miércoles, 3 de agosto de 2022

Banderas indígenas de Chile/ 3: Los pueblos de la ancestralidad mapuche

El gran tronco mapudungun

  

Por Miguel Carrillo Bascary

Los Mapuches

Este pueblo abarca varias ramas por lo que “ancestralidad mapuche” se ha propuesto un calificativo abarcador que designa al conjunto. Su principal rango en común es su lengua (mapudungun), si bien existen variantes particulares y tres tipos de alfabetos[1]. La movilidad social los hace presente prácticamente en la zona central y Sur del territorio de Chile. Localiza sus principales comunidades en las regiones de Biobío, la Araucanía, Los Ríos y en la de Los Lagos. Específicamente, desde el río Biobío y su afluente el Queuco, por el Norte, hasta la isla Coldita en la parte austral de la isla de Chiloé, por el Sur. En el Censo 2017, 1.745.000 0 personas se reconocieron como mapuches.

La Ley Nº19.253, sobre “Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas” (1993), que tomo como referencia en esta serie de notas, especifica en su Artículo 60:


Son mapuches huilliches las comunidades indígenas ubicadas principalmente en la X Región (actual Los Lagos) y los indígenas provenientes de ella”.

Esta definición hoy plantea una contradicción evidente, como se verá algo más adelante.

Wenufoye

El vexilo que define al colectivo surgió de un concurso que convocó el Aukiñ Wallmapu Ngulam o “Consejo de Todas las Tierras”, donde también participaron delegaciones llegadas de Argentina. Se aprobó el 5 de octubre de 1992[2]. Se designa a este vexilo como wenufoye (canelo del cielo)[3], árbol sagrado para la etnia. Fueron más de 500 los diseños que participaron, de los que 300 superaron la primera etapa de selección. Conmemorando el vigésimo aniversario del primer izamiento ocurrido el día 6 de octubre de dicho año[4], se fijó el mismo como “día de la bandera de la nación mapuche”, aunque en realidad la celebración se extiende durante una semana, ya que mantiene izada hasta el 13 de ese mes.

Cabe señalar también que en la República Argentina existen fuertes minorías mapuches que utilizan esta bandera. Fundamentalmente se ubican en las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut y La Pampa.

La infografía difundida por la “Fundación Colectivo Epew” sintetiza el simbolismo de los colores y atributos propios de la wenufoye: 

En cuanto al atributo central, muestra el diseño con que se pintan los pu kultrun ceremoniales (instrumento de percusión afín a los timbales o cajas) su simbolismo[5] se expresa con las siguientes referencias: 

La greca denominada ñimiñ, ngümin o güemil consiste en una sucesión de chacanas propias de las culturas andinas, un elemento cultural ampliamente captado por los mapuches en sus manufacturas textiles y que es particularmente visible en sus ponchos (makuñ) y vinchas (wincha). El escalonado mostraría las diferentes generaciones de mapuches. Hay 12 cruces por línea, representando a los jugadores del juego ceremonial llamado palín que suelen enfrentar a dos equipos de entre 5 y 15 participantes. Se le atribuye significar el poder transformador que surge de las artes y el trabajo. El negro y el blanco expresan el equilibrio de la dualidad del día y la noche, de lo tangible y lo intangible.

En aquella reunión trascendental de 1992 también se adoptaron otras banderas para representar agrupamientos mapuches referenciados con distintas identidades socio territoriales: huenteche (wenteche, arribanos, moluche, nguluche o guluche, presentes en la estribaciones andinas), ngache (nagpuleche, abajino, llanista o lelfunche), lefquenche (lafquenche, costino o lavkenche; gente del mar, ubicados hacia el Oeste ), pewenche (gente el pehuén, aludiendo a su alimento básico, situados al Este) y huilliche (guiliche o williche; gente del Sur) , a los que se podrían agregar los pikunche (gente del Norte) que registran una fuerte trasculturación con los pueblos norteños.

Las tres primeras se centran en el kultrun con símbolos solares: 

Banderas huenteche y nagche
(en las primeras versiones el kultrun estaba coloreado en amarillo, con trazos rojos) 

Bandera lefquenche (en su primera versión el diseño interno formaba un círculo y el kultrun estaba coloreado)

Banderas pehuenche y huilliche[6]

El diseño que dio forma a la wenufoye fue una sorpresa ya que la cultura mapuche usa banderas en azul y amarillo en ocasión de los nguillatún pu (rogativas), porque era dable esperar una composición que se basara en los mismos, claro que se trató de una apreciación netamente subjetiva.

Una recopilación sobre las banderas con significado religioso ya documentadas en el siglo XIX puede verse en Labra[7], quien apunta la existencia de vexilos amarillos, negros, azules y fundamentalmente blancos.

