martes, 31 de marzo de 2026

Centenario conflicto: banderas y escudos/ Parte 1

Dimensión vexilológica 

Por Miguel Carrillo Bascary

Introducción

El conflicto internacional que tiene por centro a las Islas Malvinas se enmarca en la perspectiva que ofrece el Derecho Internacional a través de la actuación de la Organización de las Naciones Unidas. En rápida síntesis, la Asamblea General de la ONU dictó en 1960 la Resolución 1514 (XV), sobre “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales”, lo que permitió calificar a la ocupación británica como una situación colonial, típica del siglo XIX.

Más tarde, en 1965 la Asamblea General aprobó por 94 votos a favor y 14 abstenciones, su Resolución 2065 (XX)[1], que rechazó que corresponda aplicar el principio de autodeterminación a quienes habitan el archipiélago (llamados peyorativamente por los británicos kelpers), aunque esto no impide que cualquier solución al conflicto tenga presente “sus intereses” e instó a la Argentina y al Reino Unido a negociar el reconocimiento de la soberanía. De esto resulta que, para el Derecho Internacional los kelpers no constituyen un “pueblo” y consecuentemente, carecen de legitimidad para proclamar su eventual independencia o para integrarse a su metrópoli. Cuando el Reino Unido perteneció a la Comunidad Europea, el territorio gozó de un status tutelar que posteriormente perdió cuando su metrópoli salió el sistema el 31 de enero de 2020.

Los poco más de 2.000 kelpers, descienden de empleados de la “Compañía de las Islas Malvinas” (Falkland Islands Co.) y de funcionarios del servicio colonial británico, a los que se agregan unas pocas decenas de descendientes de trabajadores chilenos y de alguna otra nacionalidad que llegaron a las Islas contratados como personal temporario y que se radicaron allí. Obviamente que en las últimas tres décadas hay británicos que se radicaron en las islas en forma definitiva. De hecho, los kelpers se consideran a sí mismo como británicos. En consecuencia, propiamente no existe población autóctona, ni la hubo jamás, ya que el aislamiento geográfico impidió que los pueblos originarios de América se afincaran en las ínsulas. Por su parte, los pobladores argentinos fueron desalojados en el momento de la ocupación (1833) y, a consecuencia de actos de fuerza británicos, sistemáticamente se les impidió todo nuevo asentamiento.

Coherente con las resoluciones expuestas la ONU dispuso que, cuando se utilice el idioma español se identifiquen a las islas con el nombre de “Malvinas/Falklands” y que, cuando se haga en inglés se inviertan estos términos. Los lectores extranjeros bien podrán seguir este criterio, en cuanto a quien esto escribe utilizaré el de “Malvinas”, fundándome en mi nacionalidad. Los argentinos tenemos bien claro el atropello que se consumó el 3 de enero de 1833 y lo ilegítimo de la ocupación británica, que se mantiene hasta la fecha.

La Constitución argentina, en su redacción del año 1994 incluyó una disposición transitoria, cuyo tenor se transcribe[2]:

La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.

La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.

Este análisis

Se concretará específicamente en una perspectiva vexilográfica, no entraré acá en la polémica casi bicentenaria trabada entre la Nación Argentina y el Imperio Británico, por eso centraré la temática en las banderas implicadas. Cuando se aborden las de origen británico, su mención será al solo efecto descriptivo, lo que no puede interpretarse como un reconocimiento de las pretensiones que exhiben.

De manera entonces que puede calificarse esta nota como un ensayo de Vexilología Histórica.

I. Banderas oficiales de origen argentino

Conforme a los antecedentes del sistema ONU y a los fundamentos que dan lugar a los mismos, los vexilos que gozan del derecho a flamear sobre las Islas, en las áreas marítimas y submarinas implicadas son:

I. a. La “Bandera Oficial de la Nación Argentina”, oficializada en 1816 a poco de ser declarada su independencia, que desde 1818 incorporó el sol en su centro. En el año 2010[3] se definió su modelo patrón:

Se hace constar que, en el mar, a lo largo del siglo XIX la bandera argentina se empleó con franjas azules, por desteñir menos ante la acción de los agentes naturales. Igualmente, los diseños del Sol eran muy variables. Se presenta el diseño actual con franjas azules (turquí):

Advertencia: se difunde desde Wikipedia una enseña que se atribuye a Malvinas que se habría empleado entre 1929 y 1933, año en que ocurrió el desalojo compulsivo de las autoridades argentinas. Más allá de la buena fe del autor la misma es absolutamente fantasiosa[4].

