viernes, 16 de enero de 2026

Banderas como armas ideológicas y herramientas sector

Normativa y realidad social en los ámbitos internacional y argentino

Posición ideal en un dispositivo ceremonial, en Argentina
Banderas de estados soberanos: en el extremo derecho, Argentina, a su izquierda: Francia, 
En mástil desplazado: posición de otros vexilos que no representa soberanías,
en el caso se muestra una de las banderas de la Paz

Por Miguel Carrillo Bascary

Con la humildad que entrañan sus paños, las banderas también son parte de los conflictos que afligen a nuestra realidad. Ellas tienen funciones pasivas y dinámicas. Su ondear cuenta con el potencial de exacerbar pasiones, encuadrar demandas y expresar sentimientos de todo tipo. En el contexto apropiado catalizan tensiones, alumbran esperanzas y, con su presencia, tanto marcan el protagonismo de las masas como la decisión de un líder.

La era de la comunicación que nos define multiplica el protagonismo sociológico de las banderas. En sus manifestaciones más recientes se observa una tendencia marcada que parece haberse desarrollado en Europa y que se difunde a nivel planetario.

Parte de un afán por “visibilizar” todo tipo de demandas. Algunas son muy justas y razonables, otras tantas cuestionables y también hay muchas francamente inaceptables por sus caracteres agresivos o antidemocráticos. Si a esto se suma un amplio abanico de ideologías, de ismos y la actuación de vociferantes minorías de todo tipo, se precipita un caos de intereses manifestados en las banderas.

En virtud de las redes y de la televisión, en focar con la cámara un espacio determinado o una multitud en los que se advierten banderas proyecta su significado a millones de observadores de todo el planeta, con lo que el significado de estos vexilos en correlato que muestra la imagen tiene un impacto innegable, absolutamente evidente.

Para más, el evento trasciende a la dimensión del presente y queda literalmente “en la nube”, como innegable testimonio para quien sepa buscarlo o para quien se lo encuentre en un inocente navegar, aunque hayan pasado décadas.

En la consideración de los unos y los otros, los paños se suman, se izan, se denigran, se presentan, se cancelan, se reivindican, se inventan y se restablecen. También predican, acusan, muestran, celebran y condenan, en un ritmo cacofónico de pasiones, intereses, ingenuidades y loables propósitos, plasmando en una suerte de arco iris de vexilos.

En ciertos estados el fenómeno alcanza rangos críticos[1], en otros campea la indiferencia, y en muchos más esta pluralidad rechaza, entusiasma, compromete y hasta escandaliza.

A priori, pareciera que hay una extendida anomia pero, con un poco de formación específica y algo de profesionalismo, se puede observar que existen normas que regulan el Ceremonial de las banderas, aunque las realidades sean muy diversas. Obvio que estas pautas no se aplican a las manifestaciones sociales espontáneas, pero en los ámbitos gubernamentales, corporativos y educacionales, la normativa existe. Podrá ser rígida, laxa, indiferente, tolerante o amistosa, elemental o muy elaborada, pero de ella dimana el mandato a los órganos de control de hacerla aplicar. Hay para todos los gustos, conforme a las tradiciones de cada país y de cada nación.

No abundaré más, entiendo que el lector conoce de lo que escribo, lo que me ahorra fatigarlo con más lectura de encuadre.

Veamos el caso argentino

Esa suerte de guerra de guerrillas que se libra en el ceremonial de las banderas también se manifiesta en mi país. Se libra, en menor o en mayor medida, según las peculiaridades culturales de cada región de su extenso territorio.

El marco normativo general en Argentina es mínimamente suficiente, pero sus muchos silencios y la complejidad que implica su forma federal de estado, contribuye a una extendida confusión que reviste cierto carácter anarquico alimentado por el desconocimiento de muchos de quienes tienen responsabilidad en la materia. 

Por caso, la temática hace décadas que desapareció de la mayoría de las currículas destinadas a quienes se forman como docentes. ocurre, también que a muchos funcionarios les “molesta” el más sencillo protocolo. Ultimamente, en el afán de “reducir el aparato estatal” se eliminan las oficinas de Ceremonial o se las esteriliza incluyéndolas en las que se ocupan de las “Relaciones Públicas”. El resulta es lógico: la improvisación reina, mejor dicho, impera, con lo que la imagen institucional del funcionario o de la institución caen, estrepitosamente. Por lógica también se afecta la cohesión social y la identidad general.

Volvamos a la dimensión normativa. Destacaba que la República Argentina es una federación, lo que implica que existe un gobierno nacional y veintitrés de provincias (que gozan de un amplio margen de autonomía), a esto se agrega el que corresponde a la ciudad de Bs. Aires, también autónoma. Entre tantas unidades políticas debe coordinarse el sistema de Ceremonial. Parece demasiado ¿no?