Rumbo a un nguillatun

Un alto número de otros vexilos identifican a diversas parcialidades mapuches, lo que cumplo en consignar. Así, la ancestralidad reconoce a los mahuidaches (montañeses) y a otros, los que eventualmente podrían adoptar banderas particulares. 

En el proceso de difusión de la wenufoye se manifestó un fenómeno de banalización hasta el punto que el dirigente Aucán Huilcamán, siete años después de la aceptación institucional de la bandera manifestó[8]:


Les recuerdo a todos que la bandera mapuche tiene por objeto exclusivo de acompañar el proceso de libre determinación mapuche y la restitución de las tierras (…) no es para uso folklórico, ni su uso en las instituciones públicas y tampoco para los municipios”.

Pese a tan significativa directiva en los últimos años se evidencia una tendencia contraria tanto en Chile como en Argentina, lo que va en contra el objetivo netamente político que en su origen se quiso dar al vexilo. 

La particularidad huilliche

Muchos huilliches protagonizan una fuerte reivindicación de su identidad y aspiran a no ser confundidos con los mapuches. Sin embargo, las opiniones están divididas, como se evidenció cuando en el año 2020 se presentó en el Senado de Chile un proyecto de ley que procuraba el reconocimiento oficial de este pueblo a través de modificar el Artículo 60 de la Ley Nº19.253. De haberse aprobado el texto hubiera quedado así:


“Son huilliches las comunidades indígenas ubicadas principalmente en la Regiones de Los Lagos y Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y los indígenas provenientes de ellas.”

La iniciativa generó un decidido rechazo por parte de algunas fracciones huilliches y de otros grupos del colectivo mapuche que desconocieron la diferenciación en duros términos[9], al par que operaron en su contra. Finalmente, el proyecto se archivó.

La referencia territorial huilliche comprende el archipiélago de Chiloé (Wapintu Chilwe mew), en el segmento continental habitan desde el río Tolten al Norte hasta un límite indefinido al Sur, ámbito que comparten con otros pueblos como el kawáshkar. Según el relevamiento tomado de las redes sociales, la parcialidad huilliche se identifica con varias banderas, como las que describen Fuentealba Hernández y Terraza Inostroza[10] que las referencian con entidades o comunidades de la etnia. Considerando esta pluralidad, eventualmente considero que puede haber emblemas de otras entidades del colectivo.

El común denominador entre ellas son las franjas, la primera es azul (representativa del mar), que suma en el cantón derecho[11] una guñelve (el lucero matutino, planeta Venus)[12] un diseño que curiosamente aparece con idéntica forma en el manto de la Virgen de Guadalupe (México, 1531); la segunda es una lista color café (aludiendo a la tierra) y la otra es verde (expresiva de los densos bosques de la comarca). En ocasiones el orden es distinto y otros el marrón luce tan oscuro que se acerca al negro.

Consejo General de Caciques de Chiloé (región de Los Lagos):

Federación de Comunidades Huilliches, de Chiloé


Asociación Indígena Urbana “José Antonio Huenteo Raín”, de Chiloé

También se han visto ejemplares que llevan la estrella en el centro de la franja azul:

 

La müpütuwe unen triwe es la bandera de la Junta General de Caciques de la Fütawillimapu (chesungun, “Gran tierra del Sur”), fundada en 1936 en la provincia de Osorno, con comunidades también en Valvidia y Chiloé. Lleva en su centro[13] un gajo de laurel (triwe). En algunas representaciones se adiciona un fuego en la base o sobre la derecha del vegetal. Por lo demás las referencias que indican sus atributos son evidentes. Su diseño original data de 1932 (sin el Sol, ni la Luna, ni el fuego) y se extendió su identificación con los huilliches hacia 1980[14].

Bandera de la Junta General de Caciques de la Fütawillimapu

 Variantes

En este panorama no se puede omitir la llamada "bandera Huilliche de la paz"(Füta Wapi Chilwa) a partir de la fotografía donde Pedro Huenteo de Chiloé y su familia (Chadmo, 1985)  y la representativa de la comunidad Wueketrumao (Quellón, Chiloé).


Versión datada en 1983

A su vez, los cuncos o puncos, se consideran parte de los huilliches. Sus descendientes se identifican en el Norte de Chiloé e islas cercanas. No cuentan con reconocimiento oficial. Se agradecerá cualquier referencia al uso de alguna eventual bandera. 

La peculiaridad pehuenche

Este pueblo, al que se caracteriza como la gente del pehuén, en alusión a la incorporación a su dieta tradicional del fruto de este árbol, originalmente se asentó en amas laderas de los Andes. La Etnología señala diferencias de origen con el grueso de los mapuches, pero experimentó un profundo proceso de transculturación que implicó su asimilación hacia el siglo XVIII. A partir de su radicación geográfica en la zona del Alto Bíobio y la Araucanía hoy forman diversos agrupamientos, algunos adoptaron banderas que los identifican, tal como se ejemplifica con la siguiente fotografía:

Bandera del Lob Pewuenche, Alto Bíobío

Otras banderas

El principio de la unidad en la diversidad se verifica en la existencia de emblemas particulares adoptados por algunas comunidades de la etnia.

