Caso ciudad de Catamarca
Por Miguel
Carrillo Bascary
Esta nota quiere ser un llamado de atención a los responsables de la fabricación de banderas, ceremonialistas, organizadores de eventos y funcionarios competentes en la materia que aceptan vexilos cuyos caracteres no cumplen con las especificaciones definidas por la normativa. A partir del ejemplo que nos ofrece la bandera de la ciudad de San Fernando de Catamarca se pueden obtener conclusiones aplicables a situaciones similares que pueden ser de gran interés.
Introducción
El uso de diseños que no
coincidan con el que oficialmente aprobó una ley, decreto u ordenanza es un fenómeno bastante extendido. No por
esto debe ignorarse, todo lo contrario. Cuando una norma define la manera en
que debe representarse una bandera o un escudo, es elemental que todas sus
copias sigan el modelo establecido como patrón. Al fin y al cabo, la normativa se dicta para ser cumplida y
es pauta de identidad, por lo que toda alteración del diseño oficial
es un atentado a la decisión que justificó su adopción y un apartamiento grosero de la voluntad popular que la sustenta.
Para ejemplo de lo
expuesto en el título se analizará la bandera
de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, capital de la
provincia de Catamarca, Argentina. Lo que se observará aporta enseñanzas susceptibles
de ser capitalizadas con respecto a otros vexilos cuyas imágenes usuales no se
correspondan exactamente con sus modelos oficiales.
Comienzo señalando que la
normativa que define el diseño de muchas banderas es, de una pobreza incompatible con la
trascendencia del alto valor de estos símbolos. Este pecado “universal”, no conoce de fronteras, aflora en diversos
países, aunque en unos más y en otros menos.
Es demasiado usual que la técnica legislativa prescinda del debido
asesoramiento vexilográfico y esto da por resultado diversas interpretaciones,
particularmente de quienes fabrican las
piezas. No es raro que algún color o carga presenten dificultades técnicas
para trasladarlos de la mesa de dibujo a la construcción del textil. Ante estas
situaciones quienes los confeccionan proceden por sí mismos a modificar el
diseño para adecuarlo a las posibilidades de que disponen, con total desprecio
de la normativa jurídica. A veces esas mutaciones son tan sutiles que escapan
de la vista del profano. Lo peor es que, una vez puestas en el mercado, ceremonialistas y organizadores de eventos
(aún algunos de renombre) se conforman con lo que se les ofrece y lo aceptan. Quede
en claro que esta conducta habla muy mal
de su profesionalismo y de los fabricantes desaprensivos.
Noticias históricas
San Fernando del Valle de
Catamarca se fundó en 1683 y, con los años, dio origen a la actual provincia, una
de que las que componen la República Argentina. En el año 2005 se convocó a un concurso público para seleccionar la
bandera que debía representarla. La iniciativa partió de la prestigiosa “Comisión
de Damas Belgranianas de Catamarca[1]”,
institución fundada en 1988, que preside la Prof. Lilia Gladys Pandolfi de
Moreno, a quien se ve disertando durante una etapa del proyecto.
La petición interesó a la
Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad local y expuso la
necesidad de que tan antigua ciudad contara con una enseña propia. A la
convocatoria se presentaron 170
propuestas que atravesaron por sucesivas instancias.
Finalmente fue
seleccionado el proyecto del diseñador local
Fabián Martinena[2].
Permítanme señalar que evidencia una alta
calidad vexilográfica y un muy adecuado desarrollo conceptual. El citado compartió
su creación en las redes, en la forma en que los interesados podrán encontrar
en https://fabianmartinena.blogspot.com/2009_02_01_archive.html
La Municipalidad local
adoptó la propuesta y oficializó su
bandera con la Ordenanza N°3.916/ 2005[3].
Su texto completo se proporciona al final de esta nota. Como peculiaridad contiene
un completo anexo en el que se define el modelo
patrón del símbolo y donde se abunda en los fundamentos de cada elemento.
En sí misma la Ordenanza es muy sencilla y no da lugar a mayores
consideraciones:
“Art. 1º.- Créase la bandera de la
ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.
Art. 2º.- Adóptase como tal el diseño
descripto en el ANEXO 1 que forma parte del presente instrumento”.
Nota:
el Anexo se corresponde casi con exactitud con lo que el diseñador volcó en su web
personal, parte de cuyo contenido se reproduce en esta nota, sin perjuicio de
la transcripción que se ofrece al finalizar.
