Respuesta a un preocupado docente
El "profesor" Nicolás (Nico) Quinteros (12 años), de verde, con sus alumnos y la bandera de su escuela "Patria y Unidad" (San Juan, 2018) [1] (Foto: “La Voz del Despertar”)
Por Miguel Carrillo Bascary
Esta nota surgió de la consulta que realizara al Blog un lector que se identificó como “Aldo”, docente de Física y Química, de quien
no tengo otras referencias.
“Buenas
noches estimado Miguel. Antes todo quiero agradecer enormemente el tiempo y la
dedicación que demuestra la nota que da respuesta a mi (primera) consulta[2]. Ha sido
usted muy claro y detallista en la explicación en todo lo que se refiere a la
bandera papal y su relación con el Protocolo y Ceremonial de bandera.
A pesar de esto me queda una extraña sensación. Esto
se debe al cumplimiento de las reglamentaciones existentes en relación a la
confección de las banderas de ceremonias. Esto me lleva a una pregunta
existencial: Si una institución educativa no posee los medios económicos
suficientes para costear la compra de una bandera de ceremonias reglamentaria y
sus respectivos accesorios, entonces, ¿es
lícito que la institución educativa opte por utilizar una bandera sin el Sol? (De
esta manera esto le sería menos oneroso) ¿Merecería, entonces, esta bandera
(sin el sol) las mismas consideraciones en cuanto al respeto y uso ceremonial,
que la bandera con el sol; y se ubicaría en idéntico orden protocolar?
Parece ser que la exigencia en cuanto al cumplimiento
de aquello que está debidamente reglamentado es bastante RELATIVA, aún para
entidades que no poseen inconvenientes económicos. Nuevamente le agradezco su
gentileza. Todos sus valiosos aportes son de mucha utilidad para quienes nos
preocupamos por educar en valores. Saludos cordiales. Aldo - 18 de octubre de 2022, 18:17”
Marco normativo
vigente
Pasando a la respuesta, el Decreto Nº1.650/ 2010 prescribe
las características que debe tener la
Bandera Oficial de la Nación Argentina y las detalla minuciosamente[3].
También lo hace con los accesorios de su versión de ceremonias (excepto el
tahalí que no está reglado).
Al respecto, cabe recordar que hasta el año 1985 solo
las autoridades nacionales, las provinciales y las Fuerzas Armadas podían usar
la “bandera con sol”, es decir la
que la Vexilología reconoce como “oficial”. Mientras que los particulares tenían
vedado hacerlo, de manera que solo podían emplear una versión sin el astro. Esta última es lo que en Vexilología se
conoce como “bandera [para uso] civil”. La circunstancia no tiene nada
en particular ya que en otros países
también se reservan los ejemplares con escudos u otros atributos para uso
exclusivo de sus autoridades o fuerzas armadas.
En 1985 se dictó la Ley Nº23.208[4]
que habilitó el uso de la que suele llamarse “bandera argentina con sol”, a todos
los particulares, tan es así que se suele afirmar que desde ese año la Enseña
nacional “se democratizó”. Indirectamente, esto implicó que la “bandera sin sol”
dejó de representar al Gobierno y a la Nación argentina, con lo que esta último
vexilo se transformó en un objeto
meramente ornamental, consistente en un paño con los colores nacionales.
Puede parecer una sutileza, pero lo expresado es una realidad con diversas
implicancias que de momento evitaré desarrollar para no apartarnos del tema.
El
problema planteado
Con relación al especial caso sobre el que consulta el Prof. Aldo, que versa sobre una
escuela cuyos escasos recursos no le permiten hacerse de un ejemplar con las
características normalizadas, cabe decir que es una dura realidad que
lamentablemente golpea a muchas escuelas de nuestro país.
La preocupación
del docente es atendible y la respuesta que puede derivar de la consulta
potencialmente puede aplicarse a casos similares, por lo que elijo este medio
para dar a conocer mi criterio.
Antes de responder apunto que hay instancias superadoras que puntualmente podrían atender la lógica
necesidad de dotar de una bandera oficial de ceremonia para una escuela humilde.
La primera vía será que su titular
instrumente la solicitud al ministerio o municipalidad del que dependa, al
menos para adquirir un paño reglamentario, dejemos por el momento, los
complementos. Si hubiera dilación o negativa, o bien en forma concomitante
cabría recurrir al sector privado de la
sociedad. Siempre será factible implementar alguna actividad que deje un rédito
suficiente para la compra. Supongamos también que no existe cooperadora o que la
inversión es desproporcionada a sus recursos, en cuyo caso se podrá intentar
que el elemento sea provisto por algún vecino de buen pasar o a un grupo de
ellos, una empresa cercana, un club de servicio o cualquier otra fuente, tanto
sea de la localidad donde se asienta la escuela como de una población cercana.
