martes, 28 de marzo de 2017

Himnos y cascos en el Ceremonial Deportivo

Los  himnos  nacionales y el uso de cascos

 Correcta actitud de los competidores montados mientras se ejecutan los himnos nacionales

Por Miguel  Carrillo Bascary

El interrogante inicial
Una amiga lectora nos hace una consulta muy puntual: “Durante una ceremonia de premiación de un concurso de salto se ejecutan los himnos nacionales de los concursantes premiados ¿Deben descubrirse en señal de respeto?

Alcance
La respuesta a este interrogante es ampliamente extensiva a otras ocasiones similares donde los deportista usen algún tipo de cubre cabeza (casco, capacete, careta, etc.) por razones de seguridad.

Consideraciones previas
Antes de responder en concreto debemos aclarar algunas cosas:

Es tradicional que al ejecutarse un himno nacional todos los asistentes a la ceremonia guarden una actitud de respeto. Aquí debemos distinguir entre: a) aquellos que son nacionales del estado aludido y b) los que no.
En el primer caso (”a”) es costumbre universal descubrirse; excepto para las damas que por convención ancestral están eximidas de hacerlo (alguna vez explicaremos los fundamentos de este privilegio)
Mientras se ejecuta el himno de un estado distinto al propio (caso “b”), siempre será un gesto de buena voluntad descubrirse. Pero, si eventualmente esta adecuada sensibilidad no está arraigada en la comunidad, al menos corresponde guardar una actitud de respetuosa atención; mantenerse erguido; evitando conversar; comer; mirar a diestra y siniestra; gesticular y, obviamente, no incurrir demostraciones de rechazo u hostilidad como cánticos; abucheos; rechiflas; etc.

Quienes usen uniformes
Se encuentran exentos de descubrirse aquellos que en razón de su estado o función deban emplear cubrecabezas reglamentarios como parte de sus atuendos o uniformes. Ejemplos: militares; policías; bomberos; operadores de radio; etc.

Los deportistas
Es factible que por reglamento de sus disciplinas o simple prevención subjetiva, éstos empleen algún casco o cubrecabeza, procurando alcanzar un mayor índice de seguridad.
Citamos algunos ejemplos típicos: entre los que ubicamos a los jugadores de polo; futbol americano; rugby (su empleo es optativo); hipismo; béisbol; turf; ciclismo; esgrima; BMX; automovilismo; cricket; motonáutica; lacrosse; boxeo olímpico; salto; skatebording; karate; taekwondo; motociclismo; patinaje; bobsleigh; softbol; sky; hockey sobre hielo o patines;  escalamiento; skating; etc. Hay otros donde se usan cubrecabezas exclusivamente como un medio para favorecer la performance; es del caso de quienes practican la natación en sus diferentes variantes.

Nuestra opinión
A nuestro juicio, fundado en numerosas observaciones y análisis, los criterios a considerar para determinar cuál es la actitud correcta que debe asumir el deportista al entonarse los himnos nacionales es el siguiente:
1) Si el himno se ejecuta en los instantes previos a la competencia, el cubre cabeza o casco puede permanecer colocado; pues la inminencia del encuentro razonablemente lo justifica.
2) Si la ejecución es inmediatamente posterior a finalizar la competencia también aquí hay que distinguir:
2. a) Si el riesgo para la seguridad ha desaparecido totalmente, el deportista debería descubrirse; es el caso de la inmensa mayoría de los deportes.
2. b) Pero, si por alguna razón el riesgo persiste, aunque sea en grado mínimo, el casco/cubrecabeza no solo puede, sino que debería mantenerse colocado.
3) Si la ejecución de los himnos es marcadamente posterior al término de la competencia, donde ya ha desaparecido la tensión que le es propia, el gesto de descubrirse debe ser general.

