El luto en las bandera corporativas
Bandera de la provincia de Salta – Bandera
Oficial argentina – Bandera corporativa
Por Miguel Carrillo Bascary
Es costumbre universal que los
sentimientos de pesar de un pueblo se manifiesten en el luto de su bandera. Ya en otras oportunidades nos hemos referido al
caso en nuestro blog.
El tema se actualiza ante la
reciente barbarie de los atentados extremistas en Barcelona y en otros lugares
de Europa, que tienen su correlato en otros de similar o aún mayor entidad,
ocurridos en diversas latitudes. Basta
reseñar: el centenar de asesinados entre los cristianos que celebraban la
Pascua en la ciudad de Lahore (Pakistán, en marzo de 2016); los más de 500 de
esta misma religión asesinados en Jos; Maiduguri y Dalori (el pasado agosto); la
veintena de coptos que procesionaban en Egipto el pasado mayo; el incendio de
la catedral católica de Katmandú (Nepal, en el mes de abril); la masacre de 86
personas en diversos pueblos del Norte de Nigeria (Maiduguri y Dalori) en el pasado agosto;
las reiteradas matanzas acontecidas en México atribuidas al narcotráfico y a la
inmigración ilegal; entre otros muchos
casos similares que también deberían conmovernos.
Además, justifica la declaración de
duelo oficial por la muerte de una
personalidad pública o por un luctuoso
saldo de tragedias naturales.
La declaración oficial de “duelo nacional” implica izar a media
asta las banderas que lucen en los mástiles exteriores y colocar lazos negros a
las de interior. En ocasiones la normativa dispone atar los paños para impedir
su vuelo.
De esta forma, la sujeción de las
banderas nacionales a las reglas del
luto imponen que se extienda a todas aquellas de menor jerarquía; por caso:
las de organizaciones internacionales; estados subnacionales (provincias) y
municipios; pero además, a las enseñas
corporativas, llamadas también “institucionales”, ya sea que pertenezcan a
una asociación civil; deportiva; sindical y hasta las que representen a las
empresas comerciales. Esta pauta tiene toda lógica y resulta indiscutible; ante
el dolor de toda una nación es natural que se refleje en todas sus expresiones
sociales, públicas y privadas.
Una cuestión especial
Pero, a título de hipótesis, nada
excepcional por otra parte podemos hacernos dos preguntas e intentar sus
respectivas respuestas:
a) ¿es factible colocar a media asta una
bandera corporativa? y
b) ¿cabe evidenciar el luto en las banderas
corporativas de ceremonias?
Adelantamos respuestas positivas para ambos interrogantes. Explicaremos por qué.
Abordaremos el primer caso: puede ser la ocasión que ocurra el fallecimiento de un
directivo de una empresa; de un personal caracterizado o, aún, de cualquier
miembro de la planta u oficina; también de un proveedor o cliente muy querido o
de significativa importancia. Podríamos ampliar la casuística aludiendo al
fallecimiento de la esposa; padre o madre o hasta de un hijo de la directiva u
otro miembro del personal. De tratarse de una institución deportiva, cabría
disponer luto ante la muerte de un campeón o de un caracterizado veterano.
En todos estos supuestos es plenamente factible que por decisión
institucional se ordene colocar la bandera corporativa a media asta.
Esta disposición podrá ocurrir en el
día del sepelio o, si la pérdida fuera de alta significación (ejemplo, del
presidente o fundador de la compañía), que el luto se extienda por dos o más
días. Para esto no puede haber una regla
estipulada, es de libre disposición
de la entidad. Para instrumentarlo bastará una decisión en concreto emanada
de la autoridad corporativa (ya sea por la vía escrita o aún verbal). Va de
suyo que la prudencia debe primar en
la cuestión.
Esto se evidenciará en la posición
de la bandera particular de la corporación pero
no puede extender a las enseñas oficiales, lógicamente.
En cuanto al segundo interrogante, la respuesta también será positiva. Por ejemplo,
si en el salón directorio existe una bandera corporativa, es factible expresar
el pesar que embarga a la empresa o institución colocándole un moño luctual
adherido al paño o un tul negro en la base de la moharra.
Conclusión
Es factible expresar el pesar que experimenta una entidad corporativa
mediante el luto de su bandera, sin que esto constituya mengua alguna para las
enseñas oficiales.
Nota: este post es una contribución del Programa "Rosario Cuna de la Bandera y ciudad de la inclusión" de la Secretaría de Gobierno, Municipalidad de Rosario.
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