 

Uno de ellos es de la comuna de Victoria[15], provincia de Malleco, región de la Araucanía, que muestra un interesante ejemplo de integración. Resultó de una convocatoria oficial a la que adhirieron las comunidades mapuches de la jurisdicción. Las mismas se representan en sus 77 estrellas, 38 en la parte superior y 39 en la inferior, las que vemos en la guarda superior orientan sus vértices hacia arriba. Mientras que las otras lo hacen en sentido inverso, dando equilibrio al conjunto. Sus franjas llevan los colores: negro, que indica la lluvia y el poder del agua; el azul, propio del cielo, los buenos tiempos y la abundancia; el blanco, que habla de la prosperidad y la sabiduría, como forma de vida; el amarillo, que refleja al Sol, al bien y la luz, y el verde, que remite a la fertilidad, a la sanación y a los campos fértiles, símbolo de vida, también es representativo de la machi, por eso está en la parte inferior, como base de todo el vexilo. En el centro se ubica el kultrun, donde los coiques aluden a la tradición y se suman: el Sol, la Luna, un palín y un par de sonajas, símbolos del poder mágico. Como apreciación personal señalo que las tres franjas centrales son idénticas a la “bandera de la Patria Vieja[16]” y a la enseña que identifica a los mapuches-tehuelches[17] del Chubut (Argentina).

En torno al guñelve[18] (yelfe o wünelfe), el lucero del alba (planeta Venus), es un octagrama que compone una estrella de ocho puntas, que también según la Heráldica europea se expresa como una cruz foliada. El diseño sigue una antigua tradición que algunos remontan al toqui (cacique) Leftraru (Lautaro) y, que según sostiene el investigador Soublette[19] fue incluida por el libertador O’Higgins en la primera bandera del Chile independiente.

En los hechos el guñelve registra variantes: 

 

Diversas versiones de guñelve 

En algunos casos el guñelve acompaña a una media Luna (Kuyén) 

En igual sentido, el Consejo Comunal de Lonkos de Vilcún (provincia de Cautín, región de Araucanía), con la anuencia del gobierno local, adoptó como emblema común el siguiente diseño:

Bandera del Concejo Comunal de Vilcún

A su vez, muchos clanes (lof) también se han dado banderas particulares, lo que se ejemplifica con la que pertenece al de Temucuicui, comuna de Ercilla, provincia de Malleco, región de la Araucanía:

Bandera del lof Temucuicui

También en algunos barrios de las grandes ciudades se evidenció tempranamente la necesidad de auto identificación. Prueba de ello es la bandera de la Asociación de Mapuches Urbanos Lelfunche. En la comuna de La Florida, Santiago de Chile, que data del año 2002. El verde referenciaría a la enseña de dicha comuna.

Diversos grupos de acción directa se manifiestan con vexilos que portan variaciones de los emblemas reseñados. Es el caso de la “bandera roja mapuche”, propuesta como símbolo de la resistencia en el año 2021[20]. También las hay con paños negros, reminiscente expresión de un anarquismo étnico y xenófobo. 

Banderas de raíz históricas

En el poema épico “La Araucana”, escrito en 1569 por Alonso de Ercilla (1533-1594) se menciona que el jefe mapuche Talcahuano y su hueste llevaban sus pechos pintados con “bandas azules, blancas y encarnado”[21]. Cita que para algunos reflejaría la existencia de un estandarte de esos colores. Por su parte, Stanislas Famin[22] (1839) consigna que “El estandarte de los Araucanos es una estrella blanca en campo azul”.

En tanto que, el conocido pintor fray Pedro Subercaseaux (1880-1956) representa al gran jefe Lautaro (Halcón Veloz; ca. 1534-1557) en actitud desafiante sosteniendo un estandarte con la guñelve. Esta imagen tuvo gran aceptación popular y muchos la consideran plenamente “histórica”, hasta el punto de que suele dársele crédito, sin reparar el anacronismo:

El joven Lautaro” (fragmento), 
fresco en la Comandancia del Ministerio de Defensa, Santiago, Chile. Ejecutado en 1946 

Diversos vexilógrafos representaron estos emblemas con los siguientes intentos de reconstrucción[23]:


En esta relación no puede faltar la mención del “reino de la Araucanía y Patagonia”, fracasado intento del aventurero francés Oréil Antoine de Tounens[24], quien contando con la anuencia del lonko Külapang (José Santos Quilapán) y de otros, en el parlamento celebrado en Quilin, proclamaron este peculiar reino que teóricamente abarcó esa región chilena y que inmediatamente después reclamó la meseta patagónica oriental hasta el estrecho de Magallanes. El intento se mantuvo entre 1860 y 1862, desde entonces la entidad constituyó un estado efímero “en el exilio”. La bandera con la que se identificó el “reino” desde 1861 es la siguiente:

 Reino de la Araucanía y Patagonia

Ya durante su estancia en Francia, de Tounens modificó la disposición de sus franjas. Este es diseño que trascendió, mientras que el original está casi olvidado.

