El segundo "poncho-bandera"
Poncho riojano y bandera provincial de La Rioja
Esta es la quinta nota de la serie “De ponchos e identidades” (Más referencias sobre las previas al final de la presente).
Para quienes no sean argentinos interesará conocer que la provincia de La Rioja asumió su
autonomía en plenitud en el año 1820. Su territorio deriva del que correspondió
a la “Ciudad de todos los Santos de la Nueva Rioja”, fundada en 1591. En el
Censo nacional 2022 se le contabilizaron 383.865 habitantes. Su posición
mediterránea determina un perfil ciertamente tradicional.
La web de la Legislatura de La
Rioja[1]
cita como símbolos a: su bandera, escudo, himno, a la flor del cardón y al poncho riojano. Mientras que en la
reseña contenida por el portal del
gobierno nacional[2]
no incluye al poncho, omisión que no
habla bien de tal fuente.
En concreto, el poncho riojano se
estableció como símbolo provincial en el año 2010, mientras que la flor del
cardón data de 1998[3].
Se trata de una novedad que cuenta ya con casi 14 años de vigencia, pese a lo
cual muy pocos argentinos la conocen, salvo los riojanos, según es de suponer,
considerando la fuerte conciencia identitaria de su población.
La iniciativa
La propuesta de presentar el proyecto que oportunamente se convirtió en
ley fue suscripta por la totalidad de los
diputados provinciales, tanto oficialistas como opositores. Lamento no
haber podido acceder al texto del debate para ilustrar adecuadamente su trámite
parlamentario, ocurre que la provincia de La Rioja no ha publicado on line la documentación correspondiente
al período.
Texto normativo
Seguidamente se ofrece el
articulado de la Ley que lo aprobó el poncho riojano, acompañándolo de los comentarios que personalmente considero
pertinentes.
Ley
Nº8.742[4] – Aprueba el “Poncho
Riojano” como símbolo provincial
(Fecha de sanción: 13 de mayo de 2010)
“Artículo 1º.- Institúyase con
carácter de oficial a partir de la sanción de la presente Ley, como símbolo
distintivo de la provincia de La Rioja a “El Poncho Riojano”, en reconocimiento
y honor para con nuestros orígenes diaguitas y capayanes, de nuestros caudillos
riojanos Juan Facundo Quiroga, Ángel Vicente Peñaloza, Felipe Varela, todos
nuestros próceres, héroes y nuestros propios gauchos, simbolizados en esta
prenda criolla.”
Comentarios:
a) El artículo define específicamente que el
poncho riojano es “símbolo distintivo de
la provincia”. No deja margen de duda, lo que refuerza el carácter de
“oficial” que le asigna.
b) Se explicita como un “reconocimiento y honor” para con los
máximos caudillos riojanos, pero duele
el olvido de otras personalidades riojanas a las que mucho debe la
Provincia y la Nación, entre ellos: Rosario
Vera Peñaloza, educadora (1873-1950), Francisco
Ortiz de Ocampo, guerrero de la Independencia (1771-1840), Joaquín V. González, plurifacético
intelectual, uno de los fundadores de la Universidad de La Plata (1863-1923) y Vicente Almandos Almonacid (hijo),
precursor de la Aviación argentina (1882-1953). Quizás lo más prudente hubiera
sido no mencionar nombres propios.
c) Lo propio puede advertirse sobre la referencia a los pueblos “diaguitas y capayanes”, ya que estas menciones marginan a cualquier otro pueblo, que los hay en La Roja. Además, son étnicamente imprecisas. Esto revela que debió profundizarse con el estudio antropológico de aquellos que vivieron y habitan en el territorio provincial[5]. Los especialistas podrían haber opinado con mucha mayor justicia sobre el punto, por mi parte dejo esto señalado. Seguidamente consigno algunas observaciones que resultan de mis someras lecturas. La mención de “diaguitas” suscita cuestionamiento ya que la etnia no formaba propiamente un pueblo. Ciertos autores dan entidad como factor aglutinador a la cultura kakan (o cacan), mientras que otros indican que se trata de una lengua franca hablada por diversos grupos étnicos, entre los que se apuntan a los diaguitas y capayanes. Con mayor rigor se indica que en lugar de “diaguitas” se debió referir a los “paziocas”, como se reconocían ellos mismos, mientras que otros consideran que este vocablo era la designación común de tres ramas étnicas, la pular, la diaguita y la calchaquí. Resumiendo, la cuestión es muy compleja, propia de eruditos, con lo que la referencia contenida en el Artículo 1º de la Ley destaca por sus caracteres fluidos y expone una simplificación que entraña potenciales discriminaciones. Con lo que, se concluye, habría sido mucho más apropiado referirse a los “pueblos originarios del territorio de La Rioja” y no particularizar, como hizo la norma.
