Una bandera turística
Bandera oficial de la ciudad de San Carlos de
Bariloche
Por Miguel
Carrillo Bascary
Con la colaboración de Mario Golman
La bandera que la ciudad de San Carlos de Bariloche adoptó recientemente
brinda un buen ejemplo sobre este tipo de emblemas. Por eso considero válido
exponer la forma en que se gestó, a la que caracterizo como una experiencia
positiva, no como un ejemplo cabal, pero
sí como un precedente que puede orientar a otras localidades interesadas en
definir el símbolo que las caracterizará.
Lo primero a señalar es
que cada comunidad articula el oficializar una bandera propia en base a sus propias realidades. Este es un
fenómeno relativamente nuevo en Argentina pero que tiene siglos de vigencia si
consideramos los datos que nos aporta la Vexilología comparada. En nuestro país
comenzó a manifestarse decididamente hace algo más de tres décadas.
La variedad sustancial que
sustenta la aparición de las banderas
cívicas no permite inferir reglas de validez general. Pese a todo en este
Blog he tratado el tema en: “Pautas para el diseño de banderas y "Diseñando banderas. La Vexilografía" [1]
En esta ocasión reseñaré la evolución de la iniciativa barilochense que finalmente eclosionó en
la enseña que hoy identifica a la ciudad patagónica.
El caso Bariloche
Para quienes no sean argentinos
interesará conocer que esta ciudad es parte de la provincia de Río Negro (Argentina) y cuenta con unos
146.000 habitantes según el Censo 2022. Se trata de un centro vacacional de nivel internacional, especializado en deportes
de invierno, aunque también concita gran actividad en época estival. Constituye
uno de los polos turísticos más importantes de Argentina y de Sudamérica. Se
enclava en un área montañosa (cordillera de los Andes) y lacustre (márgenes del
lago Nahuel Huapi) de gran belleza
natural por lo que en su inmediata cercanía existen varios parques nacionales
y otras reservas naturales. Además,
es epicentro tecnológico, de la investigación atómica, centro de servicios para
toda la zona y nudo del transporte aéreo de la región.
El vértice de la figura señala la ubicación de Bariloche
Motivación
La iniciativa de adoptar su
bandera cívica se justificó en el 121° aniversario de lo que se considera la fundación oficial de la ciudad de San
Carlos de Bariloche (decreto del 3 de mayo de 1902, que estableció la Colonia
Agrícola Nahuel Huapi[2]).
La perspectiva vexilológica
Esta disciplina, que
estudia las banderas y demás vexilos, definió desde hace mucho que la adopción
de un símbolo atraviesa diversas etapas hasta consolidarse. Ellas son: la
propuesta, la aceptación, la oficialización formal y el enriquecimiento
vivencial. Éstas se dan en una dinámica, donde los elementos y actores
coadyuvantes interactúan entre sí.
La dimensión sociológica
Definir una bandera
particular reafirma la identidad y,
al mismo tiempo, se proyecta hacia otros componentes sociales y aún políticos. El
proceso se inicia con la decisión de
hacerlo, lo que puede resultar de la
propuesta de una persona, de un grupo o bien, de la voluntad de un órgano político.
Acertadamente los considerandos de la norma que finalmente aprobó la enseña
local destacan esta faceta social, cuando señala:
“La ciudad de San Carlos de Bariloche
presenta una población heterogénea, con habitantes que provienen de diversos
orígenes, pero que comparten un sentido de arraigo y pertenencia.
Una enseña barilochense amalgama la historia,
geografía, cultura e idiosincrasia. Las banderas facilitan concebirnos como
seres sociales y colectivos, por cuanto representan la unidad, la solidaridad,
el bien común y el corazón de todo un pueblo.
Los elementos que intervienen en la composición de una
enseña, como los colores, formas y dibujos, son asociados e incorporados por
los ciudadanos a través de un proceso cognitivo a su mundo afectivo y
sociocultural”.
La base jurídica
En la composición
institucional de Argentina, adoptar una
bandera propia es una facultad ínsita al principio de la autonomía municipal
que está reconocido en la propia Constitución nacional como base del sistema
democrático y republicado (arts. 5º y 123 C. N.), también se completa con lo que
prevé la Constitución provincial (arts. 225 a 235 C. Río Negro)
En el caso de Bariloche la
Ordenanza que así lo dispuso contiene un notable y muy prolijo desarrollo de la
normativa que avala la iniciativa. A
tal fin se pasa revista a los precedentes del ámbito local, como provincial y
nacional, en lo que no faltan experiencias protagonizadas por otras provincias.
