miércoles, 29 de junio de 2022

Constataciones sobre Ceremonial en la Cumbre G-7

Dispositivos de alto nivel y con varias sorpresas

 Los participantes en la cumbre de Elmau

Por Miguel Carrillo Bascary

Las cumbres de jefes de estados siempre ofrecen aspectos interesantes para quienes hacemos Ceremonial, la reciente del Grupo de los 7 (2022), realizada en el castillo-hotel de Elmau, Baviera, Alemania (2022) no fue la excepción.

Primero comentaré la toma que abre esta nota, para después analizar ciertas peculiaridades sobre la forma en que se presentó la bandera nacional de Argentina. Finalmente, algunas consideraciones imperdibles.

La clásica “foto de familia”

Como es de rigor los jefes de estados posan referenciados por las banderas de sus naciones, en el caso que nos ocupa se verá que éstas no fueron dispuestas en línea como es lo habitual. En la ocasión los organizadores prefirieron una informal disposición en dos ramilletes que ubicaron en ambos extremos del espacio.

Podrá gustar o no, pero se trató de una originalidad que no dejó de llamar la atención.  Entiendo que la motivación estuvo en la estival ambientación del foro, no solo por la época en que se realizó sino también en el paradisíaco lugar que lo albergó.

Convengamos que en una disposición de ramillete no hay nada de protocolo, todo lo contrario, sin embargo, los organizadores se las compusieron para que las banderas visibles en primer plano correspondieran a los miembros titulares del G-7.  Sobre la derecha podemos señalar a Canadá y Francia, sumando la representativa de la Comunidad Europea y en forma periférica, la de India. En la izquierda destacan las de Reino Unido, Alemania, Estados Unidos e Italia, con la de Senegal entremezclada. Las otras muestran una mínima porción.

Personalmente no me agrada la novedad y lo cierto es que las banderas no se lucen por lo que se asemejan demasiado a un simple decoradopero cabe reconocer que se inscribe dentro de lo informal que los organizadores quisieron dar al encuentro. 

En la siguiente fotografía se muestra el mueble destinado a exhibir los vexilos en en esta inusual posición, bastante poco elegante, el mismo, pero indudablemente funcional.


Se emplearon paños simples, no de ceremonia, con espartanas astas blancas, sin remate, corbata y pasamanería alguna. Todo muy sencillo y funcional. Obviamente los paños carecieron de extensores. 

El caso de la bandera Argentina

Señalemos que el Sol que se advierte es el que corresponde a lo establecido por el Decreto Nº1.650/ 2010, aunque por supuesto llama la atención el inusual tono pálido del celeste que se vio a la derecha del presidente Fernández:


Es sabido que en el año 2010 el Decreto Nº1.650 estableció expresamente qué tipo de celeste debía emplearse, lo que se traduce en la siguiente imagen:


Cromatografía de la Bandera Oficial de la Nación

En cuanto al celeste, la bandera mostrada en Elmau se apartó claramente de la normativa vigente. Si se analiza en detalla la toma será factible entender que esto se motivó en el propósito que tuvieron los organizadores, para contrastar el perfil del vexilo sobre el oscuro fondo del espacio, como podrá verificarlo el lector.


Se encontrará también un leve pero no ocultable detalle, el logo del G-7 en forma de bandera predomina sobre la enseña sudamericana ya que se presentó bastante más adelante que aquella, una desatención que atento al altísimo nivel implicado en la convocatoria.


Como ya lo he manifestado en comentarios similares es competencia y deber del responsable de Ceremonial de la delegación argentina, intervenir en este tipo de situaciones, como debió haberlo hecho ante los organizadores, de manera que cuando el primer mandatario llegue a un ámbito formal, la bandera nacional esté en la posición que le corresponde por protocolo y que tenga las características reglamentarias. Una doble falta en consecuencia: a) la que es responsabilidad de la organización y b) la de los funcionarios de la Cancillería argentina.

Veamos ahora la segunda toma, en donde puede verse a los jefes de estado de la India y de Argentina, en la entrevista bilateral que mantuvieron. Acá destaca la bandera argentina a la derecha, indicativa que el responsable del encuentro parece haber sido la delegación sudamericana, por ser la derecha la natural ubicación del emblema local. Empero, la posición intercambiada de ambos mandatarios se justifica en una gentileza del argentino quien parece cedido el lugar de honor su par. Todo esto desde la perspectiva de la usanza latinoamericana en materia de protocolo.

Otro detalle que revelaría que pesó sobre la Cancillería argentina la organización del encuentro radica en el uso de las moharras que señala la normativa nacional (Decreto Nº1.650/ 2010). En este caso el celeste de la bandera es el reglamentario, sin embargo, el Sol dista de ser el que debió corresponder lo que marca una desatención evidente.

 

Otras observaciones de interés

Finalmente, llegamos a otra fotografía formal, la que agrupó a los jefes de estado de los países invitados, luego de la ceremonia de recepción oficial, en este caso: Indonesia (que preside este año el G-20), Sudáfrica, Senegal (preside la Unión Africana), India y Argentina, que ocupa la presidencia pro tempore de la CELAC. 

En este caso se observan sus respectivas banderas, donde la de Argentina fue, aquella del celeste desvaído que vimos anteriormente. Se empleó un dispositivo de centro vacío, con las enseña del anfitrión, Alemania y la del G-7, en los lugares de privilegio. Para los restantes símbolos nacionales se empleó la regla del orden alternado.