Segunda y actual bandera de Araucanía y Patagonia

En una nota anterior “Las banderas de la Araucanía y Patagonia. Hipótesis vexilológicas” me explayé sobre esta temática: http://banderasargentinas.blogspot.com/2022/07/las-banderas-de-araucania-y-patagonia.html 

Bandera de la Federación Araucana

En 1922 se constituyó la Federación Araucana, que lideró Manuel Aburto Panguilef, para bregar por los intereses mapuches y rescatar la cultura de la etnia. Como símbolo palpable de su accionar, durante el 14º Congreso Araucano, reunido en Plom, Maquehua, región de la Araucanía, en 1934, la entidad se dio una bandera representativa que subsistió hasta el año 1946. Confieso que cuando visualicé por primera vez la imagen que ilustra el símbolo llegué a pensar que se trataba de una reconstrucción en base a un fragmento. Posteriormente encontré el bosquejo que se acompaña[25] y una referencia explícita[26].

En ella vemos otra vez el uso del azul, el blanco y el amarillo que más tarde se evidenciarán en la bandera del pueblo mapuche-tehuelche de Chubut.

Terminando

Mucho más es lo que podría ampliarse, sin duda alguna, ya que la evolución de los vexilos de origen mapuche evidencia una notable vitalidad. Basta esta aproximación como marco de referencia de futuros estudios.

 

Advertencia. Compuse esta nota en base a fuentes heterogéneas. Algunas de ellas son evidentemente parciales, también podría deslizarse un eventual error de información o de interpretación y, seguramente, omisiones significativas. La premisa fue no “hacer política” ni permear alguna ideología, por lo que se puso todo el esfuerzo para practicar las comprobaciones necesarias. Reitero, en Vexilología se estudian las banderas sin formular juicio respecto de las realidades y valores que expresan.

Agradeceré cualquier información que permita avanzar en el análisis o completar las referencias consignadas, en cuyo caso sería pertinente expresar su origen a fin de considerar incorporarlo a una segunda versión del estudio.



Notas y referencias:

[1] El alfabeto de Anselmo Ranguileo, el unificado creado en 1986 por la Sociedad Chilena de Lingüística y el azümchefe. Ref.: LARA MILLAPAN, María Isabel. Aprender a leer y a escribir en lengua Mapudungun. Tesis doctoral. Universidad Autónoma de Barcelona. 2012. https://www.tdx.cat/bitstream/handle/10803/107892/milm1de1.pdf

[2] Un fundamental estudio sobre el surgimiento de la bandera mapuche en: LABRA MOCARQUE, Ricardo. “Narraciones del origen desde una materialidad nacional moderna. El proceso de creación del Wenüfoye (Bandera Mapuche) y su proliferación no tradicional”. En CUHSO (Temuco). Vol. 30. Nº1. Temuco. 2020 https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S2452-610X2020000100163

[3] Si bien el término wenufoye es masculino, por ser un textil y asimilarse a una bandera, es usual que se lo caracterice en femenino. Para destacar su importancia algunos autores lo escriben iniciado con mayúscula.

[4] El izamiento ocurrió en la plaza “Lautaro” de la ciudad de Temuco, provincia de Cautín, región de la Araucanía, en el marco de una gran manifestación que fue violentamente reprimida por las fuerzas de seguridad chilenas.

[5] Para ampliar ver: GREBE, María Ester. El Kultrun mapuche: un microcosmos simbólico. Sin data: https://www.academia.edu/4499127/El_Kultrun_mapuche_un_mlcrocosmo_simbolico

[6] Este diseño de bandera huilliche es notoriamente parecida al que las islas Seychelles adoptó en 1996, en donde los colores son: azul, amarillo, rojo, blanco y verde, con idéntica disposición.

[7] Véase LABRA MOCARQUE, R. Ob. cit.

[8] Cita tomada de LABRA MOCARQUER, R. Ob. cit.

[11] También hay representaciones con el Lucero en el centro de la primera banda.

[12] Cada una de sus puntas representa a los poderes de la Naturaleza: la lluvia, el viento, el Sol, el cielo, el mar, el trueno, el bosque y, eventualmente, a la humanidad.

[13] Se han visto representaciones donde el laurel nace en el horizonte.

[16] La “Patria Vieja” es la denominación que recibe el primer gobierno de Chile (1812-1814). En realidad, usaba azul en vez del celeste, pero podría admitirse la variación.

