jueves, 30 de mayo de 2024

Banderas de los Jardines de Infantes

Los niños también hacen bandera

Por Miguel Carrillo Bascary 

La “Semana de los Jardines” es ya una tradición en Argentina, durante la misma se destaca la enorme función formativa de este nivel de la educación y su importantísimo rol en la formación de los niños, en un tiempo de su maduración y socialización que cada vez se valoriza más; asimismo reconoce la esforzada labor de las maestras jardineras. Esto da lugar a una serie de actividades compartidas entre los pequeños, sus docentes, los padres y familiares. No pasa desapercibida ni siquiera para quienes no tengan hijos, nietos o sobrinos de la edad implicada ya que las calles florecen con láminas, se adornan con cintas y banderines.

La conmemoración fue consecuencia del “7º Encuentro Nacional de Maestras Jardineras”, realizado en Santa Fe (1971), cuando por disposición del gobierno nacional se incorporó al Calendario Escolar tomando como referencia el fallecimiento de la pedagoga Rosario Vera Peñaloza, quien falleció el 28 de mayo de 1950. Fue ella quien en 1900 fundó el primer jardín de infantes de Argentina, como un anexo a la Escuela Normal de La Rioja; lo que replicaría en Córdoba, Buenos Aires y Paraná, al par que promovió la profesionalización de los docentes del nivel.

Llegado el año 2013 la Legislatura de la Ciudad de Bs. Aires dictó su Ley Nº4.817, que estableció el “Día de los Jardines de Infantes”, varias provincias las que siguieron el precedente hasta que se institucionalizó a nivel nacional con la Ley Nº27.059 (2014) que consagra a esa fecha como “Día Nacional del Docente de Nivel Inicial[1]”, cuya nominación plantea un concepto ciertamente gremial a despecho de la más abarcativa con que se concibió.

Los pequeños embanderados

Nadie podrá negar la enorme simpatía que despiertan los alumnitos de jardín de infantes portando la Bandera Nacional en las conmemoraciones patrióticas. En la inocencia y alegría de esa edad de tantos descubrimientos, es un valor asociado al más antiguo de nuestros símbolos patrios que predispone a la toma de conciencia sobre su rol en la sociedad futura. Vemos en ellos la continuidad de nuestra Nación y la pervivencia de los valores implicados. Sus sonrisas nos alientan en el difícil camino que los mayores transitamos hasta nuestro presente. En sus caritas vemos que los esfuerzos valieron la pena y nos incitan a continuar para dejarles un mundo mejor.

La ocasión

También los 28 de mayos se conmemora al “Día Nacional del Ceremonial” como lo recordé en una nota anterior[2], lo que avala que les comparta algunas reflexiones.

Es obvio señalar que la temprana etapa de integración a la sociedad que protagonizan los pequeños supone la que posiblemente sea su primera experiencia como miembros de la sociedad política que integrarán andando el tiempo.

Seguramente que el empuñar banderitas y celeste-blanca, ver sus salitas adornadas con estos colores, llevar la escarapela en su pecho, dibujarla en sus cuaderno y pizarras, compartir los tradicionales pastelitos (muchas veces amasados por ellos mismos), revestirse con los atuendos que remontan a los tiempos de nuestra independencia, escuchar los sones del Himno, son experiencias que les dejaran una impronta emotiva imborrable.

En tal contexto llevar la Bandera en sus manitas, escoltarla munidos de las bandas distintivas, resulta un complemento notablemente especial. Como esto implica participar en las ceremonias organizadas en su establecimiento y, quizás en otros ámbitos, es necesario capacitarlos mínimamente para que puedan transcurrir esta vivencia sin mengua alguna para el símbolo al que acompañan. Esto se concretará en forma lúdica, partiendo con el armado de la bandera y el reconocimiento de las partes del conjunto.

La maestra jardinera tiene la capacitación para hacerlo, tanto en la faceta de caracterizar al símbolo como en la habilidad para concretarlo con un mínimo de prestancia y con los debidos cuidados, al par que los introducen en los valores implicados. De más está decir que esta labor es inexcusable.

Permítanme un aporte al respecto, se hará bien en inculcar que estas funciones son un acto de compañerismo (de servicio) y no un galardón para lucir como mérito personal. Esto demanda que exista rotación en los niños encargados de cumplir esas funciones, descontando por supuesto que su elección no encubra ni siquiera una sospecha de favoritismo.

La Bandera de los Jardines

Retomando el títula esta nota es adecuado referirnos a la normativa que rige las características de la Bandera nacional de ceremonia de los jardines. Ella resulta ser la Norma IRAM – DEF D 7679*: 2002[3] y está contenida en el Decreto Nº1.650/ 2010 que le dio ejecutoriedad y que establece las medidas, las características de la tela y los colores. En consecuencia, las que empleen los jardines debe responder íntegramente a lo estipulado.

Pongo especial empeño en destacar la necesidad de que el Sol tenga el diseño ahí previsto, el que se reproduce seguidamente.

4. 5.- Confección. La Bandera se debe confeccionar en tela doble. Los detalles de confección están incluidos en IRAM - DEF D 7674. 

4. 5. 1.- Imagen del Sol. El Sol se debe bordar en ambas caras, en relieve, sin relleno, con hilo metálico bañado en oro o similar dorado, con los rasgos y estrías en castaño según el numeral 3. 4. 4. La Norma IRAM – DEF D 7677 que determina el diseño de la Figura 1:

 

Figura 1 y otra, similar, bordada 

4. 5. 2.- Aspecto y terminación. El color y el acabado serán uniformes.

