Interpretación jurídica-vexilológica
Por Miguel Carrillo Bascary
A veces resulta necesario releer los documentos históricos para no dejarse llevar por la memoria y acaso caer en el error. La reciente celebración de los 210 años de la independencia argentina justifica la oportunidad para hacerlo con referencia a un tema muy debatido en la historiografía: el color de la Enseña patria. Para esto me serviré de dos vías, la jurídica y la vexilológica, en imprescindible relación.
En el principio.
Cuando en 1812 Manuel Belgrano mandó izar por primera vez la
bandera que había concebido la referenció al Gobierno[1]
como “blanca y celeste conforme a la
escarapela nacional”, sin que tuviera ninguna carga aplicada al paño.
Lo su sucedió después
A
través de Rivadavia, su secretario, el
Triunvirato no convalidó la iniciativa del prócer, antes bien le ordenó que
la reemplazara, pero como éste no llegó a conocer el despacho, el 25 de mayo de
1812 volvió a mostrar estos colores en Jujuy y a partir de entonces empezó su
difusión. Si se analizan diversos documentos que referencian los vexilos entre esa fecha y 1816, es evidente que estos colores celeste y blanco, adoptando diversos
diseños, en ocasiones con diferentes cargas (ej.: la el Regimiento "Patricios", paño con dos franjas, celeste y blanco, en horizontal con la Cruz de Borgoña y el Escudo de la Asamblea del Año XIII) o la del Regimiento 9 de Libertos (blanca, con el Escudo de la Asamblea y otros atributos).
La Asamblea General Constituyente
que se reunió en Bs. Aires al inicio de 1813 adoptó una marcha patriótica,
moneda y un sello que impuso para uso oficial. Formalmente no llegó a adoptar
una bandera, aunque algunos afirman que sí. Estos hechos anticipaban la proclama
de la independencia que no se pudo concretar e momento debido a las contradicciones que surgieron
y a los cambios del contexto político internacional.
De
alguna manera la composición de tres franjas, celeste, blanca y celeste se hizo
la más popular[2],
hasta el punto que se consagró oficiosamente. Esto último se verifica al
considerar que las instrucciones para el corso que se implementaron desde
mediados de 1815, dispusieron que estos navíos tremolaran “pabellón de las Provincias Unidas, blanco en
su centro y celeste en sus extremos al largo” (Artículo 3º).
La cuestión en 1816
El
24 de marzo de ese año se reunió en la ciudad de San Miguel de Tucumán el Congreso General de los pueblos del Río de
la Plata que, recordemos, abarcaba el territorio del antiguo virreinato de
ese nombre, es decir el que hoy corresponde a las repúblicas de Argentina,
Uruguay, Paraguay y Bolivia. Por diferentes motivos que no interesan a esta
breve nota, no todas las ciudades en condiciones de mandar delegados lo hicieron
así. Este Congreso tenía como misiones principales, considerar la declaración de la independencia y sancionar una constitución que
regulara los destinos del nuevo estado.
Para dar a conocer sus actos se creó un periódico que se llamó “El Redactor del Congreso Nacional” y se designó como director al presbítero Antonio José Valdés, quien anteriormente había dado muestras de su competencia y vocación de periodista. Allí se volcaron en forma resumida las principales incidencias de las sesiones y los textos de sus principales resoluciones. Esta es la fuente documental que se preservó luego de haberse perdido para siempre las actas originales de la corporación[3]. Su edición número diez del 3 de octubre de 1816, será el documento fundamental para este análisis:
Llegado
el 9 de julio se proclamó la soberanía
de las Provincias Unidas de América del Sur, como consta en el acta
respectiva que se circuló tanto en idioma castellano como en quechua y aymará[4];
pauta fundamental para señalar la entidad jurídica del nuevo estado y su propia
identidad.
Obtenido este primer objetivo el Congreso continúo
deliberando en procura del segundo, al par que debió
despachar numerosas cuestiones complementarias y otras de circunstancia.
En la sesión del 18 de julio, a propuesta del diputado por Mizque (Alto Perú)[5] Pedro Ignacio Ribera, se consideró si era procedente prestar juramento de lo resuelto, lo que llevaba implícito sostener la independencia. Puesta a debate la moción el cuerpo se pronunció en forma unánime porque:
“(…) se jurase la independencia del país por todos, empezando por los individuos del cuerpo soberano, lo que se efectuó el veintiuno y queda dicho en el número 6 del Redactor” (sic).
