- 26 de noviembre
2019 -
(Nota. Lamento no haber
registrado su fuente)
Por Miguel Carrillo Bascary
Bajo el título “La bandera Wiphala flamea en el Monumento [Nacional a la Bandera] en solidaridad con Bolivia” desde hace
unos días que se viene debatiendo en las
redes. Tal repercusión revela el alto impacto de la noticia. Aunque el tema
tenga aristas muy ásperas las numerosas
consultas recibidas por este Blog me exigen abordarlo; como ejemplo baste
decir que recibí consultas desde Cali; Caacupé; Pisco; Nueva York; Sacramento; Edimburgo
y Sevilla, entre otras.
En los debates virtuales advierto que
la información de base es generalmente incompleta; quizás porque al difundirse
por primera vez fue sumamente escueta. Desde ya que la situación es muy compleja
lo que demanda que estructure esta entrada en forma sistémica, aunque les pido
que me tengan un poco de paciencia ya que no quiero incurrir en los mismos
defectos que acabo de señalar.
Desde ya que el hecho en concreto: el izamiento
de la Wiphala en el Monumento por
parte de la cónsul de Bolivia, acompañado por varios concejales de Rosario, tiene
ribetes ideológicos; otro son
netamente normativo y finalmente, también aborda el ceremonial. Veremos si
puedo responder a este verdadero desafío.
Con esta entrada no se pretende hacer
política; aquí exponemos sobre Vexilología una disciplina que tiene entre sus
principales postulados que las banderas se
estudian como elementos culturales, prescindiendo de las pasiones que entrañan,
aunque estas puedan ser intrínsecas a su propia realidad.
Una
salvedad, como este Blog es consultado por muchos lectores del exterior tendré que incluir algunas referencias
imprescindibles para que ellos puedan ubicarse en el análisis.
Quienes
deseen abundar en los textos normativos
podrán hacerlo desde los links que aparecen en el texto.
Elementos que encuadran la situación
1) El Monumento y sus mástiles
Se considera que la ciudad de Rosario es la cuna de la Bandera nacional
argentina, por haber sido allí donde el entonces coronel Belgrano la izó
por primera vez, el 27 de febrero de 1812.
El Monumento Nacional a la Bandera
es un monumento histórico nacional que conmemora aquel trascendental hecho.
Posee una muy alta emotividad para
todos los argentinos y para los rosarinos en especial, ya que su construcción
demandó un proceso que abarcó varias generaciones.
Finalmente se inauguró el 20 de junio
de 1957 y, como una inscripción lo proclama en su frente está dedicado por “La
Patria a su Bandera”. Se constituye así en uno de los principales hitos
simbólicos del imaginario histórico argentino; sitial que comparte con el
Cabildo de Bs. Aires y la Casa Histórica
de la Independencia, en Tucumán. Por ende, todo lo que ocurra en él genera honda sensibilidad popular. Cada año lo
visitan unas 700.000 personas; particularmente alumnos de escuelas llegados
desde todos los puntos del país.
Interesa señalar también que no es propiedad de la Municipalidad de
Rosario, sino del Estado Nacional, quien, por Decreto Nº364/ 1963, confió
su administración y conservación al Poder Ejecutivo local (la Intendencia); no
a la municipalidad en su conjunto, de manera que el otro órgano político, el
Concejo Municipal, carece de potestad sobre el mismo. Esto puede parecer una sutileza
jurídica pero más adelante veremos que tendrá mucha importancia.
El Monumento cuenta con su Mástil
Mayor, ubicado sobre la avenida Belgrano, en donde por lógica se iza
solamente la Bandera Nacional, destino que se fijó desde el comienzo de la
construcción y que el uso consagró. El Decreto
Nº1.631/ 2011 que regula los izamientos en el lugar lo fijó expresamente en
su Artículo 1º, inciso 1.