[17] Esta bandera data de 1987, fue oficializada en el año 1991 por Decreto Nº1.820 del gobierno de esa provincia.

[18] Para apreciar la simbología de los astros en la cultura mapuche puede consultarse con provecho a MOULIANA, Rodrigo; CATRILEOB, María y HASLERC, Felipe. “Correlatos en las constelaciones semióticas del sol y de la luna en las áreas centro y sur andinas”. Boletín del Museo Chileno de Arte Precolombino. Vol. 23, Nº 2, 2018, pp. 121-141, Santiago de Chile: https://www.readcube.com/articles/10.4067%2Fs0718-68942018000300121

[19] SOUBLETTE, Gastón. La Estrella de Chile. Edic. Universitarias Valparaíso. Valparaíso.1984.

[21] Canto XXI: “Siguiéndole su gente de pelea/ Por los pechos al sesgo atravesadas/ Bandas azules, blancas y encarnadas”: https://www.cervantesvirtual.com/obra-visor/la-araucana--1/html/014721b2-82b2-11df-acc7-002185ce6064_28.html#I_81_

[22] En “Los Araucanos”. Historia de Chile. Barcelona. Imp. del Guardia Nacional. p. 14: http://www.bibliotecanacionaldigital.gob.cl/visor/BND:8388

[23] Jaume Olle y Antonio Martins, FOTW/Crwflags; Eugenio Ipavec, Wikipedia y PersicFlor, Wikipedia.

[24] Para algunos fue un agente de Napoleón III quien buscó extender la influencia de Francia en Sudamérica.

[26] PANGUILEF, Manuel Aburto (1887-1952). Libro Diario del presidente de la Federación Araucana. André Menard, editor. CoLibris, ed. Santiago de Chile. 2013, p. 91/XCI: https://datospdf.com/download/manuel-aburto-panguilef-y-los-archivos-de-la-federacion-araucana_5abb80c1b7d7bc0242800934_pdf

 Adenda: la imagen de la lefquenche original es de Antonio Martins/FOTW, al igual que la guñelve celeste y negra, junto a Jaum Olle

de Napoleón III quien buscó extender la influencia de Francia en Sudamérica.

martes, 2 de agosto de 2022

Promesa a la Bandera de argentinos residentes en el exterior

Afianzando los vínculos, en clave de celeste y blanco 

Por Miguel Carrillo Bascary 

Argentina fue históricamente un generoso país abierto a todos los hombres del mundo que quieran habitar su suelo”, como reza su Constitución que se aprobó en el ya muy lejano año de 1853. Así ocurrió durante buena parte de los siglos XIX y XX, donde centenas de miles de inmigrantes se llegaron hasta los límites nacionales. Formaron aquí sus familias y dejaron una numerosa descendencia que caracteriza a la Nación

Por distintas razones en los últimos años cientos de miles de argentinos y argentinas han tenido que abandonar nuestro país para radicarse en el exterior. Es una dolorosa realidad que toca a todas las familias.

Para atender al deseo de muchos el Gobierno nacional, en el curso de la anterior gestión, implementó un procedimiento destinado a reforzar los vínculos de la nacionalidad tomando como referencia la emotiva promesa de lealtad a la Bandera Argentina que tradicionalmente prestan los niños durante su escolaridad primaria.

La norma se implementó por resolución conjunta de los ministerios de Educación y de Relaciones Exteriores, fechada en julio del año 2019. Sin embargo, entiendo que no tuvo la adecuada difusión, por lo que entendí adecuado darla a conocer en este Blog que se especializa en Vexilología y Ceremonial y que llega a tantos miles de lectores de todo el mundo.

Para quienes no sean argentinos interesa destacar que la ceremonia se implementó a comienzos del siglo XX como forma de afianzar los vínculos emotivos de los escolares en una sociedad que se caracterizaba por su enorme movilidad social y por su heterogénea composición, donde casi una tercera parte de sus padres eran extranjeros. La realizan los niños del cuarto grado. ya que en las primeras décadas de vigencia era el máximo nivel de escolaridad al que accedía la mayoría, antes de ser quitados de las aulas por sus padres para volcarlos al mercado laboral. Una dramática decisión que fue desapareciendo con el incremento de la prosperidad general a mediados del pasado siglo.

Los lineamientos de la ceremonia cívica se basaron en la pledge of allegiance institucionalizada en los Estados Unidos. La tradición se extiende hasta el presente, conservando una estructura que ha permanecido con muy poca variación, aunque la fórmula de la promesa haya ido variando.

Se trata de una ceremonia plena de emociones tanto para los pequeños como para sus familiares y aún para los docentes. De hecho, implica la primera oportunidad en que asumen un solemne compromiso de vida, por lo que sus circunstancias marcan fuertemente las almas de los promitentes.

