paraje, hasta el punto en que la Ciudadela, fue desapareciendo insensiblemente, mientras que el monolito conmemorativo presentaba notorias muestras de decrepitud.

Con la sanción de la Constitución nacional en 1853, el país inició una etapa de institucionalización y de relativo orden. Fue entonces que el coronel Enrique Salvigni, antiguo oficial y edecán de Belgrano, por entonces radicado en Tucumán, ofreció al gobernador de esa provincia[1], reconstruir el monumento a costa de su peculio; esto permitió estabilizar la estructura y se le colocó una reja de hierro forjado que subsistió por varias décadas. La propuesta sensibilizó a Marcos Paz, quien en 1858 dispuso delinear una plaza para memoria de lo allí acontecido.

El monolito en 1872 (Foto: Ángel Paganelli)

Lo comentado es sabido pero, más allá de traer a la memoria estas referencias, comparto el decreto por el que se creó la “Plaza Belgrano[2]”:

Tucumán, Junio 15 de 1858.

El Gobierno de la Provincia

            Considerando justo perpetuar la memoria de nuestras más altas ilustraciones históricas, y siendo el General D. Manuel Belgrano uno de los patriotas argentinos que con más veneración y gratitud recuerdan las tradiciones populares, por sus eminentes servicios y por sus virtudes republicanas,

Ha acordado y decreta:

            Art. 1º.- Se designa el lugar de la Ciudadela para delinear una Plaza pública que tendrá por nombre Plaza General Belgrano.

            2º.- La pirámide que allí existe mandada erigir por el ilustre General, servirá de centro en la Plaza ordenada por el artículo anterior.

3º.- El Jefe de Policía queda encargado de levantar un plano asociado del Agrimensor General, demarcando los terrenos de propiedad particular que quedan comprendidos dentro de la forma regular que debe darse a la Plaza e informará del resultado para proveer lo que corresponda.

4º.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

(Firman:) Marcos Paz, gobernador, Prudencio J. Gramajo, secretario.

Ubicación y entorno de la Ciudadela (Archivo Julio Aráoz Sal)

Para cumplir con la disposición fue necesario practicar diversas expropiaciones lo que demoró concretar la obra que se inauguró recién el 9 de julio de 1878, durante el gobierno de Federico Helguera. Esto fue posible en tanto que el hacendado Andrés Egaña[3] corrió con los gastos inherentes. El monolito se reconstruyó, revestido de mármol y coronado por una esfera metálica. Las tareas de embellecimiento estuvieron a cargo del escultor e ingeniero suizo José Francisco Allio (1882-1954);  sus inmediaciones se parquizaron en forma incipiente.

La Plaza el día de su inauguración, 1878 (Foto: Ángel Paganelli)

Desde entonces la Plaza Belgrano pasó por diversas etapas. La más significativa implicó que en 1904 se trasladara ahí la estatua del General Belgrano que antes estaba en la Plaza Independencia, obra de Francisco Cafferata[4] (1861-1890), cuya imagen abre esta nota.

Hoy luce renovada, puesta en valor en del año 2012, como silente homenaje al prócer que le da nombre y como perenne recuerdo de los acontecimientos históricos que sucedieron en su referencia. También se edificó una casa-museo, a guisa de la que supo ocupar el prócer[5], una decisión controvertida pero de muy positivo efecto didáctico y que es un gran atractivo para el turismo.

Conclusión

Lo expuesto testimonia de cómo la iniciativa de dos ciudadanos, en diferentes momentos, motorizaron los medios para rescatar del olvido un símbolo del pasado, acuciado por la indiferencia de los poderes públicos, que son quienes deberían haber bregado por su adecuado mantenimiento.

Así, Salvigni y Egaña, son dos ejemplos a seguir, más allá de que el pueblo debe estar atento para exigir a los gobernantes que cumplan con su responsabilidad de asegurar la memoria del pasado para las futuras generaciones y, también, como una advertencia contra el injusto olvido que suele caer sobre aquellos que tanto dieron.