Siempre en el carácter de invitados se constató la presencia de los emblemas de: la OIT, la OMS, la AIE, el FMI, la OECD, el Banco Mundial y la OTW, dieron marco al conjunto sendos ejemplares del pabellón de las Naciones Unidas. En cuanto a los organismos internacionales correspondió la precedencia a la Organización Internacional del Trabajo (OIT/ILO), en razón de haber sido fundada en 1919.


Como ya es usual es ente tipo de dispositivos las ubicaciones de cada representante estuvieron señaladas sobre el solado con discretos cartelitos.



martes, 28 de junio de 2022

¿Banderas trapezoidales?

Dominando el viento, pero sin mutilar el paño

Una muy británica bandera trapezoidal

Por Miguel Carrillo Bascary

Es práctica universal que las banderas tengan forma de cuadrilátero, con sus lados en paralelos de a pares, lógicamente. Entre aquellas que forman la comunidad nacional de estados la excepción es Nepal, cuya divisa la componen dos triángulos superpuestos unidos, que alguna vez gozaron de independencia.

Representados sobre un papel, los vexilos lucen muy bien, prolijamente explanados, mostrándonos todas sus cargas y permitiendo que se aprecien debidamente sus detalles y colores. Sin embargo, esta asepsia expositiva dista de reflejar la realidad, por donde se la mire.

Es que en lo cotidiano la misma naturaleza de los textiles hace que las banderas adopten formas tan caprichosas como las llamas de una cálida fogata. Responsable de esta infinita variedad es la fluida dinámica que les impone el aire que juguetea formando pliegues y contra pliegues, como escondiendo el paño a los ojos del observador, por más que se esfuercen en captarlo. Esto nos lleva a recordar aquello de que “una bandera es un dispositivo aerodinámico fijo por uno de sus lados”.

La maravilla de la percepción integradora que se forma en el cerebro de quien mira una bandera ondear al viento es la que nos permite desentrañar su identidad y su mensaje, aquello que plasmaron las manos de quien la compuso.

Sabemos bien que toda bandera tiene dos funciones básicas: mostrar una pertenencia y señalar una posición. El concepto de estos vexilos los hace sumamente apetitosos para las Ciencias de la Comunicación, para lo cual se aspira a que puedan ser vistos con la mayor precisión posible, aún a despecho de la brisa, prueba está en el amplio uso publicitario, aun en la época tecnológica.

A través de diversos artilugios el hombre intentó dominar el viento para poder mostrar sus banderas a propios y extraños. Se inventaron así los tutores longitudinales en diversas formas son intervenciones demasiado evidentes que engrillan la vitalidad del flameo hasta el punto que, por lo general, no gustan a nadie, ni tampoco aseguran el resultado esperado. Algunos se envainan con el paño, otros son groseramente externos; ciertamente que hay aquellos que recorren todo un lado, otros abarcan el sector más próximo al asta, pero ninguno, repito, satisface.

Sin embargo, el ingenio humano no ceja en su empeño de dominar la naturaleza, aunque se trate de establecer un pacífico matrimonio entre banderas y el viento. En este cometido la simpleza es buena herramienta, no será perfecta, pero sirve como buen intento.

La imagen que abre esta nota nos muestra una particular concepción factible para aquellas banderas destinadas a mostrarse en astiles. Goza de amplia difusión en el Reino Unido y que por extensión hallamos en muchas regiones donde el pretérito imperio ejerció su influencia y donde aún persisten pautas de su cultura.

Analicemos la fotografía, en donde lo primero que nos llama la atención es el perímetro del vexilo, donde el lado de la driza difiere del que forma el vuelo, en su extensión y en el ángulo. si no me acuerdo mal de mi época escolar, es un “trapecio rectángulo”, donde los dos ángulos rectos definen el extremo volado, el superior del lado de la vaina es agudo y el cuarto es obtuso.

Así el lado de mayor longitud se proyecta desde el vértice superior al asta hacia el punto identificado como el “centro del lado inferior”. Obviamente que esto implica un recorte significativo del paño, lo que en principio determina que la aparente solución se haga inaplicable en muchos casos.

Cuando un paño adopta esta peculiar forma favorece que al impulso de la brisa la mayor parte de su superficie se muestre a quien lo observa. Esto ocurre por efecto de la gravedad que por el propio peso del textil “tira” el lado del vuelo hacia la superficie ubicada más abajo.


Si nos atenemos al diseño de las banderas usadas los estados que forman la comunidad internacional, son muchos los que permiten esta particular conformación sin que esto implique privarlos de algún elemento significativo que hagan a su misma identidad. 


En la fotografía tenemos un buen ejemplo con la Union Flag. También admiten la estructura trapezoidal las compuestas por bandas horizontales y las de franjas verticales. Lógicamente tendremos que deberán pasar el teste de admisibilidad, para lo cual habrá que analizar si las cargas que llevan mantienen razonablemente su integridad.


También admitirían el recorte, las enseñas de paño liso, excepto las que lleven inserto algún elemento de gran volumen, como: Bangla Desh, Brasil, y Turquía. Quizás algunas permitan la licencia de desplazar ligeramente el atributo central hacia el lado del vuelo para que resalte con mayor claridad, sería el caso de: Japón, Belice Kirguistán, Zaire, Somalía o Vietnam, pero convengamos que esto podría escandalizar a muchos.


Son absolutamente refractarias a la forma de trapecio aquellas que llevan sus cargas sobre el lado del asta. Es el caso de: Cuba, Corte del Norte, Filipinas, Costa Rica, Mongolia, Mozambique, Portugal, Singapur, Turkmenistán, Grecia, Eslovenia, Nauru, Sudan, Grenada, Bulgaria, Guinea –Bissau, Uruguay, Vanuatu, Salomón, Papúa-Nueva Guinea, Samoa, Liechtenstein; Tonga, Guyana y muchas otras.


