¿SÍ o NO?, una pregunta clásica
M. T. de Alvear y Azcuénaga
(Bs. Aires) – 18 de enero 2008
Por Miguel Carrillo Bascary
¿Podemos lavar las banderas?
Es una de las
preguntas más reiteradas en cuanto curso de Ceremonial Vexilológico se realice.
La respuestas es categórica . . . ¡ SÍ !
Cuando sus
condiciones lo reclamen las banderas deben lavarse para restablecer su
integridad física y para mantener la dignidad del estado; de la organización o de
la entidad que las presentan. ¡El honor y la gloria de la Bandera argentina no se van con el agua y el jabón, están inscriptos en la Historia y en cada corazón!
Existe una sola excepción, que
consagran las costumbres castrenses: cuando a consecuencia de haber estado en
combate y que por eso estén manchadas con la sangre de quienes supieron
defenderlas a tan alto precio; así lo consagra el debido respeto por el
sacrificio consumado. También el polvo de las campañas y, antiguamente, los
restos de pólvora (cuando se usaba la pólvora “negra”, vale la redundancia),
también son timbres de honor que merecen conservarse.
Por esto la
regla general es, que sólo las banderas
militares no se lavan; para que su aspecto recuerden la crudeza de la guerra a quienes las miran.
Efecto de tizne que genera un disparo de pólvora negra sobre una
bandera.
Reproducción de la bandera del Tercio de Cántabros y Montañeses de
Bs. Aires perteneciente a la asociación de recreación histórica Agrupación de Recreación Histórica Argentina (http://www.granaderos.com.ar)
¿Las banderas bendecidas, pueden lavarse?
Otra vez la respuesta es SI, absolutamente.
La bendición que prevé el ritual católico obviamente ¡no se va con el agua! Lo
increíble es lo extendida que está tan errónea concepción.
Como
demostración en contrario basta observar que los lienzos (corporales) que el
sacerdote emplea en la celebración de la Eucaristía (la misa) y que se ponen en
contacto con el cuerpo sacramentado de N. S. Jesucristo, se lavan con toda
naturalidad. Para ello se emplean ciertas delicadezas definidas por los usos
religiosos.
Para tranquilidad de todos
Al menos en nuestro
país, no existe, ni ha existido alguna
vez ley o decreto, que haya prohibido lavar la Bandera argentina. Es
un error pensar lo contrario.
En
consecuencia tampoco hay alguna norma que establezca sanciones por lavar
nuestra Enseña nacional. Hacerlo no es una irrespetuoso; todo lo contrario, lo
inadecuado es exhibir banderas con el paño teñido por del smog ciudadano.
Una posible explicación
Cabría
explicar la extendida costumbre de entender que las banderas de uso civil no podían
lavarse en que desde antiguo se emplean hilos metálicos para bordar el Sol y/o las
inscripciones aplicadas del paño (esto fue común en los establecimientos
escolares hasta el año 1950). Al contacto con el agua el metal se oxidaba y manchaba
la franja blanca (excepto que fuera oro). Por otra parte, al fregar el paño los
hilos metálicos del bordado solían quebrarse; deslucían la integridad del Sol y
contribuían a rasgar la tela. En la actualidad el uso de hilo dorado sintético ha
eliminado este factor negativo.
Otra causal, el costo
Tanto en la
Antigüedad clásica, como en el Medioevo y en la Edad Moderna las banderas eran
privativas de reyes; dignatarios; corporaciones o ciudades que se representaban
materialmente en ellas. Por eso solían ser de gran riqueza; llevaban aplicaciones
de metales preciosos e incrustaciones de pedrería; lo que demandaba paños
densos, también ellos de gran costo. Como los pigmentos con que se teñían
carecían de la firmeza de los actuales; la decoloración era una dolorosa
realidad. Obviamente que esto desaconsejaba lavar las banderas. Podemos ver
aquí otra causal para que se divulgara la costumbre que comentamos.
Riobamba y Tucumán (Bs.
Aires) – 4 de enero 2008
Consejos para el lavado:
- Si la bandera tiene cierta antigüedad y la tela está reseca, deberá descartarse toda posibilidad de lava pues puede desintegrarse.
- Si resulta necesario lavar una bandera de ceremonia debe confiársela a un servicio especializado para que le realice una limpieza en seco.
- De no ser posible, deberá lavarse a mano; con agua fría; sin frotar la tela. Jamás en un lavarropa, pues lo más probable es que el centrifugado afecte los bordados; desprenda hilos metálicos y ellos rompan la fibra de la trama.
- Adoptar el mayor cuidado posible, para que el Sol (o cualquier otro elemento aplicado) no se dañe (especialmente si está bordado)
- No tenerla mucho tiempo en remojo pues esto incrementa la posibilidad de que los colores destiñan.
- No estrujar el paño; dejarlo secar desplegado; con toda el agua y si es posible a cubierto de los rayos solares.
- No extender la bandera a la intemperie, como si fuera una prenda más del ajuar doméstico
Las imágenes que presentamos nos hacen reflexionar que estas no son las
mejores condiciones para poner a secar una bandera
Algo más …
Es casi
imposible que las banderas de izar expuestas por largas semanas en un contexto
urbano puedan recuperar su higiene, aún después de numerosos lavados. Digo
“casi” porque quizás sea factible que luego de decenas de intentos pueda
obtenerse algún resultado aceptable; pero entiendo que el esfuerzo no compensa.
En definitiva, el smog penetra tan
íntimamente en las fibras que el trabajo de removerlo deviene poco menos que
imposible.
Disposición esclarecedora
En 1999 el Gobierno nacional dictó el Decreto Nº858 intentando: establecer los colores y materiales de la Bandera Oficial
de la Nación y de la Escarapela. La norma tenía un defecto de base, establecía
un item en materia de su elaboración (el tipo de "celeste") que por entonces podía satisfacer un solo proveedor, lo que de hecho establecía un monopolio. El siguiente presidente de la Nación dispuso derogarlo por medio del Decreto 233/ 2001. Sin
embargo en su anexo la norma establecía el siguiente mandato: “La
Bandera Oficial de la Nación deberá presentarse permanentemente en perfecto
estado de conservación e higiene, para lo cuál se procederá al pertinente
proceso de limpieza, dispensándosele el condigno respeto”.
Tan clara disposición evidenció una decisión política que vino a clarificar suficientemente, no solo la posibilidad
de lavar las banderas; más aún, marcó el imperativo de hacerlas limpiar si
fuera necesario. De esta manera el criterio general que preside este post quedó
expresamente validado. La evolución normativa posterior no inhabilita lo
dispuesto por cuanto al respecto se produce lo que en Derecho se denomina una ultra actividad
de la norma.
Concluyendo
Toda bandera
debe emplearse en plenitud de integridad física y de colores, sin signos
mayormente visibles de desgaste; manchas u otras evidencias de afectación. Las
razones de estas demandas están en su misma naturaleza, las banderas se usan para ser vistas y para representar a una entidad
corporizada en ellas.
Creo que estos
criterios pueden ilustrar la temática; pero como es factible que alguna persona
no coincida, la invito para que me hagan llegar sus observaciones. Todo
intercambio abierto, franco, de buena fe y realizado con altura resulta
enriquecedor.
Nota: las notables fotografías que ilustran este post fueron tomadas de http://www.findelmundo.com.ar/gloriayhonor El Proyecto "Gloria y
Honor" generado por Gustavo Romano invitamos a los lectores a
consultar



