Curiosa normativa con amplias interpretaciones
Por Miguel
Carrillo Bascary
Con la expresión que sirve
de título suelen comenzar los cuentos para niños, lo que nos abre las puertas
de una dimensión de fantasía donde
todo puede suceder, más allá de la dura realidad.
Es de dominio público que en
las últimas semanas las relaciones mutuas entre la Argentina y el Reino Unido
han entrado en una etapa crítica.
Como la situación es ampliamente conocida considero innecesario abundar al
respecto.
Mi propósito con esta nota
es señalar esta verdadera curiosidad
normativa que remite a tiempos idos.
Se trata de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional de
Argentina, emitido por el presidente de facto Edelmiro Farrell, cabeza visible
del grupo militar conocido como G.O.U (Grupo de Oficiales Unidos) que el 20 de
agosto de 1938 desplazó del poder al presidente Ramón Castillo y colocó al
frente del gobierno a Pedro P. Ramírez, al que desplazó Farrell el 24 de
febrero de 1944. Para los desmemoriados recuerdo que por entonces
transcurría la II Guerra Mundial y que Argentina había declarado su
neutralidad, aunque era evidente que en el seno gubernamental existían sectores
favorables a ambos grupos de contendientes. Lo propio ocurría en el seno del
pueblo, aunque por razones históricas las simpatías por el Reino Unido eran
ampliamente mayoritarias. Hoy las cosas han cambiado
El texto del decreto de
referencia no es inocente, encubre
complejas relaciones, como lo advertirá el lector. Al tiempo en que se emitió la lucha no se daba solo en el terreno de
las armas, también ocurría en el plano cultural y comercial. También el III
Reich tenía sus agencias de propaganda que actuaban en América, bajo distintas formas.
El decreto reconoce como
causa que la legislación argentina había prohibido
el uso de los símbolos nacionales a las entidades privadas[1],
como la que dio origen al expediente por el que se solicitó la autorización gubernamental para incluir
un membrete particular en la papelería del “Consejo de la Comunidad Británica en Argentina”, hoy (Asociación
Civil de la Comunidad Argentino-Británica/ Argentine
British Community Council [2]).
La entidad se fundó en 1939 y continúa con su
actividad en la actualidad. Comúnmente se la denomina como “La Cultural” y cuenta con numerosas
sedes en todo el territorio argentino y que, particularmente, hoy se presenta
como un centro de difusión del idioma y de la cultura inglesa. Precisamente, la institución tiene por fin difundir
la cultura británica y fortalecer las relaciones entre británicos y argentinos;
aunque en tiempos de la guerra también operaba como centro de recepción de
donaciones en beneficio de los afectados por el conflicto.
La norma en comentario
El Decreto Nº27.960/ 1944[3],
se emitió el 17 de octubre de ese año. Previamente se había solicitado dictamen
del “Asesor de Emblemas Patrios”,
una función creada poco antes y que desempeñaba el académico Dardo Corvalán
Mendilaharzu (1888-1959)[4].
En los considerandos de la
disposición se menciona el pedido de autorización para que la entidad pueda usar
un imagotipo que incluya las banderas de
ambas naciones, al que se describe
de forma muy general:
“… un ovalo en cuyo interior se
entrelazan, por sus astas, dos banderas, la de Argentina a la derecha y la
Británica, a la izquierda, y una base sobre la cual reposa un león y debajo,
como leyenda, el nombre de dicha asociación, todo impreso en blanco y negro,
según facimile que corre agregado en el presente expediente[5]”.
En el articulado
resolutivo se otorga la habilitación
pedida y se vuelve a describir el diseño, con los mismos términos contenidos en
la solicitud.
Comentario sobre el emblema
La exhibición de banderas
entrelazadas es un recurso clásico para
evidenciar amistad entre dos pueblos. Las reglas de protocolo asignan precedencia a la bandera del estado local,
por lo que se ubica sobre la derecha, con su asta surmontando a la del otro
país, cuyo paño se presenta sobre la izquierda de la imagen. Veamos un ejemplo:
Volviendo sobre el emblema
descrito en la norma el león es una
clara representación del Imperio Británico, el que también aparece como soporte
en su blasón oficial, pero en el caso que nos ocupa se muestra en actitud couchante (según la terminología heráldica
francesa), es decir: echado, tendido sobre su vientre, con la cabeza enhiesta,
mirando hacia su frente y presentando la silueta un perfil lateral.
Lo interesante del caso es
que, a más de ocho décadas de haberse dictado, el decreto mantiene su vigencia tal como se verifica en el imagotipo mostrado en alguna de las
redes sociales, desprovisto del león:
Es factible sintetizar el significado de esta posición,
expresando que demuestra vigilancia y poder, lo que resalta su cabeza alzada,
atenta, alerta. El cuerpo del león parece en reposo, pero denota tensión, al
punto que de ser necesario podría erguirse rápidamente para responder a
cualquier amenaza o para precipitarse sobre una presa apenas la advierta.
Trasmite majestad, una cualidad de la que el león es representación por excelencia
según los cánones de la Heráldica y la tradición universal. Es fuerza, dominio,
autoridad, fiereza, pero también magnanimidad. Pero también exhibe prudencia,
sabiduría, es expresión de seguridad en sí mismo, titular de dominio sobre su
propio territorio, cimentado en su fuerza.
Como vemos la figura
connota valores ambivalentes. Con lo
que conforma una actitud particularmente
significativa en situaciones como la que hoy expresan las relaciones entre
los estados involucrados. No digo más, el lector podrá sacar sus propias
condiciones.
Así las cosas, podría
pensarse que la eliminación del león quita al emblema su potencial conflictividad,
podría pensarse que es cosa de un pasado remonto, sin embargo, la Asociación
sobre la que tratamos también utiliza en sus redes otro imagotipo, que es el siguiente:
Se expresa en colores
azul, rojo y blanco, los de la enseña
británica. El nombre de la entidad forma corona al centro, donde campea un león rojo, esta vez en la tradicional
posición rampante. Una actitud, muy extendida en la Heráldica internacional
que expresa el poder y la agresividad del felino en su máxima expresión,
acentuada en este caso por su coloración
roja, con la que habitualmente se alude a la guerra, la ira, la sangre.
Como vemos, más que una simple forma de expresar una identidad, se revela un
mensaje subliminal. Nuevamente dejaré que el lector avance con sus
lucubraciones al respecto.
Destaco sí un aspecto anómalo. Respecto de lo que es habitual en la Heráldica, el león está mirando hacia la izquierda de la figura. Con esto se aludía en la Antigüedad a la falta de legitimidad de la persona que buscaba identificarse con un blasón cargado por una figura, como la del depredador. Un aspecto más que se presta a la reflexión y que, desde una subjetiva apreciación, podría aludir a un auto confesado sentimiento de culpa por la ilegítima ocupación británica de las islas Malvinas y demás archipiélagos involucrados en el reclamo argentino que todos conocemos.
Texto del decreto citado:
[1] Decreto Nº21.533/ 1939. Boletín Oficial del 24 de enero de 1939.
[4] Había sido nombrado por medio del Decreto Nº139.016 del 24 de diciembre de
1942 (otra fuente le asigna el Nº130.016), lamentablemente la pesquisa en la
publicación del “Boletín Oficial” no permitió clarificar cual es el guarismo
correcto.
[5] La fuente no reprodujo la imagen.










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