Superada
la cuestión pidió la palabra el diputado Juan
José Paso, quien de viva voz, “pidió
que se fijase, y jurase la bandera nacional”. Intervino entonces el
diputado Esteban Agustín Gascón
quien mocionó “que se diese orden para
que no se usase otra, en los regimientos, buques, etc.”
Puestas a consideración
ambas iniciativas “fueron apoyadas
suficientemente”, como reza “El Redactor”. Acto seguido se reproduce el segmento
pertinente de la publicación:
La
intervención de Paso merece comentarse
en detalle. En ejercicio su investidura el diputado destacó que, si se
acababa de declarar la independencia no solo era pertinente, sino necesario y
oportuno, fijar la bandera de la Nación como forma de manifestar la soberanía
del estado e, implícitamente, para que sirviera como pauta de identidad en el
concierto internacional. Todos estos conceptos están contenidos en las breves
líneas con que el priódico recogió su alocución.
Gascón complementó la propuesta sugiriendo que el vexilo también fuera divisa para el ejército, los
buques y demás ramos del gobierno, una disposición lógica e igualmente oportuna.
Esto evidencia con claridad que, tanto a la administración pública como las
fuerzas armadas, son elementos esenciales al estado neonato. Todo tiende a
manifestar la personalidad jurídica naciente.
Dos
días más tarde, en la sesión del 20 de
julio, fue nuevamente Gascón quien mocionó que:
“(…) se autorizase
por un decreto la bandera menor del país, azul y blanca, que actualmente se
usa; sin perjuicio de acordarse después la bandera grande nacional, según la
forma de gobierno que se adoptase, cuyo decreto pidió también se circulase”.
Para
comprender la propuesta debe sectorizarse la forma en que se formuló y acá surge una primera pregunta ¿por qué una ley y no un decreto, si el
Congreso actuaba como Poder Legislativo, en tanto que al Ejecutivo lo
encarnaba el Director Supremo? Desde la visión de un profano y, si nos
atenemos a esta caracterización, el Congreso debía expedirse por medio de leyes lo que contradice la del decreto que se demandó.
Sin embargo, hay que considerar dos cosas: la primera es que se trataba de un congreso
constituyente por lo que sus facultades superaban a lo estrictamente
legislativo.
Anticipándose a cualquier objeción que pudiera surgir
en el debate, Gascón distinguió entre
bandera “menor” y “grande”, es decir, “mayor”, calificativos que desde la Vexilología
se pueden reconfigurar como aquella de uso “civil”, destinada a emplearse indiscriminadamente,
aun por los particulares, y la “oficial”, esto es la que se reserva al estado a
través en sus diversas manifestaciones (unidades militares, buques de guerra, plazas
fuertes, correos, hacienda, moneda, documentos, frontis de los edificios o instalaciones
gubernamentales, etc.). A los ojos modernos puede sorprender esta dualidad, pero es muy lógica, en primer lugar por razones de costos, en segundo porque la oficial debía tratarse con mayor unción ceremonial atento a que representaba a la soberanía nacional en su más alta expresión.
La expresión del diputado descubre un aspecto sobreentendido entre sus
colegas, cuál es que los atributos (o cargas, con mayor precisión) de los
vexilos expresaran la forma de estado y de gobierno del país. No son aplicaciones aleatorias, mucho menos marketineras.
Recuérdese que, en ese tiempo, las
banderas oficiales (“grandes”) mostraban
los colores y elementos heráldicos, cuando no el blasón completo de los
monarcas, clásicos titulares de la soberanía. Eran muy pocas aquellas que
escapaban de esta composición; de hecho, las de Estados Unidos, San Marino, las de Francia
(en los períodos cuando fue república) y las que, a imagen de las anteriores, adoptaron
los estados americanos en los estadios más tempranos de su proceso de
formación.
En Tucumán se había debatido sobre la forma de
estado y gobierno; faltó nada para concebir a una monarquía constitucional erigiendo como rey a un descendiente de los
incas[6].