Los estudios derivados del Censo del
Bicentenario (Nacional) 2010[6], exponen que en La Rioja existe hoy una amplia variedad
de núcleos de originarios, lo dejo consignado y remito a los interesados a su
publicación oficial. No dejo de señalar que al segmento mayoritario se lo
nomina “diaguita-calchaquí” y no “diaguita”, a secas.
Claro es que algunos de los pueblos que
se mencionan provienen de otras regiones, pero aun señalándolos, la diversidad indica
que referirse a diaguitas y capayanes expone un visión reduccionista.
d) Además, la norma comentada incurre en
un error de técnica legislativa, ya
que no tiene mayor sentido estipular que la oficialización es “a partir de la sanción de la presente Ley”,
lo que resulta obvio.
“Artículo 2º.- Las
particularidades en el diseño de su confección se ajustan de la siguiente
manera:
a) Fondo o campo rojo.
b) Borde de fleco negro
con galón esparragado negro y blanco.
c) En ambos laterales
listados con los colores típicos de la paleta de nuestra tierra y en forma
paralela una guarda que simboliza la tierra en su perfil de montaña y trabajada
en espejo, formando la cuatripartición [sic] cósmica
(Este, Oeste, Norte y Sur).
d) Sencillo diseño de cruz
que se forma centrando la guarda.
e) En la boca galón con
terminación transversal en sus extremos de color negro.”
Comentario:
Los ítems “c” y “d” especifican
referencias al simbolismo que se asigna al elemento. Empero, respecto de los puntos
“a”, “b” y “e” la norma guarda silencio, que en algunas publicaciones se intenta llenar apelando a lo que le parece al comentador de turno. Este tratamiento disímil poco habla de
la prolijidad conceptual de lo legislado, ya que da lugar a un amplio campo
especulativo.
“Artículo 3º.- Determínase
que “El Poncho Riojano” –original- que se encuentra en custodia del Sr.
Vicepresidente 1º de este Cuerpo Legislativo, diputado Sergio Guillermo Casas y
en representación de esta misma Cámara, se deberá enmarcar adecuadamente y
acondicionar un cristal para su resguardo, cuidado y exhibición permanente,
estipulándose el lugar de fijación del mismo en el Patio Central “Madres de
Plaza de Mayo” en el edificio central de esta Legislatura Provincial”.
Comentario:
Es correcto el afán por dejar
establecido el destino del modelo patrón del poncho riojano que los
legisladores han tenido a la vista al cumplir con su función. Sin embargo, de
lo dispuesto resulta evidente que no se
tuvo el debido cuidado que demanda la preservación del textil al que se
inviste de caracteres históricos y, que como tal, constituye un legado precioso
para las futuras generaciones de riojanos.
A mi juicio, lo que correspondía es delegar las condiciones de conservación en
la reglamentación a dictarse con el debido asesoramiento de expertos en la materia. En la actualidad la
tecnología aporta pautas muy concretas para conservar adecuadamente los
textiles históricos. Entre las condiciones se cuentan: iluminación, temperatura
y aislamiento, que lo ponga resguardo de agentes físicos y biológicos que podrían
alterarlo y, aún, llevar a su destrucción.
“Artículo 4º.- Por
Secretaría Legislativa, dése amplia difusión de esta distinción”.
Comentarios:
Resulta plausible la preocupación de
divulgar el enorme significado que la ley asigna al poncho riojano, pero la tarea excede en mucho a la competencia de
la Secretaria Legislativa de la Cámara de Diputados. La división de poderes
que resulta de la Constitución local determina que la gestión debería ser mucho
más amplia y no limitarse al organismo citado. Observo que, si el poncho
riojano es, nada más ni nada menos, que un símbolo de la Provincia, corresponderá
que todos los órganos del Estado arbitren
las tareas de difusión que requiere la ley citada. Y que, en este sentido, esto
será una responsabilidad primordial en el Poder Ejecutivo, y por derivación a
los entes de comunicación y cultural que de él dependan.
