viernes, 23 de diciembre de 2022

Banderas de ceremonia. ¿Cómo colocar las corbatas?

Importante cuestión de detalle 

Foto 1

Foto 2

Por Miguel Carrillo Bascary


Con mucho gusto respondo la consulta que el amigo Luis Corradi, funcionario de la Dirección de Competencias Comunales, dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, me hizo llegar hace unos días. Lo interesante de la cuestión motiva compartir esta nota sobre un tema que no conozco haya sido tratado por la bibliografía.

Antecedentes

En muchos países latinoamericanos es común un complemento ornamental en las banderas de ceremonias, son las corbatas, lazos o moños, como se les dice en algunos lugares. Tienen como función establecer una transición visual entre la lanza y el paño de la enseña, asimismo sirven para fijar las condecoraciones que pueda haber merecido la pieza o para identificar a las instituciones a las que particulariza. En otros casos portan inscripciones simbólicas que complemente al lábaro.

Al finalizar este aporte referencio algunas otras notas publicadas en este Blog donde traté algunos aspectos sobre ellas.

La realidad acredita que en las normas que definen los diseños de banderas en sus versiones de ceremonia muchas veces se omite tan significativo elemento. En consecuencia, cuando llega el momento de utilizarlas en un dispositivo de Ceremonial se advierte su falta y surgen apresuradas improvisaciones, no siempre afortunadas, que suelen originar diversos problemas. En algún momento realizaré un tratamiento exhaustivo de la cuestión, por ahora centraré mis reflexiones en lo que resulta de las fotos que abre esta nota.


En Argentina, su bandera de ceremonia incorpora la corbata y con respecto a sus cintas aparecen reguladas por el punto 3.2 de la Norma IRAM-DEF D 7675, contenida en el Decreto nacional Nº1.650/ 2010[1], que dispone:


“3.2.3 - Cintas para adultos. Consisten en dos cintas de 500 mm de largo, como mínimo, cosidas en la parte posterior, sobre el borde inferior del moño. Ambas cintas deben llevar, como ornato, en la parte inferior, flecos de 70 mm de largo, confeccionados con hilo tipo “lurex” dorado, u otra fibra similar que simule hilo metálico de oro”.


En el caso de México la “Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales [2]” ordena:

“Artículo 3º.- La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo. En la franja blanca y al centro, tiene el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas partes del ancho de dicha franja. […] Podrá llevar un lazo o corbata de los mismos colores, al pie de la moharra”.

Caso 1 – Corbatas sin inscripciones

La presentación de las corbatas que vemos en ambas tomas es muy estética. Lucen plenas, prolijamente dispuestas, coronando de alguna manera a los paños nacionales de México (Foto 1[3]) y de Argentina (Foto 2), en una versión sui generis de la enseña presidencial[4]. Así deberían verse en toda oportunidad.

Lamentablemente son muchas en que se muestran con diversas patologías, como arrugas y manchas, o se presentan descentradas o colocadas en lugares inapropiados, etc.

Claro está que la disposición ilustrada corresponde a corbatas que no llevan inscripción ni aditamento alguno en sus brazos, a los que también se les llaman cintas.


Nota sobre la corbata en la Bandera argentina:

Por linda que se vea la corbata argentina colocada como en la Foto 2, esto plantea dudas sobre si la disposición cumple con la normativa a la que se aludió poco más arriba, ya que los brazos serían de un largo levemente diferente (el posterior tendría unos centímetros más que el superior)


La aparente anomalía merece un análisis, ya que la norma define un largo mínimo, pero no un máximo, tampoco establece que las cintas deban ser simétricas, aunque la lógica indicaría que sí, pero la regulación no es absoluta. Desde la óptica del Derecho esto abre un margen de apreciación que habilita la diferencia en los largos, para los casos de corbatas con inscripciones o medallas.


Convengamos que la cuestión es de un detallismo extremo, pero, reitero, la interpretación sistémica de la legislación permite esa sutil diferencia.