Esto es un mérito a señalar pues
pone en valor el proyecto destacándolo a la consideración general, con lo que
se resalta ante la población la importancia del proceso y se responde
anticipadamente a todos aquellos que muy equivocadamente minimizan, futilizan,
descreen y hasta ridiculizan la adopción de una bandera oficial como acción de
gobierno. De esta forma se fundamenta con claridad que la experiencia marcará
una impronta decisiva en la
proyección de la ciudad tanto en el presente inmediato como en su futuro.
La iniciativa
Se canalizó mediante un proyecto de ordenanza presentado en el
Concejo Municipal de la ciudad. La misma implicó convocar a un concurso destinado a seleccionar el
diseño. Apelar a este tipo de compulsa es una vía generalizada, por ella se
busca fomentar la participación popular para dar legitimidad al diseño que será
elegido, al par que facilita que la población se sienta “dueña” el emblema que
la representará. Como el símbolo identificará a toda la comunidad, lo ideal es que puedan participar todos sus
miembros, tanto a nivel personal como de actores sociales sin
identificaciones sectoriales, pero como esto demanda una operatoria compleja
suele restringirse a los jóvenes y niños, lo que así se dispuso en Bariloche
como se verá. Esto se basa en privilegiar el compromiso de las jóvenes
generaciones reconociendo su participación a futuro en la vida institucional de
la ciudad.
Convocatoria
El llamado se instrumentó
mediante la Ordenanza Nº3.378-CM-23
que convocó a un concurso abierto a
los alumnos de séptimo grado de escuelas primarias y de quinto año del ciclo
secundario, tanto de escuelas de gestión pública o privada de la ciudad, en
caso de escuelas técnicas se implicó a los cursantes de sexto año. Participaron
de la experiencia más de 200 estudiantes. La norma fue particularmente oportuna
en definir las bases generales de la convocatoria, lo hizo mediante un anexo
que se trascribe al final de esta nota, como referencia que podría servir a
otras entidades.
Nada permite entender las
razones que limitaron la posibilidad de participar al universo indicado. Podría
admitirse quizás la exclusión de los alumnos de grados inferiores del nivel
primario, pero no se justificar soslayar
a los que cursaban del 1º al 4to. del secundario y a los 5tos. años de escuelas
técnicas. Subjetivamente este autor entiende que la pauta dispuesta fue un
punto sensiblemente negativo.
La difusión de la convocatoria se canalizó a través del sitio oficial
del Concejo Municipal, aunque nada hubiera obstado en disponer que el Departamento
Ejecutivo contribuyera a la tarea. La gestión de la compulsa corrió a cargo del
Concejo Municipal de la localidad.
El jurado tuvo una composición pluralista en lo político (un concejal por cada bloque y un
funcionario del Ejecutivo), con la participación a una institución
paradigmática de la ciudad, la Biblioteca “Sarmiento”, a lo que se sumó. Además,
el Concejo de Bariloche tuvo el buen criterio de convocar al reconocido
especialista en Vexilología, Mario
Golman, residente en la ciudad. Algo lógico ya que, para adoptar una
bandera, nada mejor que buscar el asesoramiento de un erudito en el tema. Puede
llamar la atención, pero esto no ha sido común en las experiencias de otras
ciudades; que equivocadamente convocaron a diseñadores publicitarios, artistas
plásticos, docentes, historiadores y similares, quienes por supuesto no cuentan
con los conocimientos específicos necesarios. Téngase en cuenta que definir una
bandera que representará a la comunidad es una decisión verdaderamente histórica.
Dictamen y reconocimiento
Cumplida la etapa de la
convocatoria, plasmadas las presentaciones de los proyectos, el Jurado cumplió
su tarea y se expidió mediante el correspondiente dictamen que sirvió de antecedente válido para elaborar la ordenanza
destinada a oficializar la enseña barilochense. El orden de mérito dictaminado fue el siguiente: 1º) la propuesta de
los alumnos del séptimo grado del colegio “Jean Piaget”. 2º) la que
correspondió a los jóvenes del séptimo primera de la Escuela Nº201, y 3º) la
debida a los del séptimo grado del Colegio “San Patricio”. Como vemos, en todos
los diseños surgieron de alumnos primarios,
lo que evidenciaría que el compromiso de los cursantes del este nivel fue significativamente
mayor que los aportados por el secundario.
