Países pluricontinentales y sus banderas
Por Miguel Carrillo Bascary
Recientemente las Naciones Unidas, aprobó la demarcación de Argentina sobre los espacios marinos y submarinos en el marco de la “Convención Internacional sobre el Derecho del Mar”. En consecuencia, el Estado nacional acaba de sancionar la Ley Nº 27.757, que complementa a una anterior Nº 23.968 (1991) concretando formalmente anteriores ejercicios de la soberanía, entre los que se cuenta el artículo transitorio 1º de la Constitución del año 1994. (1)
Este significativo hecho nos permite presentar las banderas de los estados pluricontinentales, que caracterizamos como aquellos que poseen territorios sobre los que ejercen su soberanía en dos o más de estas masas geográficas.
Para eso solo se tomaron en cuenta aquellos territorios que formalmente integran el país
al que se refieren, lo que incluye a estados asociados; provincias;
gobernaciones; landers; departamentos de ultramar; ciudades libres; provincias;
regiones; repúblicas y comunidades autónomas mediante vínculos jurídicos
diversos. Por lo tanto, no se tomaron en cuenta los espacios territoriales correspondientes
a colonias; dependencias; uniones personales; fideicomisos y otros status de
similar entidad.
De estos criterios resulta que hay dos estados con territorio tricontinental
propiamente dicho: Chile y Francia. Si distinguimos subcontinentes agregamos al
grupo a estados Unidos ya que Puerto Rico se encuentra técnicamente en la
América Central, región Caribe. El resto son todos bicontinentales.
Para el caso que la información comunicada tuviera algún error agradeceré que se nos haga saber para practicar la rectificación pertinente.
Nuestro
cuadro
En la primera columna presentamos a la bandera del
estado, señalando el continente donde se encuentra su porción territorial
histórica.
En la segunda, las banderas subnacionales que de los territorios que dicho posee en otro continente.
Nota 1.- Acceso a las normas citadas:
Ley Nº 23.968 (1991) http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/367/norma.htm
(texto actualizado)
Ley Nº 27.557 (2020) http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/340000-344999/341415/norma.htm
A Portugal habría que añadirle Madeira, frente a la costa de Marruecos.
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ResponderEliminarFalta Turquía; cuyo territorio en su mayoría esta en Anatolia; Asia menor y tiene una pequeña parte en Europa al oeste del Bósforo.
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