La legislación sobre los símbolos nacionales, es en principio de competencia nacional. Sin embargo, como en este nivel falta una norma sistémica, suficientemente desarrollada, aparecen numerosos vacíos y también disposiciones ya anacrónicas. Los gobiernos locales intentan llenarlos con leyes, decretos y resoluciones propios, lo que complica grandemente la situación. Incluso, hay veces en que inadvertidamente se usurpan funciones nacionales, con lo que se hace factible que surjan disposiciones contradictorias.

Reitero, falta en Argentina una norma sistémica sobre el ceremonial de los símbolos nacionales, la que debería abarcar la mayor cantidad posible de situaciones. En ella tendría que articularse en forma coherente lo atinente a los emblemas de cada una de sus ¡veinticuatro jurisdicciones! A esto se agrega que, por razones de índole política, no faltan gobiernos locales reacios a cooperar, aun cuando sea en una materia tan aséptica como los símbolos nacionales, donde debería imperar un desinteresado y pacífico consenso.

De izamientos y exhibiciones

Después de un período histórico que se caracterizó por continuas crisis de institucionalidad, Argentina retomó su constitucionalidad a fines del año 1983. Se dio entonces un reverdecer del federalismo, que venía diluyéndose por políticas centralistas desde fines del siglo XIX.

Desde el año 1985[2] las provincias comenzaron a darse banderas, como una forma de reivindicar sus identidades. Cuando erminó de completarse el proceso[3], se observó que la forma en que estos símbolos son percibidos por sus pueblos no es unívoca. Hay algunas provincias donde sus enseñas particulares tienen amplia vigencia, en otras se observa un decidido esfuerzo por lograr que arraiguen en los usos sociales, con suerte dispar, y en algunas, la indiferencia de sus habitantes es patente.

Paralelamente se asiste a un fenómeno similar a nivel de ciudades y comunas. Son literalmente cientos las que han resuelto darse banderas, particularmente en la última década; tendencia que sigue en aumento[4], mientras que en otras apenas tiene relevancia[5].

Al respecto, en la Ciudad de Bs. Aires y su conurbano, en las zonas urbanas de Santa Fe, Mendoza, Córdoba, y en otros lugares puntuales reina un sentimiento cosmopolita que minimiza el rol de las enseñas locales. En el resto del país, el respeto por los símbolos y por su ceremonial es mucho más acentuado, aunque multiforme. En esta dimensión pueden señalarse algunos fenómenos particulares, lo que paso a señalar.

En el Noroeste, con ramificaciones varios otros sectores del país, se observa la penetración de la wiphala en el marco de reivindicaciones de los pueblos originarios. Esto se repite en el Oeste patagónico, con eje en la wenufoye mapuche y otros vexilos similares.

Mientras que en diversas regiones los movimientos cooperativistas, ecologistas y los vinculados con la paz, con un destacado activismo se corporizan en sus vexilos.

La Iglesia Católica, a partir del gran número de establecimientos educativos de su dependencia torna tradicional el empleo de la denominada "enseña papal"[6].

Existe también una activa tendencia que se expone con los muy diversos vexilos “del orgullo[7]” Además, quienes se reconocen como herederos de las tradiciones de la inmigración, hacen amplio uso de las banderas de sus abuelos. A esto se suma la costumbre de que las escuelas con nombres de países amigos incorporen sus respectivos pabellones en actos y ceremonias.

Tampoco falta ocasiones, donde las instituciones civiles (clubes deportivos, entidades de servicio, asociaciones, etc.) consideran pertinente izar o presentar sus emblemas.

No olvidemos que, en el 2015 se reconoció con toda justicia, a la “Bandera Nacional de la Libertad Civil, con el carácter de “símbolo patrio histórico”, cuyo empleo es facultativo, pero que por su propia naturaleza su empleo se extiende, cada vez en mayor medida.

Des todo esto deriva una verdadera inflación vexilológica, que banaliza la trascendencia implicada en los símbolos, hasta el punto de que algunas de sus manifestaciones lleguen al absurdo[8].

Afortunadamente hay un sentimiento pleno, entusiasta y generalizado en todos los estamentos populares y a nivel gubernamental que destaca la identificación con la Bandera Oficial de la Nación “la celeste y blanca”. Posiblemente su afloramiento más notorio se dio durante los festejos por la consagración del seleccionado argentino como campeón mundial de futbol, donde toda la geografía argentina se cubrió espontáneamente con sus colores.

En este análisis no puede soslayarse un factor económico que condiciona la forma en que se muestran las banderas, particularmente en los espacios públicos y en los establecimientos gubernamentales, entre los que se incluye a los dedicados a la educación. Me refiero a la disposición de mástiles.

