La banderola de honor General Don Martín Miguel de Güemes
Por Miguel Carrillo Bascary
En este año 2021, en que los argentinos recordamos el bicentenario de la muerte del general Martín Miguel de Güemes, es oportuno brindar referencias sobre la banderola de honor con que le rinde homenaje la Gendarmería Nacional (G.N.), heredera de aquellas caballerías gauchas que supo mandar el prócer.
¿Qué son las banderolas de honor?
Este tipo de enseñas es propio del Ceremonial castrense y sus orígenes podrían remontarse a varios cientos de años. En Argentina aparecen en la formulación actual con la creación de la “banderola de honor del Gran Capitán de los Andes, General Don José de San Martín”, instituida en 1950 cuando se conmemoró el centenario de su fallecimiento. Más tarde se sumó la que analizaré hoy y, muy recientemente, se implementó la que honra al almirante Guillermo Brown.
Estas banderolas son vexilos de uso ceremonial y están destinados a honrar a los más reconocidos próceres argentinos. Apunto aquí que el general Manuel Belgrano carece de una banderola de este tipo, una falencia que estimo debería subsanarse a la brevedad, al respecto me permito postular que podría ser la Fuerza Aérea quien así lo haga ya que la misma distingue a sus oficiales superiores con una réplica del sable que le otorgó la Asamblea del Año XIII como premio simbólico por sus triunfos en Tucumán y Salta.
Asimismo, hay otras banderolas que honran a la autoridad que se hace presente en la unidad, por lo que al mismo tiempo es una señal de su presencia. En el Ceremonial de G.N. se califica expresamente como “banderola de honor” la que corresponde al Presidente de la Nación, que se iza abajo de la Bandera oficial de la Nación, de idéntica forma, pero de más pequeñas dimensiones: 40 cm de largo por 30 cm de ancho cuyo emblema será de 21 por 9 cm (BPGN 2272). En la práctica se designa a esta banderola con el Nro. 1.
Otros tipos de banderolas rinden honor y señalan la presencia en la unidad de altos jefes de la Fuerza, desde el rango de director general hasta los de jefes de escuadrón y de destacamento. Todas reconocen precedencia en favor de la Bandera Oficial de la Nación.
Marco
normativo
La banderola que honra al general Güemes fue creada en 1997 (por resolución del 21 de octubre), por el entonces, Director Nacional de Gendarmería, comandante general Timar Musumeci. Más tarde fue captada por el Reglamento Interno de Ceremonial de G.N. que aprobó la Res. Nº1.095/2000 de la Secretaría de Seguridad Interior (B.O.R.A. del 8 de septiembre del año-2000), cuya parte pertinente trascribo para un mejor conocimiento:
“6.009. Banderolas de Honor. La
banderola se izará para rendir honores a la autoridad que se halle presente en
el cuartel de Gendarmería Nacional.
a. Características. Las banderolas deberán guardar la
siguiente relación respecto de la Bandera Oficial de la Nación (Anexo VI).
1) Ancho de la banderola: ancho de la
bandera dividido por 7,5.
2) Largo de la banderola: largo de la
bandera dividido por 8,2. […]
b. Formalidades. Las banderolas se hallarán izadas
mientras en el cuartel permanezcan las autoridades referidas en el Anexo IV.
c. Cuando varias autoridades se encuentren presentes en
el mismo cuartel, se enarbolará la de quien desempeñe el cargo superior y la
del jefe de elemento, de tal modo que queden colocadas en orden de importancia
a 1 metro debajo de la Bandera Oficial de la Nación y a 30 cm una de otra.
d. Banderola del
Gran Capitán de los Andes General Don José de San Martín. Se izará junto
con la Bandera Oficial de la Nación en todos los cuarteles de la Fuerza, en las
fechas establecidas en el Cap II. [N.A.: ver
cuadro inserto al final de este opúsculo]
e. Banderola General Don Martín Miguel de Güemes. Se
izará junto con la Bandera Oficial de la Nación en los cuarteles de Gendarmería
Nacional.”
[N.