[1] En la gestión intermedió el Jefe de Policía de la ciudad, a cuyo cargo estaban sus espacios públicos.

[2] Fuente: VIALE, Carlos y CORDEIRO, Ramón, compiladores. Compilación de leyes, decretos y mensajes del período constitucional de la Provincia de Tucumán. Tomo II, p. 131. Congreso de la Provincia. Edición oficial. Tucumán. 1917.

[3] Nació en Lima. El 23 de mayo de 1852 se casó con Manuela, hija mayor del general Eustoquio Díaz Vélez, uno de los colaboradores del general Belgrano. Esto evidencia un particular vínculo del citado con la provincia de Tucumán, lo que merece explicarse. El potencial económico de Egaña era ingente, explotaba los extensa la estancia de “El Carmen”, en cercanías de la hoy localidad de Rauch, provincia de Bs. Aires, que pasaron al patrimonio de Manuela por sucesión. Lo expuesto hace evidente que la iniciativa que llevó adelante Egaña no puede suponerse al margen de una decisión de su esposa, deseosa de revitalizar los vínculos familiares con la provincia de Tucumán y de procurar rescatar la memoria de su destacado padre. En definitiva, si la crónica define como protagonista a Egaña considero que es consecuencia de la sublimación de su esposa, como era propio de aquel tiempo.

[4] Se trató de un regalo del entonces presidente de la Nación, Julio A. Roca, y se instaló en 1884. Hay una gemela en Salta, cuya fecha de inauguración más probable es 1894. Ambas se fundieron en el Arsenal de Guerra utilizando el bronce de antiguos cañones de la época de la Independencia. (Ref. SOBRERO DE VALLEJO, Nanzi. Iconografía Belgraniana. Subsecretaría de Cultura provincia de Santa Fe. Santa Fe. 1999, pp. 110-112).

[5] Se la denomina "Museo Casa Belgraniana-Solar Histórico". Se inauguró el 27 de septiembre del año 2012, en el bicentenario de la célebre batallahttps://www.tucumanturismo.gob.ar/articulos/articulo/129/museo-casa-belgraniana-solar-historico

miércoles, 24 de junio de 2026

Guía para expresar el duelo en las banderas

Apuntes para el Ceremonial del duelo en vexilos y otros símbolos 

Bandera a media asta (Plaza de Mayo, Bs. Aires)

Por Miguel Carrillo Bascary

El fallecimiento de hombres públicos plantea numerosos interrogantes respecto de cómo debe manifestarse el Ceremonial del duelo en las banderas. Se ofrecen estos apuntes como un intento de responder a las numerosas consultas realizadas a este Blog.

El habitualmente llamado “duelo oficial” debe declararlo una norma formal. Será “nacional”, si lo dispone un decreto presidencial; “provincial”, si lo hace un decreto emanado de un gobernador de provincia; “municipal”, si resulta de un decreto suscripto por un intendente y “comunal”, si lo estipula un presidente de comuna. Cuando lo declara el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Bs. Aires, lo correcto es calificarlo como “duelo municipal”.

¿Qué significa el duelo oficial?

    Implica que existe un sentimiento de pesar en la Nación, provincia o municipio en su conjunto, por el fallecimiento de un funcionario o persona destacada; por desastres particularmente impactante que hayan ocasionado numerosas víctimas o por acontecimientos que causen tristeza general, ya sea que ocurra en el territorio nacional como en el extranjero. (Por ejemplo: el dramático saldo del terremoto ocurrido en Venezuela. También puede darse en fechas conmemorativas.

    Cuando se trate del fallecimiento de un jefe de estado o jefe de gobierno de un país con el que Argentina mantiene relaciones diplomáticas, del principal funcionario de una organización internacional de estados o de alguna personalidad pública.

    En consecuencia, según el ámbito al que corresponda, un duelo oficial será de naturaleza nacional, provincial, municipal o comunal, atento a la organización estatal de Argentina. En otros países será: nacional, estatal o departamental, provincial o comunal.

