Tema complejo que demanda prudencia
Nuevo dictamen del
Instituto Nacional Belgraniano[1]
La consulta en concreto fue formulada por la Fundación INNOVAS de la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, cuya presidenta es la Sra. Graciela Leguía Di Stefano. La misma versó sobre la procedencia o no de colocar la Bandera nacional de ceremonia en la cuja cuando se interpretan las llamadas “marchas patrióticas”.
El Presidente del Instituto Nacional, Lic.
Manuel Belgrano confió el estudio del caso al Dr. Miguel Carrillo Bascary, miembro de
número de la entidad y de su Consejo Directivo.
Evacuado el informe, el Instituto Nacional
lo convalidó y lo remitió a la interesada mediante Nota INB Nº 133
/2023, de fecha 31 de agosto del mismo año.
Seguidamente se reproduce:
Informe
sobre
PROCEDENCIA DE COLOCAR EN LA CUJA LA BANDERA NACIONAL
DE CEREMONIA CUANDO SE INTERPRETEN LAS LLAMADAS “MARCHAS PATRIÓTICAS”
Referencia
Nota cursada el 14 de julio de 2023 al correo
electrónico del Instituto Nacional Belgraniano por la Fundación INNOVAS,
suscripta por su titular, la Sra. Graciela Leguía Di Stefano (innovas.fundacion@hotmail.com)
Datos previos
El Ceremonial argentino
en su conjunto recoge que el posicionar las banderas de ceremonia en la cuja
del tahalí es un gesto empático honroso.
Si se tiene presente que
la Bandera nacional representa al
pueblo y al Estado esto implica que estas entidades se ponen de pie como
muestra de respeto con referencia al motivo del acto o ceremonia. Por carácter transitivo
ocurre algo idéntico cuando se trata de las enseñas provinciales y de la Ciudad
Autónoma de Bs. Aires.
Esta tradición cuenta
con profundas raíces en la historia
del Ceremonial universal. Argentina, como heredera de las tradiciones
hispánicas en la materia, el posicionamiento en la cuja fue sedimentando a lo
largo del tiempo.
Lo que corresponde
enfatizar es que en otras latitudes también se emplea el llamado “saludo de bandera” o dipping que implica inclinar la pieza hacia adelante. Esta
práctica se ha ido extendiendo en nuestro país en forma equívoca, lo que se
hace constar. Puede abundarse al respecto en “Se inclinan las banderas ¿Sí o no[2]?”. Hago presente que la tradición y la
normativa castrense de nuestras Fuerzas Armadas prevén este posicionamiento por
razones que no es momento de expresar acá.
Con motivo de presentar
el “Anteproyecto de Ley Sistémica sobre
Símbolos Patrios, Emblemas y su Ceremonial”, el Instituto Nacional
Belgraniano sistematizó los antecedentes
normativos y consuetudinarios sobre las oportunidades en que la Bandera
nacional se colocará en la cuja del tahalí:
a) “cuando se desfila ante la Bandera Oficial de la Nación izada en un
mástil y cuando ésta se eleva o arría,
b) al ejecutarse el Himno Nacional Argentino, el de otro país, o el himno,
marcha o canción característica de una provincia, municipalidad o comuna, en
caso de que lo posean,
c) si en un recinto se encuentran las banderas de ceremonia representativas
de entidades invitadas, éstas se llevan a la cuja cuando ingresa la que
corresponda a la institución anfitriona,
d) para recibir el juramento o la promesa de lealtad a las Banderas
Nacionales o, en caso de que norma local lo exija, respecto de las banderas de
provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a la Constitución Nacional
o local,
e)
al paso de otra Bandera Argentina de ceremonia, del/la Presidente/a de
la Nación, gobernador/a provincial, Jefe/a de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, intendente/a municipal o jefe/a comunal, si alguno de éstos/estas
presiden la ceremonia o cuando se desfila ante el palco oficial de autoridades,
cualquiera sea el funcionario que preside.
f) en las ceremonias de la Liturgia católica, durante la lectura del
Evangelio y en la Consagración,
g) en ceremonias de otros cultos cristianos, durante la lectura del
Evangelio,
h) en el momento principal de las ceremonias de otros cultos, en el momento
que este gesto es admitido,
i) cuando un sacerdote o ministro/a, de cualquier culto que sea, imparte
una bendición,
j) durante la ceremonia de recepción de una nueva enseña, en el momento de
su bendición y cuando se retira de servicio la antigua bandera de ceremonia,
k) en aquellas exequias donde corresponda este honor, cuando pasa el
féretro y en el instante de la inhumación,
l)
cuando se exhiba una Bandera Oficial de la Nación o Bandera Nacional de
Guerra que acaba de recibir una condecoración,
m) al realizarse el toque
o “minuto de silencio” y cuando se concreta el “minuto aplauso”.
Ninguna otra norma nacional
o provincial prohíbe expresamente el posicionamiento en la cuja en otras
circunstancias, pero paralelamente existe un pacífico consenso de que, por fuera de lo enunciado, se deberá
concretar con extrema prudencia ya que en caso contrario podría banalizarse.
De lo expuesto se
rescata como paradigma que el posicionamiento en cuja procede durante la
ejecución del Himno nacional.
Como Argentina es un país federal en que las provincias son sus partes constitutivas se ha extendido el uso de colocar la Bandera oficial de la Nación en la cuja durante la ejecución de los himnos y marchas característicos de esas jurisdicciones y de la Ciudad Autónoma de Bs. Aires. Bien está.
