Vexilos presidenciales
Por Miguel
Carrillo Bascary
Esta es la segunda parte de la serie “Insignias presidenciales” de Argentina.
La Nota 1, que versa sobre el tratamiento que se debe al primer magistrado, la
banda y el bastón presidencial, se publicó en https://banderasargentinas.blogspot.com/2024/09/insignias-presidenciales-nota-1.html
Acá se analizan los vexilos
que de una u otra manera se relacionan con el Presidente de la Nación, una
temática compleja sobre la que no abunda información o esta es muy dispersa.
Continuamos con el orden iniciado en la nota anterior.
3.-Vexilos presidenciales
Sorprenderá conocer que en la República
Argentina hay varios vexilos que se
relacionan con la función presidencial. Como se verá, la normativa pertinente
es mínima.
3. 1. Bandera presidencial de ceremonia[1] (ver foto inicial)
Existe desde hace ya algunas décadas, pero
no cuenta con una normativa específica. Su diseño deriva de las banderas de guerra que llevan en su paño las
referencias al elemento al que pertenecen; se justifica por cuanto el Presidente
de la Nación es titular del Poder Ejecutivo Nacional y también jefe de las
Fuerzas Armadas (art. 99, inc. 12 Constitución Nacional).
Puede ampliarse sobre este vexilo en mi nota:
“Bandera presidencial de ceremonia -Un
recorrido gráfico sobre su historia”; https://banderasargentinas.blogspot.com/2023/03/bandera-presidencial-de-ceremonia.html
Su diseño, forma y colores deben
corresponder a los de la Bandera Oficial de la Nación[2] en su versión de ceremonia, tal como se define en el Anexo I b) Norma
IRAM–DEF D 7675, Decreto Nº1.650/ 2010. Como nota particular lleva la expresión “REPÚBLICA ARGENTINA” bordada en
su anverso, sobre la franja superior, formando un arco convexo y, en la franja
inferior, la leyenda “PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, en un arco cóncavo; en ambos
casos con letras mayúsculas doradas y bordadas, de aproximadamente 6
centímetros de altura. Sus accesorios
(asta, moharra y corbata) son idénticos a los que dispone la normativa citada
al iniciar este párrafo.
Se utiliza como enseña de sitio, es decir para marcar la presencia del primer
magistrado en un lugar o para señalar el espacio que le esté habitualmente destinado.
En consecuencia, se la podrá observar: en el despacho presidencial, en el “Salón
Blanco” de Casa de Gobierno, en la residencia presidencial de Olivos y en otros
ámbitos formales similares. Esta bandera no se emplea en desfiles ni en
formaciones castrenses.
3. 2.- Insignia naval presidencial
Es una tradición universal que los mandos navales usen insignias particulares. Con esta se identifica
la embarcación donde se encuentra el Presidente de la Nación. En Occidente se
acostumbró que éstas usen paños similares al pabellón del Estado con la aplicación
de estrellas de cinco puntas o soles. El estudio de su evolución es toda una especialidad en Vexilología.
La República Argentina del siglo XIX no fue una excepción, la Resolución
del 5 de abril de 1892 que dictó el Presidente Carlos Pellegrini, aprobó el
proyecto preparado por el vicealmirante Bartolomé Cordero, por encargo del Estado
Mayor de la Armada. En él se previó como insignia
naval presidencial la que se observa. Su paño azul, color mucho más resistente
que el celeste a la acción agresiva de los elementos en el mar; sumó un Escudo
nacional, cuyo diseño solía variar, tal como ocurría en la época. Según las
tradiciones navales la generalidad de estas insignias, también llamadas
distintivos, tiene un formato de 1,33:1, lo que favorece su visual, ya que no es necesaria una fuerte brisa para se
despliegue ondeando.
La norma fue reformada en 1893 a partir del proyecto del capitán de Fragata
Eduardo Múscari, de donde resulta la siguientes imagenes:
Con la vigencia de “Reglamento de Ceremonial Marítimo” ordenado por el Presidente Roca
por decreto del 8 de octubre de 1904 se incorporaron
cuatro estrellas en plata, en cada
esquina del paño, que grafican el Comando General de la Armada que corresponde
al primer mandatario (Reg. Ceremonial Naval /RCN, art. 0202, Anexo 6, A-19 y
A-21). En alguna bibliografía suele asignársele la función de “bandera
presidencial”, lo que es un evidente
error.