A estas sumamos todas las que muestran la Union Flag u otro cuadrángulo en el cantón superior, como: Australia, Nueva Zelanda, Fidji, Tuvalu y Georgia


Otros diseños pueden ser generosos y admiten un recorte: Madagascar u Emiratos Árabes. Pero no es el caso, por ejemplo, de: Arabia Saudita, Santa Lucia, Irak, Corea del Sur, China, Malasia y Chile Bután, Comores y todas las de los paises escandinavos.

Como vemos, las “excepciones” se transforman en una generalidad, por lo que la estructura trapezoidal no resulta válida para armar dispositivos de Ceremonial que incluyan una pluralidad de banderas ya que la mayoría aparecerían parcialmente mutiladas.

La conclusión es clara, si bien factible en su técnica estructural, la forma de trapecio cuadrangular solo tiene validez para las enseñas de un reducido, aunque significativo número de estados.

Y, finalmente, una pequeña apostilla que también podemos apreciar en la fotografía inicial. Se trata del uso de una brida, un delgado pero fuerte cabo que permite fijar el Angulo inferior del vuelo a un punto exterior. Para conocer más sobre este dispositivo al que me referí hace algún tiempo, los interesados podrán acceder mediante el siguiente vinculo: http://banderasargentinas.blogspot.com/2021/08/util-complemento-para-las-banderas-de.html


Bandera promocional de la Sassoon Academy (Londres)

lunes, 27 de junio de 2022

Las curiosas banderas con dinosaurios

Cuando otros bípedos imperaban

Figura 1 -  Chernyshevsky

Figura 2 - Chebulinsky

Por Miguel Carrillo Bascary

La popular película Jurasic Park  (Steven Spielberg y, 1993, sobre libro de Michael Crichton) llevó a la fauna de ese periodo geológico a la consideración general.

Precisemos que el Jurásico se desarrolló hace unos 200/170 millones de años y que finalizó hace 140 millones, millón más, millón menos, que la cosa no hace mucho a la cuestión que trataremos. Por entonces, los bípedos desnudos que somos aún no aparecíamos sobre la faz de la Tierra, si bien estaba en los planes de Dios, cada cosa tiene su tiempo.

Por aquellos lejanísimos años existieron dos seres a los que me referiré, por el simple detalle que llegaron a formar parte de sendas banderas, pero para vayamos por parte que tenemos tiempo. 

El primero

Se trató del kulindadromeus zabaikalicus, más conocido como kulindrodemo de Zabaikal y como el "corredor de Kulinda" (para los amigos), que hace honor a la zona de Rusia donde fueron descubiertos hace poca cosa, en el 2014.

Esto de ser corredor le resultaba muy conveniente ya que de ser rápido dependía su vida, como herbívoro que era (un metro y medio aproximadamente, cola incluida). Este verdadero bicho feo compartía con nosotros “reyes de la creación” la condición de ser bípedo, pero se singularizó por su larga y maciza cola que usaba para equilibrarse en su carrera. Su cabeza contaba con un pico córneo. Cuando les decía que era feo pensaba fundamentalmente en su piel, que según los paleontólogos estaba cubierta por sectores de tres tipos diferentes de plumas y también de tres formas de escamas (hexagonales, redondas y cuadrangulares)

Su principal mérito no ocurrió en tiempos prehistóricos sino en nuestro cercano presente, cuando se lo descubrió en un yacimiento de la región de Zabaikal, parte de ese inmenso estado federal que es Rusia, en pleno centro de Asia, apuntando que forma parte de Siberia.

Ubicación de la jurisdicción

Acá traigo a colación que su bandera es la siguiente:


El descubrimiento del kulindrodermo ocurrió con precisión en las inmediaciones del distrito (raion) de Chernyshevsky, que hacia el 2010 contaba con unos 35.000 habitantes para un territorio de unos 13.000 km2, lo que para Rusia es una baldosa. Su peculiar composición dérmica causó tal sensación que le mereció ser incluido en el escudo de armas de la localidad, de donde saltó a la bandera (Figura 1), lo acompaña una herbácea de la zona que la población consume como un sedante natural.

 

El segundo

Es mucho más moderno ya que vivió en el Cretáceo, a unos 80/130 millones de nosotros. Me refiero al psittacosaurus sibiricus o “dinosaurio pico de loro de Siberia”, perteneciente a una de las especie ampliamente divulgadas en Asia. Tendría una longitud de unos 1,85 centímetros y pesaría unos 30 kg. Poco favor hace a su belleza el conocer que tenía cuernos romos sobre el cráneo y, al parecer, plumas/pelos en la cola. Al igual que su “primo” de Chernyshevsky era bípedo y herbívoro.

Fue descubierto en 1953 en cercanías del pequeño poblado de Chebulinsky (16.000 hab.) región de Kémerovo, cercana a Mongolia y a Zabaikal.


Kémerovo

También este saurio mereció figurar en el blasón cívico de Chebulinsky, de donde se trasladó a su bandera (Figura 2, al inicio)


Adenda: publicada ya esta nota, en la fan-page Vexilología-Vexillology, el amigo Alexander Kibou comparte la bandera de la provincia (aymag) Dornogovi, Mongolia, que contiene un brontosaurio estilizado en su cantón. Justo es sumar su aporte a la presente, dándole las cumplidas gracias.