Ocurre que en la generalidad de estos ámbitos hay un solo palo, que resulta escaso ante el extendido uso de las banderas Nacional, provincial y la que corresponde a la ciudad o comuna; a la que eventualmente se sumaría la “Bandera Nacional de la Libertad Civil”. También existe una lógica expectativa de los sectores interesados para que en determinadas situaciones se muestren los vexilos a los que me refería anteriormente. En algunos casos, la presión en tal sentido pone en compromiso a las autoridades. De esto resulta que hay pluralidad de banderas para una muy escasa cantidad de mástiles y se llega a lo dramático cuando solo hay uno. Queda planteado el dilema.

Acá es donde anidan potenciales entuertos, fácilmente perceptibles aun entre observadores no especializados. Las pautas del Ceremonial nacional reservan ese único mástil a la Enseña patria, a la que eventualmente se pueden adicionar, la provincial y la municipal (véase la imagen que abre esta nota). Jamás debe admitirse que se sumen aquellas que no tengan carácter oficial. Si a esto se suma que no hay una educación de nivel adecuado en materia del Protocolo vexilológico, se obtiene una potencial “tormenta perfecta”, que en no pocos casos aflora en tensiones y conflictos. Algunos son de gravedad, hasta el punto que las redes informan periódicamente sobre hechos violentos.

En este punto concreto, el aumento del número de mástiles, es un factor superador, pero muchas veces no es factible por no adecuarse a la arquitectura del lugar, aunque razones de costo pueden diferir la provisión. Aún así el conocimiento del sistema de precedencias resulta indispensable.

Sería principio de solución, reitero, dictar una normativa nacional clara, suficientemente amplia y detallada, lo que hasta ahora permanecería fuera de la atención de los legisladores.

En este punto se hace necesario recordar que el Instituto Nacional Belgraniano, entidad gubernamental dotada de autonomía académica, tuvo entre sus competencias asesorar al ámbito gubernamental y aún a los particulares en todo lo referido a los símbolos patrios y su ceremonial[9]. En este marco preparó un ambicioso proyecto de ley que sistematizaba esta temática. La labor de preparación fue ímproba y comprometió el aporte de un núcleo de expertos de alto nivel. Una vez presentado a consideración de ambas cámaras del Congreso Nacional era de esperar un rápido tratamiento, así lo hacía esperar su perfil técnico y lo pacífico de su materia. Lamentablemente no ocurrió, el proyecto nunca fue tratado en las comisiones a las que se derivó para estudio y con el correr del tiempo la iniciativa caducó.

A comienzos del año 2025, el Instituto fue iníqcuamente disuelto por decreto del Gobierno nacional en el marco de lo que se conoce como “achicamiento del Estado”. Esto determinó que quienes se venían desempeñando en el mismo, en forma totalmente ad honorem resolvieran formar una nueva entidad, el Instituto Belgraniano de la República Argentina, ya de carácter privado, cuya personería jurídica acaba de ser concedida, como manera de dar continuidad a su alto cometido. Entre sus cometidos, seguramente estará insistir en esta gestión.

Hago constar que ante el Congreso se registran otros proyectos de similar tenor al expuesto, de muy variados orígenes, pero todos son de menor desarrollo al previamente referenciado.

Responsables y responsabilidades

Si se observa la actuación del Congreso Nacional en los últimos años se verificará que su labor es cuantitativamente muy escasa y, por lo general, limitada a temas de alto interés político. En este marco las regulaciones dictadas sobre aspectos vinculados a la identidad nacional han sido ínfimas. Algo inexplicable, por cuanto la temática no debería plantear disyuntivas, por más acérrimas que sean las pujas parlamentarias.

Claro que existe una excepción, cuando por el Congreso Nacional, con la unanimidad en ambas cámaras sancionó la Ley Nº27.134[10] que en 1995 reconoció como símbolo patrio histórico a la “Bandera Nacional de la Libertad Civil” que el general Manuel Belgrano entregó al pueblo jujeño como testimonio de su desempeño en las batallas de Tucumán, de Salta y en el Éxodo de 1812.

El Lic. Manuel Belgrano entrega un ejemplar del vexilo al 
presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Horacio Rosati

El más inexperto de los analistas políticos podría responder al interrogante que inquiere las razones de tal omisión de tratamiento, explicando que ninguna bancada quiere apoyar y/o promover el trámite de iniciativas de leyes vinculadas al sentir nacional que hayan tenido origen en otra. Con total miopía de miras parecen creer que, ante la opinión publica, los impulsores de la iniciativa “son más argentinos” que ellos. Es una cruda realidad. 