Análisis en particular
El ejemplo típico de la situación descripta en el punto “2.b” es el de los deportes ecuestres, donde es indudable que mientras los competidores se mantengan montados hay un riesgo y por eso corresponde no quitarse el cubre cabeza. Este razonamiento puede parecer extremo, si consideramos la habilidad propia de los deportistas para controlar el equino; pero la principal razón que alienta el criterio sugerido radica en una actitud pedagógica para sensibilizar a los deportistas y a los espectadores sobre los peligros implicados en la práctica lúdica.
Claro está que una vez que el participante ha descendido de su montado y, eventualmente, se ejecuta el himno como paso previo a la premiación, ya no hay razón de seguridad para seguir usando el cubre cabeza y por ello corresponde que se lo quite.
Correcta actitud de los deportistas varones; no podemos decir igual de la dama premiada

¿Qué ocurre si no lo hace? En principio no corresponderá una sanción, salvo que la actitud sea muy grosera; pero siempre evidenciará una falta de educación al respecto Tanto los otros competidores, las autoridades y público podrán ser evaluarlo en forma negativa o bien podrá pasar desapercibida. Sin embargo hay naciones muy estrictas con el protocolo de sus símbolos nacionales donde una desatención puede generar desagradables consecuencias para el desprevenido.

Cuidado. Agregamos que en algunos deportes y, particularmente, en los reglamentos de competiciones muy tradicionales, el comportamiento durante la ejecución de los himnos está celosamente regulado y hasta puede ser motivo de sanciones (multas; quita de puntaje; baja de handicap; retiro de invitaciones para futuras ediciones; etc.)

lunes, 20 de marzo de 2017

Banderas en las Invasiones Inglesas

Interesante blog: “Surcos en la historia”

 


Señal dispuesta para indicar el inicio de la operación de desembarco


Nuestros amigos, distinguidos historiadores y vexilólogos, José Luis Alonso y Juan Manuel Peña; están comprometidos en un nuevo proyecto, del que damos cuenta en este blog para aprovechamiento de nuestros lectores; al que subtitulan: “Historias civiles y militares de los argentinos”

Tomando en consideración la sapiencia sus responsables y lo accesible de su estilo lo recomiendo calurosamente. 

Según lo anuncian volcarán allí sus estudios sobre diversos acontecimientos históricos, fundamentalmente referidos a la Argentina y Latinoamérica; en donde no faltará una amplia serie dedicada a la Vexilología y a las ciencias militares.


Como muestra reseño una contribución señalada por su rigurosidad documental, donde estudian el Código de Banderas implementado por el comodoro Popham, comandante de la expedición inglesa que incursionó en el Río de la Plata en el año 1806.

Se titula: A bordo del Diadema. Plan de desembarco inglés en el Río de la Plata. 8 de mayo de 1806”, la nave insignia del citado. Extractamos algunas referencias como para que vayan degustando el placer que les dará la lectura completa (accesible desde

 

“En el Archivo Histórico de Montevideo (R. O. del Uruguay), hemos tenido la oportunidad de analizar las disposiciones generales efectuadas por el Comodoro Popham para el ataque al poder español en el Plata, destacándose entre las dificultades la falta de un conocimiento adecuado de las condiciones geográficas de la región a invadir.
A bordo de la nave insignia inglesa, “Diadema”, el 8 de mayo de 1806, el Comandante de la escuadra inglesa, G. Home Popham, dicta disposiciones generales para la invasión del Virreinato del Río de la Plata […]

“El “Diadema”, llegado el momento de comenzar el operativo, izaría una bandera de color blanco con la cruz en rojo, que no es otra que la inglesa a nuestro juicio. [ver imagen del inicio] Escribe Pophan: “Cuando se largue esta bandera a bordo del “Diadema” los buques de guerra deberán enviar sus tropas al “Reasonable”, como queda previamente dispuesto, y los transportes se prepararán para desembarcar las suyas, según el plan ya mencionado, y esperar las órdenes del “Reasonable”, para saber el buque a cuyo costado se debe reunir” […].