¿Cuál es el marco normativo que regula el duelo?

    No existe ninguna norma nacional que abarque el tema en su integridad y con validez general, pero las costumbres locales e internacionales permiten definir lineamientos que guían el desarrollo del Ceremonial del duelo. Debería haberlo, en tanto que el Ceremonial establece pautas comunes que son eficaces ayudas ante la desestabilización del grupo cuando ocurre un fallecimiento. 

    Lo que sí está muy bien detallado es el ceremonial luctuoso en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, según consta en sus respectivos reglamentos; por este motivo los comentarios que siguen excluyen a dichas instituciones. Estas variantes responden a diversas tradiciones que hacen a la ¡idiosincrasia de la fuerza,

¿Bajo qué principio se manifiesta el duelo cuando se emplean banderas de diversas características?

    Hay un principio básico: el duelo es piramidal. Esto implica que, cuando se dispone rige para todas las estructuras y ámbitos de naturaleza inferior al de la autoridad que lo dicta. Por ejemplo: el duelo nacional obliga a todas las instituciones de este carácter, pero también a las de tipo provincial; municipal y a las privadas; pero si es provincial, no corresponde colocar a media asta las banderas nacionales (Oficial y de la Libertad Civil). Y así, sucesivamente.

¿Qué autoridad ordena el duelo?

    Con carácter general en nuestro país será el Presidente de la Nación, cuya decisión tendrá validez en todo su territorio. En el ámbito provincial, será el gobernador y tendrá vigor solo en la provincia del caso. Si fuera el jefe de gobierno de la Ciudad de Bs. Aires, solo regirá para su ejido. De ser municipal o comunal, lo deberá disponer el intendente o presidente de comuna, con lo que tendrá validez en la respectiva ciudad o pueblo.

    Con alcance estrictamente limitado la costumbre admite que puedan disponerlo las autoridades pertinentes, pero solo para su dependencia. Ej.: presidente de Cámara de Diputados o de Senadores, el de la Corte Suprema de Justicia (aunque lo habitual es que sea por medio de un acuerdo extraordinario), el titular de un ente o servicio nacional, etc. En todos los casos tendrá efectos en sus respectivos ámbitos. Al respecto se atenderá que la medida no afecte ningún servicio público esencial. Una peculiaridad es el uso de mantener entornada la principal puerta de acceso a la sede de la entidad o mantenerla cerrada, disponiendo el acceso por alguna abertura menor.

¿Cómo se manifiesta en duelo de manera formal?

Usualmente mediante un decreto. Cuando lo disponga un organismo colegiado, será por medio de una resolución o acordada, en el caso de un tribunal. Oportunamente se difundirá por les medios de comunicación y se publicará en el Boletín Oficial correspondiente.

Como corolario: el duelo obliga por antonomasia. Una vez dispuesto por la autoridad sus estamentos inferiores carecen de la posibilidad de implementarlo o no. Dicho de otra manera, el duelo obliga, por un sentido de empatía y por efecto del imperium.

¿Cómo se manifiesta el duelo oficial en el Ceremonial de los símbolos?

    La forma más evidente implica colocar las banderas de izar “a media asta”.

    En cuanto a las que se muestran en astiles, las llamadas “de sitio” y en las de ceremonia, las expresiones varían de país en país. En Argentina nunca se las debería disponer “a media asta”, sino que priva colocarles un moño (crespón) negro en el vértice superior del lado del asta, por sobre la corbata, si esta corresponde.

¿Qué amplitud tiene el duelo oficial?

    Si se declara a nivel nacional tendrá vigencia en todo el territorio del país y en sus legaciones diplomáticas y consulares en el exterior. (Ver siguiente pregunta)

El provincial y el duelo que corresponda a la Ciudad Autónoma de Bs. Aires, regirá en el territorio de sus respectivas jurisdicciones.

El municipal o comunal, solo en el ejido de la municipalidad o comuna implicada.

El que se disponga en un ámbito determinado, solo en el mismo.