En el interior del Monumento, más
precisamente dando marco al Atrio y enfrentando
al Patio Cívico, existen dos mástiles
menores. En el derecho se iza siempre la Bandera nacional (Artículo
2º, inciso 1; Dec. Nº1631/ 2011) y en el
otro, llamado “escolta”, suelen
colocarse otras banderas (siempre con autorización de la Intendencia municipal).
Usualmente también allí luce una segunda Bandera nacional; pero en ocasiones
determinadas se encumbran las enseñas de los estados que mantienen vínculos
internacionales con la República Argentina en el día de sus respectivas fiestas
patrias (una vez por año para cada país, ya que hay algunos que cuentan con
varias solemnidades); las de provincias y la de la Ciudad Autónoma de Bs. Aires.
Por diversos motivos también se izan los lábaros de las Naciones Unidas; la
O.E.A.; la de la paz (Roerich) y algunas más.
Como especialísimas
excepciones, en este mástil escolta han sido izadas: la bandera del
Vaticano (cuando el papa Francisco fue electo como tal) o la de Chile, cuando
se rescataron a los 33 mineros que habían quedado sepultados en vida. En esa
norma también se detallan otras previsiones; aunque es factible que se pueda
sumar alguna otra bandera; pero siempre por disposición del Ejecutivo municipal.
Sobre los contrafuertes que flanquean
al “Patio Cívico” se erigen otros 22
mástiles. El primero de la derecha se destina a la bandera de la provincia
de Santa Fe; mientras que su par, ubicado sobre la izquierda corresponde a la
enseña de la ciudad. Usualmente, los otros veinte lucen sendas banderas
argentinas de ornato (sin el Sol); aunque en ocasiones los ocupan los lábaros
de naciones americanas (para el “Día de las Américas”) y algún otro vexilo que
se autorice.
2) La situación política en Bolivia
Acá la cosa se presenta realmente umbrosa.
En principio tenemos a una elección presidencial cuyo procedimiento fue
catalogado como fraudulento, nada menos que por la O.E.A., cuya prudencia podemos
calificarla como extrema. Para una mejor consideración les aporto el link al
pertinente informe oficial, que ha
sido manipulado y muy sintetizado por la prensa: http://www.oas.org/documents/spa/press/Informe-Auditoria-Bolivia-2019.pdf (fuente
oficial).
Finalmente, meritó una alocución
especial del Secretario General de la organización: https://www.oas.org/es/centro_noticias/comunicado_prensa.asp?sCodigo=C-100/19 (fuente oficial)
Otros acontecimientos vinculados son: el pronunciamiento de las Fuerzas Armadas
quitando su apoyo al presidente en ejercicio, Evo Morales; su salida del país y
la formación de un gobierno provisional de legitimidad discutida; tal como es
de público dominio.
Para gran parte de la opinión pública mundial esto implicó un
verdadero golpe de estado; para otra, el abandono del poder por un presidente
cuyas difíciles perspectivas de renovar su mandato derivó en un fraude colosal.
Lo cierto es que la situación implicó la reaparición de negros fantasmas del pasado latinoamericano, con todas las
consecuencias imaginables. Los acontecimientos están en pleno desarrollo.
3) La Wiphala
Cabe recordar que desde la aprobación
de la actual constitución política boliviana
(2009) su Artículo 6º, menciona la menciona como uno de sus símbolos nacionales, junto a la tradicional enseña
verde, amarilla y roja (oficializada en 1851). Protocolarmente reconoce precedencia
en favor de esta última y ambas se emplean en conjunto.
Una observación
muy importante: cuando se habla de Wiphala
se referencia el diseño oficializado por Bolivia; que es uno de las decenas que
se identifican con este vocablo. Los hay de muy variada entidad, con
diferencias que parecen sutiles pero que entrañan diversos significados y que
sirven a diversas funciones. Incluso hay wiphalas
totalmente blancas. En esta entrada utilizamos el vocablo con referencia a la
imagen acá reproducida.
