Países o entidades
sin bandera
Problemas de Ceremonial:
"Paseo de las banderas", Bigand (provincia de Santa Fe - Argentina)
Conjunto de banderas provinciales
argentinas
Por Miguel Carrillo Bascary
Introducción
En las últimas décadas el desarrollo de la Vexilología hizo que
se incremente el uso de banderas por parte de entidades de Derecho Público
(países; estados; ciudades; organizaciones internacionales; etc.). El fenómeno
se replicó en ámbitos del deporte; los establecimientos educativos de todo
nivel; empresas comerciales y en una inmensa variedad de instituciones de todo
tipo.
Son múltiples las circunstancias institucionales o
campañas de mercado donde deben lucirse varios ejemplares de enseñas y para
ello la praxis del Ceremonial y Protocolo definen principios con validez
universal que regulan su uso y su forma de colocación, particularmente.
Principio de igualdad entre iguales
La llamada “Paz de Westfalia” (tratados de
Osnabrück y Münster, 1648) puso fin a la guerra de los “Treinta Años” en
Alemania y a la de los “Ochenta Años”, entre España y los Países Bajos consagró
el principio de las respectivas
soberanías nacionales y la igualdad
jurídica de los estados entre sí, con independencia de su potencia militar
o económica; extensión territorial; forma de gobierno o cualquier otra
circunstancia. El concepto se ratificó en la “Paz de los Pirineos” (1659)
firmado por España y Francia.
El principio de la igualdad en plenitud lo ratificó
el moderno desarrollo del Derecho Internacional (Ius Gentium) radicalizado después de la
II Guerra Mundial por el impulso
institucional de las Naciones Unidas, otras organizaciones interestatales y por
el fenómeno de la globalización.
Esta realidad se refleja en el Ceremonial y el
Protocolo de banderas; y se traduce en su forma de colocación; tamaño y
calidades del paño; de sus accesorios y en lo relativo a su acompañamiento.
La falta de bandera
Pese al extendido empleo de enseñas que evidencia
la realidad, puede ocurrir que alguna de las entidades cuya presentación deba
evidenciarse en un ámbito en concreto carezca de este símbolo. Las circunstancias
son de diversa etiología, pero para quienes operan con el Ceremonial y el
Protocolo esta carencia se transforma en un
problema concreto que demanda solución.
La praxis en la materia proporciona dos criterios excluyentes
entre sí que definen senda soluciones:
Solución
1 - Negativismo: si una
entidad no tiene bandera, se omite exhibir las de otras de similar categoría
que sí la tengan. Es el criterio mayoritario, por ser el más simple y bien
sabemos que “el Ceremonial ama las soluciones sencillas” (contra lo que suele
pensarse). La decisión se fundamenta en el principio de igualdad, tal como lo
destacamos en el acápite precedente. Con esta actitud se procura no poner en
evidencia esta falta, no por que sea un baldón, sino como manera de no destacar
una ausencia en los íconos que se exhiben en la ocasión. Entonces, como ejemplo
de este criterio: si una provincia o estado subnacional no posee bandera pero
otras sí, solo se mostrarán la o las nacionales, por la sencilla razón que todos
los estados poseen enseñas que los identifican.
Solución
2 - Positivismo: corresponderá
asignar a la/s entidad/es que no tiene/n emblema una bandera una especial (ad-hoc),
adecuada a la ocasión. Las razones que fundamentan esta opción pueden ser muy
variadas, pero desde la Vexilología y al Ceremonial analizaremos algunas
cuestiones:
La decisión de emplear una enseña ad-hoc
corresponderá siempre al Organizador del evento o entidad huésped; sin embargo,
una elemental muestra de cortesía demanda consultar previamente con la entidad implicada,
lo que se concretará en forma extraoficial y con las debidas reservas.
La bandera ad-hoc consistirá en un paño
liso que incorpore (“cargue”) el escudo
o emblema de la entidad. El proceso de confección no puede dejase al
arbitrio del taller que elaborará el emblema; la responsabilidad del Organizador
es indelegable, por lo que precisará detalladamente todos los aspectos. Debe
chequearse debidamente la forma y colores del elemento a cargar; a tal fin, lo
más práctico será solicitar un archivo de imagen de buena calidad a la entidad
que se representará.