En esta dimensión de celos y afán de protagonismo, la lógica sería que los eventuales proyectos fueran presentados y sostenidos por un conjunto de legislares de diversos bloques entre los que, sería ideal, que se encontraran sus más notorios exponentes.

Como argentinos tenemos que asumir nuestras propias responsabilidades, las personales, las sectoriales y las comunes que plantean tan amarga realidad. Lo peor es que al llegar las Fiestas Patrias, en las conmemoraciones históricas y cuando surgen ciertos acontecimientos sensibles, nuestra dirigencia se desgarra las vestiduras y peroran sobre: “argentinidad”, “soberanía”, “identidad nacional”, “conciencia social” y tantos otros términos, que a los oídos del pueblo suenan grandilocuentes y vacíos.

Es muy doloroso decirlo, pero si se mira la historia argentina, la realidad referenciada plantea que ningún sector político, económico o social está libre de estos pecados. Parafraseando al evangelista San Juan[11], ninguno actor político tiene legitimidad moral para “tirar la primera piedra”. Escrito esto, corresponde proceder al respecto.

Corresponde que las iniciativas fueran multilaterales, para coincidir en los grandes objetivos y proceder coordinadamente, sin mezquindades, con un decidido accionar, articulado con eficacia y eficiencia.

La situación en otros sistemas

La problemática expuesta con relación a la Argentina es básicamente común a otros estados federales[12]. Algunos cuentan con regulaciones orgánicas que aventan muchos cuestionamientos, otros no.

En cambio, en la mayoría de los países del mundo, que cuentan con formas estatales unitarias[13], la cuestión es infinitamente más sencilla. Solo basta que el parlamento de cada uno, en conjunto con los ejecutivos, dicte una norma marco a la que indefectiblemente deben ajustarse los estados subnacionales y las fuerzas de la civilidad.

Concluyendo

- Se hace evidente que la llave de este verdadero galimatías está en la voluntad política gubernamental que, lleve a que Argentina dicte una norma sistémica, la base de todo accionar futuro, con particular involucramiento de la docencia, de los ceremonialistas, organizadores de eventos y de los comunicadores.

- En el ínterin la proliferación de banderas que acompañan a la Nacional continuará como potencial punto de conflictos dando lugar a verdaderas acciones de güerillas en pos de ocupar los mástiles.


Notas:

[1] Uno de ellos se refleja en estados Unidos con el uso de las llamadas “banderas confederadas”. Otro tanto ocurre en España, con numerosísimas expresiones, particularmente la Ikurriña, la Senyera, la LGBT+ y otras. También en aquellos estados donde hay minorías postergadas. Como ejemplos, alcanza.

[2] Esa suerte de guerra de guerrillas que se libra en el ceremonial de las banderas también se manifiesta en Argentina, en menor o en mayor medida, según las peculiaridades culturales de cada región. La adopción de banderas provinciales empezó en 1985, cuando Santiago del Estero estableció la propia.

[3] Ocurrió en el año 2014, cuando Córdoba definió su lábaro particular.

[4] Cito los casos de: Córdoba, Santa Fe, Misiones y Bs. Aires, principalmente.

[5] Tucumán, Jujuy y Formosa.

[6] Véase en este Blog una serie de siete notas sobre la enseña pontificia; http://banderasargentinas.blogspot.com/2022/10/bandera-papal-de-la-santa-sede-o-del.html

[7] En lo personal registro unos 120 vexilos que encuadran bajo esta deenominación.

[8] Tengo presente la oportunidad en que un director de escuela de una alejada zona norteña me consultó muy preocupado. En un acto debía presentar cuatro banderas, con sus respectivos abanderados y escoltas y en su establecimiento ¡solo había quince alumnos!

[9] Decreto Nº1.435/ 1992; https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/5000-9999/9846/norma.htm

[11] Juan, 8,1-11. Jesús y la mujer adúltera.

[12] Entre ellos, además de Argentina, pueden citarse: Estados Unidos, Canadá, México, Brasil, Alemania, Austria, Suiza, India, Australia, Bélgica, Malasia y Rusia. También seria Venezuela, pero el totalitarismo que a la fecha la aherroja impide sumarla al grupo.

[13] Cabe apuntar que algunos estados desentralizan el poder sobre una base territorial pero bajo el sistema de regiones. También en ellos se recrea el potencial de conflictos que se apunta para los de estructura federal. Los casos más significativos en donde se observa inestabilidades expresadas en materia vexilológica son los de España e Italia.

miércoles, 14 de enero de 2026

En linea con el misterio espiritual de la Porciúncula

 2026/ 2027 - Año Jubilar Franciscano especial 

La capilla de la "Porciúncula" reconstruida por San Francisco de Asís [1]

Con motivo de conmemorarse los 800 años del fallecimiento de San Francisco de Asís[2], el Santo Padre instituyó un AÑO JUBILAR FRANCISCANO ESPECIAL, desde el 10 de enero de 2026 al 10 de enero de 2027, en el que todos los fieles cristianos están invitados a seguir el ejemplo del Santo de Asís, convirtiéndose en modelos de santidad de vida y testigos incansables de paz y así obtener indulgencia plenaria por las consecuencias de los pecados personales.

