¿Puede entonarse el de otro país?
Por Miguel Carrillo Bascary
La pregunta en concreto será:
¿puede un argentino entonar el himno de
otro país en el curso de un acto formal?
Como en varias ocasiones
me han interrogado sobre esto considero oportuno responder y lo hago, en principio, en forma afirmativa.
No hay ninguna objeción
para esto, ni en la legislación argentina ni en los usos y costumbres. No constituye un acto de “traición a la
patria”, ni mucho menos.
Antes bien, hacerlo
constituye una demostración amigable
para con la nación representada y un gesto de fina sensibilidad.
Claro está que la principal dificultad será conocer el
himno extranjero, pero hay algunos que están ampliamente divulgados y que,
medianamente, invitan a sumarse durante su ejecución. Por ejemplo: la Marsellesa o el Himno de la República
Italiana, en la realidad argentina.
La praxis indica que, en
ciertos ámbitos, es muy factible que gran
parte de los presentes conozcan tanto el Himno argentino como el extranjero.
Piénsese las asociaciones biculturales o las que agrupan a descendientes de
inmigrantes, donde es natural cantar ambas piezas.
Claro está que existen circunstancias que desaconsejen hacerlo
por razones de política internacional o interna, particularmente si se trata de
un funcionario público, ya que el gesto puede implicar connotaciones incómodas
en la perspectiva de acontecimientos del pasado o del
presente.
Podríamos señalar algunas excepciones, sería cuando la
letra de la composición extranjera contenga versos que aluden a una fidelidad
hacia un estado foráneo o a su monarca. En estos casos, por supuesto que no
sería lo indicado.

No hay comentarios:
Publicar un comentario