Básicamente, el paño es un poncho catamarqueño, prenda
autóctona por excelencia hasta el punto que se reconoce a la provincia por ser “capital
nacional” de esta indumentaria (Ley Nº26.757[4],
2012) El ocre dominante simboliza a la tierra. Su centro, es de “color vicuña[5]”,
al decir del diseñador. Sus flancos contienen dos guardas verdes (verdosas, en
realidad) lo que remite a la esencia viva de su savia vital. El resultado es un
lindísimo diseño, de original
combinación cromática cuyo significado permite establecer un muy coherente
vínculo con la realidad histórico social de la ciudad. Véase la imagen que abre
este posteo.
El problema en concreto
El diseño oficializado
contiene un detalle que se ampliará
a partir de la información que provee su autor y que se refleja en la norma que
definió la bandera. Como la provincia Catamarca se encuentra en un área hasta
la que se extendió el poder de los incas, pareció adecuado que en el vexilo de
su ciudad capital se reflejara esto en un elemento propio de esta cultura. Así se
hizo constar en oportunidad de la presentación oficial de la enseña[6]
:
“En el centro una cruz, que nos remite
a la Cruz de América, símbolo denotativo de la vertiente indiana y la vertiente
hispánica que han dado identidad a nuestra cultura, según la interpretación que
nos legara Adán Quiroga[7]”.
En la web del municipio se
consigna al respecto[8]:
“En el centro una cruz, que nos remite a la
Cruz de América, símbolo representativo del recurso de la naturaleza más
asociado a la vida: el agua. La cruz aparece, así, como símbolo que conjuga la
vertiente indiana y la vertiente hispánica de nuestra cultura, en tanto que
también representa el emblema máximo del cristianismo, el que impulsó los
afanes evangelizadores en que se sustentó el trasplante cultural de Occidente
al Nuevo Mundo”.
Por su parte el diseñador aporta
otras referencias que, por venir de quien viene, deben considerarse como
auténticas[9]:
“En el centro del paño se encuentra un
mitograma romboide denominado “Chakana”. De construcción simple y pregnante,
esta figura compuesta por ocho rectángulos, nos recuerda a los dibujos que las
teleras imprimen en sus guardas. Es el símbolo mismo del espíritu sagrado de
las montañas, es por ello que aquí lo vemos representado en color marrón oscuro”.
Los mitogramas son representaciones visuales de animales y signos
geométricos que se encuentran en diversos soportes materiales. No son meros
adornos, sino que constituyen elementos
culturales que reflejan la relación de las comunidades con su entorno, su
cosmovisión y sus tradiciones, transmitiendo ideas y convenciones
significativas de cada etnia. Es Martinena quien nos acerca a este vocablo, de
tal forma que la chakana, también llamada “cruz andina”, una de las tantas a
las que individualiza Quiroga como originaria del continente americano, que
resulta ser una especie de los diseños que encuadra cono un mito grama.
La chakana, es un símbolo cultural cuyo significado discuten los eruditos, más allá de las interpretaciones populares y simplistas, sedicentemente ilustradas hasta el punto en que algunos le atribuyen propiedades metafísicas. Su afloramiento a lo largo de los siglos nos aporta numerosísimas peculiaridades, la diversidad de detalles es tal que no puede asignársele una estructura tipo, aunque sí tiene una común esencia. Esta pluralidad es de gran interés, como se verá.
Martinena desarrolló en detalle cómo debe
representarse la chakana en la
enseña catamarqueña, así lo expresó la imagen que presentó en su web:
A los efectos de la
gráfica, lo primero a señalar es que,
la carga se descompone en 8 rectángulos
parcialmente superpuestos, y no en otros
tantos cuadrados conectados por sus vértices. Esto determina que la cruz no
queda inscripta en un cuadrado, sino en un rectángulo, de 25 cm por 20 cm.
Lo segundo es una leve superposición entre ellos que destaca la
norma:
“Cada rectángulo se superpondrá 0,5 cm por
encima del rectángulo contiguo, excepción de … (y sigue)”.
O sea que, el emblema que campea
en el paño oficial es una variante que, con toda certeza, podríamos denominar “chakana Martineta” o, mejor aún, “chakana catamarqueña”, ya que con
este calificativo se expresa su correspondencia con la ciudad[10].
La Ordenanza se refiere a la chakana como “tuqo”,
término muy poco usado por provenir de la lengua caká, cakan o kakan,
propia de la etnia diaguita que se evidencia en el Noroeste argentino, según se
me explicó.