Imagen: Latebird, en Wikipedia


jueves, 23 de junio de 2022

Promesa a la Bandera y una interesante pregunta

¿Qué posición debe adoptar una bandera provincial presente en el acto?

La bandera Nacional y la de Mendoza
Foto: Osvaldo Balmaceda (fragmento)

Por Miguel Carrillo Bascary 

Una lectora del Blog me hizo llegar una pregunta cuya respuesta estimo que puede interesar a otras personas, por lo que será objeto del presente comentario.


Si en el acto de prestarse promesa a la Bandera Nacional está presente también la que representa a la provincia, ¿la única que permanecer en alto es la Nacional? ¿qué ocurre con la provincial?


Comentario


Es bastante común que se piense que en el acto de promesa solo puede estar la Bandera Nacional, pero no existe ninguna disposición en contrario y no resulta explicable segregar de un acto de tanta trascendencia a las enseñas provinciales y/o municipales. ¡Todo lo contrario!


Argentina es un estado federal, donde las provincias y aún la Ciudad de Bs. Aires tienen un rol constitutivo, además los municipios son instituciones necesarias, tal como lo demanda la misma Constitución en sus artículos 5º y 123. Lo mismo ocurre con respecto a la Ciudad Autónoma de Bs. Aires, a tenor de lo normado en el artículo 129 de la Constitución.


En lo concreto también debe tenerse presente una cuestión práctica, en ocasiones el espacio destinado al acto de promesas queda chico con relación al alto número de asistentes, delegaciones invitadas, personalidades, exalumnos y autoridades. Para facilitar el desarrollo la organización dispone que esté presente exclusivamente la escuadra que porta la bandera de ceremonia de la institución y, eventualmente, las de cada nivel de la misma. 


Esta decisión de hecho excluye a las banderas provincial y cualquier otra. De aquí entonces, que se haya divulgado como un precepto inexistente de que “solo debe hallarse presente la Bandera Nacional”.


Lo primero es lo primero


Una vez más me permito insistir en que las banderas oficiales representan al pueblo y al estado que se ha organizado para asegurar su existencia como sociedad.


En consecuencia, tratándose de un acto solemne como la promesa a la Bandera Nacional que tradicionalmente prestan los niños o también del juramento (1) que realizan los mayores de edad, eventualmente, ambos vexilos coinciden en asociarse entre sí.


Queda en claro que la promesa tiene como directa y única referencia a la Bandera Oficial de la Nación, lo que se evidencia en el posicionamiento del abanderado que la sostiene, ubicado directamente al frente del conjunto de los promesantes, quien estará asistido por ambos escoltas, lógicamente.


La enseña se colocará en la cuja, en posición de ser saludada, con el asta en perpendicular al suelo. Nunca inclinada (2), como desafortunadamente suele vérsela en algunas circunstancias. 


Errónea posición


Así permanecerá mientras se lee la fórmula de practica que es seguida del ¡sí prometo! del caso y durante la entonación de la tradicional marcha “A mi Bandera”. Se abandonará esta posición acto seguido, cuando se imparta la orden pertinente.


Si en estos momentos hay otras banderas presentes, como por ejemplo la de una provincia y/o la de un municipio, cada una con su abanderado y escoltas, éstos replican la posición de los portadores de la Nacional.


Del contexto de la ceremonia, de las palabras del locutor y de la autoridad que toma la promesa resulta evidente que es la Bandera nacional la que recibe el homenaje y no la/s restante/s.


¿Por qué entonces esta/s segunda/s se posiciona/n en la cuja?


Porque de esta forma se asocian, acompañando a la Nacional. Si así no lo hicieran se mostrarían “indiferentes” y aún podría interpretarse como una displicencia o falta de respeto para con la que goza de precedencia.


Veamos un ejemplo práctico tomado de la vida cotidiana: si hay varias personas sentadas a una mesa y se acerca otra, quien se dirige al principal de los comensales para saludarlo, es lógico que este último se ponga de pie retribuyendo la gentileza del con el recién llegado, los restantes también se pondrán de pie acompañando al primero. Sería un gesto de grosería que quienes acompañan al saludado permanezcan sentados indiferentes ante tal circunstancia.


La enseñanza deducida es plenamente aplicable como criterio que orienta la respuesta al interrogante planteado,


De esta manera, me permito considerar que la pregunta de origen queda respondida con el debido y necesario fundamento que lo ilustra.


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Notas: 


1.- En consecuencia, cada vez que en el texto se aluda a la promesa podemos aplicar lo expresado a un juramento.


2.- Véase: ¿Las banderas se inclinan? ¿Sí o no? La Bandera Argentina no se inclina ante nada ni nadie en  http://banderasargentinas.blogspot.com/2019/11/se-inclinan-las-banderas-si-o-no.html


miércoles, 22 de junio de 2022

Cuestión que se las trae: los símbolos patrios argentinos en la Web

Cuando la incoherencia oficial asombra e induce al error

Evidencia de una crisis de identidad

 ¿?

Por Miguel Carrillo Bascary 

Es sabido que las redes sociales se parecen a un diamante en bruto, hay que pulir muchos detalles y extraer groseros puntos contaminados, pero al final resalta la luminosidad del conocimiento humano construido por millones de aportes desde una perspectiva ampliamente pluralista.

Con motivo de mi reciente publicación (http://banderasargentinas.blogspot.com/2022/04/cuantos-y-que-son-los-simbolos.html) donde caractericé los cuatro símbolos patrios de Argentina, recibí muchos comentarios que se sorprendían de no ver entre ellos a la escarapela nacional. Pocas semanas antes el “día del Escudo” magnificó imágenes erróneas sobre este otro símbolo que inundaron las redes.

