sábado, 18 de mayo de 2024

La escarapela NO ES UN SIMBOLO NACIONAL

Cuestión recurrente y complicidades de buena fe

Por Miguel Carrillo Bascary

Al llegar el 18 de mayo de cada año, fecha que en 1941 se fijó en el Calendario Escolar como “Día de la Escarapela” se multiplican las notas, actos recordatorios y representaciones escolares, se difunden reportajes alusivos y abundan las referencias al emblema en todos los medios de difusión. En los últimos años esto se multiplica exponencialmente en las redes. Así los pechos argentinos se engalanan con mil y una formas de escarapelas.

En la gran mayoría de estos elementos de comunicación se afirma que la escarapela es un “símbolo nacional” de Argentina.

El drama radica en que “La escarapela NO ES UN SIMBOLO NACIONAL” como lo destaco en el título. Tan rotunda aseveración no responde a una particular interpretación, sino que radica en hechos históricos y en disposiciones normativas absolutamente claras y definitorias.

Comprendo que la emoción casi infantil que despierta la escarapela es muy loable, pero esto no autoriza a perseverar en un error de bulto que implica tergiversar la Historia patria. La repetición de un equívoco no lo transforma en realidad, ni mucho menos.

Que en la escuela se atribuya a la escarapela el carácter de símbolo nacional es equivalente considerar que el general Belgrano diseñó la Bandera inspirándose en las nubes que surcaban el cielo de Rosario en el caluroso febrero de 1812.

Atribuir a la escarapela la condición de símbolo de nuestra Nación es de una ingenuidad que asombra, y que lamentablemente se agiganta por aquellos que, seguramente, de buena fe continúan divulgándolo.

El concepto, en la boca o en la letra de comunicadores sociales, docentes y aún de profesionales de la Historia exhibe una falta de análisis de los hechos que obviamente se contradice con la capacitación que se supone poseen. La población en general espera de ellos la verdad objetiva, nada más, ni nada menos. 

¿Por qué entonces se persiste en el error?

Resulta inexplicable, ya que no parece haber ningún móvil ideológico en tergiversar la verdad y en llevar a los niños (y a la mayoría de los argentinos) hacia un concepto equivocado.

Lo grave es que este irreflexivo dispendio de considerar a la escarapela como símbolo nacional se hace en nombre del patriotismo que se pretende inspirar.

Podría abundar al respecto, pero creo que es llegado el momento de explicar la razón de la enfática expresión que titula mi nota.

La respuesta es contundente:

La escarapela no es un símbolo nacional argentino por la sencilla razón de que nunca se le asignó ni reconoció esta condición.

La escarapela nació como un emblema militar, para distinguir a las tropas patriotas de las realistas. Es bien conocido que la necesidad de diferencias a sus hombres inspiró a Belgrano[1] para solicitarla al Triunvirato[2]. En tal condición se dispuso[3] que fuera “de dos colores blanco y celeste”. Así se continuó usando hasta la actualidad.

Dicho sea de paso, es obvio que el prócer no la creó, tampoco sugirió cuales debían ser sus colores[4].

Es cierto que la civilidad se apropió de la divisa en forma espontánea, pero esto no basta para darle un carácter que la legislación no le asigna. Como en toda democracia, el uso de escarapela implica la disponibilidad de quien la porta para armarse en defensa de la Nación, como lo determina el artículo 21 de la Constitución Nacional[5].

El adjetivo “nacional” con que la nombra el decreto de creación, tampoco es suficiente para que se reconozca como símbolo de soberanía, pero nos aclara un vínculo de pertenencia al conjunto de los argentinos.

En concreto

La norma rectora que define la cuestión es el Decreto Nº10.302 del año 1944[6] cuyo primer término de sus considerandos se lee:

“Que el Escudo, la Bandera y el Himno son símbolos de la soberanía de la Nación y de la majestad de su historia.”

Más adelante el articulado alude a los mismos, también nos habla de la “banda que distingue al Jefe de Estado” (comúnmente conocida como “banda presidencial”) y del “Gran Sello de la Nación”, que se utiliza en la documentación más solemne que emana del Gobierno argentino. No existe ninguna referencia a la escarapela.

En el Decreto se consagra con toda claridad y solemnidad que tanto la Bandera, el escudo y el Himno representan a la soberanía, cualidad esencial del Estado y, por si fuera poco, de la “majestad de su historia”.

