Francisco, un papa hiperactivo
Por Miguel Carrillo
Bascary
La reciente proclamación
de la nueva “Ley Fundamental del Estado
de la Ciudad del Vaticano[1]”, mediante motu propio del Papa Francisco, introdujo sutiles diferencias en el
emblema del vexilo, en el escudo y en el sello oficial.
Asimismo, se acompañan los modelos patrones de cada uno, si bien se ha prescindido de expresar los colores en alguna de las muchas escalas de uso internacional. Tampoco se acompañaron esquemas técnicos, lo que es un error ya que quien desee reprpoducirlos debidamente deberá realizar las operaciones técnicas pertinentes. Como lo señaló con toda razón Luis Miguel Arias en Vexilología-Vexillology, ¡los fabricantes continuarán usando las imágenes que aporta Wikipedia!
Para informar debidamente reproduzco la normativa.
“Artículo 23.-
1. La bandera
del Estado de la Ciudad del Vaticano está formada por dos campos divididos
verticalmente, uno amarillo adherido al polipasto y otro blanco, y en este
último lleva la tiara con las llaves, todo ello según el modelo que forma el
Anexo A de esta Ley.
2. El escudo
consiste en la tiara con las llaves según el modelo que forma el Anexo B de
esta Ley.
3. El sello del
Estado lleva en el centro la tiara con las llaves y alrededor la mención
"Estado de la Ciudad del Vaticano" según el modelo que forma el Anexo
C de esta Ley.
Artículo 24.-
1. Esta Ley Fundamental del Estado de la Ciudad del
Vaticano sustituye íntegramente a la anterior de 26 de noviembre de 2000.
[…]
3. Entrará en vigor el 7 de junio de 2023”.
[Data de la normativa
y firma:] “Vaticano, 13 de mayo de 2023,
fiesta de la Santísima Virgen María de Fátima, XI de Nuestro Pontificado – FRANCISCO”
Anexo A: [Bandera, corbata y moharra] https://press.vatican.va/content/dam/salastampa/it/bollettino/documentazione-linkata/allegato_A.pdf
Anexo B: [Escudo] https://press.vatican.va/content/dam/salastampa/it/bollettino/documentazione-linkata/allegato_B.pdf
Anexo C: [Sello oficial] https://press.vatican.va/content/dam/salastampa/it/bollettino/documentazione-linkata/allegato_C.pdf
[1] Así se denomina a la constitución que organiza al gobierno del Vaticano. Texto completo en: https://www.vatican.va/content/francesco/it/motu_proprio/documents/20230513-legge-fond-scv.html
Buenas noches, desde ya me disculpo por no dejar un comentario de acuerdo a la temática de la publicación. Es que tengo varias dudas sobre el Acto del 20 de Junio que debo organizar y espero que usted me las despeje: en el acto que debe tener izamiento de bandera de mástil, ¿con qué canción debemos izarla? entiendo que debe ingresar la bandera de ceremonia y luego se procede al izamiento. También quisiera saber si es obligatorio que se realice el minuto de silencio. Es un acto del nivel secundario. Muchísimas gracias, realmente me quitan el sueño esos interrogantes y quiero que todo salga bien.
ResponderEliminarPara Fatti: El 20 de Junio sugiero izar la Bandera con Aurora (el Himno nacional se usa el 25 de mayo y el 9 de julio). Efectivamente, ingresa la bandera de ceremonia y luego se procede al izamiento. No corresponde minuto de silencio. Mucha suerte con la organización, cordial saludo.-
ResponderEliminar¡Muchísimas gracias por su cordial respuesta! Pese a que es la conmemoración de un fallecimiento, con respecto a los números artísticos, ¿se pueden realizar bailes, carnavalito, etc.?
ResponderEliminarEl caso es que en el 20 de junio se da una conmemoración (la muerte de Belgrano) y la fiesta del día de la Bandera. No creo que a Belgrano le pese que festeje el pueblo argentino, antes bien sin duda que ausiciaría este espíritu festivo. En lo particular quisiera que mi familia y amigos me recuerden con juntadas, bailes, alegría y recuerdos, antes que con caras largas y pesares ¿No te parece? Cordial saludo amigo mio
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