I. b. La “Bandera Nacional de la Libertad Civil”, en un vexilo de carácter histórico[5] que expresa la vigencia del Estado de Derecho o principio de legalidad (rule of law), garantía de la vigencia de los derechos humanos).

I. c. La bandera de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur[6], en cuyo territorio están comprendidos los archipiélagos de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur:

Cuando Argentina recobre la posesión de las islas, corresponderá que sus habitantes definan que enseña particular[7] , en cuyo caso una de las posibilidades es que compongan un municipio el que deberá adoptarla. Hasta tanto hacerlo no solo es prematuro, también expone una incoherencia jurídica.

II. Otras banderas de origen argentino

II. a. Inclusión de las Malvinas en la Bandera Nacional

Una variante sería la iniciativa que en el 2017 presentó el diputado por Salta, Alfredo Olmedo[8]. Tras caducar insistió dos años más tarde, en ambos casos el proyecto caducó sin siquiera obtener dictamen de comisión. Acompaño su texto:

Artículo 1°.- Incorpórase en nuestra Bandera Nacional una imagen que represente a nuestras ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARÍTIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur como símbolo de la memoria activa[9].

Artículo 2°.- La imagen citada en el artículo 1° se encontrará ubicada en el margen derecho de la parte superior de nuestra enseña Nacional.

Artículo 3°.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente.”

Sintetizó sus fundamentos en los siguientes términos:

“Somos conscientes que la soberanía es innegociable, y que no es una cuestión del gobierno de turno o de un partido político, es un tema de todo el pueblo argentino y considero que debe ser una política de Estado. Incorporando la imagen de Malvinas a nuestra Enseña Nacional reivindicaremos nuestra soberanía no solo a lo largo y ancho del territorio argentino sino también a nivel mundial”.

Ignoro si Romero es el autor de la idea o si alguien se la alcanzó[10], como parece ser el caso. No lo dice el proyecto pero surge de la segunda fuente, expresada en el año 2010[11]: que perfil del archipiélago irá en rojo, como referencia a la sangre argentina derramada, y referenciando a “la independencia, el federalismo, y la dignidad”. También se ha dicho que cuando se recuperen las Islas su perfil se quitará. Lo expuesto se expresaría en este axioma: “Mientras la Bandera Argentina no pueda estar en las Malvinas, las Malvinas estarán en la Bandera Argentina”.

II. b. Reemplazo del Sol en la Bandera Nacional

En forma absolutamente espontánea desde 1982 diversas expresiones del pueblo argentino muestran enseñas patrias en donde el Sol ha sido reemplazado por el perfil en negro de las islas Malvinas, aunque ocasionalmente también aparece en otros colores. Es claro que no cuenta con reconocimiento oficial.

Eventualmente hay ejemplares que mantienen el Sol, intercalado entre las islas mayores. 

Destaco, ninguno de estos son diseños oficiales.

III. Los escudos de origen argentino

La costumbre internacional consagra que, además de bandera, tanto los estados nacionales como los subnacionales, posean un escudo identificatorio.

En el caso de Malvinas, obviamente ha sido y será el de Argentina, el mismo que definió la Asamblea General Constituyente de 1813. A lo largo del tiempo experimentó diversas variantes hasta que en 1944 se aprobó el diseño actual.

Imagen difundida en¡ 1944

En lo particular, destaca que en 1829 el gobierno argentino nombró gobernador de “las Islas Malvinas y las adyacencias al Cabo de Hornos, en el Mar Atlántico[12]” (al Cabo de Hornos) al comerciante Luis Vernet[13], quien usó como sello oficial para lacre el que seguidamente se muestra, hoy se encuentra en el Museo Histórico Nacional:

Cuño del sello, presenta la imagen en negativo

Dibujo estilizado

En cuanto al escudo particular de Malvinas, a lo largo de los años, han existido varias propuestas, pero ninguna prosperó. Quien tenga un interés específico al respecto, indefectiblemente deberá remitirse a la investigación de Alejandro Pomar[14] publicado en su blog “Heráldica Argentina” quien relata los pormenores del concurso nacional que convocó el “Instituto y Museo Nacional de las Islas Malvinas y Adyacencias” en 1966.

