miércoles, 11 de enero de 2017

Banderas de advertencia

¡Rayos  y  tormentas! 


Por Miguel Carrillo Bascary

Las cambiantes condiciones atmosféricas generadas por el calentamiento global han incidido en las costumbres veraniegas por haberse incrementado los siniestros ocasionados por rayos, principalmente en las regiones turísticas y costeras.

En Argentina, la zona del litoral atlántico, particularmente de la provincia de Bs. Aires se vio castigada con un luctuoso saldo de víctimas durante la temporada 2013/ 2014. Solo en Villa Gesell hubo 4 muertos y 22 heridos por la caía de un rayo en el parador “Afrika” (10 de enero de 2014); días más tarde hubo un episodio similar en la ciudad de Mar del Plata, con siete heridos.

Estas tragedias sensibilizaron a la opinión pública y determinaron que el peligro se incluyera precipitadamente en la agenda de las autoridades.

Inicialmente se implementaron señales de alerta mediante diversos tipos de banderas, como lo demuestran la imagen siguiente (banderola implementada por el municipio de Monte Hermoso en enero de 2014) y el fotomontaje posterior, planteado para Mar del Plata:



En la provincia de Buenos Aires

La demanda de normalizar este tipo de alertas motivó que por resolución conjunta del Ministerio de Seguridad y de la Dirección Ejecutiva del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (Res. Nros. 1749/ 14 y 88/14, respectivamente, fechadas el 4 de diciembre de 2014) se implementaran las “Guía de presupuestos mínimos para el sistema de alerta temprana y de contingencias ante fenómenos meteorológicos con descargas eléctricas” y la “Guía de pautas orientadoras sobre sistemas móviles de detección de descargas atmosféricas”

Fue así que a la tradicional codificación de banderas playeras que señalaban el estado del mar como orientación para los bañistas se agregó una nueva banderola que indica peligro generado por tormentas eléctricas y la necesidad de arbitrar medios de salvaguarda, como se explicita más adelante.

En lo que hace a la temática de nuestro blog interesa transcribir parte de los considerandos de esas normas:

“Que no hay herramienta más eficaz contra las descargas eléctricas producidas por los fenómenos meteorológicos que la prevención;
Que si bien es cierto que la generación de los rayos y su eventual caída a tierra en un determinado lugar es un fenómeno físico aleatorio, resulta necesario abordar de manera inminente a la problemática ocasionada por estos fenómenos naturales;
Que es importante realizar campañas de comunicación para la concientización con la finalidad de optimizar las medidas de prevención;
Que conforme la normativa vigente en materia meteorológica, la Ley Nacional N° 12945 y su normativa complementaria, el único organismo autorizado y capaz de emitir alertas es el Servicio Meteorológico Nacional;
Que un sistema de alerta temprana de fenómenos meteorológicos otorga a las autoridades municipales y entes auxiliares mayor previsibilidad y capacidad de respuesta;
Que de conformidad con los principios científicos que rigen la materia y de los conceptos técnicos y las recomendaciones vertidas por los mayores expertos del país en esta temática, convocados oportunamente por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, resulta indispensable brindar una Guía de Pautas Orientadoras sobre Sistemas Móviles de Detección de Descargas Eléctricas Atmosféricas;
(…) Por ello, el Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y el Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°. Aprobar la “Guía de presupuestos mínimos para el sistema de alerta temprana y contingencias ante fenómenos meteorológicos con descargas eléctricas” y la Guía de pautas orientadoras sobre sistemas móviles de detección de descargas atmosféricas”, que como Anexo Único forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º. Establecer como ámbito de aplicación de la presente los Municipios de la provincia de Buenos Aires que cuenten en su territorio con espacios abiertos en los que se desarrollen actividades culturales, deportivas y recreativas”.

En concreto la “Guía de pautas orientadoras sobre sistemas móviles de detección de descargas eléctricas atmosféricas”, señala:

“Los Municipios con jurisdicción en zona balnearia deberán contar con las estructuras mínimas necesarias, en las que se encuentre y difunda la información ante un evento de estas características. Aquéllos que cuenten con casetas o estructuras similares, deberían ser adaptadas, pintadas y/o ploteadas de forma tal que las identifique como puesto de información y difusión de los eventos meteorológicos mencionados.
En aquellas zonas que carezcan de personal que lleve adelante las tareas antes descriptas, el Municipio deberá indicar adecuadamente que el área en cuestión no se encuentra cubierta por ningún sistema de alerta temprana y contingencia ante fenómenos meteorológicos con descargas eléctricas.”