La Presidencia del Concejo
Municipal[3]
dispuso brindar un premio-estímulo
monetario a las escuelas de donde surgió la tríada seleccionada. Respectivamente, los alumnos distinguidos resolvieron destinarlo al área de Pediatría de Hospital
Zonal. Mientras que los autores de los diseños que quedaron segundo y tercer lugar, afectaron
lo que les correspondió a la compra de un televisor y juegos de ajedrez, en cada caso.
Ordenanza de oficialización
Conforme a la decisión del
Jurado se articuló un proyecto que oportunamente implicó dictar la Ordenanza Nº3.419-CM-23; un proceso que
evidencia correcta técnica normativa. Seguidamente se trascriben en negrita cada
uno de sus artículos a los que acompaña pertinentes comentarios que emito desde
la perspectiva de la Vexilología Jurídica:
“Artículo 1º.- Se establece como bandera oficial de la
ciudad de San Carlos de Bariloche el proyecto ganador del concurso “Una bandera
para San Carlos de Bariloche” cuyo diseño y requisitos vexilológicos se
aprueban como anexos I, II, III, IV y V y forman parte integral de la presente”.
Acertadamente
la norma remite a los anexos respectivos elaborados impecablemente acordes con
la técnica vexilográfica, tanto en la definición del diseño, como en sus
proporciones y en la elección de sus colores, los que se reproducen al final.
Para esta delicada tarea, se solicitó la colaboración al internacionalmente
destacado vexilógrafo y diseñador Francisco
Gregoric[4].
De esta manera se sentaron las bases para la exacta reproducción del símbolo local
en toda circunstancia.
“Artículo 2º.- La bandera de la Ciudad de San Carlos
de Bariloche deberá ser usada en todo el ejido municipal, en organismos
oficiales de manera conjunta con la bandera nacional argentina y la bandera de
la Provincia de Río Negro, en los actos oficiales e institucionales que se
realicen en el ámbito municipal y en toda otra actividad protocolar en la que
el Municipio participe. En ceremonias oficiales, la rendición de honores será
exclusiva para la enseña nacional
Esta
norma dispone sobre las condiciones de
uso, otro aspecto que suele soslayarse en casos similares, lo que origina
problemas de Ceremonial que afectan la difusión del símbolo. Queda implícito
también el orden de precedencias, de
tal manera que en su caso deberá colocarse: 1ª. la Bandera Nacional, 2ª. la
provincial de Río Negro y 3ª. la de Bariloche, luego de ésta podrán ubicarse otras
enseñas que eventualmente se considere necesario mostrar en la ocasión, ordenamiento
debe respetarse de manera absoluta, sin excepción alguna. Realizando una
interpretación normativa sistémica, si acaso se quisiera emplear la “Bandera Nacional de la Libertad Civil”,
aprobado por la Ley nacional Nº27.134[5],que
es de uso voluntario, corresponderá a ésta la segunda posición, desplazando un
orden a la rionegrina y a la barilochense.
“Artículo 3º.- Se autoriza a utilizar la bandera
oficial de la ciudad de San Carlos de Bariloche a los particulares, entidades
culturales, deportivas y a organismos de carácter privado, debiéndose rendir
siempre digno respeto”.
Con
lo expuesto se consagra el amplio uso
del emblema, algo esencial en orden a la vigencia de la democracia. Cabe
afirmar que la bandera de Bariloche no implica que se limite al gobierno
municipal, mucho menos a la gestión en la que se definió. También interesa
destacar que la expresión “debiéndose
rendir siempre digno respeto” determina, no solo lo evidente que se
evidencia de la redacción sino el deber de mantener el símbolo con la debida
integridad, debiéndose reparar el textil, si fuera necesario, y a la buena
higiene del paño, por lo que cabrá su lavado y planchado, cuando sea necesario.
Por carácter transitivo el asta, moharra y el pie soporte deberán ser lo que
prevé el Decreto Nº1.650/ 2010[6]
para la Bandera Nacional, ya que la de Bariloche es un símbolo oficial”.
“Artículo 4º.- Se dispone la inscripción en los
registros respectivos del referido emblema y la donación de un paño al
Monumento Nacional de la Bandera en la ciudad de Rosario”.