En suma, el mandato debió ser mucho más amplio, ya que en la redacción
pareciera que se circunscribe a la mentada Secretaría.
“Artículo 5º.-
Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese”.
El primer ejemplar
Fue confeccionado por la artesana
Adriana Zárate, en el paraje de La Huerta[7]
(departamento General Belgrano), donde reside. La labor se concretó conforme “a las especificaciones requeridas por los
estudios realizados al momento de fijar el hilado y diseño modelo”. La producción se basó en los trabajos conjuntos del equipo que coordinó la entonces diputada nacional[8],
psicóloga Hilda Aguirre de Soria e
integrado por la investigadora, Silvia
Quintero Elías[9]
y el diseñador textil Marcos Caram[10].
La licenciada Quintero Elías explica en su estudio[11]
que el poncho riojano:
“[…] es una segunda bandera
que integra el imaginario de una tradición de paz y cobijo en la que los
argentinos nos encontramos y nos reconocemos […] Queda en la memoria colectiva, esa imagen de ponchos revoleados, signo
festivo de integración de regionalismos ricos y diversos en un sólido proyecto
de comunidad nacional”.
Luego de capacitarse en las técnicas específicas fue replicado por otras teleras de la región. Poco más tarde se formó la Cooperativa de Trabajo “Teleras de Santa Bárbara”[12]. Una de sus integrantes, Lucía Contreras, manifestó oportunamente:
“Es un orgullo para nosotras hacer
el poncho riojano, gracias a la artesana Martina Zapata que nos fue capacitando
y trasmitiendo la técnica […] Los
procedimientos que conlleva son muchos y la demanda, aunque es poca, podemos
decir que el poncho se vende, quien más nos compra, por lo general, es el
Gobierno Provincial”.
Desde el año 2008 se comenzó a consolidar la capacitación de las teleras
riojanas y desde el 2013[14] se estructuró un completo programa “persiguiendo recuperar la actividad, mejorar los sistemas productivos e
impulsar la comercialización de sus productos a través del rescate de técnicas
tradicionales puestas en valor y certificación de calidad de productos genuinos
y revalorización del trabajo artesanal como un recurso válido para la
constitución de una nueva fuente generadora de ingresos”.
La producción de esta prenda registra
varias etapas. Se empieza con la esquila de la oveja y el lavado de la
lana. Sigue el tizado, la rosca y el hilado. Luego se tiñe la lana con tintes
naturales o artificiales, se la tuerce y con ella se ovilla. Más tarde se arma la
urdiembre y se enlisa. Recién entonces se comienza con el tejido en el telar.
De esta manera, el trabajo puede demandar unos 45 días de labor.
Entre las imágenes del poncho riojano que circulan en Internet se
observan algunas variaciones,
propias del carácter artesanal que reviste.
Simbolismo
La primera presentación
oficial del poncho riojano fuera de la provincia ocurrió durante los festejos
por el bicentenario de la Patria (2010), realizados en Buenos Aires. Para la
oportunidad se difundió una explicación
sobre su simbolismo, la que se resume[15]:
“a) Fondo o campo rojo que
asociamos al federalismo por el que dieron la vida nuestros caudillos. de la
prenda está asociado al federalismo por el que dieron la vida nuestros
caudillos.
b) Borde de
fleco negro con galón esparragado negro y blanco
c) En ambos
laterales listados con los colores típicos de la palea de nuestra tierra y en
forma paralela una guarda usada en la decoración, tanto por diaguitas como por
capayanes, aborígenes que habitaron nuestro suelo y de quienes rescatamos su
bravura y actitud independiente. La mencionada guarda simboliza la tierra en su
perfil de montaña y trabajada en espejo como lo hacían nuestros pueblos
originarios se forma la cuartriparticion [sic] cósmica (Este, Oeste, Norte,
Sur) síntesis de la visión de su vida celestial y terrenal.
Asimismo, el
sencillo diseño de cruz que se forma centrando la guarda, representa la lluvia,
simboliza el agua que desde siempre imploramos los habitantes de esta tierra.
El color negro
de la terminación transversal de la boca del galón simboliza el luto respetuoso
y eterno y la reivindicación de todos los riojanos que murieron en pos de un
ideal”.
Concluyendo:
- Es por demás significativo que una provincia tan tradicional como La Rioja haya oficializado desde el año 2010 un diseño de poncho como símbolo, al par que su bandera, escudo himno y flor característica.