La insignia presidencial está regulada hoy por el RCN, que la considera
una “bandera especial” (art. 0202) a la que se le aplican otras disposiciones
contenidas en la norma. Este vexilo evidencia que el Presidente de la Nación ejerce el comando en jefe de la Armada
Argentina e indica su presencia, tanto a bordo de una embarcación como en
un establecimiento de la Fuerza.
En forma
coherente con el Decreto Nº1.650/ 2010
su paño debería ser del mismo color celeste de la Bandera Oficial de la Nación,
tal como se define en el Anexo I c) Norma IRAM– DEF D 7677, numeral 3.4; mientras
que Escudo tendría que ser exacto al modelo oficialmente establecido por el
Decreto Nº10.302/ 1944, el RCN lo ilustra en su Anexo 4, art. 0201:
La presencia del Escudo se justifica porque
el vexilo es símbolo del Gobierno, que
encabeza el Presidente, quien además es jefe del Estado. Las estrellas no
tienen ningún significado particular, solo expresan el mando supremo de la Armada, otros altos jefes navales también las
utilizan, pero en número menor.
Seguidamente se muestra un proyecto de modelo patrón de esta insignia que elaboró el reconocido diseñador Francisco Gregoric a pedido del “Instituto Nacional Belgraniano” y que respeta cuidadosamente la representación dispuesta por la normativa vigente (Decreto Nº10.302/ 1944).
Desde Wikipedia se han divulgado imágenes espurias que incorporan diseños
de Escudo apartados de la reglamentación vigente, o bien muestran otros tonos del
paño, mientras que las estrellas evidencian distintas proporciones. Las
diferencias con el modelo tipo preparado por Gregoric son muy evidentes.
Por tradición corresponde izar esta insignia sin que medie ceremonia particular,
en el mismo mástil que la Bandera Oficial de la Nación, pero en diferente
driza, de tal manera de que se ubique a un metro de su borde inferior, para que
destaque suficientemente la primera. El RCN indica que se largará en los
buques, al tope del palo mayor (art. 0204) o en el más alto (art. 0217) y, en
tierra irá al tope del mástil en donde se ice el Pabellón Nacional (art. 0217
c.). Cuando vaya en un mástil con pico, irá en el penol de babor de la cruceta.
Si el primer magistrado desembarca o se retira del lugar la insignia se arría
en la misma forma en que se izó, sin mayores formalidades, esta es la razón de
que lleve driza propia.
3. 3.- Insignia de presencia presidencial
Si bien no se encuentra legislada, es
tradición emplearla para señalar visualmente la presencia del Presidente de la
Nación en su despacho de la Casa de
Gobierno (Casa Rosada) o en la Residencia Oficial de Olivos. Por
extensión también correspondería izarla cuando se haga presente en las oficinas
de los otros poderes del Estado Nacional. También, como gesto de cortesía, en
las sedes de los gobiernos de provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, aunque esto no suele ocurrir.
Por carácter
transitivo, su diseño, forma y materialidad deberían ser idénticos a los de
la Bandera Oficial de la Nación de izar, pero de una dimensión sensiblemente
menor, la que prudencialmente se estima en un vigésimo (1/20) de la citada. Lleva
el Sol impreso en ambos lados el paño (Norma IRAM DEF-D 7677, numeral 3.5.1;
Decreto Nº1.650/ 2010).
En algún comentario sobre la temática se
designa a este vexilo con el término “guitón”,
un arcaísmo de “guion”, designación que se caracteriza como el “estandarte del rey o de cualquier otro jefe
de hueste”. En mi parecer es mucho más descriptivo usar la expresión “insignia
de presencia presidencial”, ya que es más comprensible para la generalidad de
la gente.
3. 4.- Banderolas de honor del Presidente de la Nación
Existe en el ámbito del Ejército Argentino.
