sábado, 11 de junio de 2016

Una consulta sobre práctica

Solución factible para tres banderas y dos mástiles

Problemas de Ceremonial (Serie)


Por Miguel  Carrillo  Bascary

Una consulta de nuestros amigos del Instituto Belgraniano de la ciudad de General Belgrano (provincia de Bs. Aires, Argentina) nos motivó para colgar este post.

Es indudable que el reconocimiento de la “Bandera Nacional de la Libertad Civil” como nuevo símbolo nacional argentino, bien que de carácter histórico, genera nuevas situaciones que merecen estudio y, si es factible, dejar sentado un criterio superador.

Contra la que suele pensarse ni el Ceremonial ni el Protocolo no son disciplinas férreas refractarias al cambio. Todo lo contrario, ambas manifiestan una elasticidad notable resultado del pragmatismo con que corresponde tratar toda nueva situación; ya que entre los objetivos de ambas se encuentra facilitar las relaciones sociales en una comunidad organizada.

Aclaramos que en la República Argentina no existe una norma general que regule en detalle el Ceremonial de los símbolos patrios, como estado federal que es la reglamentación es parcial y aún divergente si consideramos a sus diversas jurisdicciones (provincias). En consecuencia, para evacuar la cuestión aplicamos las pautas legales vigentes a nivel nacional; las costumbres vexilológicas internacionales y la experiencia práctica aquilatada armonizadas como elementos de un sistema conceptual y fáctico.

Planteo de la cuestión

Nos cuenta, la profesora Marina Marincovich, presidente de la entidad mencionada, que en la plaza principal de su ciudad existen dos mástiles donde habitualmente se izaban la Bandera oficial de la Nación y la que representa a la provincia de Bs. Aires. 

 La profesora Marincovich

Al aproximarse el 25 de mayo, fecha en que, además de la formación del primer gobierno patrio (1810), se recuerda la presentación de la “Bandera Nacional de la Libertad Civil” ante el pueblo de Jujuy (1812), era lógico que la comunidad de General Belgrano quisiera izar el nuevo emblema en los actos que se proyectaban.

En concreto: había dos mástiles idénticos, de gran porte y tres banderas a colocar.
La duda que motivó la consulta podía enunciarse con el siguiente interrogante:

¿Cómo distribuirlas en los mástiles sin afectar la debida precedencia?

Lo que nos llevó a discernir otras dos cuestiones:

¿En qué mástil va la bandera histórica nacional?
¿Dónde corresponde izar la bonaerense?

Para responderla establecimos dos supuestos básicos:
a) la Bandera Nacional debe ir en el mástil más jerarquizado, es decir, el derecho (pues, recordemos que son idénticos);
b) en uno de los mástiles hay que izar dos paños, una solución que es mayoritaria a nivel internacional y que si bien gana cada día más adeptos, encuentra cerrada oposición entre las opiniones más conservadoras.
En cuanto al primer ítem: como en la plaza de General Belgrano ambos mástiles son iguales, la Bandera Oficial de la Nación irá en el derecho (Si, eventualmente fueran de diverso porte o jerarquía la Enseña principal deberá colocarse en el más destacado, cualquiera sea su posición relativa)

En cuanto al segundo: de acuerdo al orden protocolar dispuesto por la Ley Nº 27.134 que trata de la “Bandera Nacional de la Libertad Civil”, ésta cede ante la Oficial de la Nación pero tiene precedencia sobre la enseña provincial; de manera que la colocación será:
1º la Oficial de la Nación;
2ª. la enseña histórica nacional y
3º. la provincial.

En consecuencia, cabe preguntarnos:  
¿Dónde va la bandera de la provincia de Buenos Aires?