“Para la ejecución de cualquiera de estos cuatro puntos, existía una bandera de cuatro rectángulos iguales: los superiores azul al asta y amarillo al batiente; los inferiores blanco al asta y rojo al batiente. El número que se pusiera a esta bandera indicaría uno de los cuatro planes a realizar “Por ejemplo: si el N° 1 se largara con dicha bandera cuarteada se verificará el ataque según el 1er modo, en cuyo caso, todos los buques se prepararán para operar con arreglo a aquella disposición” […]
El punto elegido finalmente para desembarcar sería informado a toda la flota mediante una bandera que se izaría por debajo de “la bandera de reunión” […]

Seguidamente los autores informan sobre el diseño de estas banderas que debían señalizar los diferentes puntos para el desembarco, entre las que nos permitimos reproducir la correspondiente a Buenos Aires:


Siguen diciendo Peña y Alonso:

“El 25 de junio la flota inglesa fondeó frente a Quilmes [inmediaciones de Bs. Aires] y según el plan previsto, las tropas desembarcaron sin oposición a las cuatro de la tarde del 27 de junio de 1806. Beresford, bajo intensa lluvia, ocupó el fuerte y otros puntos estratégicos de la ciudad virreinal dando comienzo a otra etapa histórica en el Río de la Plata, donde nadie imaginaba que vasallos criollos y españoles pondrían fin al plan de conquista.

Por mi parte consigno que la reacción armada de los habitantes del Río de la Plata, al mando de Santiago de Liniers implicó la completa capitulación británica, el 12 de agosto de 1806; un acontecimiento que la Historia argentina reconoce como “la Reconquista”. Pero esto, es otra historia.

La rendición de Beresford ante Liniers - 12 de agosto de 1806


domingo, 19 de marzo de 2017

Banderas con la Cruz de San Andrés

La Cruz de San Andrés, la bandera de  la  Armada  Rusa y el almirante Brown

La  llamada "bandera de Brown"

Por Miguel  Carrillo Bascary

En un post anterior comentábamos sobre la insignia personal del almirante Guillermo Brown: ¿Una bandera de la Armada rusa victoriosa en las aguas del río de la Plata? (http://banderasargentinas.blogspot.com.ar/2017/02/unabandera-de-la-armada-rusa-victoriosa.html)

A pedido de varios lectores aportamos alguna información más, sobre todo tomando en consideración que la llamada “Cruz de San Andrés” que consta en la bandera usada por Brown es la insignia naval de Rusia; forma el lábaro de Escocia y consta en numerosísimas banderas de otros lugares del mundo.

Sobre San Andrés

El símbolo que carga la enseña que comentamos nos remite a San Andrés, discípulo de Jesús, el primero que eligió para seguirlo a orillas del lago de Genezareth. Hasta ese momento era discípulo de San Juan Bautista. Había nacido en Betsaida (Galilea) y era hermano de Simón (Pedro), designado por Cristo como cabeza de la Iglesia (primer papa). Como su padre, Jonás, ambos eran pescadores y se ganaban la vida en el mar de Galilea. Pese a esta originalidad se lo menciona muy pocas veces en el Nuevo Testamento.

El nombre Andrés, proviene del griego ανήρ (anēr), genitivo: ανδρός (andrós), que puede traducirse como “varonil” u “hombre valiente”. Esta referencia parece haber influenciado a quienes lo pintaron en fecha temprana, caracterizándolo como un hombre fornido, de rostro viril.

La tradición indica que permaneció soltero y que vivía en casa de Pedro hasta que asumió su ministerio como apóstol de Cristo y marchó a predicar al Asia menor; pasando luego a Grecia. Se lo recuerda como primer obispo de Bizancio, origen del Patriarcado de Constantinopla, factor que lo destaca especialmente entre los cristianos ortodoxos. También se le atribuye haber misionado en la región de Kiev, Rusia; pero la versión carecería de fundamento. Otros dicen que llegó hasta Escocia, lo cuál carece de toda verosimilitud, se confundiría con la leyenda que indica a un discípulo suyo, san Régulo, quién habría llevado una reliquia del Santo hasta la antigua tierra de los pictos en el siglo IV.