El Año Jubilar está dirigido de modo particular a: los miembros de las Familias Franciscanas, a los Institutos de vida consagrada, las Sociedades de vida apostólica y las asociaciones que observan la Regla de San Francisco o se inspiran en su espiritualidad.

Pero también, la indulgencia plenaria que otorga la Iglesia se extiende a todos los fieles, sin distinción, que, con el corazón desprendido del pecado, visiten en peregrinación cualquier iglesia conventual franciscana o lugar de culto dedicado a San Francisco en cualquier parte del mundo.

Además de lo expuesto, las condiciones generales implican, acercarse al sacramento de la reconciliación y confesar los pecados cometidos con verdadero arrepentimiento y especial intención de no volver a cometerlos ayudados por la gracia de Dios, aun tratándose de materia venial, realizar una comunión sacramental y rezar un Credo y un Padrenuestro pidiendo por las intenciones del Papa.

Quién realice estas prácticas puede aplicar la indulgencia alcanzada a su propia persona o a un fallecido en particular (sea familiar o no), quien inmediatamente llegará a la presencia del Señor. Esta modalidad implica una profunda empatía para con ella y un enorme gesto de amor y de hermandad en el marco de lo que se conoce como la comunión de los santos.

Los ancianos, los enfermos, detenidos y quienes, por motivos graves, no puedan hacerlo, tienen la posibilidad de obtener la indulgencia plenaria uniéndose espiritualmente a las celebraciones jubilares y ofreciendo a Dios sus oraciones, dolores y sufrimientos.

------------------

[1] Se denomina “Porciúncula” (pequeña porción de tierra) a la humilde capilla restaurada por San Francisco, dedicada a Santa María de los Ángeles, hoy contenida en la gran Basílica de su nombre Santa María de los Ángeles en Asís. Su existencia está documentada desde el año 1045.

[2] Ocurrido en Asís, Italia el 3 de octubre de 1226.

Fuente de esta noticia: https://www.vaticannews.va/es/iglesia/news/2026-01/asis-comienzo-celebraciones-octavo-centenario-muerte-san-francis.html?utm_source=newsletter&utm_medium=email&utm_campaign=NewsletterVN-ES

lunes, 12 de enero de 2026

Ciudad de La Rioja: fe e identidad

Una capital y sus símbolos

 

Escudo cívico y banderas de la ciudad de La Rioja

Por Miguel Carrillo Bascary

Noticia sobre La Rioja

Fundada en 1591 como “Ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja”, por Juan Ramírez de Velasco (1539-1597) su jurisdicción territorial derivó la que más tarde fue una de las Provincias Unidas del Río de la Plata, hoy República Argentina. Cuando la jurisdicción declaró su autonomía definitiva en 1820,  pasó a ser su ciudad capital . Obvio que no debe confundirse con la comunidad autónoma de igual nombre, en España.

Para quienes no conozcan Argentina interesará saber que la ciudad de La Rioja cuenta con unos 215.000 hab. (casi la mitad del total provincial), su incremento es importante, si se considera que en 1947 solo tenía 23.809[1].

Señalo un aspecto de importancia, la organización municipal de la provincia se basa en el sistema de partidos o departamentos (para usar la terminología riojana). Esto implica que el municipio excede de los límites urbanos para extenderse hacia una superficie que comprende zonas rurales y otros núcleos poblacionales[2], como se observa en el croquis, con lo que se define el Departamento La Capital. Cuyos símbolos trataremos.

El departamento en el territorio provincial

Heráldica del blasón

A partir de la identificación entre la provincia y su capital, el municipio utilizó por años el escudo provincial, hasta que adoptó su blasón cívico por Ordenanza Nº372 sancionada el 24 de diciembre de 1.941. Con los años experimentó algunas mutaciones, lo que justificó que el 15 de noviembre de 2001 se aprobara la Ordenanza Nº3.208[3], para fijar definitivamente sus características. Sue acompaña su imagen y el texto, que dice:

“Artículo 1º.- Aceptase la restitución del proyecto original del Escudo Municipal, recuperado por la Concejal Ramona Sánchez Oliva de Rojas, creado por Ordenanza Nº 372 de fecha 24 de Diciembre de 1.941.

Artículo 2º.- El proyecto original, que se restituye por el artículo precedente deberá ser ubicado en el despacho del Señor Intendente Municipal e incorporado al Registro del Patrimonio Histórico.