Es una variante castrense del vexilo de presencia y se la conoce como “Banderola Nro. 1”, que se referencia en el
Anexo 8 del Reglamento de Ceremonial del Ejército (RCE). Tiene los colores que
la Bandera Oficial de la Nación y lleva el mismo diseño de Sol. Sus dimensiones
serán de 0,60 mts x 0,90 mts (RCE, Anexo 8).
Este vexilo se iza en el mástil principal de una unidad militar
en la oportunidad de que el Presidente de la Nación se haga presente y
permanecerá al tope hasta que se retire. Irá aproximadamente un metro por
debajo de la Enseña nacional (RCE, art. 6.009)
El Reglamento de Ceremonial de la Fuerza
Aérea Argentina (RCFAA) prevé una banderola
similar de lanilla o gros de seda, de 90 cts. x 60 cts. (RCFAA, art. 46).
Esta banderola será de forma y diseño idéntica a la implementada por el Ejército
(RCFAA, Anexo 06 “Banderolas”).
3. 5. Insignia presidencial para uso en rodados
Este emblema es un ornamento muy difundido en todo el mundo, pero por razones de
seguridad su actual uso se limita a ocasiones formales.
En Argentina, el vexilo señala la
presencia del Presidente de la Nación en un vehículo con el que se desplaza, incluso fuera de los límites del
territorio nacional. En este último caso las condiciones de uso se ajustarán a las
costumbres internacionales, en
concordancia con las normas que rijan en el Estado anfitrión. Se trata de un
pequeño vexilo, idéntico en diseño,
forma y materialidad a la Bandera Oficial de ceremonia. De hecho, su proporción
largo/ancho es de 4:5 y se posiciona sobre los
guardabarros del vehículo.
Por su parte, el colega Aníbal Gotelli recuerda que
antiguamente se empleaba en los vehículos presidenciales el vexilo que se
ilustra seguidamente:
El Ceremonial de la Fuerza Aérea dispone también
sobre el empavesado de aviones y
vehículos (RCFAA, arts. 91 y 92, más Anexos 11 y 12), indicando que el
vexilo nacional se coloca a la derecha, con la posibilidad de que a la izquierda
vaya un segundo ejemplar de la insignia o la bandera que pudiera corresponder,
por ejemplo si transporta a un dignatario extranjero.
3. 6.- Insignia de comandante en jefe de las Fuerzas
Armadas
Hay muy escasas referencias sobre este vexilo que se habría empleado a fines del siglo XIX como insignia del mando supremo que ejercía el Presidente de la Nación sobre el Ejército y la Armada, recordemos que por aquel entonces no existía la Fuerza Aérea. Consistía en un paño azul con un Sol en el centro. La imagen se tomó del diario “La Prensa” (Bs. Aires) que la reprodujo en 1912.
Nota: próximamente se finalizará con el análisis de los emblemas presidenciales.
[1] Puede ampliarse en Bandera
presidencial de ceremonia- Un recorrido gráfico sobre su historia; https://banderasargentinas.blogspot.com/2023/03/bandera-presidencial-de-ceremonia.html
[2] Así resulta del art. 6.002 del Reglamento de Ceremonial del Ejército.
[3] https://www.hippostcard.com/listing/argentine-republic-argentina-heraldic-symbols-flags-patriotic-c1910-postcard/48931206
[4] Versión del seudónimo Goldsztern,
publicada en 2023.
[5] Obra del seudónimo Peron Tango
Libertadora, publicada en 2021.
[6] Fue comprado por el presidente Perón en 1955 pero nunca llegó a usarlo
ya que fue derrocado en septiembre de 1955. Serie 62, el coche de lujo más
vendido en su tiempo. Lleva un motor V8 de 5.424 centímetros cúbicos, eroga una
potencia de 250 HP y posee transmisión automática de 4 velocidades. Fue
empleado solo para actos de gran formalidad por el presidente provisional Pedro
E. Aramburu (1955-1958) y por quienes lo sucedieron en la función, el último en hacerlo fue Fernando de la Rúa
(1999-2001). Se restauró en el año 2018 y se exhibe en el Museo de Casa Rosada.
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