lunes, 31 de marzo de 2025

“Arqueología emblemática”

Primeros distintivos de los reservistas

Distintivo de la Unión de Oficiales de Reserva, resume emblemas de las tres Fuerzas Armadas y de sus diferentes armas

Por Miguel Carrillo Bascary

Recordando a MALVINAS, en vísperas de un nuevo 2 de abril es pertinente referirse al sistema de Reservas de las Fuerzas Armadas Argentinas, lo que concreta por este medio.

A fines del siglo XIX, por imperio de la situación internacional, el país encaró una profunda reforma de su Ejército y Armada que impulsó el presidente Julio A. Roca (1898-1904), a través de sus ministros de Guerra, los generales Luis María Campos, Rosendo Fraga y Pablo Ricchieri. Esto se evidenció, entre otras cosas, en la Ley Nº4.031 (1901) bien conocida por ser la primera que organizó el servicio militar obligatorio y, también, el sistema de reservas, como elemento humano de respaldo al accionar de aquellas fuerzas.

Esta norma reglamentaba el Artículo 21 de la Constitución Nacional que establece el deber de “armarse en defensa de la Patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Ejecutivo nacional”.

Más allá de las reformas posteriores, la validez de la Reserva se puso en evidencia durante la Gesta de Malvinas, sobradamente. En ella los reservistas convocados dieron testimonio de gran compromiso, patriotismo y capacidad técnica.

Para quienes forman la Reserva de las Fuerzas Armadas argentinas es un motivo de orgullo dar a conocer su condición cuando no visten el uniforme previsto. También para quienes alguna vez fueron parte de la misma.

En esta nota me interesa traer a la memoria el primero de los distintivos – emblemas que se uniformó por reglamento para evidenciar el estado de reservista.

Esto ocurrió mediante el Decreto Nº6.822/ 1944 por el entonces presidente de facto, general Edelmiro Farrell, a propuesta de su Ministro de Guerra interino, Juan Perón.

Un casi desvaído ejemplar del Boletín oficial de la República Argentina del miércoles 26 de abril de 1944 permite distinguir el texto de la disposición que se reproduce:

"Buenos Aires, 28 de marzo de 1944

Visto el expte. Letra R. Nº364/944 (C.M.G.I) – D.N. 8062/943, Cde. 102 (M.G.), y lo propuesto por el Ministro de Guerra Interino;

El Presidente de la Nación Argentina, DECRETA:

Artículo 1º - Con el fin de uniformar y dotar a todos los reservistas del país de un emblema que sea utilizado como distintivo, se faculta a usar a los mismos los siguientes:

Para reservistas del Ejército:

Un botón distintivo, con alfiler de gran ancho; el círculo será de 15 mm. de diámetro, dividido por la mitad verticalmente sobre el semicírculo izquierdo llevará el color distintivo del arma; el semicírculo derecho tendrá los colores de la Bandera Nacional en posición horizontal, siendo la franja blanca de 5 mm. de ancho

Para reservistas de la Armada:

Un botón distintivo, con alfiler de gran ancho; el círculo será de 15 mm. de diámetro, dividido por la mitad verticalmente sobre el semicírculo izquierdo a su centro llevará el símil de un ancla de 4 mm. de ancho por 6 mm. de alto; el semicírculo derecho tendrá los colores de la Bandera Nacional en posición horizontal, siendo la franja blanca de 5 mm. de ancho.

El distintivo se usará prendido en el saco sobre la solapa izquierda, o bien en blusas u otras prendas superiores, a la altura de la tetilla de dicho lado.

Art. 2º - El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Guerra y Marina.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Militar Público y archívese en el Comando General del Interior (Cuartel Maestre General del Interior)”

                        Firmando: Edelmiro Farrel, Juan Perón, Alberto Teisaire.

Como se advierte, el distintivo era sumamente simple y visible, además de expresar la referencia a la Fuerza y al arma del portador. Se verá que los colores nacionales ocupan la derecha, porque esta es la posición de privilegio.

Para terminar

Lamentablemente en la publicación oficial del decreto no constan los facsímiles de los distintivos, pero la muy oportuna intervención del Mayor de la Reserva, Diego Reynoso Mántaras permite ilustrar el que corresponde al arma de Caballería. 

Sirva esta escueta reseña para testimoniar el sincero reconocimiento que el pueblo argentino debería tributar a sus reservistas, de ayer, de hoy y de siempre.

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