Artículo 3º.- Se adjunta fotocopia del original.

Artículo 4º.- [De forma]”

El blasón puede describirse así:

En el jefe, de azur, una cadena montañosa, de lo mismo, que es imagen de la Sierra de Velasco[4], con sus cumbres nevadas de plata; sobre la siniestra un Sol de oro. Sobre la línea del horizonte, se perfila la ciudad (ver Nota 1) de plata, delineada en sable.

Seguimos describiendo: en la punta, de oro, una banda terciada con los colores nacionales (celeste, blanco y celeste). En el cantón diestro, una cruz latina de azur, emblema de la fe que caracteriza al pueblo riojano y de la importancia del cristianismo en la historia local. A la siniestra un sombrero falucho emplumado, de sable, sobre el que extenderé en la Nota 2.

Una llave[5] de oro acolada (puesta por detrás del blasón), en palo, que señala la condición de ciudad (municipio) que reviste La Rioja desde su fundación. Cabe señalar que el adorno ubicado sobre el ojo consiste en una chacana emblema de las culturas andinas de múltiples connotaciones. En el espacio del ojo, propiamente dicho, se delinea una flor de lis, con su corazón en gules (rojo) un motivo que reproduce el bordado en la capa del “Niño Alcalde”, al que me referiré más adelante.

Nota 1:

Pese a las reducidas dimensiones en la perspectiva se distinguen con claridad: la iglesia Catedral de La Rioja, la basílica menor de “San Nicolás de Bari” (patrono de la ciudad y de la provincia), el Palacio gubernamental y la iglesia de Santo Domingo.



Iglesia del convento dominico, tal como se reconstruyó luego del terremoto que la afectó

Nota 2:

El Diccionario de la Lengua de la “Real Academia Española” define al falucho como un “sombrero de dos picos y ala abarquillada que usaban los jefes militares y los diplomáticos en las funciones de gala”, agreguemos que también lo empleaban otros funcionarios reales y, en general los elegantes de la época. La carga heráldica de la que se trata lleva a la imagen del “Niño Jesús Alcalde[6]”, una antiquísima y muy popular advocación de La Rioja. Afirma la tradición que el Jueves Santo de 1593, los diaguitas que habitaban la región, se alzaron contra los abusos de los colonizadores hispanos y amenazaron con destruir la incipiente ciudad, fundada apenas dos años antes.

San Francisco Solano (1549-1610) se hallaba de misión en la zona, se presentó ante los caciques, munido solamente de su violín que empleaba como instrumento de evangelización. Tranquilizada momentáneamente la situación los jefes le expusieron sus demandas. De las negociaciones surgió que las autoridades renunciarían y que se nombraría un nuevo alcalde, de quien se esperaba hiciera justicia a las justas demandas, con lo que se superaría el conflicto. Ningún candidato español resultó válido a la consideración de los sublevados quienes incrementaron su belicosidad. Fue entonces que, inspirado por el Altísimo, el Santo tomó una imagen del Niño Jesús y la revistió con el ropaje y demás atributos del cargo[7]. Luego se la presentó a los indígenas diciéndoles que era “una autoridad de la cual nunca tendrían por qué quejarse”. Los naturales lo aceptaron como alcalde, se logró la paz[8] y unos 9.000 recibieron el bautismo.

Primer Tinkunaco  (oleo  de Ernesto Palacios)

Desde entonces el pueblo riojano venera la histórica imagen con piadoso entusiasmo y cuyo culto es parte del Tinkunaco[9], una celebración sincrética tradicional. La talla original es de 37 cts. aproximadamente, su rostro de cerámica tiene rasgos aindiados y se reserva en el convento franciscano de la ciudad de La Rioja. También lleva una peluca con largos bucles de cabello natural, a tono con la época. En definitiva, la ceremonia se conmemora el encuentro entre ambas comunidades, la originaria y la foránea.

Al tiempo de aquel hecho histórico (1593) reinaba en España Felipe II (1556-1598) “el prudente”, persona de gran religiosidad y de austeras costumbres. En este marco, a imagen del monarca la moda impuso el color negro para los atavíos de cortesanos y funcionarios. Esto es lo que determinó la imagen vista ropaje de ese color y un lujoso sombrero, hermoseado por plumas, también negras. En su mano izquierda porta un bastón (vara) de mando que en su remate muestra una cruz patriarcal (con doble segmento traverso), símbolo pastoral de primer orden. Mientras que su derecha se extiende ante los fieles, en además de impartirles la bendición.

El “Niño Alcalde[10]” 

Vista lateral que permite apreciar la forma del sombrero, 
obsérvese la flor de lis bordada en la capa

¿La primera bandera?