La carga se concretará en el centro del paño; su eje vertical abarcará
entre un 50 o un 60%, no más, del ancho de la bandera. Sería factible destacar la carga colocándola
sobre alguna figura en color contrastante o bien, encerrarla en otra, como bien
podría ser un círculo.
Si la entidad no dispone de escudo o logo que la identifique, este símbolo podría
reemplazarse por su nombre expresado con una tipografía sobria; quizás
destacado en alguna cartela. Particularmente aconsejamos en uso de letras en
color dorado; negro; bordó; azul o verde oscuro.
Un ejemplo poco agraciado del criterio expuesto
Los cánones vexilológicos determinan
suficientemente debe evitarse colocar un emblema junto con el nombre de la
entidad a la que representa; ya que esto implica una tautología que “repita” el
mensaje al observador. En la disyuntiva entendemos que es mucho más racional
colocar una imagen, antes que el nombre de la entidad. Pese a esto, la Vexilología de los
Estados Unidos abunda en tautologías.
Ejemplos de banderas que implican una reiteración (tautología)
En cuanto al color del paño, indudablemente que se preferirá el blanco por comprender
a todos los que componen el espectro lumínico; pero no debe descartarse que
alguna circunstancia aconseje usar otro.
Si debe acompañarse con una corbata o moño, este será del mismo
color del paño y totalmente liso.
Un inconveniente que sin dudas habrán
de considerar los organizadores es el costo
preparar la enseña ad-hoc. No sería
raro que este factor derivara en la decisión de no presentar banderas que
evidencien algún faltante, como forma de ahorrar presupuesto.
Es obvio que el formato; tamaño y el
textil empleado para las enseñas ad-hoc debe ser idéntico al utilizado para las otras banderas representadas.
El caso argentino
En la República Argentina ,
el desarrollo del uso de banderas aparte de la nacional y de algunas
institucionales, es un fenómeno relativamente reciente. Cabe señalar que las
representativas de sus provincias comenzaron a evidenciarse a partir de 1984,
comenzando por Santa Fe. El proceso demandó veintisiete años y las últimas que
adoptaron sus banderas fueron: Chubut (2008); Río Negro (2009); Córdoba (2010)
y Catamarca (2011).
Algo similar ocurrió con las ciudades y pueblos
que, hasta mediados de la década de 1990, no habían considerado darse ningún
tipo de bandera; salvo contadas excepciones.
El impulso fue imitado por numerosas entidades,
tanto públicas como privadas.
Para expresar conciencia de identidad étnica
numerosos pueblos originarios y sus comunidades emprendieron similar camino,
siguiendo la tendencia iniciada mucho tiempo antes por las naciones indias de
los Estados Unidos y del Canadá.
En Argentina, durante esas casi tres décadas, primeramente no se mostraban las banderas
locales acompañando a la nacional. Cuando ya hubo un número considerable de
provincias con bandera, se impuso la tendencia de elaborar ejemplares ad-hoc,
con paño blanco y colocar el escudo oficial en su centro. Este tipo puede
caracterizarse como “banderas/ blasones”
o “banderas/ escudos” (ver: https://banderasargentinas.blogspot.com.ar/2016/08/lasbanderas-blasones-de-las-provincias.html), como resulta de los siguientes ejemplos:
Diseño de una bandera/ escudo elaborado por Francisco Gregoric para la provincia de Salta (1992)
Otro diseño propuesto por el mismo diseñador, con el escudo simplificado (1992)
La validez de los criterios expuestos encuentra
justificación en la práctica que adoptó el área de Ceremonial del Congreso
Nacional argentina, cuando se resolvió colocar las banderas de las provincias
en uno de sus ámbitos internos. Por entonces no todas había adoptado enseñas
que las identificaran, la cuestión se resolvió asignándoles paños y corbatas
blancas, con el escudo de la jurisdicción bordado en el centro.
Bandera ad-hoc de la
provincia del Río Negro, flanqueadas por las de Santiago y Santa Cruz
(Lo cuál expone un error en
la secuencia ya que la primera debió ir a la derecha,
para respetar el debido
orden protocolar, atento a sus respectivas designaciones)
La idea de plasmar los escudos radica en que éstos
identifican a la jurisdicción, obviamente. En Argentina se evidenció
tempranamente a partir de una litografía difundida a mediados del siglo XIX,
cuando el Escudo nacional solía mostrarse ornamentado con banderolas que
contenían en su centro los blasones provinciales simplificados, con su eje en
perpendicular al asta, junto al nombre de cada provincia.
