lunes, 21 de agosto de 2017

Ceremonial luctual corporativo

El  luto en las bandera corporativas

Bandera  de la provincia de Salta   –   Bandera Oficial argentina   –   Bandera corporativa

Por Miguel  Carrillo Bascary

Es costumbre universal que los sentimientos de pesar de un pueblo se manifiesten en el luto de su bandera. Ya en otras oportunidades nos hemos referido al caso en nuestro blog.

El tema se actualiza ante la reciente barbarie de los atentados extremistas en Barcelona y en otros lugares de Europa, que tienen su correlato en otros de similar o aún mayor entidad, ocurridos en  diversas latitudes. Basta reseñar: el centenar de asesinados entre los cristianos que celebraban la Pascua en la ciudad de Lahore (Pakistán, en marzo de 2016); los más de 500 de esta misma religión asesinados en Jos; Maiduguri y Dalori (el pasado agosto); la veintena de coptos que procesionaban en Egipto el pasado mayo; el incendio de la catedral católica de Katmandú (Nepal, en el mes de abril); la masacre de 86 personas en diversos pueblos del Norte de Nigeria (Maiduguri y Dalori) en el pasado agosto; las reiteradas matanzas acontecidas en México atribuidas al narcotráfico y a la inmigración ilegal; entre otros muchos casos similares que también deberían conmovernos.

Además, justifica la declaración de duelo oficial por la muerte de una personalidad pública o por un luctuoso saldo de tragedias naturales.

La declaración oficial de “duelo nacional” implica izar a media asta las banderas que lucen en los mástiles exteriores y colocar lazos negros a las de interior. En ocasiones la normativa dispone atar los paños para impedir su vuelo.

De esta forma, la sujeción de las banderas nacionales a las reglas del luto imponen que se extienda a todas aquellas de menor jerarquía; por caso: las de organizaciones internacionales; estados subnacionales (provincias) y municipios; pero además, a las enseñas corporativas, llamadas también “institucionales”, ya sea que pertenezcan a una asociación civil; deportiva; sindical y hasta las que representen a las empresas comerciales. Esta pauta tiene toda lógica y resulta indiscutible; ante el dolor de toda una nación es natural que se refleje en todas sus expresiones sociales, públicas y privadas.

Una cuestión especial

Pero, a título de hipótesis, nada excepcional por otra parte podemos hacernos dos preguntas e intentar sus respectivas respuestas:

a) ¿es factible colocar a media asta una bandera corporativa? y

b) ¿cabe evidenciar el luto en las banderas corporativas de ceremonias?

Adelantamos respuestas positivas para ambos interrogantes. Explicaremos por qué.

Abordaremos el primer caso: puede ser la ocasión que ocurra el fallecimiento de un directivo de una empresa; de un personal caracterizado o, aún, de cualquier miembro de la planta u oficina; también de un proveedor o cliente muy querido o de significativa importancia. Podríamos ampliar la casuística aludiendo al fallecimiento de la esposa; padre o madre o hasta de un hijo de la directiva u otro miembro del personal. De tratarse de una institución deportiva, cabría disponer luto ante la muerte de un campeón o de un caracterizado veterano.

En todos estos supuestos es plenamente factible que por decisión institucional se ordene colocar la bandera corporativa a media asta.

Esta disposición podrá ocurrir en el día del sepelio o, si la pérdida fuera de alta significación (ejemplo, del presidente o fundador de la compañía), que el luto se extienda por dos o más días. Para esto no puede haber una regla estipulada, es de libre disposición de la entidad. Para instrumentarlo bastará una decisión en concreto emanada de la autoridad corporativa (ya sea por la vía escrita o aún verbal). Va de suyo que la prudencia debe primar en la cuestión.

Esto se evidenciará en la posición de la bandera particular de la corporación pero no puede extender a las enseñas oficiales, lógicamente.

En cuanto al segundo interrogante, la respuesta también será positiva. Por ejemplo, si en el salón directorio existe una bandera corporativa, es factible expresar el pesar que embarga a la empresa o institución colocándole un moño luctual adherido al paño o un tul negro en la base de la moharra.

Conclusión

Es factible expresar el pesar que experimenta una entidad corporativa mediante el luto de su bandera, sin que esto constituya mengua alguna para las enseñas oficiales.

Nota: este post es una contribución del Programa "Rosario Cuna de la Bandera y ciudad de la inclusión" de la Secretaría de Gobierno, Municipalidad de Rosario.

1 comentario: