Una normativa no tan moderna
Por Miguel
Carrillo Bascary
El uso de pirotecnia como elemento festivo es universal. Las luces de colores y su estallido
en el cielo nocturno ejercen una suerte de atracción que es un fenómeno social.
Sin embargo, cada vez se
extiende más la toma de conciencia
sobre los efectos negativos de esta forma de celebrar o de expresarse, ya que
también se utiliza en manifestaciones sociales, políticas, estudiantiles, en
eventos deportivos, familiares y de marketing.
El riesgo de incendio siempre estuvo presente, con su inevitable secuela de pérdidas cuantiosas, tanto en bienes materiales como de vidas humanas, no debe minimizarse.
Pero también, hay otras circunstancias que aconsejan prescindir de los fuegos: los daños a la salud a que son susceptibles las personas con síndrome de autismo o hiperacusia algo lamentable por tratarse de seres humanos que experimentan una sensación de angustia y de indescriptible ante cada estallido. La gravedad puede llegar a ser tal que, incluso, puede actúe como un disparador de conductas suicidas. Aún en personas sanas, el estampido cercano es causa común de pérdida de audición y de tinnitus. Algo similar ocurre a los animales tanto domésticos como silvestres. Y no olvidemos la secuela de daños en los ojos, particularmente en los niños.
Estas circunstancias se
han difundido ampliamente en los últimos años hasta el punto que la prohibición
de pirotécnica se viene considerando como un rasgo de madurez social, una forma de empatizar con la sensibilidad
de sectores minoritarios de la comunidad. En suma, que erradicar la pirotecnia hoy es un signo de modernidad.
Fruto de esta nueva realidad en la ciudad de Rosario, tercera en habitantes de nuestro país, rige la Ordenanza Nº7561[1], aprobada en el año 2003 que prohibió el uso y comercialización de elementos pirotécnicos en todo el radio urbano. Claro está que su control deja mucho que desear, pero es una sólida base que, al menos, permite reducir su empleo.
Tras esta introducción quería ofrecer al debate una antigua ordenanza, también de la ciudad de Rosario. En este caso data de del 19 de agosto de 1874. ¡Nada menos que 151 años nos separa de su aprobación! Su texto es el siguiente:
“Artículo 1º. Desde la publicación de la presente, queda prohibido en el municipio el uso de
los cohetes voladores, busca-pies y bombas de mortero, cualquiera que sea su
clase u objeto.
Artículo 2º. Queda igualmente prohibido en el radio de
la ciudad el uso de cohetes de la India o petaquilla.
Artículo 3º. Exceptuase
de lo dispuesto en el artículo 1º los que se quemen en las fiestas
nacionales de 25 de Mayo y 9 de Julio, lo cual deberá efectuarse en los patios
de la casa municipal o de parajes donde no puedan ocasionar daño alguno.
Artículo 4º. Los contraventores a esta disposición pararán
una multa de diez pesos fuertes”.
Firmaba: “G. Perkins” (Jefe Político de Rosario[2]).
Es evidente que en aquel
lejano entonces no se tenía en cuenta los perjuicios de la cohetería para la
salud, pero sí para en entorno urbano. La
ciudad de Rosario experimentaba un impresionante desarrollo. El censo poblacional
de 1869 había contabilizado 23.169 habitantes y al concretarse el de 1887 llegaban
a 50.914. Más del 100% de incremento en el término de 18 años. Más aún, el de
1895 determinaría 91.669; o sea, ¡el cuádruple
de vecinos en menos de 30 años! Por lógica, la evolución edilicia era tan
demandada como precaria, en muchos casos. En muchos casos la materialidad de la
edificación era de madera, tanto
para construcciones precarias como también para la prefabricada, que se
importaba desde Estados Unidos. Como vemos la ordenanza reflejaba la realidad
de entonces.
Llama la atención la
excepción que contenía el Artículo 4º, una suerte de indulto o permiso para la actividad oficial, a cargo de la
Municipalidad. De esta manera se reservaba organizar fuegos artificiales para
las dos grandes fiestas patrias, la formación del primer gobierno revolucionario
y la independencia nacional. Esto demuestra la indudable popularidad de la pirotécnica.
Algo similar ocurrió a
partir de la normativa del 2003, ya que la letra chica autorizaba a que el
Municipio pudiera seguir con la costumbre pirotécnica. Recién en el año 2013 se dispuso hacer cesar esta
práctica como fundamento se explicitó que era para ¡proteger a los animales
de su efecto!
Un comentario de época
señala que la medida no fue bien acogida
por el periodismo, la razón es bien simple: cada vez que salía a la calle
alguna “noticia extra” era costumbre que en la sede del diario se hiciera
estallar una bomba de estruendo para que los interesados y los canillitas que
voceaban por toda la ciudad se acercaran a retirar los nuevos ejemplares.
[1] Su texto completo en: https://www.rosario.gob.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=29073
[2] El jefe político era un
funcionario que representaba al gobernador de la provincia, la policía estaba
bajo su dependencia. De hecho, tenía mucho mayor poder que el Intendente local.
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