La litografía en cuestión
Una variante apareció más tarde en la siguiente
reproducción, usando banderolas franjadas, con sus respectivos escudetes.
Estos armados no se reflejaron en normativa alguna;
pero se evidenció aleatoriamente a lo largo del tiempo hasta que el decreto
nacional Nº10.302 de 1944 estableció el modelo oficial del Escudo nacional, con
lo que la ornamentación con vexiloides desapareció definitivamente.
Variante, con las banderolas franjadas
Otro precedente, de diferente forma de resolución y
de características circunstanciales ocurrió en 1950, cuando en la “Fiesta del
Deporte”, se representaron a las delegaciones de provincias y gobernaciones
nacionales con banderas argentinas que llevaban el nombre de cada una de estas jurisdicciones
bordadas en arco en posición superior al Sol.
El caso de la ciudad de Rosario
Un ejemplo típico de la problemática que tratamos
es el de la ciudad de Rosario. En 1994
se realizó en ella el “Congreso Internacional de la Lengua Española” al que
concurrieron jerarquizadas delegaciones de todos los países hispanohablantes.
Cuando se analizó cómo presentar el ámbito principal de las actividades que se
desarrollaron en el teatro “El Círculo” fue evidente que debían colocarse las
banderas de Argentina (país anfitrión); la de España; la correspondiente a la
provincia de Santa Fe (Rosario se encuentra en la misma) y también la de esta
última ciudad. Pero había un problema ¡Rosario
carecía de bandera!
La emergencia
fue resuelta con todo apuro preparando una bandera de paño blanco con el escudo
de la ciudad bordado en su centro. Para evidenciar la correspondencia del
blasón con la ciudad se incurrió en la tautología de colocar la leyenda
“MUNICIPALIDAD DE ROSARIO” bordada en arco convexo con letras de oro. La
corbata fue blanca, con flecos dorados.
El día de la inauguración los sorprendidos
rosarinos advirtieron que ¡“tenían bandera”! La Vexilología nos enseña que este
tipo de situaciones implica la existencia de una “bandera de facto”, por no estar respaldada en ninguna norma.
Bandera de la Municipalidad de Rosario, 1994 – 1995
Se dice en Argentina y con seguridad se repite en
muchos otros lugares del mundo que “nada hay más permanente que lo
transitorio”. Terminado el “Congreso de la Lengua” con todo éxito, la bandera
improvisada pasó al “Salón Carrasco” del Palacio Municipal, principal espacio
ceremonial del municipio. Allí permaneció por varios años acompañando a las
banderas argentina y santafesina, hasta que en 1999 se oficializó la enseña de
la ciudad, con leves reformas: http://banderasargentinas.blogspot.com.ar/2016/02/la-bandera-de-la-ciudad-de-rosario.html
Procedimiento atípico
En 1966 el Correo Argentino apeló a una solución
muy extraña, cuando dispuso emitir una serie de sellos postales con los escudos
de las provincias. Por esa fecha Río Negro carecía de escudo, al igual que la
gobernación de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Como
hubiera sido una desatención omitir a estas jurisdicciones en la serie se optó
por colocar el contorno de sus territorios.
Entendemos que esta opción, fue válida en aquel
momento, pero personalmente no coincidiríamos en utilizar dicho precedente, pero
es indudable que podría llegar a ser aceptable si la jurisdicción tampoco
tuviera escudo.
Fragmento de la serie de
sellos emitidos en 1966
Se reproduce el contorno
del territorio de las provincias de Río Negro y Ta. del Fuego
Eventual “bandera” con el contorno de la provincia (Ej.: Córdoba)
Cuando se trata de representar a una institución privada que no posee ni bandera,
ni tan siquiera logo deberá buscarse algún elemento que esté suficientemente
difundido para caracterizar la actividad y emplear formas simples; de vivos
colores, de tal forma que cualquier persona pueda comprender la correspondencia
que se intenta. Por ejemplo: si se deseara representar a una entidad
farmacéutica la composición bien podría ser la siguiente:
Conclusión
Con lo expuesto esperamos haber contribuido a
plantear diversas opciones que nos ofrecen la Vexilología y el Ceremonial para
atender al complejo problema de representar a entidades que no tienen banderas.