viernes, 21 de marzo de 2025

Emblemas que no son símbolos. Nota 1

Un tema abierto

Por Miguel Carrillo Bascary

Advertencias: Esta nota toma en cuenta la realidad argentina, por lo que su desarrollo puede no coincidir con lo que ocurre en otros países. El tema se ampliará en futuras entregas, no te las pierdas.

¿Emblemas o símbolos?

Es un error considerar que ambos términos son sinónimos. Los primeros caracterizan una faceta determinada de la argentinidad y no cuentan con ninguna tutela normativa, aquellos que son manufacturados pueden adoptar diversas formas, los que son expresiones culturales, admiten de por sí amplias variables.

Por su parte, los símbolos tienen una entidad superior, ya que representan formalmente a la Nación y al Estado, caen en la esfera del Derecho Internacional Público, sus estructuras están definidas por leyes y/o decretos, de manera que están protegidos por las leyes, en virtud del carácter que invisten.

Intentaré clarificarlo con un ejemplo, pero primero recordemos que los símbolos argentinos son: la Bandera Oficial de la Nación, su Escudo Nacional, el Himno Nacional y la Bandera Nacional de la Libertad Civil. Para no remontarnos en el tiempo bastará referenciar que los tres primeros están definidos como tales por el Decreto 10.302/ 1944[1] y la última por la Ley 27.134[2]. Sus respectivas estructuras están detalladamente dispuestas por la normativa; por ende, no válido alterarlas y, además, su uso está regulado por normas de Ceremonial y Protocolo. En cambio, la escarapela nacional, no está contenida en el decreto citado, por lo que tácitamente queda excluida del listado de símbolos, razón que admite que pueda adoptar numerosísimas formas.

Los emblemas o distintivos nacionales, según la normativa argentina y las prácticas consuetudinarias, son elementos que nos caracterizan como pueblos. Sin dudas que expresan el “ser argentino”, pero no representan a la Nación en su conjunto, ni tampoco al Estado que universalmente se conoce como República Argentina[3].

Ampliando algo de lo ya adelantado, los emblemas no requieren honores intrínsecos, aunque corresponde su respetuoso tratamiento por ser alegorías de las tradiciones, costumbres, características culturales de la argentinidad. Por el contrario, la naturaleza de los símbolos demanda honras particulares, en mérito a su alta representatividad.

A lo largo de los años, leyes y decretos han conformado una nómina canónica. Este reconocimiento cuenta con un tácito aval de la sociedad que los identifica espontáneamente con este carácter.

Los emblemas en particular

El más antiguo es la escarapela nacional, definida en 1812 por decreto del llamado Primer Triunvirato, como un distintivo de carácter militar, destinado a identificar a las tropas patriotas en caso de un enfrentamiento. Bajo estos términos la requirió el entonces coronel Manuel Belgrano al gobierno y este dispuso en consecuencia.

Le sigue en antigüedad la “flor nacional argentina”, la del ceibo[4] (erythrina crista-galli), según lo dispuso el Decreto Nº138.974/ 1942[5]. Su elección implicó un largo proceso que se inició en 1920 y que atravesó varias instancias siendo la final una amplia compulsa popular que impulsó el diario “La Razón” de Bs. Aires En 1941 el gobierno nombró una comisión académica de notables para que dictaminara. La mayoría optó por la flor del ceibo (5 votos), seguida de la pasionaria o mburucuyá (passiflora caerulea), con dos. Corresponde aclarar que la caracterización se limita a la flor, no se extiende a la especie arbórea, algo que a veces no se distingue suficientemente.

