Varias banderas, pocos abanderados
Una
consulta urgente que nos hizo el “Colegio Internacional Parque de España” de la
ciudad de Rosario (Argentina) expone un interesante problema de Ceremonial que
da origen a este post.
Por Miguel Carrillo Bascary
En los últimos años se experimenta
el curioso fenómeno de la multiplicación
de las banderas de uso ceremonial. Es así que en Argentina tenemos:
a). La Bandera oficial de la Nación
b). La Bandera Nacional de la
Libertad Civil” (histórica)
c). La que corresponde a la
Provincia
Si el establecimiento educativo es
confesional (religioso) se añadirá la enseña Papal (católico) o la del estado
de Israel, si aquél fuera judío.
Más aún, si la institución lleva el
nombre de un estado extranjero o está vinculada de alguna forma con otro país,
se deberá sumar la bandera que así lo indique.
Y todavía se podrían sumar el lábaro
de la ciudad y el que identifique particularmente a la entidad, si lo posee.
Como vemos, son muchas banderas y
para presentarlas en una ceremonia se necesitaría un abanderado y dos escoltas para
cada una (hay países, como México que demandan 6 miembros en la escuadra)
La tradición y la mayoría de las
reglamentaciones estipula que los alumnos que cursen el último año de la
currícula serán los encargados de portar la/ las banderas; además, para
desempeñar la función de abanderado o de escoltas se necesita un alto promedio
de calificaciones y excelente concepto de conducta.
Pero, ¿qué ocurre si el número de alumnos
habilitados para cubrir estos roles es tan reducido que no es factible integrar
las escuadras portadoras al completo?
El rol del Ceremonial
como disciplina práctica
Cuando la normativa no prevé
especialmente estos casos surgen las dudas. Es aquí donde el Ceremonial, ayuda a
superar el problema.
La escuela que nos consultó tenía la
posibilidad de presentar cuatro banderas: la Nacional; la de España; la de la
provincia de Santa Fe y la representativa de la ciudad de Rosario (donde tiene
su asiento). O sea que se requerían 4 abanderados y 8 escoltas en total; pero
la institución no contaba con este número.
En este post analizaremos casos parecidos
al que motivó la consulta; para esto planteamos varias hipótesis:
a) Solo se cuenta con 6 alumnos
calificados para la tarea ¿cómo se los distribuye?
a. 1.- Primera solución: se
presentan la Bandera nacional y la de España, cada una llevada por su
correspondiente escuadra. Obviamente, quedan sin asignar la enseña subnacional
y la ciudadana. Sería la opción más tradicional.
a. 2.- Segunda posibilidad: se
presenta la Bandera nacional, acompañada de sus dos escoltas; la de España con
una escolta y la provincia, sin escolta. Este esquema puede ser opinable,
lógicamente.
En ambos casos debe privilegiarse
que la Bandera nacional lleve los dos escoltas de reglamento.
b) Se dispone de 7
alumnos calificados para cumplir los roles de referencia, en cuyo caso: la Bandera
nacional se presenta con sus dos escoltas; la de España, con uno solo; al igual
que la provincial.
Explicaciones en
detalle
El régimen escolar argentino solo demanda
la presentación de la Bandera oficial de ceremonias. La llamada “Bandera
Nacional de la Libertad Civil” (segunda enseña argentina, de carácter
histórico, es de uso opcional). El empleo de la bandera que evidencia la
confesionalidad o religión del establecimiento también es facultativo. En la
gran mayoría de las provincias el uso de la enseña local tampoco es
imprescindible (Argentina es un país federal, donde cada jurisdicción tiene
amplia autonomía). En cuanto a la enseña que alude al país cuyo nombre lleva el
establecimiento o a la que resulta de algún especial vínculo con el mismo,
también es opcional.
Cada establecimiento deberá analizar
el criterio que empleará para optar sobre el uso de las banderas optativas. En
esta materia las soluciones pueden ser muy diversas, lógicamente.
Para finalizar, en la legislación
nacional la presentación de las enseñas de uso facultativo no demanda
explícitamente el acompañamiento de dos o de, incluso, un escolta; por ende, se
abre la posibilidad de no completar sus escuadras si fuera imprescindible mostrar
gran cantidad de lábaros y no se contara con alumnos habilitados.
Incluso sería factible que alguna
enseña quedara sin escolta, pero en este caso entendemos que las autoridades
del establecimiento deberían implementar alguna forma para que esto no ocurra.
Por ejemplo, podría dictarse una resolución especial para habilitar que un
alumno que en principio no cuenta con las condiciones previstas ocupe
transitoriamente el rol de escolta, si resultara necesario completar el número
necesario.
Conclusión
En los casos que analizamos los
requerimientos de cada situación pueden ser muy diversos y esto puede llevar a
situaciones poco habituales, pero mientras no se infrinja una norma taxativa, la
solución que se acuñe desde el Ceremonial deberá tener presente el axioma “donde la ley no manda, la libertad impera”,
aunque la solución elegida no sea impecablemente académica.
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