domingo, 5 de enero de 2020

“Año del general Manuel Belgrano”

Su declaración oficial y el rol del
Instituto Nacional Belgraniano

Retrato de Manuel Belgrano
atribuido a Carbonnier (Londres, 1815), fragmento

Por Miguel Carrillo Bascary


El próximo 3 de junio se cumplirán doscientos cincuenta años del nacimiento del general Manuel Belgrano y el 20 de junio se conmemorará el instante en que comenzó su vida en la eternidad del amor a Dios a quién procuró seguir durante su transcurso en esta tierra.

Son múltiples y reiterados los testimonios; documentos y referencias de que su fe lo sostuvo en sus siempre difíciles empresas donde destacó por dar lo mejor de sí mismo en cada situación que le tocó protagonizar.

En el próximo bicentenario de aquella fecha en que trascendió las limitaciones de la vida humana el Gobierno nacional ha recogido la iniciativa surgida de numerosas instituciones para declarar que el 2020 será el “AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”.

La opinión pública, sin exclusiones, ha saludado la decisión lo que contribuye a la justicia del reconocimiento.

Anhelamos que la ocasión sea un estímulo para que autoridades y pueblo intentemos seguir el ejemplo que nos dejó.

El Decreto Nº2/ 2020 que acaba de ser publicado reconoce fundamentos valiosos, que no por ello limitan la justicia que corresponde a la figura de uno de los padres de nuestra Patria.

Se acompaña su texto íntegro, por que vale la pena leerlo con detenimiento.

Un párrafo especial para lo dispuesto en su Artículo 3º, donde se revalida el aporte del INSTITUTO NACIONAL BELGRANIANO para el asesoramiento de las actividades que puedan emprenderse con referencia al objeto de la norma.

Cabe señalar que en el mismísimo Decreto Nº1435/ 1992 que lo oficializó (http://manuelbelgrano.gov.ar/instituto/decreto-143592) se le fijó como competencia:

“a) La investigación histórica y los estudios historiográficos, críticos, filosóficos, militares, económicos, educacionales, periodísticos, jurídicos y políticos referentes a la personalidad a la acción pública y privada del Prócer;

b) La difusión del conocimiento de la vida, personalidad e ideario del Doctor Manuel BELGRANO en sus aspectos civiles y militares a cuyo fin el Instituto hará publicaciones y organizará cursos y conferencias en su sede y en establecimientos educacionales, civiles, militares y centros de cultura del país;

c) La colaboración con las autoridades nacionales, provinciales y municipales y con las instituciones oficiales y privadas a fin de fijar objetivos de la enseñanza de la vida del Prócer como, asimismo, el asesoramiento respecto de la fidelidad histórica en todo lo que se relaciona con la persona del Doctor Manuel BELGRANO;

d) La formación de museos, archivos y registros documentales, bibliográficos, iconográficos, numismáticos, filatélicos, etc.;

e) El estudio y el registro de la toponimia y demás denominaciones belgranianas como así también de efigies, distintivos y emblemas.”


Estos cometidos son extensivos a las iniciativas que eventualmente emprendan las entidades privadas de todo tipo, y que se cumplen en forma totalmente gratuita.

En la página web de la entidad se encontrará numerosa información y también vías de contacto para requerir su concurso: http://manuelbelgrano.gov.ar

En lo particular me honra formar parte del Consejo Directivo de tal Instituto, lo que me compromete a brindar aquellos servicios que pudieran estar a mi alcance. A tal fin se podrá recurrir a mcarrillobascary@gmail.com o bien al teléfono 0341-156299664 (también vía waths-app)


Anexo:

DECRETO Nº 2/ 2020               Ciudad de Buenos Aires,  2 de enero de 2020

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que en el Año 2020 se cumplen doscientos cincuenta años desde el nacimiento de Don Manuel BELGRANO y doscientos años desde su muerte.

Que su destacada actuación pública, llevada a cabo entre los años 1806 y 1820, se vio coronada al erigirse Don Manuel BELGRANO como una de las figuras fundamentales del proceso que condujo a la independencia de nuestro país en el marco de las luchas por la emancipación sudamericana.

Que por su probada austeridad y honradez sacrificó sus propios intereses en pos de las necesidades de la Patria, siendo considerado por ello como uno de los ejemplos más destacados de virtud cívica entre los hombres y mujeres que forjaron nuestra Nación.

Que dado el reconocimiento general que su figura despierta en la ciudadanía, resulta valioso recordarlo una vez más como un factor que pueda contribuir a consolidar la unidad nacional.

Que resulta especialmente importante que las y los jóvenes de todo el país recuerden, a partir del conocimiento de su actuación pública, quién fue Don Manuel BELGRANO y cuál fue su obra; de la que surge una personalidad de intachable integridad y firmes convicciones patrióticas, habiendo sido un trabajador desinteresado e infatigable al servicio del progreso del país y de la educación de sus habitantes.

Que la presente medida tiene el propósito de evocar, analizar y actualizar el legado de la gesta de Don Manuel BELGRANO y de los patriotas que junto con él, pelearon por la independencia y la grandeza de la Nación Argentina.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello, el Presidente de la Nación Argentina DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase el Año 2020 como el “AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que durante el Año 2020, toda la documentación oficial de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, así como en los Entes autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar la leyenda: “2020 - AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”.

ARTÍCULO 3°.- En orden a lo establecido en el artículo 1° del presente, el PODER EJECUTIVO NACIONAL realizará acciones tendientes a destacar, rememorar y reflexionar sobre la figura de D. Manuel BELGRANO y su legado, con el asesoramiento del INSTITUTO NACIONAL BELGRANIANO.

ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir al presente decreto.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Fecha de publicación en el Boletín Oficial: 3 de enero de 2020

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