Diseño de Humberto Burzio, 1966

Las iniciativas más votadas en el concurso resultan de esta antigua fotografía:

Propuestas seleccionadas por el Jurado en 1966[15] 
Ref.: 1. Codazzi Aguirre; 2. Eduardo Burzio; 3. Wildner Fox y 4. pseudónimo “Platón”
Diseño de Wildner Fox, original y rediseñado, 1966[16]

Diseño de Juan Codazzi Aguirre (reformulado), 1966[17]
Diseño de Jorge de Zarazaga-Berenguer, 1969[18]

Diseño de Martiniano Arce, 2010

En consecuencia, el blasón que hoy les corresponde es el compartido con el resto de las unidades territoriales que componen la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que se aprobó en 1992 por medio de la Ley Nº61[19].

Diseño vigente por ley (autora, Rosana Giménez, 1992) 
(seleccionado por concurso)

Nota: La segunda parte del presente estudio continúa en 

Para saber más leyendo este Blog:

Malvinas, recopilación de temas tratados en nuestro Blog; http://banderasargentinas.blogspot.com/2021/03/malvinas-recopilacion-de-temas-tratados.html

Las banderas de Malvinas: pasado, presente y futuro. Tremolar de argentinidad, pese a todo; http://banderasargentinas.blogspot.com/2022/04/las-banderas-de-malvinas-pasado.html

Gesta de Malvinas/ Banderas británicas; https://banderasargentinas.blogspot.com/2020/04/gesta-de-malvinas-banderas-britanicas.html

Las Malvinas en sus banderas; http://banderasargentinas.blogspot.com/2019/04/banderas-en-malvinas.html

Gesta de Malvinas. Banderas británicas en poder de argentinos; http://banderasargentinas.blogspot.com/2020/04/gesta-de-malvinas-banderas-britanicas.html

Los héroes de Malvinas y su Banderas; http://banderasargentinas.blogspot.com/2016/04/los-heroes-de-malvinas-y-su-bandera-por.html

Conmemoraciones: la “Causa Malvinas” y la Bandera nacional argentina; http://banderasargentinas.blogspot.com/2016/04/normal-0-21-false-false-false.html

2 de Abril 1982/ 2022 – Malvinas, Argentina. Una causa nacional, un sentimiento, una misión; http://banderasargentinas.blogspot.com/2022/04/2-de-abril-1982-2022-malvinas-argentina.html

Malvinas, en la historia y ante el Derecho -Historia de un decreto secreto; http://banderasargentinas.blogspot.com/2021/03/malvinas-en-la-historia-y-ante-el.html



[5] Reconocida como “símbolos patrio histórico” por medio de la Ley Nº27.134; https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/245000-249999/247735/norma.htm

[7] En la provincia hay una sola ciudad que cuenta con bandera local, Tolhuin, pero en Argentina son numerosísimas aquellas que se identifican con su propio vexilo.

[8] Ver expedientes Nros. 1.521-D-2017 y 0543-D-2019; https://www.hcdn.gob.ar/proyectos/proyectoTP.jsp?exp=0543-D-2019

[9] “Memoria activa” es un concepto y enfoque pedagógico/cultural que busca mantener presente el recuerdo de la guerra de 1982, honrar a veteranos y caídos, al par que reivindica la soberanía nacional argentina sobre toda esa la región insular y sus espacios marítimos

[10] En Internet se evidenciaría como fuete a un proyecto de la "Junta Americana por los Pueblos Libres"; https://www.malvinense.com.ar/smalvi/0109/1308.html

[11] Véase en concreto: La “Causa Malvinas” y la Bandera nacional argentina; https://banderasargentinas.blogspot.com/search?q=malvinas+en+rojo

[13] Luis Elías Vernet nació en Hamburgo, el 6 de marzo de 1791, y falleció en San Isidro, provincia de Bs. Aires, el 17 de enero de 1871.