Lo impidió de momento la férrea opción por
la república que planteó fray
Justo Santa María y Oro (representante de Mendoza). Con el transcurrir de los
meses la evolución del pensamiento político viraría hacia una república, pero
entonces surgió la puja por dar al estado una organización unitaria o federal, disyuntivas que la Constitución
dictada por el Congreso en 1819 no resolvería y que, a la postre, recién, se definirá
en 1853. En cuanto al símbolo, la decisión era absolutamente lógica, si la bandera debía expresar identidad también
debía corresponderse con la personalidad jurídica del estado cuya forma aún
no estaba resuelta. Gascón terminó su moción solicitando que lo que resolviera debía
comunicarse a los pueblos mediante circular.
Quede en claro entonces que el Congreso adoptó la bandera menor el día 20 de julio y no el 25 como
consta en numerosísimas referencias y textos.
Por lo general la Historiografía acepta ambas fechas, sin observar que la verdad histórica impone mencionar la
primera fecha y que, citar a la segunda, no es jurídicamente admisible. Más aún,
es un gesto de liviandad afirmar que enseña se aprobó el 25 de julio de 1816.
Tanto la propuesta de Paso como la de Gascón se
resolvieron en el plenario, “en uniforme
acuerdo”; es decir, sin que hubiera disidencias, por unanimidad.
Posteriormente ocurrió algo que no consta en “El Redactor”, esto es que se encargó
al secretario adjunto, José Mariano Serrano, para que elaborara prolijamente un
proyecto de decreto acorde a la
resolución adoptada. Así lo haría, como se verá en la crónica que veremos
inmediatamente.
La
siguiente sesión fue el 25 de julio,
donde se sometió a la consideración de los congresales el texto de decreto preparado por Serrano, que se aprobó y sancionó como
se transcribe:
Según
lo ordenado por el Congreso en las sesiones del 20 y el 25 de julio, consta en
“El Redactor”, que se circuló a las provincias
las instrucciones de hacer jurar la independencia y,
también, lo previsto sobre la bandera de
la surgente Nación. Esto se cumplió en las siguientes semanas en cada una
de las ciudades donde se reconocían las facultades del Congreso. Conforme a la división
de competencias vigente, las ceremonias
fueron organizadas por los respectivos cabildos, dotándolas del aparato que
era habitual desde el tiempo de los austrias. El esquema tipo sustancial
era el siguiente: convocatoria al pueblo en la plaza principal de la ciudad,
lectura del acta de la Independencia, en presencia de la bandera y toma de
juramento a las autoridades, según sus respectivas precedencias, culminando por
un acto similar proferido por el pueblo, a lo que se sumaban diversas celebraciones populares, según el presupuesto disponible.
Sobre los colores
Cuando
Gascón se refirió primeramente a la necesidad de adoptar una bandera nacional menciono
que debía ser “azul y blanca”. Por contrate,
el decreto aprobado por el Congreso desechó esa coloración y, con toda
precisión, estableció que fuera “celeste
y blanco en la forma que se ha usado hasta ahora”. Es decir, que se afirmó la vigencia del celeste y por sentido contrario se rechazó el empleo del azul.
La
secuencia es de sumo interés para quienes se interesan por el primigenio color
de nuestra Enseña patria. Para visualizarlo intentemos una sucinta línea de
tiempo:
1812,
27 de febrero – Belgrano crea la “Bandera nacional”, “blanca y celeste
conforme a la escarapela”
1812,
25 de mayo – Belgrano presenta una bandera en Jujuy, aunque no
especifica su color, pero por lógica debió ser idéntica a la izada en Rosario.
1812,
luego del 25 de mayo – Se difunden los colores
celeste y blanco, bajo diversas formas de banderas.
1814
– Las instrucciones para los corsarios, establecen que
tremolen “el pabellón de las Provincias
Unidas, a saber, blanco en su centro y celeste en sus extremos al largo”.
1816,
20 de julio – Sesión del Congreso General: Gascón
mociona que se fije la bandera menor, “azul
y blanca, que actualmente se usa”, lo que “quedó resuelto”.