 Martirio de San Andrés (Miguel Mendez, siglo XVII)

Fue martirizado en tiempos de Nerón por negarse a sacrificar a los dioses paganos; lo que habría ocurrido el 30 de noviembre del año 63; por tal motivo la Iglesia celebra su memoria en este día. Una tradición que podría datarse con cierta probabilidad en el siglo IV indica que murió atado a una cruz en forma de “X” donde permaneció por tres días, durante los que predicó a Cristo e instruyó a sus discípulos hasta que expiró. Esto ocurrió en Patras, capital de la provincia de Acaya, Grecia. Se cuenta que al ver la cruz que le estaba preparada manifestó: “Yo te venero cruz santa que me recuerdas la cruz donde murió mi Divino Maestro. Mucho había deseado imitarlo en el martirio. Dichosa hora en que tú al recibirme en tus brazos, me llevarán junto a mi Maestro en el cielo".

El destino de las reliquias de su cuerpo guardado por sus discípulos resulta muy confuso; se habrían conservado en Patras y luego en Constantinopla. En el 1208 y en el 1453, según los autores se llevaron a Roma y se guardaron en la Basílica de San Pedro; aunque parte se hallaron en Amalfi. También se asevera que, cuando el papa Pío II las recibió se comprometió a devolverlas a Patras cuando desapareciera el peligro de los turcos que avanzaban sobre Constantinopla (tomada en 1453) y Grecia.  Recogiendo esta versión, el santo papa Pablo VI dispuso ceder a Patras el cráneo del Santo, como símbolo de reconciliación para con los ortodoxos. Este se concretó el 26 de septiembre de 1964. En diversas iglesias de Europa también se afirma que existen fragmentos de los restos del Santo.

 
Moderno ícono de San Andrés

Como se adelantaba, Rusia y Escocia reconocen a San Andrés como su patrono; al igual que Rumania; España; Ucrania Sicilia; Grecia; y numerosísimas ciudades distribuidas a lo largo de todo el orbe.

El símbolo en la Heráldica y la Vexilología

Para designarlo se evidencian diversas formas: “cruz de San Andrés”; “cruz decrusada”; “saltara”; “salter"; “saltorel”; aspa; bandera aspada; y seguramente se podrán hallar otras.

En Heráldica, se llama sotuer, sautor, aspa, cruz aspada o Cruz de San Andrés a la pieza honorable compleja (pues está formada por dos piezas): una banda y una barra, es decir, por dos tiras o cintas colocadas en el campo del escudo, cruzándolo desde su parte superior derecha hasta la inferior izquierda y desde esta última hasta la primera, respectivamente. Siempre es de color (metal o esmalte) diferentes al del campo. Tiene un grosor equivalente a una tercera parte del escudo (algunos admiten hasta un quinto); si es de menor sección se denominan traversa y contra traversa, respectivamente; también se la llama flanquis y contra flanquis. Se considera que tanto la barra como la banda aluden al tahalí del que pendía la espada.
Es representación de humildad, estoicismos y fortaleza ante el sufrimiento (virtudes que se atribuyen a San Andrés); también simboliza al caudillo invicto en combate; quién ha sabido mantener siempre en alto su bandera.



El símbolo en la Heráldica y la Vexilología
  
La Vexilología utiliza mucho esta forma. Tómense como ejemplo las banderas de Escocia; Jamaica; Burundi o Jersey. 

Escocia

Jamaica

 Burundi

 Jersey
       Una variante consiste en la “cruz de Borgoña” aunque en realidad esta posee afloramientos o brotes de ramas al tronco que la forma.

 Cruz de Borgoña

Carga de la infantería española portando sus banderas con la cruz aspada

La bandera naval de Rusia

Como antecedente se cita la enseña implementada en el 1700, que hoy se usa como “bandera piloto”.

Bandera naval de Rusia ca. 1700

El hecho de que San Andrés sea el patrono histórico de Rusia parece que determinó el ukase (decreto imperativo) de 1712, por el que el zar Pedro I, “el Grande” (1672 - 1725) impuso como enseña de su armada el paño blanco cargado con un sotuer azul; que se vio por primera vez en la flota del Mar Negro.

Dibujo atribuido a Pedro I con el que delineó su bandera naval

Se usó hasta 1917, cuando la Revolución Bolchevique la eliminó. Fue restaurada a partir del 26 e julio de 1992, luego de colapsar la Unión Soviética y reconstituirse el estado de Rusia.

