lunes, 24 de enero de 2022

¿Extrema derecho o en el centro?

Dos lecturas válidas, pero una mejor que otra

Ceremonial práctico

La colocación de banderas en análisis

Por Miguel Carrillo Bascary 

El reciente encuentro entre el gobernador de la provincia de Jujuy y el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Bs. Aires (CABA) suscitó la duda en uno de nuestros fieles lectores, lo que justifica el presente comentario por cuanto considero que la respuesta al interrogante puede ser de interés general. 

El caso de hoy 

La fotografía que ilustra la nota no permite apreciar bien las banderas que se vislumbran en segundo plano, por lo que tendremos que deducir al aspecto. 


Para los lectores que no sean argentinos cabe explicar que el país es un estado federal compuesto tanto por provincias como por la Ciudad Autónoma de Bs. Aires, ambos entes tiene naturaleza de Derecho Público y gozan de autonomía propia. 

El orden protocolar vigente en el país reconoce precedencia a la Bandera Oficial de la Nación (BON), la que comúnmente se denomina “bandera argentina”. En un segundo nivel se ubican las de provincias en conjunto a la de CABA, con lógica precedencia en favor del estado local. 

Sin embargo, la Ley Nº27.134 (2015) reconoció como “símbolo patrio histórico” a la Bandera Nacional de la Libertad Civil (BNLC), la que por ser precisamente “bandera nacional” comparte el primer orden de precedencia con la BON, aunque le reconoce primacía a esta última. 

Además, la BNLC es también enseña oficial de la provincia de Jujuy desde el año 1994 (Ley Nº4.816, ratificada luego por Ley Nº5.772), la que se particulariza por usar una corbata con inscripciones en sus brazos (23 de Agosto 1823 y 18 de Noviembre 1836), siendo por lo demás idéntica a la que emplea la BON, definida en este caso por el Decreto Nº1.650/ 2010. 

Reconozco que la novedad que todavía sigue siendo la BNLC suele plantear dudas en los ceremonialistas y organizadores de eventos. En el presente Blog pueden verse varias entradas que abordan la temática.

Destaco que el anfitrión es el mandatario jujeño y que no se advierte la presencia de la enseña porteña, la que muy bien podría haber estado. 

Atento a la foto, la repartición encargada del Ceremonial en Jujuy dispuso las enseñas en el siguiente orden: 1º la BON, 2º la BNLC y 3ª la bandera de la provincia de Jujuy. 

Comentarios: 

Si bien en la fotografía no se advierten las corbatas, ha de entenderse que: 


a) la BNLC ubicada en el centro del dispositivo llevaría la celeste, blanca y celeste sin ningún aditamento, lo cual indica que sería una BNLC en su versión de enseña de carácter nacional.


b) La BNLC que se visualiza en el extremo izquierdo de la fotografía, correspondería a la enseña oficial de Jujuy y, por lo tanto, llevaría una corbata con las leyendas de reglamento. 

De manera entonces, que en la foto no vemos en realidad dos ejemplares de la BNLC, sino que cada uno corresponde a las dos versiones de la misma, aunque aparenten ser idénticas, la diferencia radicaría en el uso de ambos modelos de corbatas. 

La consulta original contenía otros dos interrogantes: 


a) Sobre si la disposición observada era correcta desde la perspectiva del orden protocolar vigente. 


Básicamente el posicionamiento en la foto es válido y se expresaría así: 1º la BON, 2do. La BNLC (versión Ley Nº27.134) y 3ª. La BNLC (versión jujeña), empero, he destacado ya en muchos trabajos previos, que el orden lineal expresado en la secuencia indicada es más propio cuando se colocan banderas en número par.

 

Para los conjuntos impares, que sería el caso mostrado en la foto, estimo es preferible aplicar la regla del centro, ubicando: primero la bandera de mayor jerarquía, a su derecha la que le continúa en orden y a la izquierda de la primera, aquella que sigue a la anterior. En tal caso la ubicación será 2ª. BNLC (Ley Nº27.134) / 1ª. BON / 3ª. BNLC (versión provincial). Justifica este criterio, que a los ojos de los profanos la jerarquía se hace mucho más evidente y por ende la comunicación implícita en el orden del dispositivo será más directa.

 

b) Y si hubiera estado la bandera de la CABA, ¿cómo se deberían haber colocado? 


La respuesta también se atendrá a las condiciones previamente desarrolladas: 


b.1) Según la regla de la extrema derecha: 1ª. BON, 2ª. BNLC (Ley Nº27.234), 3ª. BNLC (versión jujeña), ya que es anfitriona y 4ª. B. de CABA

 

b.2) Pero también se podría haber aplicado la regla del centro partido, colocando en el centro las de mayor jerarquía (por su orden) y las siguientes a derecha e izquierda de las anteriores. En cuyo caso la presentación quedaría así: BNLC (versión jujeña) por anfitriona/ BON/ BNLC (Ley Nº 27.134/ B. de CABA 

Con esto espero que haya quedado satisfecha la consulta.

2 comentarios:

  1. ah... pero la municipalidad de San Salvador de Jujuy manda a Cosquín, la delegación de la ciudad capital, bajo la bandera del estado plurinacional de Bolivia. Esos sí que saben de protocolo.

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  2. Muy lamentable lo que comentas, Daniel. Es cierto que la wiphala es un emblema cultural pero no tiene entidad para reemplazar a la bandera oficial de la provincia. En este caso se trata de un grave equivoco de la delegación oficial de esa ciudad.

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