O sea que esos tres símbolos nacionales encarnan en concreto y por sí mismos al pueblo argentino que se representa en el gobierno que éste se da acorde a la forma de gobierno democrática definida por nuestra historia nacional, tal como resulta de nuestra Constitución.

Por esta razón los símbolos nacionales tienen formas objetivamente definidas por la normativa las que no pueden cambiarse. Nadie puede alterarlas. En cambio, la escarapela puede adoptar formas infinitas.

Por esto solo los símbolos que la norma define como tales cuentan con la protección que les asigna el artículo 222 del Código Penal. Lo reproduzco para mejor conocimiento:

“Será reprimido con prisión de uno a cuatro años el que públicamente ultrajare la bandera, el escudo o el himno de la Nación o los emblemas de una provincia argentina”.

Queda claro entonces que la protección los alcanza solo a ellos, no a la escarapela, lo que hace evidente su diferente naturaleza y valoración.

Concluyendo

Lo expuesto justifica cabalmente que: la Escarapela nacional NO ES UN SIMBOLO DE LA SOBERANIA NACIONAL 

Adenda

¿Que es entonces la escarapela? Respondo: es un emblema que expresa la nacionalidad, lo que es claro tratándose de un argentino, aunque con gran generosidad para con los extranjeros, la costumbre admite que también la lleven aquellos que quieran expresar sus simpatías por nuestro país.

Acorde a lo expresado en el portal oficial de nuestro país, argentina.gob.ar, se expresa[7]:

La bandera, el escudo y el himno son los tres símbolos nacionales que representan a la bicentenaria Nación Argentina.

La bandera y el escudo son representaciones visuales de nuestro país y el himno lo es desde el punto de vista poético y musical.

Ellos, próximos a cumplir sus propios bicentenarios, son nuestra imagen y nuestra voz ante las demás naciones de la Tierra”.

En contraste y como una manifestación más de los horrores en la comunicación gubernamental, desde que hace varias gestiones presidenciales se habilitó la web de “Casa Rosada”, se consigna en su apartado “Símbolos Nacionales” que ellos son[8]: “La Bandera, La Escarapela, El Escudo y El Himno Nacional”. ¡Sí, una fuente tan caracteriza incurre en el error de mencionar a la escarapela entre los símbolos! Una expresión que debería cambiarse de forma urgente.

En el ámbito provincial, Santa Fe[9] advierte claramente que la escarapela no es un símbolo nacional, otras lo hacen en forma implícita[10]. Algunas más, como Chubut[11], incurren en el error generalizado y también las hay que omiten hacer tan necesaria distinción, una ambigüedad que alienta las confusiones.

Referencialmente, Wikipedia[12] no solo incluye a la escarapela entre los símbolos, sino que agrega como tales a otros elementos. Ni qué decir del negativo efecto de la fuente en la formación de miles de argentinos.

Lo expuesto no implica que deba erradicarse el "Día de la Escarapela", tampoco que no se la honre, ni que se desaliente su uso. ¡Todo lo contrario! Como emblema de nacionalidad merece nuestro respeto, nuestro cariño y nuestro reconocimiento.

Dicho sea de paso, la escarapela nacional puede usarse todos los días del año y no limitarse a llevarla solo en las fechas patrias y sus vísperas; como también se cree equivocadamente.

Nota: otro aporte sobre la escarapela que se publicó en este Blog es “Historia y grandeza de la escarapela argentina”: https://banderasargentinas.blogspot.com/2019/05/historia-y-grandeza-de-la-escarapela.html, ahí se explica que el almibarado relato de French y Beruti repartiendo lazos celestes y blancos en las jornadas de Mayo de 1810 es otra leyenda infundada, una fake news cono se dice ahora. 



[1] Nota oficio de Belgrano al Triunvirato datada el 13 de febrero de 1812 en Rosario, ampliamente reproducida en los textos, cuyo original se preserva en el Archivo General de la Nación.

[2] Esto no implica olvidar que hay referencias documentadas que datan del 31 de diciembre de 1810 cuando el Coronel José de Moldes dotó de ellas a la compañía de alabarderos que formó en Mendoza.

[3] Decreto del 18 de febrero de 1812, también reproducido in extenso en variadas fuentes.

[4] Véase: “Nuestra Escarapela y un relato inaceptable”, https://banderasargentinas.blogspot.com/2015/06/nuestra-escarapela-y-un-relato.html

[5] Su texto: “Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución

No hay comentarios:

Publicar un comentario