Encaré el presente estudio tras convencerme que no podía permanecer en la comodidad, tolerando la grosera difusión de errores referidos a los símbolos patrios de la República Argentina, tal como aparecen en portales muy consultados, que en su mayoría corresponden a organismos oficiales. Mi propósito no reside en evidenciar las deficiencias de información de esas fuentes, sino en evitar que miles de personas, fundamentalmente los niños y docentes, se vean sorprendidos en su buena fe, al igual que otras muchas personas e instituciones que reproducen esos contenidos esforzadamente pensando que afirman la identidad nacional en un mundo globalizado.

Coincidirán conmigo que es inadmisible confundir los símbolos de la Nación que evidencian nada menos que la identidad de Argentina, con aquellos emblemas que describen peculiares aspectos de su cultura e idiosincrasia. No es lo mismo la Bandera, que el mate o el quebracho; ni el Himno, que el pericón. Tampoco el Escudo, que la escarapela o vino.

Los principales puntos donde se manifiestan los errores en el proceso de comunicacional a partir del relevamiento practicado en las redes sociales que justifica esta nota radican en:

  • Se considera a la escarapela como un símbolo nacional, en paridad con la Bandera, el Escudo, el Himno y la recientemente reconocida Bandera Nacional de la Libertad Civil.
  • Mayoritariamente se representa al Escudo nacional con formas plásticas que se apartan del modelo patrón que se definió oficialmente en 1944.
  • Se omite incluir en la categoría de símbolos nacionales a la Bandera Nacional de la Libertad Civil.

  • Se atribuye descuidadamente el carácter de “símbolo nacional” a diferentes imágenes alegóricas o emblemas de nacionalidad.

Por evidenciar al pueblo y al estado argentino, la estructura de los símbolos está definida con precisión en la normativa vigente, de manera que cuentan con la protección de la ley,  mientras que los segundos carecen de esa tutela y por su propia naturaleza adoptan múltiples formas. Los primeros nacieron en los tiempos fundacionales de la Nación como resultado de complejos procesos de autodescubrimiento de su identidad, un carácter del que carece los restantes. Los otros describen aspectos puntuales de la cultura nacional, pero obviamente NO SON LO MISMO.

El enriquecimiento de los símbolos a lo largo de la historia del país y su incesante valoración en los sentimientos del pueblo no se condice con los que corresponden a los emblemas alegóricos. 

Explicitaré algunos conceptos:

La descuidada caracterización con que se elaboraron las currículas escolares a comienzos del siglo pasado llevó a que generaciones enteras consideraran a la escarapela nacional como un símbolo nacional, cuando a poco que se analice su naturaleza y su polimorfismo resultará evidente que no es así. La recopilación que intentó superar la anarquía normativa en la materia fue el Decreto Nº10.302/ 1944[1], donde la escarapela brilla por su ausencia, nada ha cambiado desde entonces. Sin embargo, como se verá en el desarrollo de esta nota, son numerosas e importantes las fuentes que le atribuyen un carácter que, reitero, no posee.

Sobre el blasón remito a la nota “Modelo correcto del Escudo Argentino” que firma  el Lic. Francisco Gregoric, que se publicó en este Blog en el año 2017, y conserva toda su vigencia: http://banderasargentinas.blogspot.com/2017/02/uso-de-modelos-incorrectos-del-escudo.html, así como en la web del Instituto Nacional Belgraniano: http://manuelbelgrano.gov.ar/bandera/el-escudo-nacional

El objetivo de esta nota.  En consecuencia a lo expuesto emprendí una búsqueda en Internet con el fin de verificar las siguientes hipótesis:


1ª.) Determinar el carácter con el que se conceptúa a la escarapela nacional argentina, si como un símbolo nacional o como emblema de nacionalidad.


2ª) Determinar la correspondencia de las imágenes con que se ilustra el Escudo nacional argentino y el modelo patrón aprobado por el Decreto Nº10.302/ 1944, aún vigente.


Como nota marginal, procuré identificar la falta de mención de algún/os símbolos nacionales en las nóminas que aportan las redes o si se caracterizan como tales a otros elementos no incluidos en la normativa actual. 

Método. Realicé una consulta a partir de Google en el mes de mayo de 2022 utilizando la herramienta “buscar”, para lo que referencié las voces: “símbolos nacionales argentinos”, “símbolos patrios argentinos”, “símbolos nacionales+Argentina”, “simbolos patrios+Argentina” y “Argentina+símbolos”. 

Herramienta. Para instrumentar el trabajo se diseñó una plantilla heurística con pluralidad de ejes. En una segunda etapa se dispuso reducirlos a cuatro, cada uno de los cuales contiene referencias objetivas y observaciones, se llegó así al Cuadro Nº1, que se ofrece más abajo. Se complementó la información con notas al final y citas de las fuentes consultadas, mediante vínculos que permitirán que los interesados verifiquen los datos tomados en consideración.


a) Primer eje: identifica la entidad evidenciada como autora de la publicación y su data, en caso de constar.


b) Segundo eje: mención de los elementos a los que se atribuye carácter de “símbolo nacional”, de acuerdo a la legislación vigente. A los efectos de este estudio se referenciaron con mayúscula aquellos que poseen esta cualidad[2]  Se hizo constar en el rubro la caracterización de la escarapela como “símbolo nacional”.


c) Tercer eje: ilustra las imágenes correspondientes a las Banderas nacionales (la Oficial de la Nación y la Nacional de la Libertad Civil) y al Escudo nacional que se muestran en cada fuente citada.


d) Cuarto eje: contiene observaciones sumarias respecto de la correspondencia entre las imágenes reproducidas y los modelos oficiales, así como el señalamiento de haberse omitido algún símbolo nacional. 

