Bandera del Deporte Chaqueño
Abanderados de la Escuela Nº87
“Domingo Sarmiento”: de derecha a izquierda; Bandera nacional argentina; de la
provincia del Chaco y del Deporte Chaqueño. Observación: la Bandera nacional debió ubicarse en el centro, para guardar el debido protocolo
Por Miguel Carrillo Bascary
A nivel
mundial la Bandera Olímpica es un símbolo que representa un conjunto de valores
vinculados al deporte, que puede ser usada por diversos estados, sin atender a
los orígenes nacionales.
Bandera del Deporte Chaqueño
Con
parecida motivación, en el Chaco (Argentina) se dispuso utilizar una bandera
capaz de identificar su identidad comunitaria en las competiciones que se
realicen con otras provincias. La iniciativa surgió en el año 2000 de la Unión
de Periodistas Deportivos del Chaco (UPDCH) en las personas de Marcelo Lagranja
y Oscar "Cacho" Delgado; su presidente y tesorero, respectivamente. El
diseño oficializado es el que observamos:
Análisis:
Atendiendo al simbolismo de los
colores establecidos en el anexo de la Ley:
El rojo: alude a la sangre, la
fortaleza, la osadía, la victoria y el ardor.
Morado: la remisión a la ley no encuentra
respaldo alguno para determinar su significado
Azul: simboliza
la justicia, el celo, el deber, la verdad, la lealtad, la caridad, la hermosura
y el color marino.
Verde: evidencia la esperanza, la
fe, la amistad, servicio y respeto.
La forma blanca ribeteada
corresponde al perfil de la provincia del Chaco. En este sentido la identificación
es suficientemente elocuente. La referencia al significado del color nos indica
que alude a: la pureza, la integridad, la obediencia, la firmeza, la vigilancia
y la elocuencia.
La figura neutra en color negro
expresa dinamismo y los brazos en alto como manifestación de victoria. Este
color patentizaría: la prudencia, la tristeza, el rigor, la honestidad y la
obediencia.
La cinta con los colores argentinos contribuye a situar a la provincia del Chaco en esta nación americana.
El ribeteado externo en amarillo (oro) indica el poder, la nobleza, la riqueza, la luz, la constancia y la sabiduría.
Según la primera fotografía, esta bandera utiliza una corbata idéntica a la dispuesta para la bandera provincial chaqueña, al igual que la banda empleada por su portadora. Esto resulta un acierto pues permite establecer una adecuada correspondencia con dicha provincia.
Según la primera fotografía, esta bandera utiliza una corbata idéntica a la dispuesta para la bandera provincial chaqueña, al igual que la banda empleada por su portadora. Esto resulta un acierto pues permite establecer una adecuada correspondencia con dicha provincia.
Juicio de valor: El emblema posee una agradable combinación
de colores y la figura negra coincide con el dinamismo que implica el deporte. Sin
perjuicio de su legitimidad el diseño contraría los cánones de la Vexilología pues
el ribeteado interno del elemento blanco es de muy difícil memorización y de más difícil
ejecución, lo que conspira contra la difusión del lábaro. Además, es de
lamentar que no se haya establecido el significado del morado.
Segundo edificio que ocupó la Escuela “Sarmiento”
Logo conmemorativo del centenario del “Sarmiento”; 2010
Observación. Son escasas las alusiones a este símbolo que hemos podido detectar en la Red. Nuestro pedido a las autoridades del Chaco de mayores antecedente al respecto lamentablemente no han tenido resultado positivo hasta el presente. Continuamos esperando la buena voluntad de alguna persona que nos permita enriquecer la información disponible.
Referencias legales: Se promovió en el año 2002 la ley que estableció la Bandera del deporte Chaqueño que recibió el Nº5074. Su texto se sancionó rápidamente el 24 de julio de 2002. Se transcribe, junto con un anexo que serviría de base para el concurso del que debía salir el símbolo:
Referencias legales: Se promovió en el año 2002 la ley que estableció la Bandera del deporte Chaqueño que recibió el Nº5074. Su texto se sancionó rápidamente el 24 de julio de 2002. Se transcribe, junto con un anexo que serviría de base para el concurso del que debía salir el símbolo:
LEY Nº5.074 – CREA LA BANDERA DEL DEPORTE DE LA
PROV. DEL CHACO
Artículo 1º.- Créase la bandera del Deporte de la provincia del Chaco como símbolo que contenga la idiosincrasia y raigambre de los deportistas de esta tierra chaqueña, de conformidad con la normativa que figura en el anexo que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a convocar, a través de la Subsecretaria de Deportes y Turismo Social, a un concurso publico provincial, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º de la presente.