Caso 2 – Corbatas con inscripciones o que incorporen condecoraciones

En Argentina, pueden citarse varios ejemplos: el de la Bandera Nacional de la Libertad Civil, en su versión de enseña oficial de la provincia de Jujuy, la que corresponde a las provincias de Tucumán y de La Rioja, también la que acompaña a la del municipio de La Quiaca. Asimismo, las que complementan las insignias de los elementos militares y de las fuerzas de seguridad.

Bandera Nacional de la Libertad Civil, versión prov. de Jujuy - Foto 3

Detalle - Foto 4

Bandera de la provincia de Tucumán - Foto 5

Detalle - Foto 6

Bandera de la provincia de La Rioja - Foto 7

Pero donde proliferan las “corbatas escritas” es en el ámbito escolar, en que la reglamentación define que lleven el nombre y número del establecimiento.

Bandera escolar - Foto 8 

Por lo demás, cuando se impone una condecoración a una bandera las preseas se cosen sobre la corbata dejando franco el paño. Así acumulan numerosas piezas las enseñas de unidades militares de larga tradición, como los “Granaderos a Caballo” o del regimiento “Patricios”.

Granaderos a Caballo - Foto 9

Regimiento Patricios - Foto 10

En estas circunstancias las cintas no pueden lucir como en el “Caso 1”, deben presentarse algo abiertas para que el observador tenga la posibilidad de leer lo que llevan escrito o de observar las preseas que portan. De no ser así no tendría sentido alguno que una norma disponga bordar la cinta, ya que lo escrito quedará oculto cuando se muestre el vexilo. Lo propio ocurriría en caso de llevar distinciones, que resultarían invisibilizadas.

Terminando

Nuevas potencialidades de la interacción del Ceremonial en conjunto con la Vexilología. 

Otras referencias publicadas en este Blog

Cuando el error radica en el largo (http://banderasargentinas.blogspot.com/2022/05/cuando-el-error-radica-en-el-largo.html)

¿Cómo cuidar las corbatas de una bandera? Pequeños secretos que aporta la práctica (http://banderasargentinas.blogspot.com/2021/08/como-cuidar-las-corbatas-de-una-bandera.html)

Una original enseña en el Norte argentino. La bandera oficial de la ciudad de La Quiaca (http://banderasargentinas.blogspot.com/2016/04/la-oficial-la-ciudad-de-la-quiaca-jujuy.html)

 

 

https://www.eltucumano.com/noticia/actualidad/280752/que-paso-le-cambiaron-la-bandera-a-tucuman-en-un-encuentro-nacional



[3] En la Foto 1 se muestra un ejemplar de la llamada “bandera de oficina”, que sueles usar las reparticiones del Estado, en cuyo caso el escudo se borda o estampa en dorado.

[4] La llamada “bandera presidencial” (Foto 2) no está regulada, se emplea de hecho desde hace muchos años. Debería ser idéntica a la bandera oficial de la Nación (cuyas características resultan de la Norma IRAM-DEF D 7679, Dec. Nº1.650/ 2010) con la inscripción “REPÚBLICA ARGENTINA” formando un arco convexo sobre la franja superior y “PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, en arco cóncavo, sobre la inferior; ambas leyendas en mayúsculas doradas. En el ejemplar que se observa faltaría la leyenda superior, mientras que el Sol decididamente no es el reglamentario, cuya imagen resulta de la Norma IRAM-DEF D 7677, punto 4.5.1, figura 1; Dec. Nº1.650/ 2010. Curiosas anomalías las apuntadas, ya que se trata de una de las fotos oficiales representativas del actual presidente de la Nación a poco de haber asumido su mandato.


2 comentarios:

  1. Muchísimas gracias, Profesor! Un "detallismo extremo", como usted menciona pero que distingue el buen proceder de nuestra profesión y el respeto a nuestros símbolos. Siempre siguiendo sus publicaciones. Saludos cordiales desde Mar del Plata.

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  2. Muchas gracias por tus palabras Silvana, intento brindar un servicio en pro de enaltecer nuestra profesión y de intentar devolver todo lo recibido de otros a lo largo de mi trabajo

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