[15] Pomar, Alejandro en Heráldica Argentina, "Escudo para las Islas Malvinas y Adyacencias"; https://heraldicaargentina.blogspot.com/2015/04/escudo-para-las-islas-malvinas-y.html

[16] Reformulado en fecha posterior al concurso de 1966, según interpretación de Alejandro Pomar.

[17] Versión contenida en Wikipedia, 2023.

lunes, 30 de marzo de 2026

Bandera del Veterano de Malvinas

Un vexilo en evolución

Bandera del veterano de Malvinas

Por Miguel Carrillo Bascary

Mediante esta nota respondo a varios lectores que oportunamente me solicitaron información al respecto. De esta manera abro una serie de producciones alusivas a la Guerra de Malvinas, cuyo nuevo aniversario se cumplirá próximamente.

Referencias

Dígase a priori que en numerosos estados de Occidente los veteranos de una guerra y aún, de una determinada compaña, elaboran espontáneamente vexilos que los representan y que les sirven de vínculo emotivo.

Es lo que ocurre con la así llamada “bandera del veterano de Malvinas”, a la que también se sindica como “de los veteranos”.

La pieza carece de reconocimiento por parte del Gobierno nacional, es fruto de una iniciativa emanada de un particular. Básicamente procura hacer presentes al colectivo de referencia y así se lo presenta, portado por veteranos, en actos evocativos alusivos a la gesta de Malvinas. Es importante señalarlo: este vexilo NO ES una propuesta de bandera para el territorio de Malvinas, como a veces se la ha malinterpretado.

Surgió a finales del año 2009 y el 2 de abril del 2010 se mostró en la concentración de veteranos realizada en San Andrés de Giles (provincia de Bs. Aires), desde ahí se difundió a todo el país[1], alcanzando buena aceptación, a juzgar por su presencia en Internet y en ceremonias conmemorativas. Sin embargo, también se registran voces en contrario, son las que abogan por estampar las siluetas de las islas sustituyendo el Sol, inscripciones alusivas y otras variantes..

En base a mi experiencia personal conceptúo que esta bandera es un emblema en evolución, skin perjuicio de que la legitimidad fáctica que le otorgue la amplitud de su uso eventualmente podría llevar a que el gobierno lo oficialice, aunque esta decisión parece todavía prematura. De hecho, se admite su participación en algunas ceremonias oficiales evocativas, pero en otras no se autorizó su presencia.

Su diseño se debe Luis Corradi, quien en su Facebook se presenta como “creador digital[2]”, donde aclara haber sido movilizado en ocasión del conflicto de 1982, pero que específicamente indica no ser un veterano por no haber combatido en las Islas. En diversos medios informa que creó este vexilo como un homenaje para todos ellos[3].

Una sana crítica vexilográfica indica que el diseño es sumamente complejo de realizar, por lo que su confección aparenta ser cara. Este factor conspira contra su difusión. En la imagen que abre esta nota el Sol se corresponde al oficializado, pero en numerosas fotografías se evidencia que también se confecciona con otro modelo. En su elaboración debería atenderse a que el Sol debe adecuarse al modelo oficial, tal como se prevé en el Decreto Nº1.650/ 2010 , por una simple razón de coherencia con los valores de argentinidad que intenta expresar.

En cuanto al significado: obviamente lleva los colores argentinos, destacando que se expresan en vertical ya que, al entender del autor, así fue la bandera que Belgrano izó en Rosario y que luego dio al Ejército del Norte en 1812. Aquí radica el principal cuestionamiento al emblema ya que contradice la documentación y la tradición historiográfica, sin fundamentarlo debidamente. Téngase presente que el mismísimo Belgrano dejó escrito de su puño y letra que la bandera izada en Rosario fue “blanca y celeste conforme a los colores de la escarapela nacional” y así lo hizo constar en un documento fehaciente, su informe fechado en Rosario el 27 de febrero de 1812. Además este lábaro en vertical cuestiona el testimonio pictórico que es el cuadro del prócer que el artista Carbonnier le pintó en 1815, para el que posó en persona[4], no es dable admitir que Belgrano hubiera aceptado representarse con una bandera extraña.