Artículo 3º.- Establécese que el Poder Ejecutivo deberá instrumentar los medios para la confección, difusión y reglamentación del uso de la bandera del Deporte.
Artículo 4º.- Regístrese y comuníquese al poder ejecutivo.
Anexo a la ley Nº5074 - Normativa y orientaciones para el diseño de símbolos oficiales
1. Para la creación de una
bandera, acorde con las reglas técnicas, simbológicas y cromáticas de la
heráldica y la vexilología, es doctrina general de todos los tratadistas de
estas ciencias, que la misma será sencilla, clara y distintiva.
Sencilla porque debe estar compuesta del mínimo numero posible
de partes.
Clara porque sus partes deben ser reconocibles en el
conjunto.
Distintiva porque mantendrá las características mas adecuadas y
simbológicas de la sociedad civil que representa, recomendándose el empleo de
algunos de los elementos alegóricos de la población, basados en su historia o
bien tomados de su escudo.
Para componer la
bandera será necesario atender los siguientes aspectos:
a) Diseño
1 - La
bandera será una pieza de tela de forma rectangular con una relación de dos
metros de altura por tres metros de ancho, que se fijara por su lado izquierdo
a un palo o asta.
2 - Será
sencilla como sea posible y al mismo tiempo identificativa.
3 - Por
las dos caras de la bandera, todos los elementos que se incorporen deberán
mantener la misma disposición y orientación respecto al asta, haciendo el
efecto de transparencia.
4 - Será
de significativa importancia la elección de los colores, ya que la normativa de
la heráldica y la vexilología tienen histórica e internacionalmente establecida
la combinación de los colores por el significado que ellos conllevan
b) Atributos
1 - Los
atributos que se utilizaran en los símbolos son denominados por la vexilología
como muebles o figuras, estos son objetos naturales, artificiales o ficticios;
naturales son las figuras humanas, animales y vegetales; artificiales, los
elementos inanimados y los creados por el hombre; ficticios, los que son
creados por el imaginario colectivo.
2 - Para
la ubicación de las figuras simbológicas representativas que se inserten,
deberán tenerse en cuenta las zonas en que se divide el paño de bandera; la
figura representativa podrá estar en el centro o en el tercio del asta, de
manera que al vuelo, no llegue a cubrirse la figura.
3 - El
sol, de ser uno de los elementos elegidos, tendrá, como el sol de la bandera
nacional, treinta y dos (32) o diecinueve (19) rayos flamígeros intercalados
con rectos.
4 - Deberá
evitarse la reiteración de elementos.
5 - No
deberán superponerse.
c) Colores. Los
colores son siete:
- Dos
corresponden a los metales oro y plata, representados por el amarillo y el
blanco, respectivamente.
- El
oro: simboliza el poder, la nobleza, la riqueza, la luz, la constancia y la
sabiduría.
- La
plata: simboliza la pureza, la integridad, la obediencia, la firmeza, la
vigilancia y la elocuencia.
- Los
otros cinco son esmaltes, representados por colores o por rayados convencionales:
- gules (rojo), rayado con líneas verticales: simboliza la sangre, la
fortaleza, la osadía, la victoria y el ardor.
- Azul,
rayado con líneas horizontales: simboliza la justicia, el celo, el deber, la
verdad, la lealtad, la caridad, la hermosura y el color marino.
- Sable
(negro), rayado cruzado: simboliza la prudencia, la tristeza, el rigor, la
honestidad y la obediencia.
- Sinople
(verde), rayado oblicuo de derecha a izquierda: simboliza la esperanza, la fe,
la amistad, servicio y respeto.
- Púrpura
(violado), rayado contrario al anterior.
El
empleo de estos colores no excluye otros necesarios para representar a los
animales, plantas, astros y objetos, pero es regla absoluta no colocar metal
sobre metal ni esmalte sobre esmalte.
2 - Convocatoria al concurso de diseño. La participación en dicho concurso será limitada en
edad a partir de 10 años.
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