No he podido recabar mayores referencias, pero en el año 2012 un wikipedista Fedejr7wc, de amplia trayectoria como editor en este portal, confeccionó la imagen que atribuye al municipio del Departamento La Capital, provincia de La Rioja. El diseño es muy simple similar al estilo visto en la Vexilología argentina, para las jurisdicciones que, sin haber adoptado uno particular, optan por cargar su escudo de armas sobre un paño blanco. La imagen resultante es la siguiente[11]:

Un segundo intento

Corriendo el año 2017 la ciudad de La Rioja no quiso permanecer al margen de la tendencia de proveer a los municipios argentinos de una enseña que los identificase. De esta manera, el 14 de junio se sancionó, la Ordenanza Nº5.425[12] que dispuso:

“Artículo 1º.- Créase la Bandera Municipal, la cual representará a la comuna en actos protocolares y demás eventos que se realicen en el ámbito de la Ciudad Capital.

Artículo 2º.- La misma será creada a través de un concurso abierto, dirigido a instituciones de artes públicas en general y sin excepción, a los habitantes de la Ciudad de La Rioja Capital que deseen participar en forma individual y/o grupal, y a personas con dos años de residencia mínima en la Capital, y que, a la fecha de la sanción de la presente, cuenten con el domicilio legal en esta ciudad”.

Lo resaltado destaca la falta de coherencia en el mandato, con lo que su diseño quedó diferido hasta que se pudiera concretar el concurso. Seguidamente la norma sentaba las bases de la convocatoria, del proceso de selección y establecía premios en dinero, lo que se podrá considerar a partir de la trascripción que consta en el Anexo I.

Me detengo en la composición del jurado que se integró con cuatro funcionarios políticos y tres “vecinos representativos de la historia de la Ciudad”. Más allá de la honorabilidad de quienes en definitiva pudieron actuar, queda en claro que a ninguno de los siete integrantes se les exigió ni una mínima versación en Vexilología, lo que hubiera sido de desear tratándose de una ciudad capital de provincia.

Pese al esfuerzo empeñado en la investigación no me ha sido posible determinar, ni siquiera, si el proceso selectivo llegó a ponerse en marcha, menos aún si arribó a un resultado concreto. Se agradecerá cualquier aporte al respecto.

La bandera definitiva

Siete años más tarde se buscó adoptar una bandera propia al municipio riojano. La iniciativa se motorizó a partir de la Ordenanza Nº6.425[13] del 27 de marzo del 2024. Por la misma el Concejo Deliberante dejó todo el proceso en manos del Ejecutivo local.  Se reproduce el texto medular:

“Artículo 1º.- Promuévase la Creación de la Bandera de la Ciudad del Departamento Capital de La Rioja mediante llamado a Concurso para el diseño de la misma.

Artículo 2°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a convocar a concurso público a los fines de elegir un diseño de Bandera que representará a nuestra Ciudad en todos los actos y eventos protocolares de nuestra comunidad y en donde nuestra departamento esté presente.

Artículo 3°.- Facúltese al DEM a designar un jurado, con número impar de miembros, a los fines de la selección del trabajo que resulte ganador.”

Noticias divulgadas después de dictada la resolución del concurso dieron cuenta de que se presentaron 53 propuestas.  El diseño consagrado como emblema oficial del Departamento La Capital  ya fue tratado en este Blog, por lo que a él remito a los interesados[14].

Básicamente se estructura sobre un paño idéntico a la enseña provincial y carga la imagen del monumento dedicado al “Chacho” Peñaloza (1798-1863), popular caudillo riojano. La autora del diseño fue la señorita Aldana Romero Toledo de 21 años, por entonces estudiante de Artes Visuales.

Conclusión

Queda reseñado así el oscilante proceso de los símbolos cívicos propios de la ciudad de La Rioja. Un blasón lleno de simbolismos, digno fruto de su rica historia y una bandera reflejo de la que identifica a la provincia, lo que revela una identificación innegable entre la ciudad y el estado autónomo al que dio nombre.

-------------

Anexo I – Ordenanza Nº5.425

    "Artículo 1º.- Créase la Bandera Municipal, la cual representará a la comuna en actos protocolares y demás eventos que se realicen en el ámbito de la Ciudad Capital.

Artículo 2º.- La misma será creada a través de un concurso abierto, dirigido a instituciones de artes públicas en general y sin excepción, a los habitantes de la Ciudad de La Rioja Capital que deseen participar en forma individual y/o grupal, y a personas con dos (2) años de residencia mínima en la Capital, y que, a la fecha de la sanción de la presente, cuenten con el domicilio legal en esta ciudad.

    Artículo 3º.- No podrán participar funcionarios públicos pertenecientes al Departamento Ejecutivo Municipal.