1816,
25 de julio – Sesión del Congreso General: aprueba
la redacción del decreto que instrumentaba lo resuelto el 20 de julio. En cuanto
a la bandera menor indica que será la “celeste
y blanca que se ha usado hasta el presente”, lo que “se aprobó suficientemente”. Con lo que se consagró formalmente el uso del celeste.
Como
queda claro, si bien en la moción de Gascón se menciona al azul y blanco como los
que se usaban en banderas hasta julio de 1816, la redacción del decreto
pertinente especifica que el color será “celeste
y blanco”, es decir que rectifica a
Gascón. Por simple lógica y conforme a los hechos que resultan de la
interpretación literal, la bandera cuyo empleo
se había generalizado y que, por lo tanto, se usaba, era también celeste y
blanca. El Congreso ratificó estos
colores, así resulta del texto en comentario.
Proclama y banderas
En
las semanas que siguieron al dictado el decreto que dispuso la proclama y jura
dela independencia por las autoridades y el pueblo, se concretaron ceremonias
solemnes destinadas a comprometer a sus partícipes y a imprimir en la memoria
colectiva la trascendental decisión.
Seguidamente me serviré de la obra de Emilio Breda[7] “Proclamación y jura de la Independencia[8]” que recopila las ceremonias que se cumplieron en diversas localidades. Destacaré aquellas referencias a Bs. Aires y La Rioja, ya que en las noticias que da sobre lo ocurrido en otras no se mencionan vexilos, lo que no significa que para nada niegan su presencia.
Bs. Aires. En la sesión del 16 de agosto el Cabildo dispuso que la proclamación se realizara en varias plazas, lo que se justificaba por la amplitud de la ciudad, y que se dotara de “banderas y estandartes para los cuerpos cívicos, torre del Cabildo y Pirámide, incluyendo el que debía usar para la proclamación el señor Alcalde de primer voto[9]”. Lo expuesto permite suponer que debieron confeccionarse pluralidad de vexilos con las características establecidas por el Congreso. Sigue explicando Breda que, de ello se informó al Director Supremo quien por bando comunico a la población que el evento seria el día 30 en la plaza de la Victoria. Al disponer el orden de pasada[10], se especificó que culminaría con “el Director Supremo del Estado en medio del presidente del Ayuntamiento (que llevaría la bandera nacional) y el de la cámara, enseguida los brigadieres, jefes y demás oficiales militares, cerrándose e acompañamiento con los maceros de la ciudad”. Se describían también otros aspectos, entre ellos que el Alcalde subiría al tablado, haría la proclama y expresaría su juramento, reclamando la atención con una breve arenga, “que luego se batiría el pabellón, se arrojarían monedas y regresaría la comitiva” hacia la Fortaleza “en donde seria despedida[11]”. Lamentablemente la lluvia frustró lo programado.
Breda
cita también al presbítero y vecino Bartolomé Muñoz, que en su “Diario de Bs. Ayres en la proclama de la independencia”
relata lo acontecido en la Plaza de la Victoria el 13 de septiembre. De esto se
transcribe lo pertinente: “atraía la mirada
la fachada de la Casa Consistorial, pintada de blanco desde lo más elevado de
su torre con oportunos golpes azules y friso de jaspe azul imitado; su gallarda
halconería corrida en todos sus trece arcos
engalanada con una nueva cenefa de seda a paños alternados de los vivísimos
y alegóricos colores celeste y blanco, que formaban el pabellón nacional el
cual se veía recostado sobre un digno
sitial de terciopelo con franjas, y borlas de oro en el centro del arco
principal, en medio de las dos nuevas mazas y sus correspondientes centinelas…
la Pirámide de la Plaza se vistió de bastidores de jaspe celeste figurado[12]”.
Sigue
diciendo que a las 9 de la mañana con gran gentío se reunieron las autoridades
y que entraron “entre ellos, el Alférez
mayor, traía la bandera nacional que estaba colocada en sus balcones”. Previo
al juramento, “los maceros como reyes de
armas pidieron silencio y atención a la concurrencia; de inmediato se ubicó el
Señor Alférez mayor con su bandera y acompañamiento, en medio del tablado y dirigiéndose
al pueblo, en voz inteligible” y todo culmino con la jura según la formula
dispuesta por el Congreso. Seguidamente “batiendo
el estandarte se arrojaron monedas por los cuatro ángulos del tablado. Por la
tarde, se vi un carro triunfal que portaba una alegoría centrada en un joven
que representaba a la América “a su lado se había colocado la bandera nacional[13]”.