Notas:

  • Se eliminaron las referencias que eran evidentes copias de una publicación anterior y también aquellas fuentes que remitían a blogs o páginas producidas por personal físicas. Tampoco se consideraron las publicaciones contenidas en portales extranjeros, por entender que podría admitirse que no tienen la obligación de reflejar rectamente la realidad normativa argentina.
  • Para este análisis se precisa que el modelo patrón de la Bandera Oficial es el que resulta del Decreto Nº1.650/ 2010 y el del Escudo nacional, es el que consta en el expediente referenciado en el Decreto Nº10.302/ 1944, con el Sol en estilo naturalista, del mismo existe una variante, donde el astro se muestra en un plano. Prescindiendo de todo juicio estético sobre los diez distintos tipos de diseño, nada justifica que se introduzcan mutaciones por vías de hecho, que sustituyan los modelos reglados por otros que tengan trazos supuestamente “más modernos” o con mejor definición de colores.
  • Cabe señalar que la Ley de Ministerios[3] asigna al de Interior la temática alusiva a los símbolos nacionales y al de Cultura, el rol de arbitrar políticas públicas atinentes a la identidad nacional. 

Principales constataciones

  • Es obvio que las fuentes coinciden en reconocer como símbolos nacionales o patrios a la Bandera, al Escudo y al Himno, pero sorprende que no en su totalidad, como se verá analizando la segunda columna. 
  • Desde que el Decreto del Poder Ejecutivo Nº1.650/ 2010[4] definió con precisión técnica los colores y proporciones de la Bandera Oficial de la Nación, su modelo patrón lentamente fue desplazando a los que no se corresponden. Aun así, son numerosas las ocasiones que se muestran ejemplares con el celeste algo más oscuros o claros, también abundan modelos de Sol ciertamente parecidos, pero no iguales al diseño oficializado. 
  • Cuando en el año 2015 la Ley Nº27.134[5] reconoció a la Bandera Nacional de la Libertad Civil como símbolo patrio histórico, confirió este carácter a la pieza que el mismísimo general Belgrano instituyó como emblema del estado de derecho en el año 1813. La norma no creó un nuevo símbolo, sino que prestó reconocimiento formal a aquella enseña que fue concebida en el alba de nuestra nación. La relativa novedad de la ley explicaría que se omita este vexilo en muchas de las fuentes, pero de manera alguna justifica que los portales oficiales la olviden. 
  • Así, sobresale la muy extendida omisión de la Bandera Nacional de la Libertad Civil, en 22 referencias, contra 5 que la tienen presente. Este vacío se verifica particularmente en las webs oficiales nacionales, con la honrosa excepción de la que corresponde al Instituto Nacional Belgraniano. De considerarse que desde su reconocimiento por ley (mayo de 2015) al presente han pasado más de 7 años, lo que revela una indiferencia notable de los organismos nacionales, sin bien consta el símbolo en los recintos  de sesiones de ambas Cámaras del Congreso desde inicios de 2017, en cambio, brilla por su ausencia en el despacho presidencial, en el muy protocolar “Salón Blanco” y en otros importantes espacios de la Casa Rosada, esto se revela en su web. Esto ocurre a despecho de la incesante labor por difundirla que realizan el Instituto Nacional y el Instituto Belgraniano de Jujuy, en particular, junto a muchas otras entidades oficiales y privadas del interior del país.
  • En veinte referencias se incluye a la escarapela entre los símbolos nacionales, un número muy elevado si se considera que la recopilación define treinta y una referencias específicas (otras diez se refieren exclusivamente al Escudo).
  • Corresponde particular detenimiento en la confusión expresada desde el portal educacional todo-argentina.net (dependiente de la Secretaria de Cultura) y Wikipedia que introducen la categoría de “emblemas nacionales” en donde se incluye una extraña estratificación, donde los denominados “insignias” parecieran corresponder a los que se conocen como “símbolos patrios”. Pese a las amplias referencias que se consignan en Wikipedia, las que resultaban a priori de interés, no pudieron chequearse porque dada su antigüedad sus vínculos no funcionan.
  • Es innegable la tendencia al error que indica Wikipedia, seguramente el portal de mayor consulta a nivel mundial. Si se considera la enorme hospitalidad del sistema a todo tipo de colaboraciones es dable pensar que desde el Gobierno nacional se podría comisionar a alguno de sus dependientes para que transformándose en wikipedista edite en un todo conforme a la normativa argentina el artículo “Símbolos de Argentina” y sus correspondientes relaciones, tanto en español como en las principales lenguas del mundo.
  • Es inclasificable confundir el Escudo nacional con el que corresponde a la provincia de Bs. Aires y, más aún, con el que caracterizó ¡al Ejército de los Andes!
  • El Gobierno argentino evidencia una bipolaridad inexplicable que se evidencia en el diseño elaborado por Guerrini y el que se difunde en las webs oficiales, que es el mismo de Wikipedia. El modelo citado en primer lugar se estableció durante la gestión presidencial de De la Rúa (1999-2001) y la vigencia de su uso ha trascendido los mandatos de Duhalde, Kirchner, Cristina Fernández, Macri y Alberto Fernández.
  • Por lo demás, el análisis cuantitativo sobre el Escudo nacional muestra los 10 modelos que surgen del muestreo realizado, véase el Cuadro Nº2. 