La Wiphala
es un emblema cultural, no una bandera aunque tenga la estructura de tal y así se la llame.
Pareciera una contradicción flagrante, pero así lo puntualizan sus cultores.
Posee origen aimara; pero su uso se ha resignificado abarcando en su simbolismo
a otras culturas originarias de la región; particularmente a las del Altiplano.
Hay testimonios de su uso durante el siglo XVIII, pero no prehispánicos. Algunos
la consideran un emblema abarcativo de todos los pueblos originarios del
continente; infundadamente como se ocupan de advertir numerosos autores,
particularmente peruanos; chilenos; argentinos y colombianos.
Un buen
análisis nos aporta el vexilólogo Gustavo
Tracchia Piedra-Buena (revista “Estandarte” Nº73, marzo 2015). Una
información de contexto nos la proporciona la obra de Andrés Burman, de la Universidad de Gotengurbo https://www.academia.edu/6829115/Descolonizaci%C3%B3n_aymara_Ritualidad_y_pol%C3%ADtica_2006-2010_
Como la Wiphala, representa a un
estado soberano, no corresponde que fuera de Bolivia se la emplee sin la debida
ceremonia ya que ella misma implica una soberanía estatal.
Otros pueblos que habitan el territorio de Bolivia (chiquitano;
guarayo; baure; ayoreo; moré; canichana; yuracaré; moxo; t’simane; movima; yuki;
tapieté; joaquiniano; weenhayek; guaraníes y otros, rechazan la Wiphala y se auto identifican con una
bandera blanca que reproduce una flor
del patujú.
Bandera de la Flor del Patujú
(Imagen: Janito Alevic)
Aportando mayor información, doy cuenta de que Bolivia dispone de dos flores nacionales:
la cantuta y la del patujú, ambas presentan una coloración roja, verde y
amarillo, tal la enseña de Bolivia. Así lo reconoció el Decreto Supremo Nº22.482 del 27 de abril de 1990.
La última enseña reseñada surgió como tal en el año
2011 y se difundió notablemente desde entonces como símbolo de los pueblos del Oriente boliviano (la región Grigotá);
aunque su uso oficial está limitado al departamento de Santa Cruz de la Sierra,
desde junio del 2013; salvo alguna reciente novedad.
A consecuencia de los recientes disturbios
en Bolivia los partidarios de Morales emplearon masivamente la Wiphala. Algunos de sus opositores las destruyeron
sistemáticamente y vejaron, como signo de rechazo a la postura política
antagónica.
(Foto: América Latina en
Movimiento)
Esto determinó que, el gobierno
provisional dispusiera presentar en sus actos, tanto a la tradicional bandera
de Bolivia, como a la reivindicada Wiphala
(a su derecha, tal como le corresponde por estar oficializada en la
Constitución).
(Foto tomada de diario Página 12)
Casi inmediatamente, el gobierno
dispuso añadir a sus actos ceremoniales la bandera
de la flor del patujú, a su izquierda, como señal de inclusión para con los
pueblos del Oriente. Lo que acabo de sintetizar fue llamado por la prensa como
“la batalla de los símbolos”.
(Foto tomada de Informador.mx)
4) La posición política en Argentina
El Ejecutivo Nacional, todavía a cargo
del presidente Mauricio Macri hasta el 10 de diciembre, reconoció al nuevo
gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia. Por su parte, el presidente
electo Alberto Fernández, adelantó que a su criterio no existe un gobierno legítimo
en el país vecino, por lo que se descontaría que cuando asuma el poder formalizará
su decisión y por esto cambiará la
posición de Argentina.
La ciudad de Rosario es epicentro de
una zona donde existe una gran comunidad
boliviana; donde también tiene su sede un cónsul general, que atiende sus
necesidades.