Miembros del Instituto Belgraniano ante los mástiles de su localidad

Consideraciones

Contra lo deseable, cualquier respuesta que aventuremos puede ser criticada. Las diversas tendencias en Ceremonial y Protocolo pueden argumentar en contra de cada solución.
Como nos consideramos fundamentalistas del pragmatismo y tampoco nos comprometemos incondicionalmente con alguna de las escuelas vigentes, para responder estimamos que corresponde explicar algunos hechos que graficamos mediante los siguientes esquemas:


En el primer diagrama validamos la primacía que corresponde a la Nacional que irá en el mástil derecho y lucirá en solitario, bien destacada. La “Bandera de la Libertad Civil” presidirá el segundo mástil y la provincial se le subordinará. Esta solución nos permite izar los tres paños al unísono o bien, hacerlo en forma consecutiva (1 : 2+3)


El segundo esquema expresa un orden alterno, extremo y rígido. La Nacional goza de primacía y por ello mantiene la posición de privilegio, en el segundo mástil se ubica la que le sigue en orden, y la tercera se copla a la primera.

Sin embargo como en disposición la “bandera de la Libertad” queda sola se destaca ópticamente por sobre la Nacional, algo que no es aceptable. En conclusión, este posicionamiento evidencia una negatividad evidente.

Otro factor negativo es que, si izamos las enseñas de cada mástil en forma consecutiva, el diagrama estático oculta un hecho que descalifica a esta disposición, pues cuando asciende la Nacional, esta arrastra a la provincial que precede así a la enseña histórica. Para que así no ocurra habría que izar al unísono las banderas que ocupan ambos mástiles.


La posición ilustrada en tercer término, consagra aparentemente la precedencia de ambas banderas nacionales, ya que se les asigna el mástil derecho, pero al flamear en soledad la provincial flamea con mayor limpieza, destacándose por sobre las otras dos, lo que le asigna el efecto de ser principal, algo incompatible con el orden legal.

Conclusión

A falta de reglamentación específica los esquemas 1 y 3 son factibles desde el ceremonial vexilológico, aunque personalmente nos inclinamos decididamente por la solución “1”, por las razones expuestas.

¿Con qué orden se realizan los izamientos?

Nuestra experiencia nos sugiere hacerlo en forma simultánea, con la previsión de que se debe coordinar la operación para que la Bandera Oficial llegue al tope un instante antes de la/s que se eleva/n en el segundo mástil izquierdo.

Al respecto, queda fuera de toda duda que la principal autoridad presente debe ocuparse de izar la Bandera Nacional, mientras que el izamiento en el izquierdo debería quedar a cargo de la segunda autoridad presente en grado de de significación. (Ejemplos: si se encuentra el Presidente de la Nación y el Gobernador de la Provincia; el primero se ocupará del mástil derecho y el segundo del izquierdo. Nada obsta a que otros funcionarios los acompañen, pero siempre respetando la distribución protocolar.

Aún así también es factible adoptar otro dispositivo:
a)      sería factible que las autoridades de primer orden /en nuestro ejemplo el presidente y los funcionarios nacionales que lo acompañen actúen sobre el mástil derecho y que el gobernador y su comitiva hagan lo propio sobre el segundo:
b)      eventualmente sería igualmente válido disponer que las autoridades políticas operen y acompañen el izamiento en el mástil derecho y que se ocupen del restante los representantes de los sectores cívicos no oficiales.

El principio o criterio definido
En consecuencia, cuando se deban colocar tres banderas y solo se disponga de dos mástiles, lo reflexionado hasta aquí nos permite definir las siguientes reglas:

I.                     La bandera de mayor jerarquía irá en el mástil principal (o en el de la derecha si ambos son iguales), en solitario
II.                  Las otras se ubicarán en el mástil restante, según su respectiva preeminencia
III.                La experiencia indica recomendar el izamiento simultáneo; además: acorta el desarrollo del acto; evita desplazamientos a las autoridades; da mayor participación a los diferentes protagonistas de la ceremonia.

Aplicación a otros casos

El criterio sentado nos servirá también para definir la colocación de banderas con diferente naturaleza en los siguientes casos:

a) Bandera nacional / Bandera provincial (o departamental, para los países de régimen unitario)  / Bandera municipal o comunal

b) Bandera nacional / Bandera provincial (o departamental, para los países de régimen unitario) / Bandera institucional

Aplicación en el caso consultado:
  
Plaza de la ciudad de General Belgrano, el 25de mayo del 2016

Como vemos en la fotografía, la Municipalidad de la ciudad de General Belgrano, aceptó la sugerencia del Instituto Belgraniano local, acorde al criterio que le proporcionáramos.