 La bandera naval de Rusia

Sus colores tendrían origen en aquellos con que habitualmente se representa a la Virgen María. Se la conoce por el nombre de андреевский" (leer "ahndrehyevskeey"), 

En el maravilloso portal “Flags of the Wold” consta un espléndido cuadro que demuestra la evolución cronológica de las banderas rusas que puede tomarse como referencia válida para estudiarlas (http://www.crwflags.com/fotw/flags/ru~tab.html)  

Puede ampliarse con mucho beneficio consultando el sitio oficial de la Armada Rusa: http://flot.com/symbols/anflag.htm

Los buques de Brown

Una nota autoría de José Bamio “La cruz de San Andrés – Insignia de Brown” (“Revista del Mar"; Nro. 161- Bs. Aires, 1981) indica que esta insignia fue usada por el gran Almirante en las siguientes circunstancias:

Desde el 1º de marzo de 1814, cuando se le concede el mando de la “Hércules”, para su raid de corso y en la posterior campaña contra la escuadrilla realista, que terminó con la toma de Montevideo.

Durante la guerra con el Brasil, durante el corso por aguas del Atlántico y los combates en el Río de la Plata, se izó en el bergantín “Balcarce”; luego en la fragata “25 de Mayo” y cuando esta quedó inutilizada paso al bergantín “República”; posteriormente Brown la usó en la goleta “Sarandí”.

Más tarde, la empleó en los bergantines “Belgrano”; “San Martín” y “Echagüe”; en las luchas contra la coalición franco-británica. 

 
El almirante Guillermo Brown 
(Oleo de Emilio Centurión - 1937)

lunes, 13 de marzo de 2017

Banderas transparentes

Un curioso efecto no deseado


Por Miguel Carrillo Bascary

Los textiles de las banderas destinadas al ornato se caracterizan por sus fibras sintéticas y, lamentamos decirlo, por su corta vida útil ya que el smog de las ciudades penetra profundamente en su trama, oscureciéndolas en forma prácticamente irrecuperable.

Tomemos como ejemplo  a lo que ocurre en el “Monumento Nacional a la Bandera” de la ciudad de Rosario (Argentina) las enseñas que flanquean su recinto central tienen una duración promedio de poco más de dos meses. Una vez retiradas se ha buscado higienizarlas por medio de diversos procedimientos, solo para verificar que el costo que demanda para llegar a un resultado muy mediocre, no justifica el esfuerzo.

Por este motivo algunos fabricantes ofrecen textiles con trama más abierta, lo que en principio permitiría un lavado con relativa buena expectativa de reutilizar estas banderas y así prolongar el tiempo de uso.

Sin embargo las aparentes soluciones a veces traen otros problemas sobre los que deseamos advertir. Para ello nada mejor que demostrarlo.

 Tomamos como referencia una fotografía obtenida en el Quebec (Canadá), donde el paño utilizado para confeccionar las banderas que allí vemos generar un sorprendente, pero también desagradables efecto visual; de tal forma que por efecto de la luz se transparentan y sus diseños aparecen superpuestos.

 Es claro que la forma de colocar estas banderas tampoco ayuda. Si se observa bien se constatará que en una misma asta se han colocado dos pabellones; respectivamente, la que representa a Quebec y la que corresponde a Canadá. Sin dudas, que es todo un desacierto.

miércoles, 8 de marzo de 2017

Mástiles y precedencias: bandera de Misiones

¿A la derecha o a la izquierda?  
Un aparente problema de Protocolo

Frontis de la sede de la Legislatura de Misiones (ciudad de Posadas, Argentina)

Por Miguel Carrillo Bascary

Desde la Legislatura de la provincia de Misiones (Argentina) nos consultan sobre la forma correcta de disponer la “Bandera Oficial de la Nación” (tal como la denomina el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº1650/ 2010); en conjunto con la “Bandera Nacional de la Libertad Civil” y la bandera de esa Provincia, en tanto lo dispuesto por el artículo 2º del decreto del Poder Ejecutivo de Misiones, Nº326/ 1992 establece que esta última “siempre” debe ir a la izquierda de la primera.