El hecho desencadenante
El martes 26 de noviembre, a primera
hora de la mañana, luego del
cotidiano izamiento de la Bandera Nacional en el Mástil Mayor del Monumento; varios miembros del Concejo Municipal
de la ciudad, junto a la cónsul del Estado Plurinacional de Bolivia y representantes
de organizaciones sociales se dirigieron hasta el “Patio Cívico” donde, al par que se izaba la Enseña Nacional, en
el mástil principal del sector, en el “escolta” se hizo lo propio con la Wiphala.
(Foto: Concejo Rosario)
Según las crónicas de prensa, en el acto participaron los concejales: Norma López; Gigliani,
Magnani y Andrés Giménez (peronismo), Tepp y Pellegrini, de Ciudad Futura, pero no estuvieron:
Monteverde, Salinas, Sukerman, Toniolli, Lepratti, Gigliani ni Miatello,
quienes habían promovido la sanción del decreto que así lo dispuso, como
veremos luego. También concurrieron: el ex concejal Alfredo Curi;
representantes del Partido Comunista y del Comité
de Solidaridad con Cuba. Hubo varios delegados sindicales (Municipales; de Luz
y Fuerza; de Trabajadores del Estado y de Amas de Casa). Asistió además, un
grupo de la Corriente Clasista y
Combativa (CCC) y un representativo de la Agrupación Pueblos Originarios en Lucha y del Consejo de Coordinación de Políticas Públicas de Rosario.
Ya con las enseñas izadas, la concejala López hizo uso
de la palabra, seguida de la cónsul de Bolivia. Seguidamente algunos de los
presentes improvisaron una danza.
Días mas tarde, Evo Morales, agradeció el gesto de solidaridad
que implicó el hecho; aunque esto habría implicado una violación de las normas
internacionales del asilo concedido por México que impide las declaraciones
políticas del beneficiado (https://www.conclusion.com.ar/la-ciudad/evo-morales-agradecio-por-enarbolar-la-bandera-wiphala-en-el-monumento/11/2019/)
Un importante
detalle: algunos de los participantes en el acto también llevaron una gran
bandera boliviana (la tradicional).
(Foto: diario La Capital,
Rosario)
Aclaración que descalifica un pretendido agravio
Lo relatado dio origen al conflicto que intento desentrañar. Quizás
mucho del rechazo surgido en las redes se deba a que para quien no conoce el
Monumento a la Bandera, la siguiente fotografía dio lugar a una interpretación
equívoca.
(Imagen: Rosario 3)
Desde ya, puntualizo algo que generó
muchas críticas en las redes: la Wiphala no reemplazó a la Bandera
Nacional Argentina, esta se colocó en el asta principal del sector, a la
derecha del Atrio del Monumento;
además, lucía en lo alto del Mástil Mayor.
En consecuencia, no hubo agravio alguno al Pabellón
argentino, ya que no fue sustituido por la Wiphala.
Veremos más adelante que el enarbolamiento de la
segunda bandera boliviana implicó otras cuestiones, netamente atinentes a la política
local.
Decisión del Consejo Municipal de Rosario
El Cuerpo tomó partido por el rechazo al gobierno provisional boliviano.
Lo hizo mediante su Decreto N° 57.861
cuya parte resolutiva copio, al par que se transcribe íntegramente en el Anexo
que acompaña este estudio.
“Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo
Municipal la colocación de la bandera “Wiphala”, enseña que representa a los
pueblos andinos de América del Sur, en uno de los mástiles escolta del
Monumento Nacional a la Bandera, desde el día 25 de noviembre al 2 de diciembre
del corriente año, como símbolo de solidaridad con los pueblos indígenas del
Estado Plurinacional de Bolivia, víctimas de la represión del ejército durante
los graves hechos que precedieron al golpe de estado perpetrado contra el
gobierno constitucional de Evo Morales.”