4 comentarios:

  1. Buenas tardes! muchas gracias por realizar este post! hoy justamente surgió una gran duda en cuanto al izamiento en un solo mástil de varias banderas, de cómo se debería colocar y si está permitido izar otras banderas junto a la Nacional cuando hay banderas que pertenecen a clubes y/o instituciones civiles. Concretamente pertenecemos al club de Conquistadores perteneciente a la Iglesia Adventista del Séptimo Día en Santa Fe.
    Les agradecería infinitamente me puedan ayudar con esta duda.
    El Club de Conquistadores realiza diversas actividades y muchas son al aire libre y en cada actividad se iza la bandera Nacional, Provincial y la del Club de Conquistadores siguiendo los protocolos correspondientes (en los cuales los directivos somos instruidos debidamente). Hoy día realizamos una actividad en una plaza pública donde hay un solo mástil y colocamos las banderas de la siguiente manera: Nacional, Provincial, Club de Conquistadores. Durante la actividad se acerco un vecino muy ofendido porque la enseña patria se encontraba en mismo mástil que las otras banderas, e hizo mucho hincapié en que quitemos las otras (mas precisamente la del Club) porque NO estaba bien hacerlo de la forma en que estaba hecho. Mas allá de la situación del momento, nos surgió la duda al ver que el vecino sostenía que estaba mal algo que los directivos del club por años pensamos que lo hacíamos correctamente luego de hacer varios cursos de protocolo y demás dictados inclusive por personal del Ejercito y otros organizaciones. Revisando las Normas de Uso y Tratamiento de los Símbolos de la Cámara de Diputados de Santa Fe no hallamos algo puntual que mencione la opción.
    Cual sería el consejo a seguir que ustedes nos podrían dar? o donde nos podríamos dirigir para tener mayor orientación? Nuestro objetivo es respetar y trasmitir el respeto a los nuestros símbolos patrios, y quisiéramos hacerlo de la manera correcta.
    Desde ya muchisimas gracias!
    Marisa F.
    Dir. Asoc. Club de Conquistadores
    San José del Rincón -Santa Fe

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    1. Estimada Marisa y miembros del Club: Quienes estamos en Ceremonial bien sabemos que no podemos conformar a algunas personas bienintenciobadas como la de la consulta. A veces pueden surgir cuestionamientos muy dolorosos; otras vemos que los problemas surgen por error de información, es preciso apelar a toda la prudencia y hasta la caridad necesaria para superarlos. otras, decididamente no es posible. En este blog se coloca información probada y chequeada por nuestra experiencia personal por más de veinte años. En el punto concreto de consulta no es factible hallar una norma en el derecho argentino que precise lo consignado, pero la colocación múltiple es una costumbre hecha realidad con plena vigencia en el país. Tampoco hay una norma que lo prohiba. La info colocada en la web de Diputados en Santa Fe, pese al nombre que lleva "Normas de Uso ..." paradójicamente no es una normativa, son indicaciones sobre el tema presentadas bajo "la forma" o apariencia de una ley o decreto. Esto suele confundir. En concreto no tiene más virtualidad que los consejos o pautas sugeridos en cualquier ámbito.
      En este tipo de situaciones como la descripta es aplicable el artículo 19 de la Constitución Argentina: "Las acciones privadas de los hombres que de ninguna manera ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no mande la ley, ni privado de lo que ella no prohibe". Este es el llamado "principio de libertad" que puede invocarse para superar problemas como el tratado. No podemos dejar de destacar vuestra buena fe en la consulta. Nuestros mejores deseos en vuestras actividades de promoción humana. Esperamos poder divulgar vuestra consulta para provecho de mayor cantidad de interesados. Un sentido abrazo.
      Miguel Carrillo Bascary

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  2. Muy buen artículo, en Argentina existe un ceremonial respecto a las banderas.
    Saludos

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  3. Respondo: Argentina es un pais federal y su legislación en maeria de símbolos es inorgánica por lo que constituye un cúmulo de normas de diversa jerarquía. Increíblemente no hay una norma que reordene todo. Eso hace muy compleja la cuestión. Cordial saludo

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