 

Los hechos

La República Argentina utiliza como bandera oficial la que dispuso el Congreso General de las “Provincias Unidas de Sudamérica” el 20 de julio de 1816; a la que en 1818 se le agregó un Sol en el centro de su banda blanca. En 1944 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto Nº 10.302/ 44 que uniformó definitivamente su diseño y por Decreto Nº1650/ 2010 se estandarizaron sus pautas de confección.

En cuanto a las banderas provinciales, si bien pueden apuntarse lejanos antecedentes son un fenómeno relativamente nuevo en Argentina ya que surgió a partir de los últimos treinta años. En este contexto la provincia de Misiones adoptó como “bandera oficial” los colores que se usaron con este carácter desde 1815 y hasta 1830; así lo dispuso el Decreto Nº326/ 1992 y lo ratificó la ley IV -Nº27 (antes ley Nº3102) de 1994.

       Más recientemente, la ley nacional Nº27.156 aprobada en el año 2015 reconoció como “símbolo patrio histórico” a la “Bandera Nacional de la Libertad Civil”; que fue creada por el general Manuel Belgrano en 1813; con lo que de hecho se convirtió en segunda enseña de la argentinidad.

Esta última novedad se encuentra en plena etapa de difusión y aplicación concreta, por lo que su uso genera numerosas dudas, como la que motiva la presente consulta.

Análisis de la normativa aplicable

Como marco jurídico de referencia se toman en consideración:
·        las pautas generales de ceremonial y orden protocolar que otorgan preeminencia a la “Bandera Oficial de la Nación” por sobre toda otra enseña;
·        la ley nacional Nº27.134 (2015), que reconoce y regula el uso de la “Bandera Nacional de la Libertad Civil” en su carácter de “símbolo patrio histórico”;
·        el decreto del gobernado de Misiones Nº326/ 1992; que estableció la enseña oficial de la provincia y pautas para su uso y ceremonial; y
·       la ley de la provincia de Misiones Nº3102 (1994); que convalidó el decreto precedente.

De conformidad a ello, el debido orden protocolar es el siguiente:

a) Aplicando la regla del centro métrico:
En el centro irá la “Bandera oficial de la Nación”, por ser esta la posición jerárquica acorde a las pautas del Ceremonial, con respecto al caso concreto.
A su derecha (izquierda del observador colocado a su frente), se instalará el símbolo patrio histórico, por ser una bandera de carácter “nacional”.
Finalmente, a la izquierda de la primera, se ubicará la enseña provincial.

b) Aplicando el principio de la derecha:
A la extrema derecha (izquierda del observador); en primer lugar irá la Bandera oficial de la Nación, a su izquierda y en forma consecutiva se ubicarán: la “Bandera Nacional de la Libertad Civil” y la que representa a la provincia de Misiones.
Consideraciones:

Es evidente que la bandera provincial cede primacía a las dos que tienen carácter “nacional”, esto ocurre como reflejo de vigencia del sistema federal con que se organiza el Estado argentino (artículos 1º y 5to. de la Constitución nacional)

Interesa analizar en concreto, que la norma del artículo 2º, del Decreto Nº326/ 1992 (Misiones) dice:
“La bandera de Misiones será obligatoriamente izada en los establecimientos oficiales, dependencias del Gobierno de la Provincia y será colocada siempre a la izquierda de la bandera Argentina(destacamos en negrita este último mandato)

Este texto no puede aplicarse en forma absoluta ya que solo alude al uso conjunto de estas dos únicas banderas, con prescindencia de toda otra.