Se entiende que los gobiernos provinciales pueden disponer izar a media asta la Bandera Oficial de la Nación, en tanto que la forma federal de estado que tiene nuestro país determina que las provincias son parte de su gobierno y no sus dependencias. Además, puede invocarse que sus gobernadores son competentes por ser agentes naturales del Poder Ejecutivo nacional según lo determina el artículo 128 de la Constitución. Lo dejo así expresado, aunque consigno que este criterio es objetado por quienes no tiene en claro las implicancias del federalismo vernáculo.

    Los gobiernos de municipalidades, de comunas y de otras organizaciones gubernamentales pueden declarar duelo, pero su potestad solo alcanza a las enseñas municipales o comunales, respectivamente ya que carecen de atribuciones para disponer sobre la Bandera Oficial de la Nación, las de provincias o la de Ciudad Autónoma de Bs. Aires.

¿Cómo se manifiesta el duelo en las legaciones diplomáticas y consulados del país en el exterior?

    Se dispondrá la Bandera Oficial de la Nación a media asta, de conformidad con los usos y costumbres del país anfitrión. En cuanto a las de sitio y de ceremonia, en principio corresponderá el moño negro, particularmente en el interior de las legaciones. En las que vayan en lugares externos, lo adecuado es acomodarse a los usos en el estado local.

¿Qué vigencia temporal posee el duelo?

    La que establezca la disposición que lo declara. Si el plazo abarca varios días, la Bandera se deberá izar y arriar en cada jornada. Es inadmisible que la enseña permanezca al tope durante todo el lapso abarcado por el duelo, situación que es dable ver demasiado seguido, algo que pone en evidencia la poca profesionalidad del funcionario responsable.

¿Qué ocurre si el duelo abarca un feriado nacional?

    Si se trata de un 25 de mayo (formación del primer gobierno patrio), un 20 de junio (día de la Bandera y aniversario de la muerte del general Belgrano) o un 9 de julio (declaración de la Independencia), la Bandera Nacional nunca se coloca a media asta. El plazo del duelo se interrumpe durante el fasto patriótico o, si debió comenzar en la fecha de la efeméride, comenzará a partir de las primeras horas del día inmediato posterior.

El día 17 de agosto (aniversario de la muerte del general San Martín) la Bandera Oficial va a media asta, durante el plazo horario determinado para honrar al prócer, de 14,30 a 15,30 horas; de manera que el duelo fundado en otra causa no implica colocar le Enseña nacional en esa posición fuera del horario citado. Esta excepción se funda en que, de izarse y mantenerse a media asta, el duelo destinado a honrar la memoria del prócer pasará desapercibido. En consecuencia, se entenderá que la media asta por el duelo en particular de que se trate, ocurrirá a partir del día 18.

¿El término de duelo oficial abarca también los feriados y días no laborales o se interrumpe el plazo?

    El término es en días corridos, nunca se suspenden los plazos.

¿Es necesario que el responsable de ceremonial de un área estatal reciba una comunicación formal de haberse declarado duelo antes de colocar las banderas bajo su dependencia a media asta?

    En la actualidad la notificación se realiza por cualquier medio fehaciente, por lo que la electrónica tiene un papel esencial. Ante cualquier duda, el funcionario responsable de ceremonial deberá verificar la noticia en la forma que considere adecuado y bajo su total responsabilidad.

Nota: puede ser pertinente leer en este Blog: “Duelo nacional: consecuencias por no observarlo[1]

Cuando exista una bandera izada en un mástil y se tome conocimiento de haberse decretado duelo oficial ¿se realiza alguna ceremonia en particular antes de colocarla a media asta?

    Negativo, el funcionario a cuyo cargo se encuentre el Ceremonial arriará la pieza hasta la posición de “media asta”, sin ninguna formalidad en especial.

¿Hay alguna formalidad para colocar el moño de luto en una bandera de ceremonia o de sitio?