Glosa:  Puede extrañar que lo recalque, pero se hace necesario ya que según me comentan algunos lectores de este Blog, en algunos establecimientos se ha llegado a sustituir al astro por dibujos con caritas sonrientes, por las manitas estampadas de los niños y por otras fantasías similares. En principio estos equívocos podrían parecer muy simpáticos y originales, pero en sí mismos implican una banalización del símbolo que compromete a los responsables que los auspicien o toleren. Entiendo que no hay dogmatismo en mi parecer sino una eminente razonabilidad en el concepto.

Contra de lo que suele pensarse, la norma citada no estipula dimensiones obligatorias para los ejemplares que se usarán en el nivel inicial, pero sí aporta “medidas sugeridas” (Anexo C), que son:

Ancho del paño

450 mm

Largo del paño

720

Ancho de la franja

150

Diámetro externo del Sol

125

Diámetro interno del Sol

  50

Accesorios

Su regulación surge de la Norma IRAM-DEF D 7675: 2003, contenida también en el Decreto Nº1.650/ 2010, que trata sobre las características del asta, la corbata, el tahalí y el pie soporte.

3. 1. 1.- Palo del asta

Figura 2

3. 1. 1. 2.- Niños. Debe ser de madera de palo blanco (Calycophyllum multifiorum) u otra similar, dura y torneable, teñida símil cedro y lustrada. Debe tener un largo de 1,2 m y un diámetro de 22 mm. Debe llevar cuatro anillas ovaladas (ver 3.1.1.1) por las que se pasan las cintas destinadas a unir la bandera con el asta (ver Figura 2).

3. 1. 2.- Moharra y regatón

Figura 5

3.1.2.2.- Niños. Deben ser de bronce o aleación de aluminio (zamac), pulido y cromado. La moharra debe tener 165 mm de largo total, y debe llevar una media luna de 73 mm, medidos desde la parte externa de ambos extremos (Figura 5). El regatón debe ser de 50 mm de largo (Figura 4 b).

Figura 4 b

3. 2.- Corbata. La corbata debe estar conformada por dos partes: el moño y las cintas. Ambas partes debe ser confeccionadas con cintas de tela doble, de igual tela y colores que la bandera (IRAM - DEF D 7679), de 100 mm de ancho para adultos y de 70 mm de ancho para niños.

3. 2. 2.- Moño para niños. Se debe confeccionar con una cinta de 500 mm de largo unida en los extremos, de tal forma que esta unión quede en el medio de la parte posterior. En consecuencia, el ancho del moño resulta ser de 250 mm.

En el centro, debe llevar una traba con cinta de tela doble, de 40 mm de ancho para reducir el ancho de la cinta del moño a 20 mm. En la parte posterior se debe coser una cinta blanca de 10 mm de ancho y de 500 mm de largo, repartida en dos partes, para sujetar la corbata al mástil.

3. 2. 4.- Cintas para niños. Consisten en dos cintas de 400 mm de largo, como mínimo, cosidas en la parte posterior, sobre el borde inferior del moño. Ambas cintas deben llevar, como ornato, en la parte inferior, flecos de 50 mm de largo, confeccionados con hilo tipo “lurex” dorado, u otra fibra similar que simule hilo metálico de oro.

Glosa: es factible bordar en las cintas el nombre y número del establecimiento; se hará en dorado y con letras mayúsculas

3. 3.- Tahalí. Consiste en una banda de cuero forrada de tela de iguales características y colores que la bandera (IRAM - DEF D 7679), cuyos extremos se unen en una cuja del mismo material y características.

3. 3. 2.- Niños. La banda debe ser de 1000 mm de largo y 60 mm de ancho. La cuja debe ser de 30 mm de diámetro interno y 60 mm de largo.

3. 4.- Pie soporte. Consiste en una base redonda de madera dura, con un tubo en su centro de acero pulido y cromado, como porta asta. Puede ser de otra forma, pero debe estar inscripto en un círculo de igual diámetro que el indicado en cada caso. Además, puede ser de otro material distinto de la madera, pero debe mantener, como mínimo, la masa indicada en cada caso.

Glosa: el pie soporte se utilizará para mantener enhiesta la bandera mientras no sea portada.

3. 4. 2.- Niños. Debe tener una base redonda de 240 mm de diámetro, como mínimo y debe llevar unido a esta, un porta asta cilíndrico, de 360 mm de altura por 41 mm de diámetro. La masa de la base de madera debe ser, como mínimo de 0,90 kg.

Glosa: el Decreto no contiene una imagen de este accesorio, pero para ilustrar lo expuesto se acompaña una:

Como nota, la normativa omite caracterizar a las bandas de los escoltas, pero por uso y costumbre consistirán de cintas con los colores nacionales de ancho conveniente, que se apoyen en el hombro derecho, atraviesen el pecho y la espalda, para ir a juntarse a la izquierda, la altura de la cadera. Esta es la posición correcta[4], lo que se resalta debidamente ya que no es extraño ver que en algunas jurisdicciones se indica lo inverso.

Lo estipulado se aplica a las banderas provinciales y cualquier otra que se emplee.

Finalmente, cuando un conjunto no se adecúe a la normativa vigente y no sea factible reemplazarlo, podrá seguir en uso hasta que sea posible.

Nota, también puede verse: Jardines de infantes: pautas para el acto del Día de la Bandera https://banderasargentinas.blogspot.com/2023/06/jardines-de-infantes-pautas-para-el.html

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