Otra
fuente sobre los sucesos resulta ser el periódico “El Observador Americano” que su edición del 16 de septiembre de
1816 N|5 consigna: “colocados en los ángulos del tablado el Sr. Alcalde ordinario de primer
voto Don Francisco Antonio de Escalada, y enarbolando el nuevo estandarte de la
patria, recibió el juramento del pueblo y proclamo la independencia nacional, a
nombre de la ínclita ciudad de Buenos Aires, que correspondió con millares de
vivas[14]”
Breda
también recoge lo que Juan Manuel Beruti expresa en sus “Memorias Curiosas”, al igual que Martín Matheu en su “Domingo Matheu, autobiografía escrita por su hijo”,
quienes utilizan parecidos términos para referenciar el rol protagonizado por el Alférez
que portaba la Bandera nacional.
Lo consignado indica que debieron confeccionarse numerosos ejemplares de enseñas patrias, que una de ellas se confió al Alférez quien la hizo tremolar frente al pueblo.
La Rioja. Desde ahí Alejandro Heredia informa al Director Supremo que reunió a la tropa y pueblo en la plaza, donde difundió la resolución del Congreso que fue recibida con aclamaciones. “Enseguida, mandé afianzar la bandera nacional, con un cañonazo, y siguió la salva general de artillería y fusilería y se continuaron las vivas[15]”.
Concluyendo,
el título de esta nota encuentra plena justificación, o sea que, la bandera
menor de las Provincias Unidas de Sudamérica decretada el 25 de julio de 1816
era celeste (no azul) y blanca, colores que se usaban desde que el general Belgrano izara por primera vez la Enseña patria, en febrero de 1812.
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Los protagonistas
Interesa aportar algunas referencias biográficas sobre los congresales mencionados en las actas del Congreso, verdaderos mentores de la oficialización del símbolo.
a) Esteban[16] Agustín Gascón (Oruro, 1764 - Bs. Aires, 1824)
Se doctoró en leyes en la Universidad de Charcas (1791). Presidía la Real Audiencia de Charcas cuando estalló la revolución de 1809, en la que participó, al igual que hizo en la de La Paz. En 1811 fue restablecido en la Audiencia. Participó en la batalla de Salta (1813). Belgrano lo nombró gobernador intendente de Salta. Secundó a Rondeau como auditor general de guerra en la Banda Oriental (1814). Actuó en el Congreso de Tucumán y suscribió el “Acta de la Independencia”. Posteriormente, se desempeñó como ministro de Hacienda del Director Supremo Pueyrredón (1817), luego miembro del Tribunal de Justicia (1820) y de la Junta de Representantes de Buenos Aires. En suma, fue un destacado revolucionario y jurista. Tuvo una actuación política de relevancia.
b) Juan José Paso[17] (Bs. Aires, 1758-San José de Flores, 1833)
Se graduó en leyes en la Universidad de Córdoba (1779). Fue profesor de Filosofía allí y, más tarde, en el Real Colegio de San Carlos. Luego agente fiscal de la Real Hacienda. Ejerció como abogado en Lima, donde también intentó fortuna en una explotación minera. Se trató de uno de los principales promotores del movimiento revolucionario, su participación fue decisiva en el Cabildo Abierto del 22 de mayo de 1810. Integró como secretario la Primera Junta de Gobierno. Fue miembro de ambos Triunviratos. Diputado por Bs. Aires en el Congreso de Tucumán, suscribió el “Acta de la Independencia”. Fue uno de los redactores de las constituciones de 1819 y 1826. Más tarde, diputado provincial en Buenos Aires entre 1822 y 1824. Se retiró de la política en 1826. En definitiva, su personalidad lo destaca como revolucionario, pero también su actuación como jurista y político.