    No lo hay, simplemente se debe cumplir con la prescripción general de evitar que el paño toque el piso, por lo que se aconseja contar con una persona que colabore para inclinar con cuidado el asta o, mejor, aún servirse de una escalera o banco para colocar el elemento con la mayor comodidad posible.

¿Cuál es el procedimiento para izar una Bandera Nacional a media asta?

    Se endriza el paño y se lo iza lentamente hasta el tope, operación que puede ser acompañada de la música que corresponda; al llegar a esta posición corresponde que se tribute aplauso a la Bandera, seguidamente se la desciende lentamente y en silencio, hasta colocarla en la posición aludida, no corresponde aplauso.

¿Cómo es el proceso para arriar la bandera desde la posición de “media asta”?

    Se actúa en forma inversa a su izada. Se eleva el paño lentamente hasta el tope y desde allí se lo hace descender, siempre en silencio.

¿A qué posición relativa al mástil corresponde la “media asta”?

    Existen dos criterios, cada uno resultante a los usos y costumbres internacionales:

a     Colocar el paño en el medio matemático de la extensión del mástil, punto que deberá coincidir aproximadamente con el centro del ancho de la franja blanca, en línea con el Sol.

Bandera a media asta en Plaza de Mayo

b    Dejar entre el lado superior del paño y el tope un espacio equivalente al 20% (1/5) de la extensión del mástil. Al respecto una tradición europea indica que ese espacio es “ocupado por la bandera de la muerte”.

c)      Cuando se emplee un mástil de tipo náutico (con pico), se iza el paño hasta el tope y luego se lo desciende a un tercio de la distancia que media entre el tope de ese palo y el nivel del suelo o la cubierta de la embarcación. En su caso, es tradición que, si se exhibe el distintivo del club, de la empresa armadora y/o la insignia de su comandante, estos permanecerán al tope.

¿Cómo se manifiesta el duelo en las banderas que se exhiben en astiles[2]?

    Nunca se las coloca a media asta. Cabe que sean retiradas o bien, que se les aplique un moño o textil negro en la arista superior del cantón superior. Este accesorio puede ser una muselina enrollada en la punta o un listón de tela, aunque lo más práctico es colocarle un moño, firmemente anudado para evitar que la brisa lo desprenda.

¿Cómo se manifiesta el duelo en las banderas de ceremonia?

    Nunca se posicionan a media asta, el duelo se expresa arrollando una muselina, una cinta o un paño negro junto a la base de la moharra, aunque lo más práctico es colocarles un moño negro. Es indiferente si se trata de una bandera colocada en un pie o mastelero. Nunca se quitará la corbata, el moño queda por sobre ella.

    En las banderas de guerra en uso de los elementos orgánicos de las Fuerzas Armadas argentinas[3], se evidenciará el duelo disponiendo en la base de la moharra, una cinta de color negro del mismo largo que la corbata.

A título ilustrativo: en España se coloca una cinta o moño negro directamente sobre el paño, pero sin cubrir el escudo de su bandera nacional; en Francia se ata la bandera al asta, con una cinta negra, y también se coloca una corbata negra.

¿Corresponde en Argentina que las banderas de ornato, sin Sol[4], se coloquen a media asta a consecuencia de haberse decretado un duelo oficial?

    No, por cuanto desde la aprobación de la Ley Nº23.208 en 1985, técnicamente ya no son “banderas”, aunque tengan la clásica forma de tales, se trata de ornamentos decorativos con los “colores nacionales”.

¿El duelo oficial se manifiesta en el Escudo nacional?

    La respuesta es negativa, pero existen testimonios de que cuando fallecía un noble se colocaba su blasón en forma invertida. Esta costumbre nunca se aplicó en nuestro país. El Escudo nacional se mantiene en su posición habitual, con su eje de diseño en perpendicular al solado, como signo de la continuidad del Estado, más allá de la circunstancia que originó la declaración de duelo.

¿El duelo oficial se manifiesta con respecto al Himno nacional?

    La respuesta es negativa. La pieza es de carácter inalterable.

¿Cómo se manifiesta el duelo en la Bandera Nacional de la Libertad Civil y en otras banderas oficiales de carácter local?