La
primera frase considera la necesidad de registrar de la propiedad intelectual
del diseño. La segunda prescribe una atención particular de tipo emotivo.
Sensibles pero superables omisiones
1.- Relativas a los complementos.
Se advierte que en la
norma nada se dispone sobre las características que deberá tener la corbata, el tahalí y las bandas de los
escoltas que se emplean en los ejemplares de ceremonia. Una falta que se
observa también en ordenanzas similares de otras jurisdicciones.
La omisión tiene sencilla solución, que admite dos vías,
con una variable:
a) Dictar una ordenanza
específica que así lo establezca o
b) Hacerlo mediante un decreto, ya sea que emane del propio Concejo Municipal (opción b.1) o, eventualmente, del
Intendente local (opción b.2)
La práctica indica que la
opción b.1, o sea, un decreto del Concejo, que complemente la Ordenanza
Nº3.378-CM-23, es la más aconsejable.
Algunas consideraciones al
respecto. Lo habitual es que los accesorios del caso se confeccionen tomando
como base los colores que predominan en el paño de la bandera, pero no hay
normativa alguna que lo estipule, por lo que bien puede considerarse que podría disponerse que la corbata, tahalí y
bandas sean idénticas a los que se emplean para la Bandera Nacional o para la
provincial, para facilitar la
difusión del símbolo y abaratar los costos que implica Adelantándome a alguna
crítica, cabe responder que no constituye una “apropiación” indebida, para
nada, ya que la ciudad de Bariloche, considerada como ente político se encuadra
con la Constitución Nacional y con la de Río Negro. Manifestándolo de otra
manera, que la bandera barilochense de ceremonia use corbata, tahalí y bandas
de escoltas con los colores nacionales expresa que la ciudad es argentina. Con
similar razonamiento, si la enseña local emplea colores negro, blanco y verde,
estaría indicando que Bariloche es parte de la provincia de Río Negro.
La opción queda planteada, por lógica, deberá ser el Concejo Municipal el
órgano que defina el camino a seguir o, si se resuelve tomar la "opción b.2”, quién así lo disponga será el
Intendente municipal.
2.- Relativa a la confección
Otro aspecto que no
definió la Ordenanza es la forma en que se debe confeccionar la enseña barilochense. Si se toma como referencia la
Bandera Oficial de la Nación, la de Bariloche en su versión de ceremonia,
debería ser de paño doble y con las cargas aplicadas en ambos lados, claro que esto
incrementaría su costo en forma muy importante, con lo que se dificultaría la
difusión del símbolo. En consecuencia, sería conveniente seguir un procedimiento similar al
delineado en el punto anterior, de manera que una norma complementaria bien podría disponer: a) que se confeccionará
en paño simple, y b) que el Sol y el cristal de nieve solo vayan en el anverso,
el más visible.
Interpretación del diseño
Vale tomar lo que al
respecto expresaron los autores del
diseño consagrado:
“El verde representa el bosque, la esperanza
y el futuro. El blanco representa la nieve, la pureza y la unión, ya que de por
sí es la unión de todos los colores. Ambos, el verde y el blanco, remiten a la
bandera de la provincia de Río Negro. El triángulo simboliza las montañas, el
celeste los lagos y remite a la bandera de la República Argentina. Mientras que
los símbolos del Sol y la nieve, remiten al escudo de la Municipalidad de San
Carlos de Bariloche”.
Considerando que se
reenvía a la descripción del blasón
municipal de Bariloche, corresponde referenciar lo que consta en la web oficial del municipio[7].
Escudo cívico de Bariloche, adoptado en 1978
Análisis de los diseños finalistas
Para constancia histórica,
seguidamente se exponen los siete que seleccionó
el Jurado para la instancia final del proceso concursal.
Evaluación vexilológica
La disciplina ha definido
pautas precisas para el diseño de banderas, conforme a ellas se formulan las
apreciaciones siguientes.
El Diseño 1:
en el subjetivo criterio de quien esto escribe el diseño oficializado cuenta con mayores aciertos respecto de los otros.
La referencia a los colores nacionales es muy pertinente, en cuanto al verde y
al blanco se corresponden con la bandera provincial y con los elementos que
predominan en el entorno: la nieve y el verde de los bosques. El Sol y el
cristal de nevoso aluden claramente a la doble estacionalidad de la actividad
económica de Bariloche y, además, establece una excelente referencia al escudo cívico.