La norma que se presenta cuenta con una fundamentación suficientemente extensa que expone la motivación del acto. Empero, me permití destacar algunos conceptos de particular significado y adicionarles, entre corchetes, unos pocos acápites.

Cuenta con un Protocolo anexo donde se expone la forma en que deberá realizarse la convocatoria, los requisitos previstos para los interesados, un guion para desarrollar la ceremonia y la fórmula de promesa propiamente dicha.

En principio está destinada a los argentinos o hijos de argentinos residentes en el exterior del país que hayan cumplido 9 años de edad y que se encuentren cursado su escolaridad primara, aunque el espíritu de la norma obviamente no excluya a quienes tenga una edad superior.

La convocatoria queda a cargo de las representaciones argentinas, embajadas, legaciones y consulados. Como fecha de toma se establece al 20 de junio, fecha por antonomasia, por ser el “día de la Bandera nacional” y al mismo tiempo la conmemoración del fallecimiento del general Manuel Belgrano, su creador; con posibilidad de realizarla en otras dos efemérides significativas para los argentinos, el 25 de mayo, conmemoración del primer gobierno patrio y el 9 de julio, aniversario de la independencia.

Entiendo que para las personas que lean esta nota y que tengan familiares residentes en el exterior será de particular interés hacerles conocer esta norma, ya que implica la posibilidad de que procuren proporcionar a sus hijos la posibilidad de concretar esta promesa. Indico que no basta esperar pasivamente que los funcionarios organicen esta instancia, para la burocracia siempre será “un trabajo más”. Todo lo contrario me permito aconsejar una actitud proactiva, sepan los interesados que en virtud del artículo de nuestra Constitución gozan del derecho de peticionar a las autoridades y que, en consecuencia, están legitimados para presentarse en las legaciones argentinas y solicitar que se ocupen de convocar a los niños a estos efectos. No se trata de un acto opcional para los responsables de las mismas sino de una obligación que puede ser demandada por los argentinos residentes en sus respectivas jurisdicciones. 

Texto oficial de la norma

Fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Nación, edición del 20/08/2019

Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/213738/20190820

 

“Promesa a la Bandera de argentinos residentes en el exterior

Resolución Conjunta 1/2019 – Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (RESFC-2019-1-APN-MECCYT)


Ciudad de Buenos Aires, 5 de julio de 2019


VISTO la Ley Nº20.957 del Servicio Exterior de la Nación, la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional, la Ley N° 26.481 de Promesa de lealtad a la Bandera Nacional, la Resolución del Ex Consejo Nacional de Educación Nº2.589 de fecha 28 de septiembre de 1976, la Resolución del ex Ministerio de Educación Nº465 de fecha 29 de octubre de 2009, el Decreto Nº1.960 de fecha 15 de julio de 1980, y el Expediente N° EX-2019-19389420­-APN-DNCI#MECCYT, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Bandera Oficial de la Nación Argentina, aprobada por el Congreso de Tucumán, es un símbolo de la soberanía de la Nación y de la majestad de su historia, y es el Poder Ejecutivo quien reglamenta su uso.


Que es una costumbre en todas las escuelas de la República Argentina la toma de la Promesa de Lealtad a la Bandera Nacional en adelante “Promesa” a los niños que estuviesen cursando el cuarto año del nivel primario, el día 20 de junio, en conmemoración de la fecha en la cual falleció Manuel Belgrano.


Que la Promesa es un acto cívico de homenaje y fidelidad a la Patria, un tributo a quienes construyeron nuestro país, y un reconocimiento a los valores de la libertad, la tolerancia, la justicia, la igualdad, la paz y la solidaridad.


Que la Ley Nº26.481 de Promesa de Lealtad a la Bandera Nacional estableció la promesa de los jóvenes, adultos y adultos mayores, hombres y mujeres, que por distintos motivos no pudieron realizarla.


Que es indispensable respetar los derechos fundamentales de toda persona en lo que hace a la formación de su identidad nacional y de sus valores culturales, respeto de su país, con motivo de su nacionalidad y/o la de su núcleo familiar.

Que la “Convención Internacional sobre la protección de los derechos todos los Trabajadores Migrantes y sus familiares” en su Artículo 31 reconoce la identidad cultural de los trabajadores migrantes y de sus familiares, e insta a los Estados a permitir que éstos mantengan vínculos culturales con sus Estados de origen.

Que la Ley de Educación Nacional N°26.206 en sus Artículos 2° y 3° define a la educación como un bien público necesario para reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación.


Que, en suma, en su Artículo 115 impone al Ministerio de Educación el deber de asegurar el cumplimiento de los principios, fines, objetivos y previsiones que establece para el Sistema Educativo Nacional, entre los cuales se encuentra la Promesa.


Que la Resolución Nº2.589/76 del ex Consejo Nacional de Educación creó el Servicio de Escolarización a Distancia (SEAD) destinado a los niños de edad escolar primaria que, por causas justificadas, no puedan acceder a los sistemas de escolaridad vigentes en el país.