Por lo demás, la Ordenanza
reproduce la descripción que realizó Martinena y agrega:
“Así obtendremos
una forma dinámica lograda por el efecto de forma y contraforma con la
resultante de un tuqo pleno color marrón y la imagen de una cruz central que
contrastará significativamente sobre el paño color vicuña”.
Es importante resaltar entonces, que la representación de
Martinena coincide con la que contiene la norma, lo que es lógico ya que
era de esperar que la Ordenanza respetara la concepción del autor cuyo diseño
fue seleccionado.
Divergencias constatadas en la carga
Sin embargo, la mayoría de los vexilos disponibles
en el mercado incurren en dos equívocos:
a) emplean cuadrados en su composición y,
b) omiten la superposición relativa que
aparece en la imagen oficial del signo.
Ambas causales implican apartamientos de la norma, cosa que
parece resultar indiferente a los fabricantes de banderas y a los responsables
de la comunicación oficial, no debería ocurrir. Veamos algunos ejemplos de los que se ofrecen a la venta:
En ambos casos la chakana
que presentan es la siguiente:
Como se advertirá, los elementos se contactan entre sí por los vértices.
En cambio, el Anexo de la Ordenanza muestra otra
figura, muy parecida, pero no igual a la anterior. La descripción vertida
más arriba lo expresa con toda claridad, cada elemento se superpone con los
otros en varios centímetros.
Investigando el origen del equívoco podríamos señalar que
radica en la información que obra en el portal
oficial del Gobierno nacional argentino (argentina.gob.ar)[13],
desde el año 2003. De más está decir que el origen de la fuente parecería
suficiente garantía de legitimidad, lo que en el caso no se cumple, y que de
esta forma se confunde a la opinión
pública.
De ese portal se tomó también la equívoca imagen que difunde Wikipedia desde el 2015, hace ya ¡once años! La divulgación que asegura esta
popular enciclopedia virtual amplificó exponencialmente el error. Lo peor es que
este fenómeno continuará en progreso
hasta tanto no se revierta la situación. Y, aun cuando se enmiende, quedará un
efecto residual de alcance insospechado.
Una reflexión semiótica
Tenemos entonces que la bandera divulgada como perteneciente
a la capital de Catamarca muestra alteraciones
en su principal emblema. Esto incumple
la normativa vigente y afecta a la identidad de su pueblo y gobierno. No
debería ser así, más aún, no debería tolerarse.
¿Qué se puede hacer?
a) En primer lugar, el gobierno municipal de Catamarca debe tomar nota de lo señalado y
actuar en consecuencia, controlando que todos los ejemplares de la bandera
de la Ciudad se ajusten debidamente al diseño previsto por la Ordenanza que la
estableció.
b) Adoptar
otras medidas, todas ellas muy factibles:
- Verificar las
banderas en uso, tanto en oficinas como en espacios públicos y escuelas, remplazando las que difieran del
modelo oficial, a la brevedad posible.
- Además, la Municipalidad de Catamarca debería solicitar al Gobierno nacional que
rectifique la imagen que aparece en su portal oficial[15].
- Suscitar la colaboración
de un redactor de Wikipedia para
que modifique la que se presenta en esta publicación para que se adecue a lo que demanda la Ordenanza.
- Detectar los
fabricantes de banderas que ofrezcan el producto con su carga alterada, interiorizarlos
del problema y solicitarles que modifiquen sus archivos y plantillas para que
se adecuen al modelo oficial. Eventualmente, iniciar las acciones legales
pertinentes a este objetivo.
- Impartir precisas
instrucciones a las reparticiones gubernamentales que hayan de adquirir
enseñas locales, para que estas respondan a las características fijadas.
- Circularizar a las principales instituciones que
pudieran emplear esta bandera advirtiéndolas
que es imprescindible que las piezas cumplan con el diseño oficializado.
- Y, ¿por qué no?, divulgar este problema a nivel general para que la población tome
conciencia de la temática.
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Adenda:
El Anexo de la Ordenanza Nº3.915/ 2005 contiene
otras peculiaridades, todas fueron sugeridas por Martinena que la normativa convalidó.
- Prescribe las características de la moharra, corbata,
asta, tahalí y el regatón, un detalle que no es muy común tratándose de banderas municipales. Aplausos para el diseñador y para el gobierno
municipal que captó esta importante faceta.
- Es una verdadera
curiosidad que el diseñador haya previsto como variante una la “bandera de fajina”, que carece del atributo
central. La Ordenanza no acogió este vexilo, ni tampoco surge
razón alguna que fundamente la propuesta del autor, en consecuencia, la
variante carece de entidad.