c) Pedro Ignacio de Rivera (Mizque, 1753 - Buenos Aires, 1833)
Se tituló como abogado en Chuquisaca (1793) y ejerció como abogado de la Real Audiencia de esa ciudad. Se lo reconoció como coronel de milicias de Mizque, en paralelo a su desempeño como terrateniente y azoguero en Oruro, ciudad donde fue síndico procurador general del Cabildo. Participó de los movimientos revolucionarios de Chuquisaca y La Paz. Integró la Asamblea General Constituyente como diputado por Mizque y luego en el Congreso de Tucumán hasta que se disolvió en 1820, firmó al “Acta de la Independencia”. Permaneció en Bs. Aires desde entonces, hasta su muerte. Su trayectoria lo muestra como un comprometido legislador de aquellos tiempos.
d) José Mariano Serrano (Chuquisaca,
1788 – Chuquisaca, 1851)
Se graduó en Chuquisaca como abogado (1811). Tuvo activa actuación en los movimientos revolucionarios de Chuquisaca (1809) y de Bs. Aires (1810). Presidió la Asamblea General Constituyente representando a Chuquisaca (1813). Fue auditor de Guerra a las órdenes de Arenales. Participó del Congreso de Tucumán representando a Charcas, al que presidió dos veces. Estuvo entre quienes redactaron y suscribieron el “Acta de la Independencia”, la que tradujo al quechua y al aimará. Renunció en 1819. Fue ministro en los gobiernos de Bernabé Aráoz y Abraham González en Tucumán (1821-1822). Luego secretario de gobierno de Salta, durante la gobernación del general Arenales (1824). Presidió la Asamblea que declaró la independencia boliviana (1825). Miembro de la Alta Corte de Chuquisaca que reemplazó a la Real Audiencia (1825) y presidente interino de Bolivia en 1825 y 1839. Presidió su Corte Suprema de Justicia (1828), en donde se desempeñó hasta su muerte. Como se observa, tuvo una notable participación como legislador, jurista y magistrado.
Mas sobre esta temática:
20 de Julio - Bicentenario de la Oficialización de la
Bandera Argentina (1816 / 2016) https://banderasargentinas.blogspot.com/2016/07/v-behaviorurldefaultvmlo.html
En el bicentenario de la Independencia argentina. El
Congreso de Tucumán y la bandera de las "Provincias Unidas de
Sudamérica" https://banderasargentinas.blogspot.com/2016/07/el-congreso-de-tucuman-y-la-bandera-de.html
Nota: las imágenes de los congresales fueron elaboradas por la artista Lola Mora a comienzos del siglo XX, se exhiben en la "Casa de Tucumán".
Referencias y comentarios:
[1] Oficio e Belgrano al Gobierno, datado en Rosario el 27 de febrero de
1812.
[2] Al respecto, puede verse, entre otros: Rosenkrantz, Eduardo. La Bandera de la Patria. Ed. Grito
Sagrado. Bs. Aires. 1988, pp. 167-191.
[3] Las mismas se hallaban en
poder del gobernador de Bs. Aires, Juan M. de Rosas, pero desaparecieron luego
del desorden posterior a batalla de Caseros.
[4] En la sesión del 27 de julio se ordenó imprimir 1.500 copias en
español, 1.000 en quechua y 500 en aimará.
[5] Localidad del actual depto. Cochabamba con unos 27.000 hab. Fundada
en 1603. A comienzos del siglo XIX era
la segunda ciudad en importancia de la región, luego de la Plata (Sucre) y
contaba más de 10.000 hab.
[6] El año anterior la misión de Rivadavia y Belgrano en Europa hizo
pensar que podía coronarse en el Río de la Plata a un miembro de linaje borbón.
[7] Además de una amplia producción historiográfica, Breda se manifiesta
como poeta y cuentista. Nació en Buenos Aires en 1945. Fue maestro normal y
abogado.
[8] Editado por Casa Pardo. Bs. Aires, en 1966.
[9] Breda, Emilio. Ob. cit., pp. 56 y 57.
[10] Breda, E. Ob. cit., p. 60.
[11] Ídem., p. 62.
[12] Ibidem, pp. 70-71.
[13] Ibidem, p. 78.
[14] Ibidem, p. 104.
[15] Ibidem, pp. 169 y 70.
[|6] Algunos autores le asignan como nombres los de “Pedro” y “Esteban”.
[17] Juan José Esteban del Passo, es la grafía original de su nombre, convencionalmente se lo cita como Juan José Paso.









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