Sobre las hipótesis formuladas y algo más:

-    Sobre la primera: la consideración de la escarapela como símbolo nacional es mayoritaria, lo que constituye un error.

-    Sobre la segunda: el Escudo nacional se reproduce usualmente con caracteres diferentes al modelo patrón definido en 1944.

-    Como nota marginal: se destaca una omisión generalizada de la Bandera Nacional de la Libertad Civil.

-    Y como hecho destacado: los portales y páginas web de organismos nacionales de la mayor importancia incurren en errores en sus contenidos y de ausencias harto significativas en la información que contienen sobre un aspecto tan significativo como los símbolos que representan al pueblo y al estado argentinos. 

En definitiva:

  • En razón de las competencias que deslinda la Ley de Ministerios, cabría esperar del Gobierno nacional, que por medio del de Interior implementar amplias acciones comunicacionales para señalar que los símbolos nacionales o patrios son: la Bandera Oficial de la Nación, el Escudo nacional, el Himno nacional y la Bandera Nacional de la Libertad Civil, siendo esta última de carácter histórico.
  • Se reafirme en todas las plataformas que el modelo oficial de la Bandera Oficial de la Nación es el que definió el Decreto Nº1.650/ 2010 para sus colores, proporciones y el diseño del Sol .
  • Reafirmar o, eventualmente reformar por medio de una ley o decreto, el diseño del modelo patrón del Escudo nacional, si es que se considera poco atractivo o antiguo al que hoy está vigente.
  • Se divulgue con amplitud que la escarapela nacional no es un símbolo patrio sino un emblema alegórico de la nacionalidad, pero no un símbolo, al igual que ocurre con los otros emblemas que a lo largo de los años fueron destacados con este carácter por medio de diversas leyes y decretos. 

CUADRO Nº1: Referencias resultantes de la compulsa en Google (realizada en mayo 2022)


CUADRO Nº2:    Análisis cuantitativo

Se tomaron al efecto las imágenes identificadas en el Cuadro Nº1, columna tercera, prescindiendo de su fondo.

En algunas imágenes se advierten levísimas diferencias en el ancho de los campos del blasón, en la tonalidad y en la intensidad de los colores, lo que a los efectos cuantitativos no se tuvieron en cuenta.

 

Referencias sobre los diferentes tipos identificados:

1.- Modelo difundido en Argentina.gob y Wikipedia

2.- Modelo oficial, con el Sol en estilo natural (AGN, Decreto Nº10.302/ 1944)

3.- Modelo concebido por Sebastián Guerrini (Presidencia De la Rúa 1999/2001[i])

4.- Modelo oficial, similar al #2, con el Sol simplificado, usado desde ca. 1948 imagen vectorial recientemente elaborada por el Lic. Francisco Gregoric[ii]

5.- Modelo con Sol similar al de la Bandera, según Decreto Nº1.650/10)

6.- Modelo con relieve, afín al tipo Nº1

7.- Escudo de la provincia de Buenos Aires

8.- Modelo de fantasía, en estilo ingenuo

9.- Modelo de fantasía

10.- Modelo contenido en la bandera del Ejército de los Andes

Notas y referencias: 

[1] Fuente: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-10302-1944-59311/actualizacion

[2] Referencia: http://banderasargentinas.blogspot.com/2022/04/cuantos-y-que-son-los-simbolos.html

[3] Ley Nº22.520. Art. 17.- “Compete al Ministerio del Interior asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente al gobierno político interno y al ejercicio pleno de los principios y garantías constitucionales, asegurando y preservando el régimen republicano, representativo y federal, y en particular: (…) 15. Entender en los actos de carácter patriótico, efemérides, feriados, custodia de emblemas y símbolos nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros e intervenir en lo relativo a la erección y emplazamiento de monumentos”. También: Art. 23 quinquies.- “Compete al Ministerio de Cultura asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la cultura, y en particular: (…) 15. Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural”. Fuente: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/48853/texact.htm

[4] Fuente: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-1650-2010-175328/texto

[5] Fuente: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-27134-247735/texto

[6] Fuente: https://www.casarosada.gob.ar/nuestro-pais/simbolos-nacionales

[7] La “Casa Rosada” es la residencia oficial del Presidente de la Nación.

[8] Fuente: https://www.argentina.gob.ar/interior/asuntos-politicos-e-institucionales/simbolos-nacionales

[9] Comenzada en diciembre de 2019, actualmente en desarrollo.

[10] Fuente: https://www.mininterior.gov.ar/asuntospoliticos/escudo-nacional.php

[11] Fuente: https://www.cultura.gob.ar/escudo-nacional-10237

[12] Fuente: https://twitter.com/educacionar/status/1502652935641071621

[13] Fuente: https://www.facebook.com/educacionAR/photos/1866110516936836?_rdr

[14] Fuente: https://www.educ.ar/recursos/155577/que-simbolos-representan-la-identidad-nacional

[15] Fuente: https://www.todo-argentina.net/geografia/argentina/simbolos_e.htm

[16] Fuente: https://www.facebook.com/EjercitoArgentinoPaginaOficial/photos/a.160849327283705/1588065564562067

[17] Fuente: https://twitter.com/armada_arg/status/1394613032752406529

[18] Fuente: https://www.facebook.com/FuerzaAereaArgentina.Oficial/photos/a.437996443936/10158596913403937/?type=3

[19] Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=f7uFIGIZ5PA

[20] Fuente: https://legislaturalarioja.gob.ar/simbolospatrios.html

[21] Fuente: https://www.legislaturaneuquen.gob.ar/archivos/SIMBOLOS_NACIONALES.pdf