Entre sus fundamentos señala:
“Que el blanco
de las fuerzas represivas es mayoritariamente el pueblo
indígena que se ha
levantado contra el golpe de estado”, cuya represión ha causado decenas de víctimas. Se continúa
conceptuando a lo sucedido como la reaparición de los oscuros años de las
décadas de 1970 y 1980. Más adelante expresa: “Que uno de los símbolos que enarbolan las hermanas y hermanos bolivianos
en la lucha contra el golpe de estado y en defensa frente a la represión del
gobierno de facto, es la denominada bandera Wiphala, una enseña que representa
a los pueblos andinos de América del Sur (sic)”
Ya me he explayado sobre lo inadecuado de tal representación
continental.
El trámite
El proyecto fue presentado el 21 de noviembre en expediente Nº
253.227-P-2019, por iniciativa de la concejal Norma López, acompañada por sus pares: Sukerman y Toniolli (kirchnerismo), Tepp, Pellegrini, Monteverde y Salinas (Ciudad
Futura, izquierda) y quienes integran los bloques unipersonales: Lepratti (Frente Social, izquierda), Giuliano (Iniciativa Popular) y Miatello (justicialista).
Se trató ese mismo día en el recinto
de sesiones y resultó aprobado; era la última sesión del año del Cuerpo, cuya
composición cambiará a partir del 10 de diciembre; lo que explicaría la premura en el trámite. Le correspondió el
Nº57.861 y se giró a la Intendencia
local, donde se registró en la Mesa de General de Entradas el día 22.
Como lo informó la prensa, el día martes 26 se concretó el izamiento
de la Wiphala en el Monumento, cuando la comunicación oficial aún no había
sido puesta a despacho de la titular del Ejecutivo.
Es fundamental señalar que los
concejos municipales de la provincia de Santa Fe pueden emitir varios tipos de
normas. Habitualmente se pronuncian por medio de ordenanzas; verdaderas leyes
locales (ver: la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la
causa “Rivademar, Ángela c/ Municip. de
Rosario”, 21 de marzo de 1989; Fallos:
312:326). Por este motivo para que una ordenanza tenga fuerza normativa se requiere la conjunción entre el
Concejo y el Intendente de una ciudad.
El Reglamento
Interno del Concejo de Rosario, cuyo texto puede consultarse en http://datos.concejorosario.gov.ar/dataset/reglamento-interno-del-concejo-deliberante/resource/2e3ec39e-1504-4e91-a704-98301dbbd989; nos explica que:
“Artículo 67.- Se
presentará en forma de Decreto, todo proyecto que tenga por objeto otorgar
autorizaciones, peticiones, exenciones, pagos y realización de obras (…). También se presentará en forma de Decreto
todo proyecto que manifieste voluntad de practicar algún acto en tiempo
determinado (…).”
Esto último hace aplicable el
procedimiento al acto dispuesto por el Decreto que comentamos.
También dispone el citado Reglamento:
“Artículo 107.- Las
sanciones del Concejo, en forma de ordenanzas o decretos, minutas de
comunicación o de resolución, serán comunicadas al Intendente, a los efectos de
lo dispuesto por el artículo 41, incisos 5° y 6° de la Ley Orgánica Municipal
[Nº2756] en lo que se refiere a los dos
primeros citados.”
Nota: Esta
última norma organiza los gobiernos municipales en la provincia. Su Artículo 41
alude a las “atribuciones del Intendente Municipal”; el inciso 5º se refiere a
las ordenanzas por cuanto no resulta aplicable a nuestro estudio y el 6º indica
que es facultad del D. E. “Observar total
o parcialmente dentro del término fijado por el art. 39, inc. 12 [dentro de
los diez días de su comunicación] las
ordenanzas, decretos o resoluciones que considere ilegales o inconvenientes al
interés público, incluso el presupuesto general de gastos.”(Referencia: https://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/4681)
En el caso que nos ocupa la aplicación
del Artículo 107 implicaba comunicar el decreto aprobado a la Intendencia, seguidamente
ésta contaba con diez días para
sancionarlo (hacer aplicable el mandato) u observar (vetar) su contenido,
lo que en su caso hubiera obligado a que la norma volviera al Concejo para un
nuevo análisis. Solo si el D.E. no se hubiera expedido en ese término el
Decreto cobraría en vigor.