La norma no hace referencia alguna a la posición en que debe colocarse la bandera de Misiones si en la ocasión hay que lucir otra, lo que habilita a considerar varios ejemplos, tomando siempre en consideración la regla del centro métrico:
Caso 1: Si debe colocarse una bandera municipal, es obvio que el orden protocolar será: 1ª la argentina; 2ª la provincial (a su derecha) y 3ª la municipal, a la izquierda.
Caso 2: Si además, se quiere usar la enseña de una institución cívica (vgr.: el “Rotary Club”; el club “Crucero del Norte”; la “Fundación Vida Silvestre Internacional”; la “Cruz Roja” o cualquier otra), el orden protocolar correcto será: 1ª la argentina, 2ª la provincial (a su derecha) y 3ª la de la entidad civil, a la izquierda de la primera.

Como vemos, ya en estas situaciones, para respetar adecuadamente la jerarquía de la insignia de la Provincia, es preciso soslayar el mandato del artículo 2º in fine del Decreto Nº326/ 1992 y colocarla a la derecha de la Nacional.

La situación con respecto a la “Bandera Nacional de la Libertad Civil”

Aquí es preciso advertir que tanto este decreto como la ley provincial deben aplicarse en consonancia con los preceptos nacionales, aplicando al caso el método de la interpretación sistémica tal como ha sido impuesto por la hermenéutica de la Corte Suprema de Justicia Nacional. Esto permite armonizar las normas en aparente conflicto, sin necesidad de que ninguna sea descalificada.

Por otra parte, es evidente que cuando se dictó el decreto de referencia (1992) se estaba muy lejos de considerar que nuestro país tendría una segunda bandera de carácter nacional. La “Bandera de la Libertad Civil” por entonces era considerada como una reliquia histórica que ni tan siquiera identificaba a la provincia de Jujuy.

Fue recién en el año 2012 cuando comenzó a develarse la valoración de este emblema como símbolo histórico de la nacionalidad, de conformidad a las circunstancias de hecho y de derecho que lo avalan. Tras el respectivo proceso legislativo, que en nuestro país se caracteriza por la intervención del Congreso y del Poder Ejecutivo, surgió la Ley Nacional Nº27.134 (2015) que reconoció nuestra segunda bandera. En nuestra obra “La Bandera Nacional de la Libertad Civil; su historia y su pueblo” (Jujuy, 2013) estudiamos su naturaliza y compilamos una veintena de documentos que la avalan.

En consecuencia, se operó una mutación significativa con referencia a la situación que regía cuando se dictó el Decreto Nº326/ 1992 (Misiones), por lo que el término “siempre” no resulta materialmente aplicable al caso. 

Concluyendo: entendemos que con la explicación brindada queda en claro que el problema de protocolo que motivó la consulta es solo aparente, pues la normativa considerada en conjunto permite esclarecer la forma en que deben disponerse estas banderas.

Recinto de sesiones de la Legislatura de Misiones
Observar los mástiles con la bandera argentina y la provincial (en primer plano)

Adición: 
Como resultado de lo expuesto, si se considera la primera foto, donde se observa el frente de la Legislatura:
  • Habría que erigir un tercer mástil en el centro de los existentes, que se destinaría a la "Bandera Oficial de la Nación"; en el derecho se izará la "Libertad Civil" y en el de la izquierda, el pabellón de Misiones. Este último podrá guardar la menor altura relativa que hoy tiene, pero lo más adecuado sería que todos fueran de una misma extensión; fundamentalmente por razones de simetría estética y por una más cabal valoración de la autonomía provincia.
  • Considerando la disposición de los cuatro masteleros colocados en la mampostería del frente, personalmente sugeriría que se los eliminara, ya que su número complica algo la situación; pero, en la eventualidad de que no se quisiera seguir este temperamento, se deberán colocar: en los dos masteleros centrales,  sendos ejemplares de la Bandera oficial de la Nación; en el situado a la izquierda, irá la "Bandera Nacional de la Libertad Civil" y en el correspondiente a la derecha, se situará el lábaro de Misiones


En cuanto al interior del recinto de sesiones, habría que erigir un tercer mástil para el símbolo patrio histórico, que se ubicará inmediatamente a la izquierda del que actualmente se destina a la Bandera oficial; ambos deberán tener el mismo alto. La enseña misionera seguirá izándose en el mástil donde actualmente se enarbola.

En color rojo se representa el mástil donde debería colocarse la bandera histórica nacional