Es cierto que los rasgos del Sol y del cristal desafían a la ejecución, pero
también lo es que la tecnología disponible y la buena técnica usada para referenciar
las características de ambos elementos (Anexos
III y IV de la Ordenanza) permiten augurar el éxito en la reproducción.
El Diseño 2:
es cromáticamente muy atractivo, pero su complejidad no es acorde a los cánones
de la Vexilología, ya que eventualmente objetivamente dificulta la confección y
difusión del símbolo.
El Diseño 3:
implica una gran densidad gráfica aplicada en el triángulo, circunstancia
negativa, por lo que cabe similar observación que a la propuesta anterior.
El Diseño 4:
es favorable la distribución interna, pero cuando incorpora un pequeño escudo
como carga central se descalifica ya que sus elementos son de muy dificultosa
percepción en un ejemplar de ceremonia y se transforma en ininteligible en una
pieza de flameo.
El Diseño 5:
es de muy atractivos colores, los conceptos que expresa son muy pertinentes y goza
de gran originalidad, pero plantea importantes desafíos para la ejecución
material de la pieza, un alto costo y ciertamente que anticipa riesgo de
desgarros ante los fuertes vientos de la zona; todo ello conspira contra la
posibilidad de difusión del símbolo.
El Diseño 6:
cabe observar lo inadecuado del motivo central, tal como objetivamente señalan
las pautas que rigen a la Vexilografía; además, las líneas curvas de los
segmentos también conspiran contra la facilidad de ejecución.
El Diseño 7:
es pertinente en cuanto a la opción de sus colores, pero luce sin la
personalidad que sería deseable y pierde ampliamente en su comparación con la
propuesta “1”.
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Lo que resulta
absolutamente claro es que, el diseño
oficializado fue el que adoptó la ciudad de Bariloche para identificarse y
que para esto siguió el procedimiento legal, por lo que, más allá de gustos o
preferencias es el que todos deben respetar.
Adenda 1: Anexo I a la Ordenanza Nº3.378-CM-23 que convocó al concurso
“El Concejo Municipal de
San Carlos de Bariloche, convoca a participar del “Concurso Una Bandera para
San Carlos de Bariloche”.
Objetivos: a) Incentivar el
trabajo y la creatividad de los estudiantes junto con sus docentes y familiares
en la búsqueda de ideas que expresen, cómo sería nuestra insignia
representativa. b) Promover y fomentar la participación de todos los cursos de
instituciones públicas y privadas de enseñanza de nivel primaria de séptimo
grado y quinto año de nivel secundario o sexto año en caso de escuelas
técnicas. c) Propiciar un compromiso social educativo e histórico.
Requisitos: Podrán participar en
la convocatoria al concurso ‘Una Bandera para San Carlos de Bariloche’, todos
los cursos y divisiones de séptimo grado de nivel primario y quinto año de
nivel secundario o sexto año en caso de escuelas técnicas, de los
establecimientos educativos públicos, públicos de gestión privada, públicos de
gestión social y establecimientos privados arancelados. Por cada curso o
división se debe presentar solo un diseño propuesto.
Requisitos vexilológicos
a contemplar: Es importante referenciar que la Vexilología es la
disciplina que estudia las banderas en un sentido amplio.
1. Esencia de la bandera: será sencilla, clara, expresiva
y distintiva, compuesta por el mínimo número de partes, las que deberán ser
suficientemente reconocibles en el conjunto, conteniendo las características
más adecuadas y simbólicas de la sociedad barilochense.
2. Simbolismo: el diseño debe tener un significado para
la totalidad o para una gran mayoría de los habitantes de la ciudad,
representando, por ejemplo, su historia, las cualidades de la población, la geografía,
la arquitectura o alguna aspiración común de su gente.
3. Simplicidad: deberá expresar la mayor cantidad de
ideas con el menor número de objetos. No utilizar en el diseño letras,
leyendas, cifras, logos ni escudos. Debe ser tan simple que hasta un niño la
pueda dibujar de memoria.
4. Facilidad y bajo costo de reproducción: todos los
atributos de la enseña deben poder coserse y/o pintarse en la tela con
sencillez y debe ser reproducida con el menor costo posible.
5. Divisable: debe ser fácilmente distinguible a la
distancia, sin que sus colores sean desdibujados o sus figuras estén confusas a
la vista. Debe causar un buen impacto visual.