La consulta en concreto
A partir del panorama
precedente es el momento de abordar la consulta en concreto
¿Es procedente colocar en cuja la Bandera Oficial de la
Nación en su versión de ceremonia durante la ejecución de las llamadas “marchas
patrióticas”?
El primer problema que
se presenta es caracterizar cuáles son
dichas marchas, ya que no existe un nomenclador oficial. En el sistema
escolar oficial siempre hubo cancioneros, pero la diversidad de naturaleza y
significado impiden asignarles ese carácter a todas las piezas inscriptas allí
inscriptas.
Empero, en la conciencia popular existe un conjunto de
composiciones cuyas características les permitirían calificar como patrióticas,
tanto por su letra como por las tradiciones que implican. Para este informe se seleccionaron las más características,
ellas son: las marchas “de las Malvinas”,
“San Lorenzo”, “Ituzaingó” y “A mi Bandera”,
el aria “Alta en el cielo” y “Saludo
a la Bandera” (Salve Argentina). En
la página web del Gobierno nacional[3]
obra una serie de composiciones pero significativamente falta la “Marcha de Ituzaingó” y “A mi Bandera”; mientras que se suman: el
“Himno a Sarmiento” y la “Chacarera de Güemes”.
La “Marcha de las Malvinas[4]” - En la perspectiva actual y por obvias razones, ha
adquirido significado emotivo y patriótico de alto impacto. Es también humano
oficial de la provincia de Ta. del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
(Ley Nº1.154[5]).
Por ende, se considera procedente que la Bandera nacional de ceremonia pueda
colocarse en cuja cuando se ejecute en el marco de un acto conmemorativo.
La “Marcha de San Lorenzo” - Tiene un significado superlativo en el
sentir nacional. Su ejecución es un homenaje sensible al Libertador San Martín,
a sus Granaderos, al sargento Cabral y a los valores que encarnan. Además,
posee una aquilatada tradición que trasciende al ámbito internacional. Por lo
tanto, se estima que sería procedente que la Bandera nacional de ceremonia
pueda colocarse en cuja cuando se ejecute en el marco de un acto conmemorativo
relativo al combate que le da nombre, al Libertador, a los Granaderos a Caballo
y a los caídos por la Patria.
La marcha “A mi Bandera[6]” - Se utiliza habitualmente mientras ingresa la Bandera
nacional en los actos ceremoniales. Por ende, implica un homenaje a este
símbolo del pueblo y del estado argentino. Consecuentemente las banderas de ceremonia
que pudiese haber en el recinto se posicionan en cuja.
La “Marcha de Ituzaingó” - Por ser es atributo del Presidente de la Nación y
usualmente se ejecuta en su presencia, es obvio que las banderas nacionales de
ceremonia se colocarán en cuja. No correspondería hacerlo cuando el Primer
Magistrado no está presente.
El aria “Alta en el cielo” – Es comúnmente conocida como “Aurora”, un apelativo
que alude a la composición íntegra de esta ópera, la tradición la erigió como
la composición que primordialmente se emplea cuando se iza la Bandera nacional
en un mástil. En esta circunstancia está dispuesto que los ejemplares de
ceremonial se colocan en la cuja, por lo que no existe ninguna contraindicación
al respecto.
La canción “Saludo a la Bandera”. - Posee una emotividad intimista. De hecho, se utiliza
luego de que los niños y niñas hayan prestado la promesa a la Enseña patria. Se
estima que en la ocasión es válido que se coloque en la cuja.
En conclusión
La procedencia de
colocar la Bandera nacional de ceremonia en cuja resulta de las consideraciones
que anteceden, se trata de una cuestión ciertamente compleja que demanda una
prudente actitud.
Rosario, “Cuna de la Bandera nacional”, 21 de agosto de
2023
Firma: Miguel Carrillo Bascary (Miembro de Número, Instit. Nacional Belgraniano)
[1] La entidad posee autonomía académica y sus orígenes que se remonta
al año 1920. Más tarde fue reconocido como un ente oficial por el Decreto
Nº1.435/ 1992 que depende administrativamente de la Secretaría de Cultura del
Gobierno Nacional, desde entonces viene cumpliendo una prolífera actividad. Entre
aquellas materias sobra las que se le reconoció competencia se encuentra la de
asesorar a los órganos gubernamentales y a las entidades privadas que así se lo
requiera. Dando cumplimiento a lo expresado al Instituto llegan consultas y
pedidos de dictámenes. Esta importante función se concreta en forma totalmente
gratuita y las conclusiones a las que se arriba cuentan con la debida
fundamentación jurídica, normativa e historiográfica.
[3] https://www.argentina.gob.ar/noticias/cancionero-patrio-nuevas-versiones-de-nuestras-canciones-patrias-realizada-por-los-elencos
[4] Surgió de un concurso poético/musical realizado en 1940, con letra del
poeta y escritor Carlos Obligado (1889-1949) y música de José Tieri (1903-¿?).
La estrenó la Orquesta Sinfónica Nacional el 9 de marzo de 1949.
[5] Datada en el año 2017. Ver su texto en: http://www.legistdf.gob.ar/lp/leyes/Provinciales/LEYP1154.pdf
[6] En 1906 se la musicalizó y la cantaron por primera vez los efectivos
acantonados en Campo de Mayo.
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