    Como se trata también de una bandera nacional, se procede en la misma forma que se hace con respecto de la Bandera Oficial de la Nación.

¿Cómo se manifiesta el duelo en otras banderas oficiales de carácter local?

    Si no hay alguna directiva particular, el duelo se manifiesta en igual forma que con respecto a la Bandera Nacional.

¿Es admisible usar escarapela durante los días de duelo nacional?

    Totalmente, la escarapela argentina no es un símbolo nacional sino un emblema que indica la nacionalidad y por eso puede usarse todo el año, incluso cuando se haya decretado duelo oficial.

¿Cómo se procede con las banderas extranjeras y de organizaciones internacionales cuando se decreta duelo nacional, provincial o municipal?

    No se izarán a media asta en ningún lugar del territorio nacional, excepto que su respectiva embajada o jefatura de misión diplomática haya autorizado esta disposición, por cuanto esas banderas son símbolos de soberanía. Quede en claro que el gobierno argentino no puede disponer sobre estas, ya que no tiene competencia para inmiscuirse en un ámbito que corresponde a otro estado o a la organización internacional de estados de que se trate.

En la toma se advierte la posición a media asta de la bandera argentina en el Mástil Mayor del Monumento Nacional a la Bandera y la del Vaticano también, por corresponder a luto por fallecimiento del Papa Francisco.
Los vexilos laterales no está a media asta ya que al no tener sol no son banderas, sino meros ornamentos.

    Sí es factible que el funcionario responsable del Ceremonial las retire de exhibición, ya que sería inapropiado que la Bandera Nacional o las de provincias, municipios y comunas se muestren a media asta y las de naturaleza internacional se mantengan al tope.

¿Cómo manifestar el duelo propio de una institución del sector privado?

    Las banderas que correspondan a la Nación, las provincias o a la Ciudad de Bs. Aires, a las municipalidades y comunas siempre permanecerán izadas al tope; las enseñas institucionales pueden colocarse a media asta, si así lo determina el órgano superior de la entidad.

¿Qué otra particularidad puede señalarse sobre la forma de expresión del duelo?

    Hay muchas ceremonias que podrían citarse lo que excedería el carácter sumario de esta nota. Sin embargo. es interesante conocer que en los uniformes de la Armada Argentina se utilizan corbatas y pañuelos negros. En el Ejército y la Fuerza Aérea con una banda negra en el brazo izquierdo y/o cinta en el pecho.

Amigo lector: guarda esta guía a mano. ya que sin dudas te será de utilidad en el ejercicio de tus funciones de Ceremonial.


[1] CARRILLO BASCARY, Miguel. Duelo nacional, consecuencias por no observarlo. https://banderasargentinas.blogspot.com/2025/03/duelo-nacional-consecuencias-por-no.html

[2] Los astiles son mástiles/palos colocados a 45º de inclinación o en perpendicular al frontis de una construcción.

[3] Ejército: Reglamento de Ceremonial (RFP 70-03) https://es.scribd.com/document/642261981/RFP-70-03-CEREMONIAL Armada: Reglamento de Ceremonial Naval (R.G-01-921). Fuerza Aérea Argentina: Reglamento de Ceremonial (RAG-9) https://es.scribd.com/document/585223582/Rag-9-Actualizacion-2015-1-5. Gendarmería Nacional: Ceremonial Oficial de Gendarmería Nacional (RG-2) https://www.studocu.com/es-ar/document/instituto-universitario-gendarmeria-nacional-argentina/procedimientos-administrativos/reglamento-de-ceremonial-y-protocolo-gna-2025/144555891

[4] Hasta el año 1985 en Argentina existía la llamada “bandera mercante” (sin Sol), la autorizada para uso civil, desde el dictado de la Ley Nº23.208 se habilitó promiscuamente el uso de la oficial, de manera que técnicamente la “bandera sin Sol” ha perdido representatividad, por lo que en su caso solo son “los colores nacionales en forma de bandera”.