6. Proporcionalidad: la proporción de la bandera estará
determinada por la relación entre la vaina (lado adyacente al asta) y el vuelo,
siendo este de mayor longitud. La forma rectangular de 2:3 (dos anchos por tres
de largo) se considerará como la más apropiada.
7. Colores: se deberá usar una mínima cantidad para
lograr una clara distinción (lo usual es limitarlos a tres). Deben ser colores
plenos, sin sombras ni degradé y que combinen bien entre sí generando un
efectivo contraste.
8. Imágenes: si se desea colocar un emblema en el lugar
de honor, corresponderá hacerlo en el cantón, la esquina superior izquierda. También
podrá ubicarse en el centro del paño o en su primer tercio hacia el lado de la
vaina. Estas tres son las partes más visibles de una bandera que flamea.
9. Originalidad: la bandera deberá ser inédita, distinta
de todas. Por ello, es necesario que el participante investigue con amplitud
acerca de las enseñas existentes, evitando cometer plagio, causante automática
de la eliminación en el concurso.
Significado: Es condición
ineludible que los diseños a presentar estén fundamentados. Debe expresarse con
claridad el porqué de cada color, atributos y partes de la bandera.
Soporte y materiales: La presentación se
hará en hoja tamaño A3 (29,7 x 42 cm). Para la confección de los diseños se
podrá utilizar cualquier material de dibujo artístico como lápices, acuarelas,
óleos, acrílicos o también impresiones láser o en chorro de tinta.
Inscripción: Los interesados
completarán el formulario online con carácter de declaración jurada, en la
página web del Concejo Municipal.[que deberá contener:]
El formulario le solicitará los siguientes datos
personales: 1. Nombre de la escuela.
Ubicación. 2. División. Turno. 3. Nombre del Director/a. Nombre de los Docentes
a cargo. 4. Correo electrónico. 5. Número de teléfono celular del docente
referente del curso. 6. A qué destinaría el premio para su escuela. 7. Nota de
la escuela que acredite condición de alumnos regulares del curso o división que
presenta el proyecto y cantidad de alumnos del curso o división que presenta el
proyecto. 8. Autorización de los progenitores, tutores o representantes legales
en relación a sus hijos menores de edad. 9. Declaración jurada de aceptación
bases y condiciones del concurso. 10. El formulario les asignará un número de
orden o registro que luego se deberá transcribir en el sobre de entrega del
diseño propuesto.
Entrega: Se entregarán los
sobres con el diseño propuesto en el Concejo Municipal, de lunes a viernes, de
8 h. a 14 h. Al frente del sobre deberá escribirse: ‘Concurso Una Bandera para
San Carlos de Bariloche’. El sobre (de papel madera y debidamente cerrado),
deberá contener el diseño propuesto por el interesado y la fundamentación por
escrito de su idea para una Bandera para San Carlos de Bariloche. El
participante cuyo diseño resulte elegido como ganador, acepta ceder todos los derechos
de uso a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y al Concejo Municipal.
Selección: Se evaluarán los
diseños propuestos. Los diseños presentados se pondrán a consideración del
jurado designado, como garante del proceso de selección. Se seleccionará un
diseño ganador, y el segundo y tercer puesto en base a los requisitos
vexilológicos que constituyen las bases y condiciones del presente concurso. En
caso de ser necesario, el jurado se reserva la potestad de modificar o adaptar
detalles en la bandera seleccionada como ganadora, sin que se pierda el sentido
original dado por su creador. El jurado emitirá un informe escrito de la
elección. Finalizada la evaluación, y ya elegido el diseño ganador, junto al
segundo y tercer puesto, todos los modelos serán exhibidos en la Sala de
Sesiones ‘Francisco P. Moreno’ del Concejo Municipal”.
Adenda 2 – Reproducción de los Anexos técnicos a la Ordenanza Nº3.419-CM-23
Anexo I - Ilustración de la bandera a colores
Anexo II - Esquema constructivo de la bandera
Anexo III - Detalle del símbolo a colores
Anexo IV - Esquema constructivo del símbolo
[3] Resolución Nº254-PCM-2023.
[4] Entre sus numerosos antecedentes se cuenta que se le debe la definición
normativa del símbolo patrio histórico, segunda enseña nacional, la “Bandera
Nacional de la Libertad Civil”, plasmada en la Ley Nº27.134.