El caso de las banderas “siamesas”
Foto Nº 1
Por Miguel Carrillo Bascary
A lo largo de más de treinta años de experiencias
en Ceremonial creía haber visto casi todo. Evidentemente estaba equivocado. La
realidad supera a la imaginación.
Hace unas semanas se me derivó en
consulta la inquietud de un vecino de la ciudad de Trenque Lauquen, provincia
de Buenos Aires (33.442 habitantes según el Censo 2010) quien documentó con
una serie de fotografías la desidia que manifiestan numerosas oficinas y
espacios públicos en materia del Ceremonial de banderas.
Ubicación del partido de Trenque Lauquen
En la serie “Errores en Ceremonial” no suelo ser cáustico en los calificativos
que empleo, por lo que dejará a consideración del lector aplicar el adjetivo
que juzgue pertinente al caso que nos ocupa.
El señor Esteban M. Barrios nos ilustra con la Foto Nº1 la situación que observa cotidianamente, ante la total
pasividad de la autoridad responsable. La toma corresponde al Tribunal
Descentralizado N° 16, con asiento en calle Villegas 128 de Trenque Lauquen.
Una ligera mirada no evidencia nada
anormal, salvo la ausencia de la Bandera Nacional, lo que ya sería una
irregularidad, por cuanto la Ley
provincial Nº 14.408 en su Artículo 5º dispone: “Todo edificio público en
el territorio de la Provincia de Buenos Aires exhibirá diariamente la Bandera
de la Nación Argentina y la de la Provincia de Buenos Aires”. Sin embargo, el
incumplimiento del mandato legal solo es aparente.
En la Foto Nº 2, se observa que se cumple con la disposición legal ya que
en dicho Tribunal se exhiben ambas banderas. El problema está en la falta de
tino con que se han colocado los paños. Un error que se transforma en desidia y
que exime de mayores consideraciones.
Foto Nº 2
Por último, la Foto Nº3, demuestra en toda su dimensión el problema que tanto me impresionó
por su “originalidad”; esto justifica considerarlas “banderas siamesas”, recordando
aquellos hermanos Chang y Eng que vivieron en el siglo XIX (1811 – 1874).
Foto Nº 3
Otras consideraciones
- La colocación de dos banderas en un astil es inadecuada por cuanto la extensión del elemento y las proporciones usuales de los paños lo desaconsejan.
- En el caso se ha privilegiado a la bandera provincial por sobre la Nacional, ya que esta última aparece a la izquierda.
- En la foto no se advierte que exista algún mastelero en donde corresponderá izar la segunda enseña; lo que sí es evidente es que el que se exhibe está a la izquierda de la puerta de ingreso, cuando debió colocarse a la derecha.
- Por último, anotamos que el inciso “c” del artículo 8º de la Ley Nº 14.408 dispone que la Bandera Nacional no podrá compartir mástil con la que identifica a la provincia de Bs. Aires.
Trenque Lauquen, en positivo
Las referencias que nos aporta el
señor Barrios, resaltan una serie de irregularidades que documenta con
fotografías obtenidas en otros sectores de su ciudad, las que esperamos que
puedan ser corregidas a la brevedad. El mismo manifiesta que ha intentado sensibilizar
a las autoridades responsables de esos espacios, sin mayor resultado al
momento.
Pero en este Blog se procura manifestarse en positivo, entiendo que la
comunidad de Trenque Lauquen no merece que se la presente como desconsiderada
en materia de símbolos.
En este sentido corresponde destacar a
su bandera municipal, aprobada por la
Ordenanza Nº 3026 del año 2008, luego de un concurso donde se eligió el
diseño preparado por la arquitecta Lilian
Marcos. Cuyos elementos se referencian así: “el Sol naciente, que trasmite una sensación positiva y la laguna que
representa el origen del nombre del partido; la flor de cardo que se puede
ubicar en cualquier sitio de nuestro país y, si bien es sencilla, tiene
fortaleza porque soporta cualquier inclemencia”.
Diversas circunstancias determinaron
que la bandera del partido de Trenque
Lauquen fuera presentada en junio del año 2013. En la web oficial del
partido, https://www.trenquelauquen.gov.ar/la-ciudad/bandera-del-distrito,
puede leerse la memoria descriptiva del símbolo.
En las condiciones de la compulsa se
estipuló que la enseña debía basarse en el escudo
del distrito, elaborado por el escultor Pedro Biscardi en el año 1951,
aprobado por la Ordenanza Nº 373. Véase su descripción en https://heraldicaargentina.blogspot.com/2017/04/escudo-de-trenque-lauquen-buenos-aires.html,
de donde tomamos la mejor imagen del blasón que encontramos en Internet.
Además, aunque no se trate de un
símbolo institucional sino de un emblema de caracterización, interesa exponer
la “marca ciudad” del distrito, que
cuenta con un agradable diseño cuyo mensaje remite a Trenque Lauquen como “ciudad
del encuentro”.
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