¿Dónde? En el Concejo Deliberante de Clorinda (Formosa)
Por Miguel
Carrillo Bascary
Quienes nos dedicamos al Ceremonial en nuestros recorridos por la web solemos encontrar situaciones extrañas que implican un destrato a los símbolos, pero la fotografía que ilustra esta nota y las otras que ofrecemos, resultan poco menos que increíbles. Sin embargo, en ocasiones recuerdo haber visto posicionamientos similares en otras jurisdicciones. Acto seguido muestro la imagen que originó este comentario:
Como se desprende de la
toma corresponde al salón de sesiones del
Concejo Deliberante del municipio de
Clorinda, provincia de Formosa (Argentina). En respeto a la investidura de
los funcionarios involucrados me he permitido testar el nombre y cargo, así
como sobreimprimir sus rostro, ya que este Blog se limita a ejemplificar
circunstancias disvaliosas en el ejercicio del Ceremonial para intentar evitar su reiteración y no incursiona en
cuestiones políticas ni personales.
La composición del dispositivo muestra al fondo una gran fotografía de la sede del Concejo. El funcionario se encuentra en la cabecera de una gran mesa en cuyo derredor sesiona el Cuerpo. A su derecha se dispone la Bandera nacional, mientras que a su izquierda vemos la que representa a la provincia. Es también ajustado a los principios del Ceremonial que la enseña nacional tenga un mástil de mayor altura que el que se asigna a la divisa local, su naturaleza (de izar) exime que deban tener las moharras que son reglamentarias si se hubiera tratado de banderas de sitio (Decreto Nº1.650/ 2010). Hasta aquí todo está correcto.
El problema se suscita con la forma en que están dispuestos los paños, como lo podrá apreciar el lector destacado en los círculos.
Podría pensarse
que tal posicionamiento es un infortunado desliz, sin embargo, otras fotografías
halladas en Internet revelan el proceder no fue algo
excepcional, todo lo contrario. Así lo constatan de las siguientes fotos obtenidas en
diferentes fechas, a las pruebas me remito:
Entiendo que la causa de estas tan poco felices presentaciones de ambas banderas radica en evitar que su extremo toque el piso, como solución superadora cabría reducir el largo de las piezas y endrizarlas en cada oportunidad que deban ser elevadas; o sea, al iniciarse las sesiones. Consigno que la normativa vigente respecto de la Bandera nacional no prevé dimensiones específicas, solo que guarden las proporciones entre su largo y ancho, tal como consta en el Decreto Nº1.650/ 2010 (Norma IRAM DEF D 7677, Anexo C), de manera que no hay ninguna obligación de emplear un tamaño en particular.
El análisis de las tomas nos permite apuntar que: la desprolija colocación de las banderas en estas tomas y la visualización de otras, en donde los paños se encuentran extendidos, radica en que en estos últimos casos el Concejo está formalmente en sesiones, por lo que el posicionamiento del paño al tope permite evitar que arrastre sobre el piso. Sin embargo en la siguiente toma las banderas permanecen recogidas sobre sí mismas, en observable posición, pese que el Cuerpo está deliberando.
En la siguiente se constata otra deficiencia, la Enseña nacional se encuentra extendida, mientras que la provincial permanece abullonada, algo que carece de toda explicación y que constituye un gratuito desmerecimiento para con esta última:
Interesa señalar que Clorinda se fundó en el año 1915, es la segunda ciudad de la provincia,
ya que cuenta con más de 50.000 habitantes y es capital del departamento de
Pilcomayo. Su emplazamiento estratégico la constituye en un activísimo centro
del comercio internacional.
Se identifica con el escudo seguidamente se reproduce, en el que destaca en jefe
la Bandera nacional argentina con un Sol naciente magnificado y, en el campo, consta la
representación de su ubicación geográfica donde dos manos se estrechan
solidarias por sobre el perfil del puente internacional “San Ignacio de Loyola”
que vincula a la Argentina con el Paraguay.
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