Que el Decreto N°1.960/80 ratificó el convenio suscrito entre el ex Ministerio de Cultura y Educación y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, mediante el cual se estableció la participación de las representaciones argentinas en el exterior en la toma de exámenes y otros servicios a la comunidad argentina en el extranjero en el marco del desarrollo del programa SEAD.


Que mediante la Resolución Nº65/09 del ex Ministerio de Educación, se actualizó la reglamentación del SEAD, permitiendo la continuidad de la práctica del idioma nacional, recibir una formación complementaria de contenidos de Historia, Geografía, Formación Ética y Ciudadana/ Educación Cívica, entre otras materias, y mantener el sentimiento de pertenencia y los lazos culturales con la República Argentina.

Que los connacionales que residen en el exterior y sus familiares que allí se encuentren requieren una atención específica del Estado, a fin de disminuir el impacto del desarraigo en su acceso a prácticas culturales argentinas, entre las cuales se encuentra la Promesa, motivo por el cual resulta conveniente institucionalizar el Acto en las Representaciones argentinas para tales casos.


Que la presente medida constituye uno de los múltiples recursos que permiten ampliar y diversificar las oportunidades de generar, mantener y reforzar los vínculos culturales con la Nación Argentina de la comunidad en el extranjero.


Que las acciones de vinculación con la comunidad argentina residente en el exterior son parte de la estrategia de Diplomacia Pública del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con el objeto de promover los valores y cultura nacionales, así como las prioridades de la política exterior de la Nación.


Que la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y Diplomacia Pública del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ha intervenido en el ámbito de su competencia.


Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ha intervenido en el ámbito de su competencia.


Que la Secretaría de Gestión Educativa y la Dirección Nacional de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología han intervenido en el ámbito de sus competencias.


Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología ha intervenido en el ámbito de su competencia.


Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 18 y 23 quáter de la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias.


Por ello, el Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto RESUELVEN:


Artículo 1º.- Establecer la toma de la Promesa de Lealtad a la Bandera Nacional a aquellos argentinos y/o hijos de argentinos residentes en el extranjero, que no lo hubieran realizado anteriormente y voluntariamente quieran hacerlo.


Artículo 2º.- Encomendar la ejecución de la toma de Promesa en el extranjero a la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y Diplomacia Pública del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, facultando a su titular a dictar los actos administrativos correspondientes a la ejecución e implementación de la misma, de acuerdo con el Anexo a esta Resolución Conjunta.


Artículo 3º.- Aprobar el Protocolo para el Acto de Promesa de lealtad a la Bandera Nacional en el extranjero, que como Anexo (IF-2019-19891976-APN-­DNCI#MECCYT) forma parte de la presente Resolución Conjunta.


Artículo 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firman: Alejandro Finocchiaro - Jorge Marcelo Faurie, ministros”.

 

Anexo I - PROTOCOLO PARA EL ACTO DE PROMESA DE LEALTAD A LA BANDERA NACIONAL EN EL EXTRANJERO


I – Sujetos Alcanzados – Requisitos

a) Ser argentino y/o hijo de argentinos

b) Tener al menos 9 años de edad, o estar cursando el equivalente al cuarto año del nivel primario de acuerdo con el sistema argentino

c) Residir en el extranjero

d) No haber realizado la Promesa con anterioridad


II – Procedimiento

1.- [Convocatoria ] Las Representaciones argentinas en el exterior difundirán el llamado a participar del Acto de Promesa a la comunidad argentina de su jurisdicción, con una anticipación de dos meses antes de la fecha de la Promesa, que será cada día 20 de junio, o fecha equivalente a la de realización del acto en las escuelas que se encuentren en el territorio nacional, o excepcionalmente en las fechas patrias del 25 de mayo o el 9 de julio, de acuerdo con la disposición de cada Representación. Al respecto, las Representaciones tendrán especialmente presente para la organización del acto la existencia en su jurisdicción de una escuela argentina y de alumnos del SEAD.


2.- [Interesados y requisitos] Las personas interesadas deberán manifestar su voluntad ante las Embajadas o Consulados de su jurisdicción, por medio de una inscripción a través de un formulario que contenga: a) datos personales, b) manifestación de voluntad de realizar la Promesa en la Embajada o el Consulado argentino, o institución que en cada caso se determine, c) permiso para participar del acto de los padres o tutores, en el caso de los menores de 18 años, y d) identificación personal que acredite identidad y, en caso de corresponder, que acredite la filiación con los padres o tutores.


III – Ceremonia

1. Ingreso o recepción de la bandera de Ceremonias.

2. Entonación del Himno Nacional.

3. Palabras de la máxima autoridad de cada jurisdicción; que a su finalización invitará a los asistentes a ponerse de pie.