A.: estas son las imágenes que figuran en la publicación oficial del Reglamento de Ceremonial de G.N., Anexo 15
a), Obviamente se tratan de dos composiciones muy primitivas (por no usar un
lenguaje menos piadoso, por ende, no pueden tomarse como modelos-patrones. Para
ilustrar esta nota me permití elaborar otras, que son las que abren este
trabajo]
“1) En el anverso posee el escudo de
armas de Gendarmería Nacional, que es el Escudo de la familia Güemes, cuya
descripción heráldica es:
“Escudo partido en pal, el primer
cuartel de mano derecha, en campo de oro, cruz ancha de veros azules y de
plata, el segundo cuartel de la izquierda, en azul castillo de oro (Pruebas de
nobleza de Don Manuel de Güemes Esles Gutiérrez De La Concha y Campero año 1739
y de Don Leonardo de Güemes Gutiérrez y De La Huerta año 1740, Legajo Nº
11.805, Expedientes 1675 y 1643 respectivamente, existentes en la Biblioteca
Nacional de Madrid)”.
2) El reverso posee el emblema oficial
de Gendarmería Nacional.
3) Medidas:
- Banderola: 40 x 40 cm.
- Escudo de armas: 30 x 30 cm.
- Emblema: 28 cm de ancho x 12 cm de
alto.
4) Colores:
- Banderola: fondo verde petróleo.
- Emblema: dorado.
(N.
A.: se verá que nada dice respecto del escudo, sin embargo, el Anexo 15 b)
al Reglamento señala en su ítem 4 b) “Escudo
de armas: según corresponda”)
5) Fechas en que será izada:
- 08 Feb
1785: Nacimiento del General Güemes.
- 17 Jun
1821: Fallecimiento del General Güemes.
- 28 Jul
1938: Creación de Gendarmería Nacional.
- Fecha de creación de los elementos de Gendarmería Nacional.
El paño
Es liso, la norma lo define como “verde petróleo”, sin referenciarlo con alguna de las es calas cromáticas de uso internacional, circunstancia que dificulta la correcta reproducción de la divisa. Acompaño dos fotografías de una banderola actualmente en uso que brinda una mejor aproximación a qué debería entenderse por tonalidad “petróleo”. Lo que no se manifiesta es porqué se eligió este tono cuando la lógica hubiera indicado adoptar un verde oliva, según es el estandarte de la Fuerza.
Evaluación
del diseño
a) Sobre el anverso de la banderola
La imagen (Nº1) que se presenta en el Reglamento de Ceremonial de G.N. y que también aparece en otras fuentes de Internet, así como la reproducida en la banderola en uso (Nº2) no se corresponden al modelo heráldico que debió usar la familia Güemes en su origen (Nº3), ya que incumplen una elemental regla de la Heráldica, que dispone que los lambrequines que ornamentan el escudo deben ser, imperiosamente de los metales y esmaltes (colores) que predominan en el campo.
Si, como lo vemos, en éste privan el oro (amarillo), el gules (rojo) y el azur (azul), así deben ser los lambrequines. En el modelo del Reglamento (Nº1) se representan en ¡oro y púrpura (violáceo)! La misma observación vale con respecto a las plumas que ornan al yelmo, que en el dibujo oficial está muy borroneado, lo que impide juzgar sus características.
Por su parte, el castillo del modelo oficial (Nº1) lleva sus aberturas en sable (negro), al igual que en el ejemplar fotografiado (Nº2), mientras que en el blasón que tengo por correcto (Nº3), todas están aclaradas en gules (rojo).
En la fotografía del anverso (Nº2) los lambrequines y las plumas son de oro y azur, pero sin ninguna justificación se omite al gules (rojo) de la bordura. En cuanto al burelete, es de oro (amarillo), cuando según la Heráldica debe ser de lo mismo que los lambrequines, es decir: oro, gules y azur.
Tampoco se corresponde al blasón familiar (Nº3) el sinople (verde) que se expresan la partición siniestra del campo según está en el Reglamento (Nº1), ya que en origen es azur (azul). En la fotografía del anverso (Nº2) los esmaltes y metales del campo sí se corresponden con la descripción antigua, pero obviamente contradicen lo que sugiere la pobre imagen del Reglamento.