En consecuencia, queda manifiesto que
el haberse concretado el acto y el izamiento en la forma en que se hizo el Ejecutivo fue privado de su función de
revisar o convalidar el decreto, según lo juzgara pertinente.
Evaluación
La concreción del izamiento implicó un
HECHO CONSUMADO, por cuanto como el
mismo texto del decreto indica que no tenía principio de ejecución en sí mismo
ya que dice: “Encomiéndase al
Departamento Ejecutivo Municipal la colocación de la bandera Wiphala…”
Esto reafirma que quien debía llevar adelante el izamiento era naturalmente el D. E. por
cuanto, el Monumento no está bajo la jurisdicción del Concejo sino de la
Intendencia.
Izar la Wiphala en el Monumento fue un acto
de neto corte político. Con ello se anticipó a la posición que
eventualmente sostendrá el futuro presidente, pero contrarió en forma expresa
la posición internacional del país, lo que pudo generar acciones diplomáticas
por parte del actual gobierno boliviano. Podrá decirse que, con una presidencia
en retirada, como la de Mauricio Macri, un gesto como el presente no tenía
entidad para suscitar conflicto alguno; pero no deja de ser una decisión a
contramano de la política exterior de la Republica; lo que es una cuestión por
demás delicada, máxime por haber tenido lugar en un sitio de tanta trascendencia
para los argentinos.
Desfasaje temporal
Esto se pone de resalto cuando se
consideran las fechas consignadas en el artículo 1º del Decreto. En el mismo se
disponía que la Wiphala se izara desde el 25 de noviembre al 2 de diciembre
de 2019; lo que materialmente no daba tiempo a que el Ejecutivo local ordenara
lo que considerara pertinente; ya que bien pudo acatar lo resuelto por el
Concejo o no hacerlo.
Como los días 23 y 24 eran inhábiles
(sábado y domingo) ante el correr del plazo fijado por el decreto, un grupo de
concejales con el acompañamiento indicado, procedió
de hecho; así lo reflejan las crónicas (ver el acápite “Crónicas de prensa”)
Repercusiones
En cuanto a las ocurridas en las redes,
hemos reseñado su tenor y al final de esta entrada aportamos algunos links.
El acto dio como resultado la destitución de la cónsul boliviana en
Rosario y también las de la totalidad de sus pares en nuestro país, una
decisión que era natural pero que se precipitó ante los hechos de Rosario.
La Cancillería nacional, no se dio por enterada del evento y, por lo
que conozco, el gobierno provisional de Bolivia tampoco formulo reclamos.
Evidente intención del área diplomática de restar entidad al izamiento
explicado.
Conclusiones
- La decisión de generar un acto que
expresara solidaridad con las víctimas de la represión en Bolivia fue un gesto visibilizador positivo, de los
que caracteriza las manifestaciones públicas de los últimos años.
- El izamiento de la Wiphala en el Monumento a la Bandera,
fue un acto político protagonizado por un segmento ideológico que concitó la anuencia del Concejo de Rosario; pero
luego implicó un avance sobre la esfera
de acción de la Intendencia local
- Indudablemente consiguió la repercusión buscada, señalar la solidaridad con el
pueblo boliviano victimizado y de rechazo al gobierno provisional de ese país;
pero se concretó apelando a la metodología de los hechos consumados.
- La medida no implicó ningún agravio a la Bandera Nacional Argentina.
- Los acontecimientos demostraron que el Ceremonial y el Protocolo son
protagonistas en lo cotidiano de la vida, particularmente en la realidad de
las construcciones simbólicas.