            La norma regula la bandera-señal normalizada, utilizando los siguientes términos:

“Apéndice I- Artículo 1°.- Modelo de bandera de alerta de tormenta eléctrica a adoptar por todos los municipios.
Color: Negro
Rayo: Blanco centralizado
Dimensiones: base del triángulo isósceles 50 cm
Lado del triángulo isósceles 70 cm
Telas y demás características en función de lo dispuesto en las ordenanzas municipales respectivas.”


Según se difundió oportunamente, la primera vez que se izó esta señal de advertencia fue el 28 de diciembre de 2014, en Villa Gesell; significativamente.

Según se ha difundido de manera oficial el código de playas vigente en la provincia de Bs. Aires nos porta las siguientes referencias:


En la provincia de Río Negro

Copiamos un extracto del procedimiento vigente en esta provincia según lo explicara el jefe de Guardavidas del balneario “Las Grutas” (http://vmnoticias.com.ar/2015/01/27/alerta-por-medio-de-bandera-negra-para-las-grutas) :

“El izamiento de la bandera negra alertará por posibles tormentas eléctricas, debiendo los bañistas y todos los veraneantes salir del agua y evacuar la zona de arena, asimismo deberán atender a las indicaciones del personal del cuerpo de guardavidas o de la fuerza pública que esté coordinando la evacuación y no utilizar el teléfono celular, según lo establece la resolución legislativa 004/2015. Por su parte, los guardavidas recibirán el aviso de las Fuerzas Públicas que manejan un pronóstico más detallado, como pueden ser Bomberos, Defensa Civil o Prefectura Naval, y se les indicarán la posibilidad de tormenta eléctrica, a partir de allí, se colocará la bandera correspondiente, se evacuará la playa y se asegurará al personal para que no sufra consecuencias. Las personas imprudentes que no quieran salir de la playa o de alguna zona peligrosa, correrán por su cuenta el riesgo de vida. Sabemos que la prevención implica responsabilidad individual y colectiva, tenemos que enseñarle a la gente el nuevo protocolo y hacerlos tomar conciencia de la caída de los rayos


Esta directiva dio lugar a la siguiente codificación de señales de provincia:
  

En la provincia de Corrientes

 

En enero del año 2015 se implementó el uso de una bandera enteramente negra para prevenir tormentas eléctricas, tal como resulta de: http://www.fmlink.com.ar/notix/noticia/10334-las-playas-correntinas-contarn-con-una-bandera-negra-para-alertar-por-tormentas-elctricas.htm

Nuestra modesta crítica

El uso del negro en una bandera tiene evidentes connotaciones de peligro (por algo fueron negras la mayoría de las que usaron los piratas o la del Isis, por ejemplo) El mensaje de restricción; de alerta; también está asociado y su contraste contra el claro cielo despejado destaca nítidamente.
Sin embargo, cuando el cielo se presenta oscuro, bien por lo avanzado del día como por efecto de la presencia de densos nubarrones de tormenta, como lo que suele ocurrir antes de la caída de rayos, la bandera se mimetiza con el cielo encapotado impidiendo su visualización a cierta de distancia, por lo que el mensaje de peligro puede no advertirse.

Es cierto que el trazo blanco que prevén algunas de las normas implementadas busca compensar lo observado; pero sin embargo, los hechos son los hechos, como resulta de la fotografía que tomamos publicada recientemente en el diario “La Nación”, de Bs. Aires. A corta distancia se identifica la bandera, pero no puede decirse igual si el observador se encuentra algo alejado del mástil.


Los efectos de un rayo en el cuerpo

Sobrevivir al impacto de un rayo es una experiencia espantosa según aquellos que pudieron contarlo. Hay casos absolutamente milagrosos que al cabo de unos días no dejan secuelas, pero, reitero, es milagroso.
El shock; las quemaduras y, peor aún, las alteraciones neuronales son secuelas comunes.
Las siguientes fotografías deberían bastar para reflexionar.



Estas fotos son algunas “que pueden mostrarse” para “las otras” coloquen en Google “quemaduras por rayos” en la opción imágenes. Por favor, hacerlo en ayunas por razones obvias.

Banderas negras en playas de Europa

Por otra parte, en el Viejo Continente la presencia de banderas negras en las playas indican contaminación de las aguas o alertar sobre la posibilidad o certeza de una catástrofe ecológica. Recordar el desastre provocado en Galicia por el petrolero “Prestige” en el año 2002.


Para saber más …

Sobre “banderas negras” puede consultarse en este Blog: http://banderasargentinas.blogspot.com.ar/2015/11/el-luto-en-lasbanderas-principios.html

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