    Artículo 4º.- Los participantes podrán presentar uno o más trabajos en distintos sobres y con diferentes seudónimos.

    Artículo 5º.- La presentación de los trabajos deberá ser en 2 sobres opacos evitando la transparencia de los datos y por lo consiguiente todo tipo de suspicacia (que no hubiere sospecha y/o desconfianza) y cumpliendo las bases y condiciones que se expresan en el anexo que integra la presente ordenanza.

    Artículo 6º.- Los jurados estarán integrados por dos (2) funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal, 2 (dos) del Concejo Deliberante y tres (3) vecinos representativos de la historia de la Ciudad.

La participación en este concurso implica la aceptación de todos los puntos y cualquiera de ellos que no sea respetado, originara la anulación del trabajo respectivo.

El jurado tendrá la autoridad suficiente para declarar a este concurso desierto en caso necesario dada la importancia y magnitud del fin que se pretende.

El veredicto final del jurado es inapelable, constatando los fundamentos del mismo por escrito.

Cualquier situación no prevista en las bases, será resuelta únicamente por el jurado.

    Artículo 7º.- Los premios. Se instituyen como premio al mejor trabajo: una suma de dinero por el importe de Pesos Diez Mil ($10.000) y un diploma de honor. El premio se entregará en el acto oficial por el DIA de la Municipalidad del Departamento Capital en el cual se entronizará la bandera oficial de la institución y se dará a conocer el ganador.

    Artículo 8º.- El proceso de elección. Al cierre de la fecha de recepción de los trabajos se procederá a la apertura de los sobres. El jurado, desde ese momento contará con treinta (30) días hábiles para elegir las obras. Los sobres consignados con el número dos (2) estarán en poder de la escribana que se designe a tales efectos, hecho que quedará asentado en el acto protocolar.

Se determinará cual es la propuesta ganadora, procediéndose a la publicación en todos los medios de comunicación masiva y en el Boletín Oficial Municipal

    Artículo 9º.- [De forma]. 



[1] Pese a lo expuesto, el PBI de la provincia entera es el 0,5% del total del país, lo que la posiciona como una de las de menor desarrollo. Ref.: https://economiariojana.com.ar/nota/la-rioja-aporta-el-0-5-del-pbi-del-pais

[2] Ellos son: Bazán, Carrizal, Cebollar, El Estanquito, El Médano, El Quemado, La Ramadita, San Antonio, San Javier, San Juan, San Lorenzo, Sierra Brava, Talamuyuna y Trampa del Tigre.

[4] Un sistema orográfico cuya mayor elevación es el macizo Morado, de 4.130 m s. n. m. La ciudad se extiende a sus pies.

[5] El uso de la llave como atributo de una ciudad deriva de que en la Antigüedad, éstas se defendían con murallas, cerradas con grandes puertas.

[6] Una buena semblanza sobre la imagen puede verse en https://diocesislarioja.com.ar/el-tinkunaco-la-gran-fiesta-de-la-rioja/

[7] Además del falucho, la imagen lleva una casaca negra que le llega hasta las rodillas, del chaleco corto cuelga una cadena de oro que engancha un relicario y un reloj. La camisa blanca lleva gemelos de oro en sus dobles puños, al calzón corto siguen las medias hasta las rodillas. La capa es de terciopelo negro bordada con hilos de oro y plata cae de sus hombros. Ciñe su cintura una faja amarilla con bordados y flecos dorados. Calza zapatitos negros con hebilla. La indumentaria es acorde a la usada en el siglo XVIII.

[9] Históricamente cada 1º de enero asumían las nuevas autoridades de los cabildos hispanos, con lo que la fiesta “del encuentro” o Tinkunaco, comienza cada 22 de diciembre con un novenario en la Catedral y finaliza el 3 de enero. En ese día se lleva en peregrinación la imagen del Niño Jesús “Alcalde” hasta el templo de San Nicolás de Bari, la actual Catedral. Lo escolta la “Cofradía de los Ayllis” (ayllus), encabezada por “el Inca” representando a todos los indígenas, mientras que en otra procesión van “los españoles” y la forma la “Cofradía de los Alféreces”, quienes llevan al patrono local. Un mayor desarrollo de la tradición y de la liturgia correspondiente puede verse en https://www.argentina.gob.ar/cultura/manifestaciones-de-patrimonio-cultural-inmaterial/la-rioja/tinkunaco o en https://trascarton.com.ar/cultura/la-fiesta-del-nino-alcalde

[14] En este mismo Blog: Un diseño que no es bandera. Departamento La Capital (La Rioja, Argentina) https://banderasargentinas.blogspot.com/2024/07/un-diseno-que-no-es-bandera.html