- Nuevamente se puso de relieve que la Wiphala
posee un multifacético significado lo que la transforma en un punto sobre
el que se reflejan conflictos políticos; ideológicos; sociales y culturales;
por lo que su empleo debe concretarse
con extrema prudencia y, por
sobre todo, con conocimiento de causa.
- En lo personal considero que se debieron izar las dos enseñas que están
oficialmente vigentes en el Estado Plurinacional de Bolivia: la tradicional
tricolor y la Wiphala. Esto hubiera
sido un gesto superador; comprensivo del dolor de todo un pueblo; por sobre
toda “grieta”. Eventualmente podría haberse agregado la de la flor del patujú. En consecuencia, la foto habría sido la que sigue:
(Foto difundida por el Consulado de Bolivia en Rosario)
Anexo: DECRETO N°57.861
- Concejo Municipal de la ciudad de Rosario
"Visto: La angustiante
situación por la que atraviesa la población indígena del país hermano de
Bolivia, frente a la violenta represión desatada por el gobierno de facto de
Jeanine Áñez, y
Considerando: Que el blanco de las fuerzas represivas
es mayoritariamente el pueblo indígena que se ha levantado contra el golpe de
estado que depuso al gobierno constitucional de Evo Morales, dejando como saldo
una gran cantidad de muertos y heridos. La violenta avanzada del ejército se
desató sobre ciudades como El Alto, Sacaba, Senkata, Huayllani, entre otras,
costando la vida de más de 30 ciudadanas y ciudadanos, y centenares de heridos,
hasta el momento.
Que el Gobierno de facto en Bolivia, en la persona de
la autoproclamada presidenta Jeanine Áñez, emitió un decreto eximiendo a las
Fuerzas Armadas de responsabilidades penales en la represión, constituyendo no
sólo un acto de ilegalidad e inconstitucionalidad aberrante, sino asumiendo
desde el poder la responsabilidad del terrorismo de Estado, volviendo así a las
oscuras páginas de la historia latinoamericana de los ´70 y ´80, cuando las
dictaduras ilegales asesinaban a la población que resistía el avance del
autoritarismo.
Que, como hemos dicho en ocasión de repudiar este
golpe de estado, el derrocamiento de Evo Morales confirma que el entramado
empresarial-militar, junto con el apoyo de las potencias de la región, ha
regresado en América Latina como hacía tiempo no sucedía. Esto remite a la
centralidad adquirida por la amenaza y el efectivo uso de la fuerza, así como
el lugar del control civil y democrático de las fuerzas armadas. Hechos como
estos que asolan la república hermana de Bolivia, reabren un ciclo de
sublevaciones populares, represión salvaje, caos y violencia política, y
lamentablemente interrumpen diez años de crecimiento económico, estabilidad
política e inclusión social.
Que uno de los símbolos que enarbolan las
hermanas y hermanos bolivianos en la lucha contra el golpe de estado y en
defensa frente a la represión del gobierno de facto, es la denominada bandera
Wiphala, una enseña que representa a los pueblos andinos de América del Sur.
Cada uno de los siete colores que la componen representa un significado. El
rojo es el planeta Tierra, la expresión del hombre andino; el naranja es la
sociedad y la cultura, la preservación y procreación de la especie humana; el
amarillo es la energía y fuerza, expresión de los principios morales; el blanco
es el tiempo, la expresión del desarrollo de la ciencia y la tecnología,
también del arte y el trabajo intelectual; el verde es la economía y la
producción andina, riquezas naturales de la superficie y el subsuelo, la flora
y fauna; el azul es el espacio cósmico, el infinito, la expresión de los
sistemas estelares y los fenómenos naturales; y el violeta es la política y la
ideología andina, la expresión del poder comunitario y armónico de los Andes.
Por lo expuesto, se eleva para su
aprobación el siguiente proyecto de DECRETO:
“Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal la
colocación de la bandera “Wiphala”, enseña que representa a los pueblos
andinos de América del Sur, en uno de
los mástiles escolta del Monumento Nacional a la Bandera, desde el día 25 de
noviembre al 2 de diciembre del corriente año, como símbolo de solidaridad
con los pueblos indígenas del Estado Plurinacional de Bolivia, víctimas de la
represión del ejército durante los graves hechos que precedieron al golpe de
estado perpetrado contra el gobierno constitucional de Evo Morales.
Artículo 2°.- Comuníquese a la
Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al Digesto
Municipal”.
Data: 21 de noviembre de 2019.-
Otras entradas sobre la Wiphala
En este
Blog me he referido a ella en:
“Banderas de los pueblos indígenas argentinos (adhesión a la semana que
los destaca)”: http://banderasargentinas.blogspot.com/2018/04/emblemas-de-los-pueblos-originarios.html
“Polémicos izamientos de dos banderas en un mástil. Una
fake news y el Ceremonial de la Bandera argentina; o la manipulación de los
bien intencionados”: http://banderasargentinas.blogspot.com/2019/07/polemicos-izamientos-de-dos-banderas-en.html
Crónicas de prensa vinculadas
al tema:
https://redaccionrosario.com/2019/11/26/un-monumento-a-la-whipala
Exhibición de la Wiphala en el Monumento
En el año
2017 el Concejo Municipal de Rosario sancionó la Ordenanza Nº9.775 (https://www.rosario.gob.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=129582) que estipuló:
“Artículo 1º.- Inclúyase en la Galería de Honor de Las
Banderas de América, a través de la Dirección General del Monumento Nacional a
la Bandera, al emblema Wiphala de forma permanente, como símbolo de fraternidad
y respeto hacia los Pueblos Originarios de América del Sur y reivindicando su
soberanía, pertenencia y su importancia en la historia, en la cultura y en el
presente de cada uno de los Países Americanos.”
Mientras que su Artículo 2º dispuso:
“Establézcase que los días 19 de Abril ("Día de los Pueblos
Originarios de América") y 12 de Octubre ("Último día de libertad de
los Pueblos Originarios de América") se realice izamiento de la Wiphala en
el Mástil Mayor del Monumento Nacional a la Bandera.”
En esta
segunda disposición es inadecuada ya que de ninguna manera corresponde que
la Bandera Nacional Argentina sea sustituida, por la insignia de un estado
soberano como el de Bolivia y, nada menos que en el Mástil Mayor del Monumento que le rinde homenaje.
Puesta a consideración de la
Intendencia de la ciudad, su titular me requirió parecer como subdirector
general del Monumento a la Bandera y titular del Programa Rosario cuna de la Bandera y ciudad de la inclusión. No es
momento este par abundar al respecto, basta decir que mi dictamen fue tomado
parcialmente y sirvió de fundamento de la observación a dicha norma, la Señora
Intendenta concretó a través de la Resolución Nº127/ 2017 del
Departamento Ejecutivo (https://www.rosario.gob.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=128817)
En
consecuencia, la Ordenanza volvió al Consejo, tal como lo preveía la Resolución
aludida, la reformó por medio de una norma de similar entidad, bajo el Nº9.780
(https://www.rosario.gob.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=129583)
De esta
manera se preservó adecuadamente la preeminencia protocolar y la misma dignidad
de nuestra Bandera Nacional; al par de que se expresó la decisión
reivindicativa que correspondía a juicio del gobierno municipal de Rosario, lo
que se manifestó en el izamiento de la Wiphala
en el “mástil escolta” del Monumento.
Precisiones terminológicas para
extranjeros:
Provincia: unidad política que integra el Estado argentino,
que es de forma federal
Intendente: alcalde, titular del Departamento Ejecutivo (D.E.)
de una ciudad, es electo directamente por la ciudadanía.
Concejo Municipal: cuerpo político colegiado electo
directamente por el pueblo, que actúa como legislatura local.
Bloque: agrupación de uno o más concejales que manifiestas
un afinidad política y que actúan en conjunto.
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