- Que el abanderado revista el correspondiente poncho, es algo
sumamente atinado porque tiene un profundo significado identitario. Este
atributo es una sugerencia, no una
imposición. Martinena previó que lo llevara por arriba del uniforme escolar. Es
corto, para facilitar los movimientos del portador. Lo concibió en colores
ocres, “con guardas a sus lados”, verdosas, “confeccionado en lana o hilo
fino”, como reza la norma. Para fundamentar su sugerencia agregó en su web:
“Rendiríamos
así un homenaje al poncho, porque además de todo cuanto esta prenda significa,
sería una forma de iniciar a los jóvenes en la defensa de nuestros valores,
nuestras tradiciones y nuestros símbolos”.
En la imagen
ilustrativa aportada por Martinena se deslizó un error que corresponde
clarificar en su recto sentido: la bandera
va a la derecha del portador, que es el lugar de honor. Consecuentemente,
el tahalí debe pender del hombro izquierdo, de manera que la cuja se posicione a
la altura de la cintura derecha.
Descomposición del diseño
Para mayor
claridad Martinena ofreció en su web la descomposición
del vexilo en sus diferentes elementos. La información fue íntegramente
captada por la Ordenanza, se traduce en la siguiente imagen y en la
explicitación de referencia:
El significado:
1) "En el centro y ocupando una
importante porción del paño, la imagen de un poncho catamarqueño color vicuña, prenda autóctona por excelencia,
símbolo de la tierra ocre que es la piel que se teje sobre nuestra Provincia,
surcada en sus flancos por dos guardas en verde simbolizando la esencia viva de
su sabia.
2) A los bordes, bien definidos,
dominando sus márgenes y protegiendo al poncho, se destacan dos franjas de color sangre mestiza que
recuerdan nuestro origen, sin olvidar el aporte recibido de los distintos
grupos inmigratorios: europeos a partir de la segunda mitad del siglo XIX,
árabes y judíos en el siglo XX, y las corrientes internas procedentes de otras
provincias, cuyas acciones individuales y colectivas, junto a la de los
catamarqueños, hicieron posible a lo largo de la historia nuestro presente.
3) En el centro del paño se encuentra
un mitograma romboide denominado “chakana”.
De construcción simple y pregnante, esta figura compuesta por ocho rectángulos,
nos recuerda a los dibujos que las teleras imprimen en sus guardas. Es el
símbolo mismo del espíritu sagrado de las montañas, es por ello que aquí lo
vemos representado en color marrón oscuro.
4) En su flanco derecho y al final del
paño, en el caso de la bandera de ceremonias, se engarzará una guía de galoncillos dorados, dándole la
jerarquía que merece ostentar una bandera, a la vez que simulan los flecos
mismos de un poncho".
Con relación a estos “galoncillos” es evidente que se incluyeron para
perfeccionar la referencia entre el paño y el poncho al que representa, ya que es
tradicional que estas prendas los utilicen a manera de terminación.
Pero al respecto surge otra discordancia que cumplo en dejar planteada. Se mencionan estos galoncillos o flecos, tanto en la fundamentación del diseño ganador como en el Anexo de la Ordenanza, lo que indica que, tratándose de ejemplares de ceremonia y de sitio imperativamente deben utilizarse. No ocurriría así en la variante de izar, aunque la norma no contenga la diferenciación. En la web del municipio se los muestra debidamente, pero en numerosas imágenes del vexilo se los omite. Esto también implicaría un apartamiento de facto de la normativa que no debería existir.
Colorimetría
A
continuación, Martinena presenta un gráfico compuesto por círculos de
diferentes tamaños que representan los porcentajes de cada uno de los colores necesarios para confeccionar el
paño de la bandera. Por cada color especifica el número clave con el que se
lo identifica: cian (C), magenta (M), amarillo (Y) y negro
(K) necesarios para la elaboración mecánica de la pieza.
Es cuanto a sus proporciones aparece otra diferencia
de peso entre los colores que Martinena previó en su propuesta y los que
fijó la Ordenanza. Después de estudiar detenidamente la cuestión la
resumo, de tal forma que, en la primera columna (en verde) figuran los guarismos oficializados, que por tal
causa deben tenerse en cuenta para la confección de la bandera. En
la segunda (en color azul), a título netamente referencial, los que había propuesto
Martinena y que fueron desechados.
