domingo, 26 de marzo de 2023

Incógnitas en la bandera de La Rioja

Intentos de respuesta

Bandera riojana y el esquema del territorio provincial

Por Miguel Carrillo Bascary

La provincia de La Rioja, Argentina, fue una de las primeras que adoptó su bandera oficial a poco del restablecimiento de la democracia, fue el 14 de agosto del año 1986 [1]. Lo hizo mediante una resolución de la Convención Constituyente que se encontraba considerando la reforma de su ley fundamental. El tratamiento de la iniciativa impulsada por el convencional Domingo Carlos Tulián fue sumamente breve ya que se aprobó sin disidencias ni debate.

Posteriormente, se promulgó la Ley Nº4.891 (13 de julio de 1987) que dispuso sobre el “Uso de la Bandera de la Provincia” y que se publicó en el Boletín Oficial de la misma,  el 21 de agosto de ese mismo año. Lamentablemente el link de acceso  está roto y en el buscador de leyes de la Legislatura el informe es “negativo”. Tampoco figura en ninguna de las paginas web oficiales, ni en el Sistema Nacional de Informática Jurídica (SAIJ)

Seguidamente se verá que la falta de definición de los colores como también de diversos aspectos del vexilo generan divergencias al momento de componer la insignia, que si bien se revelan en detalles, no deberían ocurrir por tratarse de un emblema oficial.

Elementos en análisis

Para desarrollar esta nota tengo a la vista:


a) el texto de la resolución de la Convención[2] y referencias sobre su aprobación (Ver Anexo, al final);


b) un folleto que en 1989 hizo imprimir la Legislatura local, a pedido del convencional Tulián, como una forma de divulgar el símbolo,  donde se reproduce la enseña con dos franjas;


c) una hoja en cartulina con la reproducción de la pieza que se hizo circular a manera oficiosa, a poco de dictarse la norma, en donde la corbata tiene dos franjas y las letras son ¡rojas!, pese a que la norma dice que serán negras;


d) otro folleto impreso por la Legislatura en el año 2001, en donde la cinta toma la forma de una “corbata”, similar a la que usa la Bandera Oficial de la Nación Argentina es decir, de tres franjas, con letras negras;


e) varias fotografías recientes, donde también se observa una corbata trifranja, de las que selecciono la siguiente; y

f) el texto de la Ley Nº4.891:

  

¿Cuáles son las dudas?

1a.) La norma define al color de la franja inferior como “azul”, cuando en todas las reproducciones se muestra “celeste”, similar al de la Bandera Oficial de la Nación. La Vexilología, demanda que los colores se definan según alguna de las muchas escalas cromáticas en uso, no lo hizo así la Convención. Sin embargo, desde los primeros ejemplares que se confeccionaron, la bandera riojana lució “celeste”, similar al que muestra la Nacían cuya tonalidad especificó fuera de toda duda mediante el Decreto Nº1.650/ 2010.  


Estas diferencias cromáticas son fácilmente advertibles en las siguientes fotos, si se observan con detenimiento. Es evidente que las tonalidades son bastante diversas: 

Las dos banderas en primer plano llevan el celeste idéntico, las dos siguientes
muestras uno más claro, para la Nacional y otro algo más oscuro, para la riojana

Observar que la Bandera Nacional lleva un celeste que no es el requerido por el Decreto Nº1.650/ 10, que por ende contrasta con el de la enseña riojana. Ambas corbatas utilizan otras tonalidades. Una evidente anarquía, cuando no una falta de profesionalismo en la elección.

En este caso la correspondencia entre ambos celeste es coincidente

2a.) El ornamento de la versión de ceremonial del vexilo ¿es una cinta o una corbata? En la actualidad tiene forma de una corbata, idéntica a la que usa la Bandera Nacional, con la adición de la leyenda.

3a) El aditivo ¿es de dos o de tres franjas? La norma no lo aclara. En concreto en su artículo 2º dice que llevará “… una cinta con ambos colores azul y blanco y en letras negras la inscripción “LA RIOJA POR LA UNIDAD NACIONAL Y LATINOAMERICANA”.

4a.) ¿Cómo deben ser las letras? Nada dispone la norma.

5a.) ¿Cómo se inserta la banda con relación a los vértices? La realidad aporta varias modalidades: 1.- en algunas imágenes el lado que toca el perímetro se parte en forma simétrica; 2. en otras, el segmento que toma contacto con el lado horizontal del paño tiene una extensión superior (2/3) y 3. aún hay piezas donde los extremos de la banda se asientan totalmente sobre el lado mayor de la pieza.

6ª.) ¿La corona vegetal lleva las hojas con nervaduras? Por lo general así las vemos.

Mi opinión personal

Tratando se interpretar  la norma y de los usos y costumbres, que también son fuente de Derecho, resulta que:

a.- Es evidente que:

- el color de la franja inferior prevista en la resolución ha mutado del azul a un celeste (azul del color del cielo);

- la “cinta” dio paso a una “corbata”, que es una cinta formando un moño, con dos brazos inferiores) y tiene tres franjas.

Esto indica que las modificaciones son mutaciones justificadas por lo que en Derecho se conoce como costumbres contra legem(contrarias a la ley), aunque no haya ninguna norma que así lo haya dispuesto.

b.- Queda en claro que la leyenda va en mayúscula, ya es que la norma original con que consta en la Resolución de creación, por lo que en la práctica podría utilizarse cualquier tipo de fuente, aunque no dejo de señalar que los ejemplares en uso muestran tipos simples, sin serifa, ni adorno alguno.

c.- Sobre el contacto de la banda con los bordes del paño. La falta de un modelo patrón habilita todas las posibilidades, aunque la más difundida es la variedad “1”.

d.- Un principio universal de la Heráldica dice que, cuando la norma no lo especifica las cargas de un emblema son “al natural”, tanto en su color como en su representación. Como la resolución que creó la bandera riojana no contiene una descripción precisa, ni existe un modelo patrón, cabe aplicar la pauta heráldica, por lo que las hojas deben mostrar sus nervaduras

e.- Finalmente, corresponde destacar que el texto de la Ley Nº4.891 debería ser accesible al gran público, ya que versa sobre algo tan significativo como el uso de la bandera de la Provincia. Sería muy bien que así se difunda, particularmente desde los medios oficiales.


 Anexo:



[1] Durante el siglo XIX, algunos caudillos locales utilizaron banderas particulares que ciertas fuentes definen como antecedentes de la provincial, cuando en realidad fueron divisas particulares de aquellos líderes vernáculos.

[2] Fuente: http://albinosanchezbarros.edu.ar/index.php/prensa-noticias-agenda-y-novedades/358-14-de-agosto-dia-de-la-bandera-de-la-rioja#:~:text=Art%C3%ADculo%201%3A%20Decl%C3%A1rese%20con%20car%C3%A1cter,o%20recordaci%C3%B3n%20hist%C3%B3rica%20o%20patri%C3%B3tica

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