[22] Fuente: https://diputadossantafe.gov.ar/web/files/upload/la-camara/simbolos-web.pdf

[23] Fuente: https://www.senadosantafe.gob.ar/simbolos/simbolos-patrios

[24] Fuente: https://www.electoralmisiones.gov.ar/12-de-marzo-dia-del-escudo-nacional-argentino

[25] Fuente: http://educacion.jujuy.gob.ar/ceremonial-y-protocolo

[26] Fuente: https://abc2.abc.gob.ar/dia-de-la-escarapela

[27] Fuentes: https://www.mendoza.edu.ar/12-de-marzo-qdia-del-escudo-nacional-q, https://www.mendoza.edu.ar/11-de-mayo-qdia-del-himno-nacional-argentinoq, https://www.mendoza.edu.ar/18-de-mayo-qdia-de-la-escarapelaq

[28] Fuente: https://sisanjuan.gob.ar/prensa/2021-05-18/32044-por-que-se-celebra-el-18-de-mayo-el-dia-de-la-escarapela-en-argentina

[29] Fuente: https://www.concejovenadotuerto.gov.ar/historia/simbolos-patrios.html

[30] Fuente: https://bibliotecadigital.cin.edu.ar/bitstream/123456789/2195/1/Manual%20de%20ceremonial%20y%20protocolo%20de%20las%20UUNN%20-%20Ac.%20Pl.%20836.12.pdf

[31] Fuente: https://fcai.uncuyo.edu.ar/dia-del-escudo-nacional

[32] Fuente: http://atlaslatinoamericano.unla.edu.ar/assets/pdf/abordajes/nombres-y-simbolos-patrios.pdf

[33] Fuente: https://www.secundaria9rg.edu.ar/simbolos-patrios

[34] Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=kiJbYnreFDU

[35] Fuente: https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:S%C3%ADmbolos_de_Argentina y https://www.wikiwand.com/es/Anexo:S%C3%ADmbolos_de_Argentina

[36] El reconocimiento aludido consta en diversas leyes, pero hay otros elementos avalados por decretos emanados del Poder Ejecutivo nacional. La aceptación social de los mismos no hace distingos.

[37] El “Sol de Mayo” no está reconocido ni como símbolo patrio, ni como emblema por ninguna norma. Sí consta como timbre del Escudo y como carga central de la Bandera Oficial, pero no con carácter autónomo.

[38] El lema nacional no fue reconocido por norma alguna, sin embargo, es aceptado de hecho, desde que se incorporó a la primera emisión de moneda, dispuesta por la Asamblea Constituyente en 1813.

[39] El logo nacional, no es un símbolo patrio lo caracteriza la llamada “marca país Argentina” como medio de “regularización y estandarización de la imagen nacional en el mundo”, su isologotipo se renueva periódicamente, el que se muestra en Wikipedia corresponde al usado entres los años 2018 y 2019. y Al confeccionarse esta note el isologo es el definido por Decreto Nº460/ 2021, https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-460-2021-352037/texto Puede ampliarse en:  https://www.argentina.gob.ar/turismoydeportes/marca-pais

[40] El signo “Industria Argentina”, no es un símbolo patrio, es una marca de “de identificación de mercaderías y publicidad de bienes muebles, inmuebles y servicios” de origen nacional. Véase Ley Nº22.802 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/19946/texact.htm

[41] Decreto Nº15.190/ 1956. Boletín Oficial de la República Argentina, edición del 5 de septiembre de 1956.

[42] Contra lo indicado por la fuente, la rodocrosita no cuenta con ninguna normativa que la reconozca como símbolo patrio, ni tampoco como emblema de nacionalidad, si bien han existido proyectos de hacerlo en este segundo carácter.

[43] Fuente: https://www.serargentino.com/argentina/simbolos-nacionales

[44] Fuente: https://www.institutoceremonial.edu.ar/instituto-ceremonial-simbolos-patrios.php

[45] Fuente: https://www.agendaescolar.com.ar/?p=1057

[46] Fuente: https://actosenlaescuela.com/ceremonial-bandera-nacional

[47] Fuente: https://www.hagomitarea.com/contenido/ciencias-sociales/historia-de-argentina/simbolos-patrios-de-argentina

[48] Fuente: https://www.suteba.org.ar/12-de-marzo-la-asamblea-general-constituyente-de-1813-aprueba-el-escudo-argentino-11813.html

[49] Fuente: https://www.infobae.com/sociedad/2020/03/12/los-secretos-y-misterios-del-escudo-nacional-nuestro-simbolo-menos-conocido

[50] Fuente: https://www.infobae.com/opinion/2018/06/20/el-origen-de-la-bandera-argentina-que-conocemos-hoy

[51] Fuente: https://www.infobae.com/sociedad/2018/05/11/dia-del-himno-nacional-argentino

[52] Fuente: https://www.infobae.com/historia-argentina/2019/05/18/mitos-y-verdades-sobre-la-escarapela-el-primer-simbolo-patrio

[53] Portal declarado “de interés nacional” por el Ministerio de Cultura de la Nación (1998)

[54] Fuente: https://surdelsur.com/es/simbolos-patrios-de-argentina

[55] Fuente: https://www.sitiosargentina.com.ar/categorias/politica-gobierno/SIMBOLOS-PATRIOS.htm

[56] Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=AMGIKdQdu18

[57] Fuente: https://www.youtube.com/watch?v=39BX-zPFO-M

[58] Aún continúa usándose en diversas reparticiones oficiales y en los billetes circulantes.

[59] Fuente: http://manuelbelgrano.gov.ar/bandera/el-escudo-nacional