- Corresponde reformar la Ley en su Artículo 2º, con el fin de preservar en forma adecuada para la posteridad el modelo patrón - primer ejemplar del poncho riojano.
- Con toda lógica su difusión es primordialmente local y en tal carácter lo visten con todo orgullo sus gauchos, folkloristas, gente de pueblo y aún los políticos.
- De esta manera, las teleras riojanas suman un producto más a su extenso inventario y con él se hacen presentes en festivales, concursos, mercados artesanales de todo el país y otros eventos, con lo que colaboran señaladamente en la difusión del poncho que identifica a su Provincia.
- En cuanto a los comentarios realizados sobre la Ley que lo consagró con este significado, bien se podría dictar una norma complementaria que pueda atenderlas.
Notas previas de la Serie (con su correspondiente link de acceso):
·
“Ponchos provinciales”: https://banderasargentinas.blogspot.com/2023/12/de-ponchos-e-identidades-nota-1.html
·
“Salta, el primer poncho/ bandera”: https://banderasargentinas.blogspot.com/2024/01/de-ponchos-e-identidades-nota-2.html
· “El poncho santafesino, nuevo símbolo provincial”: https://banderasargentinas.blogspot.com/2024/01/de-ponchos-e-identidades-nota-3.html
Tucumán - “El primer poncho oficial”: https://banderasargentinas.blogspot.com/2024/01/de-ponchos-e-identidades-nota-4-tucuman.html
Notas y referencias
[5] Estudiosos como Antonio Larrouy, Eric Boman, Alberto Bixio y
Constanza González Navarro han señalado la dramática y casi total desaparición
de los archivos riojanos anteriores a la mitad del siglo XIX, con lo que se
perdieron elementos preciosos para documentar la realidad de siglos anteriores.
En gran parte, señalan que durante las guerras civiles se usó el papel para
fabricar los cartuchos usados para las armas de fuego. Es aun escaso, aunque
activo, el movimiento de reasunción de la identidad cultural por parte de los
conjuntos prehispánicos, lo que determina que el enunciado no está cerrado ni
mucho menos. Eventualmente se apunta también el aporte de los calchaquíes. El tardío
rescate de las tradiciones orales también dificulta la tarea. Un panorama
accesible en Boixados, Roxana y Larisgitía, María Clara. “Archivos y (des)
memorias indígenas en La Rioja (Argentina) Consideraciones a partir de
experiencias de trabajo sobre el pasado y el presente”. En Corpus. Vol. 10, Nº1/2020: https://journals.openedition.org/corpusarchivos/3707investigaciones de
Cynthia Pizarro
[6] Instituto Nacional de Estadística y Censos – INDEC. Censo Nacional
de Población, Hogares y Viviendas-2010: Censo
del Bicentenario. Pueblos originarios: región Noroeste Argentino. Capítulo:
La Rioja, pp. 50 a 67. Buenos Aire.
2015: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/pueblos_originarios_noa.pdf
[7] A poco más de 170 km. de la ciudad de La Rioja.
[8] Mandatos: 2007/ 2011, 2019/2023
y 2023/2027; senadora de 2011 a 2017.
[9] Silvia Quintero Elías. Según referencias es: Lic. en Folklore, titular
de la cátedra Historia del Atuendo y
de las Expresiones Populares (Instituto
“Prof. Mario Crulcich”). Es asesora del Inst. Municipal de Arte de La Rioja. Su tesis “Gauchos
Riojanos, hoy”, publicada, fue declarada de interes por la Cámara de
Diputados de la Nación (Resolución en expediente 4279-D-2009). Experta en
investigacion de Culturas Tradicionales. Directora General de Artes en la
Secretaría de Cultura de La Rioja y docente en el Centro Nacional Polivalente de
Arte, La Rioja.
[10] Marcos Caram es diseñador textil, especialista en Planificación Estratégica y Desarrollo
Sustentable e Internacionalización de
Artesanías Tradicionales: https://www.linkedin.com/in/marcos-ariel-caram/?originalSubdomain=ar
[12] Contactos: Teléfonos: 3804-244400 y 4490111. https://www.facebook.com/ArtesanasTelerasLaHuerta
[13] En https://www.youtube.com/watch?v=QO5lWmz4uCo podrá verse algo sobre el proceso artesanal que implica elaborar un
poncho.
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