Entiendo que una solicitud
concreta, acompañando un presupuesto y/o acompañando las referencias de un
eventual proveedor, seguramente que será positivamente
atendida. Estimo también que, para muchas personas, instituciones,
empresas, sindicatos, clubes y demás, el proveer a una escuela de un ejemplar
de ceremonia de la Bandera nacional no solo será factible en lo económico, sino
que constituirá un motivo de legítimo
orgullo.
Una solución
alternativa
Sin perjuicio de lo desarrollado en las líneas anteriores,
concentrémonos en la hipótesis extrema que
plantea el Prof. Aldo, es decir, que la comunidad educativa implica carezca de
toda posibilidad para adquirir el vexilo. Observo acá que hay una opción no explorada que permite conciliar la demanda
legal con la exigua posibilidad material que se expuso.
Consiste en tomar
un paño con los colores argentinos (en el mercado hay ejemplares que pueden
comprarse por menos de lo que cuesta un café) y pintarle el Sol, procurando que se asimile al modelo oficial[5].
En tal caso se completarán los atributos propios de una bandera argentina: un
paño con los colores celeste, blanco y celeste, en horizontal y un Sol en el
centro.
En cuanto a los accesorios:
asta, moharra, tahalí, corbata y pie soporte, se podrán improvisar con otros
materiales siempre bajo el criterio de procurar la mayor semejanza posible con
los de reglamento.
Creo que de esta manera será factible dotar al
establecimiento de tan imprescindible elemento y, lo más importante, se deberá trabajar con los alumnos para que
se sientan igualmente orgullosos que, si tuvieran un ejemplar ajustado a la
reglamentación, al fin y al cabo, lo realmente trascendente es que se ame a
la Patria trascendiendo las limitaciones que pesen sobre la materialidad de su
símbolo.
Un
precedente notable
Salvando las distancias en tiempo y espacio traigo a
colación la bandera que se confeccionó en inmediaciones de la localidad de Sarmiento, entonces territorio nacional
del Chubut que por entonces no era provincia, sino que dependía del Ministerio
del Interior.
Como una forma se acentuar la identidad argentina el Ing. Policarpo Coronel propició su
confección que corrió a cargo de mujeres
tehuelches que habitaban el lugar. Para ello se tomaron telas de sábanas
que se tiñeron hasta conseguir el color celeste y con técnicas ancestrales se
le grabó la imagen de un Sol. Obviamente que fue un ejemplar de izar, pero el
ejemplo vale para el caso en análisis.
Sobre esta peculiar bandera, que hoy integra el acervo del Museo “Desiderio Torres” de la Municipalidad de Sarmiento, próximamente presentaré un estudio que sin dudas será de mucho interés para los lectores.
Los accesorios
En cuanto al asta, podría improvisarse con palos similares a los de escoba, con los que se podrá obtener el resultado buscado, luego de lijarlos y de encerarlos de color oscuro, cuidando de quitar todo el exceso para que el elemento pierda la mayor parte de su efecto deslizante. Luego se le adosarán las cuatro anillas que son piezas muy fáciles de conseguir. Mientras que para la moharra, se podrá adaptar algún terminal de verja con forma de venablo. La corbata puede sustituirse en la emergencia con un moño que se prepare a partir de una "cinta argentina" gruesa, de las que se consiguen en alguna mercería, la misma materia prima servirá para confeccionar el tahalí y las bandas de los escoltas. Para disimular la falta de cuja bastará que al abanderado se le enseñe a trasportar la bandera como si la tuviera, la habilidad es muy sencilla para quienes cursan el secundario, ya que consiste en saber acomodar el extremo inferior del asta sobre la cadera; aunque reconozco que para los niños de primaria la cosa suele ser más compleja debido a su menor desarrollo físico. Sin dudas que para confeccionar un pie soporte decente siempre se encontrará algún progenitor habilidoso.
Concluyendo
De esta manera entiendo haber respondido la consulta efectuada.
[3] Decreto Nº1.650/ 2010, Norma IRAM-DEF D 7675: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/175000-179999/175328/norma.htm
[5] La información on line hoy
permite contar con excelentes imágenes para tomar como modelo. Lamentablemente no
consta el detalle del Sol en la página oficial donde tendría que encontrarse, https://www.argentina.gob.ar/pais/simbolos/bandera,
tampoco en https://www.argentina.gob.ar/interior/asuntos-politicos-e-institucionales/simbolos-nacionales,
pero en este último caso consta un link de acceso a la Norma IRAM-DEF D
7679:2002, captada por el Decreto Nº1.650/ 2010, en donde se encontrará el patrón.
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