Pantone 871 M Solid Matte Pantone 607 M Solid Matte
50% 45%
C:
7%
7%
M:
3%
4%
Y:
29% 32%
K:
0%
0%
Pantone 1815 M Solid Matte Pantone 484 M
Solid Matte
40% 40%
C:
31% 30%
M:
92% 95%
Y:
67% 95%
K:
35% 39%
Pantone 1655 M Solid Matte Pantone 620 M
Solid Matte
9% 10%
C:
47%
47%
M:
42%
42%
Y:
100% 100%
K:
18% 18%
Pantone 482 M Solid Matte Pantone 161 M
Solid Matte
1% 5%
C:
47% 44%
M:
59% 64%
Y:
85% 82%
K: 42% 44%
Como se
observa, las diferencias de colores entre
el modelo que presentó el artista y el que aprobó la Ordenanza no son pocas. En la bibliografía
consultada no se encontró razón alguna que lo explique. Lógicamente lo contenido en la norma debe prevalecer y por ende las
reproducciones del vexilo deben ajustarse a lo allí estipulado.
Protagonismo
Como no
podía ser de otra manera, la bandera cívica de San Fernando del Valle de
Catamarca tiene un señalado protagonismo
el día 5 de julio, en que la ciudad festeja su fundación.
Terminando:
- La bandera cívica (municipal) de San Fernando del Valle de Catamarca posee un diseño muy logrado, sus referencias identitarias son evidentes, así como los valores que expresa.
- En el estudio han quedado señaladas las discordancias entre la propuesta originalmente surgida del concurso y la Ordenanza que la aprobó como símbolo de la ciudad.
- Los apartamientos de la norma que aparecen en los ejemplares en uso y los ofrecidos en el mercado, revelan un aspecto sobre el que se debería actuar hasta que todas las reproducciones cumplan fielmente con lo que estipula la normativa.
- Esto último quiere ser una advertencia a los ceremonialistas, organizadores de eventos y fabricantes de vexilos, ya que tales apartamientos ocurren con relativa frecuencia. No debería ser así.
Dedicado a mis amigos de Catamarca😍
[2] También se le debe el diseño de la bandera de la provincia de
Catamarca: ref. https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhWpD7hcJwIxmieIZ8vuOAGHm6MADQMgtIIzWp8O5tb8aY7VrQS0Gk_K-t4Nbv0uWvTpE4rdiGDsf84N5gFxA6PAHPcy70AvQV13uf74C2_T19e4a0STh7Mmch-WZLOUNRpoRP9YK6XhAsY/s640/LINK_banderaC.jpg Lamentablemente, este excelente profesional falleció tempranamente en
el año 2024, cuando nada hacía prever su triste final. Su obra lo trasciende y
le rinde justo homenaje. Ref.: https://fabianmartinena.blogspot.com y https://www.facebook.com/fabian.martinena
[3] Agradezco a la Señora Alejandra Cowes y al Sr. Omar Pauletto, quienes
gestionaron la provisión de una copia auténtica de la Ordenanza citada.
[4] https://www.saij.gob.ar/26757-nacional-declaracion-como-capital-nacional-poncho-provincia-catamarca-lns0005745-2012-07-11/123456789-0abc-defg-g54-75000scanyel
[5] La vicuña es un camélido de la región andina cuya finísima lana es
la de mayor calidad que puede conseguirse.
[6] https://www.diarioc.com.ar/inf_general/Presentaron_la_Bandera_de_la_Ciudad/80814#google_vignette
[7] CARRILLO BASCARY, Miguel "La
Cruz en América" Adán Quiroga (1901). El primer "poncho oficial"
https://banderasargentinas.blogspot.com/2024/01/de-ponchos-e-identidades-nota-4-tucuman.html
[10] El gentilicio de los nacidos en San Fernando del Valle de Catamarca es
idéntico al de los que vieron la luz en la provincia, o sea: “catamarqueños”.
[11] Amazon: https://www.amazon.com/-/es/Fernando-Catamarca-poli%C3%A9ster-exteriores-bienvenida/dp/B0D6B3QLGM
[13] Con mayor precisión: https://www.argentina.gob.ar/catamarca/ciudad/bandera
[14] Fuentes: https://www.argentina.gob.ar/catamarca/ciudad/bandera y https://es.wikipedia.org/wiki/Bandera_de_San_Fernando_del_Valle_de_Catamarca#/media/Archivo:Flag_of_San_Fernando_del_Valle_de_Catamarca.svg, respectivamente.
[15] Se aprobó el 14 de julio de 2005; https://www.argentina.gob.ar/catamarca/ciudad/bandera














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