4. Lectura de la siguiente fórmula de promesa, por la máxima autoridad de cada jurisdicción:

     “PROMESA DE LEALTAD A LA BANDERA NACIONAL

Argentinos,

Esta es la Bandera que creó Manuel Belgrano en los albores de nuestra libertad, simboliza a la República Argentina, nuestra Patria. Ella nos representa, nos cobija y nos iguala. Es cielo, es esperanza, es historia y tradición.

Representa los valores que los fundadores de la nacionalidad defendieron y promovieron con sus luchas y sus sacrificios, triunfos y derrotas.

Esos valores son los de la libertad, la tolerancia, la justicia, la igualdad, la paz y la solidaridad. Es el símbolo de nuestra soberanía.

Representa nuestra tierra y nuestros mares, nuestros ríos y bosques, nuestros llanos y montañas, el esfuerzo de sus habitantes, sus sueños y realizaciones.

Convoca al ejercicio de nuestros deberes y nuestros derechos, a respetar las leyes y las instituciones.

Evoca a nuestro presente, en el que día a día debemos construir la democracia que nos ennoblece, y conquistar el conocimiento que nos libera; y nuestro futuro, el de nuestros hijos y el de sucesivas generaciones de argentinos.

Es la expresión de nuestra historia forjada con la esperanza y el esfuerzo de millones de hombres y mujeres, los que nacieron en nuestra tierra y los que vinieron a poblarla al amparo de nuestra bandera y nuestra Constitución.

Junto con la Escarapela, El Escudo y el Himno Nacional, la Bandera es uno de nuestros símbolos patrios que unen a todos los argentinos, sin importar el lugar del mundo en el que nos encontremos, con nuestra cultura, nuestra historia y nuestras tradiciones.

Argentinos:

¿Prometen defenderla, respetarla y amarla, con fraterna tolerancia y respeto, estudiando con firme voluntad, comprometiéndose a ser ciudadanos libres y justos, aceptando solidariamente en sus diferencias, a todos los que pueblan el suelo y transmitiendo, en todos y cada uno de nuestros actos sus valores permanentes e irrenunciables?"

5. Los prometientes contestarán al unísono: “Sí, prometo.”

6. Los prometientes recibirán un certificado expedido por los Ministros de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Relaciones Exteriores y Culto.


IV – Registro

Las Representaciones conservarán en su archivo el listado de los prometientes que hayan participado de la ceremonia, incluyendo su nombre y apellido, domicilio, datos de contacto, e identificación personal que acredite su identidad. En cada ocasión remitirán a la Subsecretaria De Relaciones Institucionales y Diplomacia Pública del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y a La Dirección Nacional de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología una nota adjuntando dicho listado.

lunes, 1 de agosto de 2022

Un ejercicio de aplicación

Sutilezas que trascienden

 
Parque Centenario, ciudad de Bs. Aires, acto conmemorativo por la batalla de Pichincha
 

Por Miguel Carrillo Bascary

Analizaremos hoy el dispositivo de Ceremonial que ilustra la fotografía. Por supuesto que lo hacemos no para criticar desaprensivamente sino con el objetivo de perfeccionar la técnica con visión de futuro.

Todo se centra en las banderas, la de Argentina, la ecuatoriana y la que corresponde a la Ciudad Autónoma de Bs. Aires. Sus ejemplares se ajustan a las previsiones legales.

Obvio que el orden de precedencias está bien formulado, según la pauta lineal (de derecha a izquierda) pero a mi juicio se debió preferir expresarlo usando de la regla del centro ya que de esta forma la Bandera argentina destacará mucho más, sin afectar el principio de igualdad jurídica para con la de Ecuador que, a su vez se verá jerarquizada respecto de la cívica.

Como aspectos negativos se observa que se prescindió del uso de extensores de los paños, con lo que hubieran lucido mucho más destacados. Recordemos siempre que las banderas son una representación ceremonial de los pueblos y de los estados a los que corresponden. Esta es precisamente lo que fundamente la guardia de honor que prestan los granaderos.

Otro punto en falta es la disparidad que vemos en las moharras, debió cuidarse que todas dieran su frente a los asistentes.

Finalmente, el problema más evidente de todos, la corbata que corresponde a la bandera ecuatoriana no tiene flecos. Esta discordancia deja de ser banal, todo lo contrario. Implica una afectación al sacrosanto principio de la igualdad jurídica de los estados, piedra basal del Derecho Internacional y del Ceremonial. Más aún, cuando la que usa la enseña de la ciudad de Bs. Aires cuenta con este aditamento, aunque se trata de una unidad política de naturaleza subnacional.

Sin dudas que si el embajador ecuatoriano se hallaba presente en el homenaje debió advertir lo que último que dejamos expuesto, que en definitiva es un gratuito destrato que no merece la nación hermana.


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