El Sol, afirma el autor, es “similar al de la Bandera nacional[5]” y señalaría “una nueva era”. La faja roja simboliza “la sangre derramada en el teatro de batalla de Malvinas”, así consta en alguna descripción, pero en otras se dice que, además, abarca a “los que murieron pasada la guerra”. Mientras que la negra representa a todas las fuerzas de tierra que participaron en las acciones. Las líneas entrecortadas, serían símbolo de los vientos y aluden a la Fuerza Aérea Argentina. Las ondas, expresan a los “mares del Sur” y remiten a la “fuerzas de mar”. La contraposición de colores indicaría que “en una guerra nada se pierde totalmente y nada es totalmente ganado”. También en esta materia debería uniformarse la expresión de sus significados ya que hay diversas descripciones que no coinciden entre sí.

Diseño oficial del Sol (Normas IRAM)

Modelo de Sol con el ceño fruncido

Tampoco es el diseño oficial, 
observar que falta la "ojera" que lleva este

Respecto al Ceremonial en concreto:

Ejemplares de izar (y de sitio): Las previsiones en esta materia son idénticas a las previstas para las banderas nacionales de ceremonia, pero como el que se comenta no es oficial, debe ceder la precedencia, incluso ante las que pertenecen a congregaciones, asociaciones civiles y entidades que regentean establecimientos escolares; aunque se muestre el día 2 de abril. Como peculiaridad, lleva un solo escolta, ya que en el imaginario se entiende que el segundo es ocupado por un veterano fallecido en combate. Un reflejo de las formaciones de Fuerza Aérea conocidas bajo el término “numeral caído” (también suele denominarse “perdido”), en que una escuadrilla deja un espacio en homenaje a un camarada fallecido en acción. Obviamente el color celeste debe ser idéntico al previsto para la Bandera Nacional, tal como lo especifica el Decreto Nº1.650/ 2010. Los ejemplares de ceremonia y de sitio deberían ser de paño doble. De la praxis no resulta que las cargas deban figurar en ambos lados del textil, salvo que se trate de una pieza para izar.

Me detengo particularmente en lo que resulta de la fotografía adjunta, en donde se observa una grave anomalía, cual es la de endrizar el paño por su lado superior. Es verdaderamente inconcebible que se haya realizado así y, más aún, que se admitiera su participación en una ceremonia evocativa.

En respeto a su condición de VGM me permití borrar su nombre,  
que parecía sobre impreso en la foto[6]

Ejemplares de izar: existe una versión de este vexilo destinada a ser levantada en un mástil. Debido a que este vexilo no tiene carácter oficial, no debería izarse en el mismo mástil que la Enseña patria, sin embargo, cuando no es factible asignarle uno en particular suele verse posicionada por debajo, en cuyo caso es de menor tamaño, pero, reitero, no debería ocurrir, por la razón expuesta. En este caso las cargas deben poder leerse desde ambas caras.

Accesorios: por una razón de coherencia, los ejemplares de sitio o de ceremonia deben llevar asta, moharra, pie-soporte, tahalí, corbata y banda para el escolta, idénticos a los de la Bandera Nacional. Circunstancia que la veo muy acertada, no solo por su referencia a la argentinidad, también porque abarata su costo de adquisición, ya que estos elementos se producen a escala poco menos que industrial.

Finalmente, apunto que entre los excombatientes británicos también se usan vexilos con que se identifican, en estos casos se basan en la enseña azul del Reino Unido, con inscripciones alusivas.


[2] Soldado conscripto clase 1963; https://www.facebook.com/banderadel.veterano

[4] En un reportaje en vivo el autor parece basar su criterio en un estudio de “científicos del CONICET”, el caso es que para concretar esta experiencia se tomaron como referencia retazos textiles de banderas presuntamente contemporáneas a la mostrada en Rosario, pero no a la bandera primigenia la que ha desaparecido. En consecuencia, las conclusiones de tal estudio no cumplen la condición básica de todo análisis científico; la correspondencia indefectible con el caso testigo.

[5] Empero, su imagen no se representa con el que define la normativa nacional argentina desde el año 2010 (Decreto Nº1.650, de ese año).