"Jugando al pato", Eleodoro Marengo

Como “deporte nacional” se singularizó al pato, mediante el Decreto Nº17.468/ 1953[6], del Poder Ejecutivo. Una práctica ecuestre practicada en el país, al menos desde mediados del siglo XVII bien que, con características inorgánicas, lejanamente inspirado en juegos caballares del Asia central. Hacia 1938 se sistematizó conformando una práctica cuantitativamente escasa y prácticamente limitada a la provincia de Buenos Aires, con algunas manifestaciones en Salta, Tucumán, Santiago, Santa Fe, Entre Ríos y Corrientes. Desde la perspectiva actual sorprende esta declaración ya que, si nos atenemos a los precedentes, hubiera sido mucho más lógico que la elección recayera en el polo, ya que si bien su práctica date de fines del siglo XIX rápidamente Argentina se constituyó en la potencia dominante de la especialidad, particularmente si se recuerdan las medallas olímpicas que obtuvo en los Juegos de 1924 y 1936; así como el proverbial y sobresaliente desempeño de sus jugadores y caballos a nivel internacional. La explicación debe buscarse en la política, ya que en 1953 era presidente de la Nación, Juan D. Perón, cuyo populismo lo habría llevado a fundamentar la preferencia por el pato, como rechazo al carácter elitista del polo. Con los años, cuando en el Congreso avanzó con la idea de consagrar como disciplina nacional al futbol, la habilidad parlamentaria de un diputado, identificado con una región donde el pato tenía gran importancia, le permitió hacer aprobar la Ley Nº27.368 del año 2017 que confirmó al pato como “deporte nacional”. Así se dieron las cosas.

Poco se conoce que el quebracho colorado (schinopsis balansae engl), es el “árbol forestal argentino”, tal como lo estableció el Decreto Nº15.190/ 1956[7]. El calificativo lo señala como producto fundamental para la industria del tanino, que por entonces se hallaba en apogeo, lo concreto es que no puede considerarse como el “árbol nacional argentino”, un punto sobre el que hasta el momento no hubo acuerdo, bien que se han postulado varios, como por ejemplo: el ombú[8] (phytolacca dioica), el algarrobo (ceratonia) y el laurel (laurus nobilis).

Astor Piazzola, sinónimo de tango

Fue recién en 1996 se definió por medio de la Ley Nº24.684[9] que la música típica denominada "tango", debe considerarse como “patrimonio cultural de la Nación”. Esto comprende a todas sus manifestaciones artísticas y culturales, por lo que excede a la danza en sí misma.

Por su parte, por Ley Nº26.297[10] (2007) se consagró al pericón, como “danza nacional argentina”, a cuyo efecto se estipuló incluir su enseñanza en las escuelas primarias. Cabe señalar su carácter folklórico, originado en la región pampeana, como lo revela la historia de la cultura nacional. Requiere un mínimo de dos parejas que a ritmo de vals lento siguen las indicaciones de un bastonero y que incluye la formación de figuras acompañadas con pañuelos celestes y blancos.

El desarrollo de la industria vitivinícola y el lobby respectivo, muy fuerte en las provincias donde la producción es parte de la tradición, determinó que el vino argentino, sin especificar variedad, mereciera ser declarado como “bebida nacional”. Así lo estableció la Ley Nº26.870[11] de 2013. En los últimos años se configura la preferencia por la representatividad que posee el malbec, pero parece poco probable que surja alguna reivindicación en su favor.

A consecuencia de un fenómeno similar y a la popularidad de la yerba (ilex paraguariensis), la Ley Nº26.871[12] del año 2013 consagró al mate como “infusión nacional”, sin especificar alguna de sus numerosas preparaciones. Obvio que cuenta con una tradición secular.

Siendo Argentina un país con raíces entrañablemente relacionadas con lo que podríamos llamar una cultura ecuestre, llama la atención que hubo de esperarse hasta el año 2017 para que la Ley Nº27.414[13] reconociera a la raza Criolla, como “caballo nacional y patrimonio cultural de Argentina”, con todo lo que esto implica, desde lo histórico y lo emotivo. Pese a la identificación que implica no puede sindicarse que el cabello criollo sea propiamente el “animal nacional argentino”, simplemente porque la ley no lo consagró con este carácter.

Hasta aquí llega la nómina de los emblemas nacionales argentinos, en la continuación de esta nota se explorarán otros elementos que también podrían incluirse en esta relación:  https://banderasargentinas.blogspot.com/2025/03/emblemas-que-no-son-simbolos-nota-2.html


[3] Bien que el artículo 35 de la Constitución Nacional admite otras designaciones de connotaciones históricas: Provincias Unidas del Río de la Plata y Confederación Argentina.

[4] Recibe también otras denominaciones regionales: gallito, becaré, árbol del coral y pico de gallo.

[8] En 1927 se realizó una encuesta escolar, en donde el ombú emergió como preferido de los niños. participaron unos 30.000.


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