La imagen que obra al inicio de esta nota constituye mi interpretación sobre cual debería ser la forma de la banderola en comentario, para elaborarla seguí los antecedentes históricos y heráldicos, aplicado a un paño "verde petróleo".
b) Sobre su
reverso
Modelo Nº2
El principal error del diseño del ejemplar que se ilustra (Nº1) radica en que los gajos vegetales tienen hojas ovadas, nada que ver con los lobulados, que son los propios del roble, lo que se debió respetar atento lo dispuesto por el artículo 6.008 del Reglamento (Nº2).
La segunda observación se referencia con los sables, cuyos trazos están simplificados en el Nº1, en contradicción con el modelo del vexilo contenido en la publicación oficial (Nº2) (Ver al respecto mi trabajo anterior http://banderasargentinas.blogspot.com/2021/10/el-estandarte-de-la-gendarmeria.html)
Por otra parte, en el texto del Reglamento se indica que el emblema irá en dorado lo que se contradice con la imagen del reverso de la banderola que lleva anexa el Reglamento. Queda en claro que el texto excluye la posibilidad de cargar la pieza con el emblema en colores. Veo correcto que se apele a representar al elemento en dorado solamente, ya que se simplifica su aplicación material, además este metal jerarquiza la función de honor que es define al vexilo.
a) El
anverso
Carga el blasón atribuido a la familia Güemes que se adoptó como escudo de armas de la Fuerza por resolución del Director Nacional de Gendarmería, general de brigada Don Juan Manuel Bayon, en fecha 1º de agosto de 1980 inserta en Boletín Público de G.N. Nº1.792 del 13 de agosto de 1980.
Empleo
ceremonial
En la Sección correspondiente a los “Símbolos de Gendarmería” el RG–2 establece que la “banderola de honor General Don Martín Miguel de Güemes” se izará juntamente con la Bandera Oficial de la Nación en todos los establecimientos de Gendarmería, en las fechas conmemorativas que resultan del siguiente cuadro sinóptico, que también expone en qué días se usará la que conmemora al general San Martín:
DÍAS EN QUE ESTÁ ORDENADO EL
IZAMIENTO DE LAS BANDEROLAS DE HONOR |
|
Banderola “Gran Capitán de los Andes Don José de San Martín” |
Banderola “General Don Martín Miguel de Güemes” |
18 de enero: San Martín parte hacia
Chile al frente del Ejército de los Andes, 1817 3 de febrero: Combate de San Lorenzo, 1813 12 de febrero: Batalla de Chacabuco,
1817 25 de febrero: Nacimiento del general Don José de San Martín, 1778 5 de abril: Batalla de Maipú, 1818 14 de abril: Día de las Américas (Decreto Nº8.901/ 1944) 25 de mayo: Revolución de Mayo, 1810 20 de junio: Día de la Bandera Nacional (Ley Nº12.361) y del paso a la inmortalidad del general Don Manuel Belgrano, 1820 17 de agosto: Muerte del Libertador general Don José de San Martín, 1850 |
8 de febrero: Nacimiento del general Don Martín Güemes, 1785 en Salta 17 de junio: Fallecimiento del general Don Martín Güemes, 1821 28 de julio: Creación de Gendarmería Nacional, (Ley Nº12.367), 1938 En la fecha de creación de cada elemento de Gendarmería Nacional
|
Observaciones: La banderola “Gran Capitán” se iza en fechas directamente relacionadas al general San Martín, a las que se suman otras efemérides de carácter general. Mientras que la restante alude a circunstancias propias del general Güemes, más el día de la G.N. y las fechas relativas a la creación de sus elementos orgánicos.
Conclusiones
- Emplear este tipo de banderolas de honor es un gesto institucional que enaltece al inspirador de la Fuerza, el general Güemes.
- La normativa que la rige está plagada de contradicciones, a falta de lo que debió ser un buen modelo-patrón.
- Por esta misma razón es imperioso reelaborar las disposiciones relativas a tan señalada banderola, la que deberá contemplar las pautas definidas por los antecedentes históricos, la Heráldica y la Vexilología.
Nota: sirva este asiento como agradecimiento a la Lic. Ramonita Olmedo, por haberme facilitado elementos de la información que comparto.