domingo, 13 de septiembre de 2020

Banderas con errores y algunas fantasías

Cuando las imágenes engañan

 

Por Miguel Carrillo Bascary

Representar una bandera con un diseño que no corresponde es un error muy común entre los ceremonialistas que no conocen adecuadamente la Vexilología. La navegación por Internet nos muestra fotografías de actos oficiales de altísimo nivel donde “lucen” enseñas vagamente parecidas a las reglamentarias o bien exhiben notorias diferencias con los modelos oficiales.

También se constatan estas irregularidades en páginas web, igualmente oficiales; peor aún, en algunas de fabricantes de banderas y de otras dedicadas a la docencia o a la difusión; lo que favorece la multiplicación de los errores, que es a veces son mayúsculos. Por desgracia los corta/pega bien intencionados hacen que se difundan en forma planetaria, literalmente.

Esta triste realidad incluso puede verse en portales de altísimo nivel que pertenecen a instituciones señeras y que por ende son muy consultados por los especialistas. Se hace evidente que los administradores no han contado con la debida información. No daré sus nombres por cuestiones de respeto profesional; pero, como una contribución al enorme esfuerzo conjunto que representa Wikipedia, me permito sugerir que algún wikipedista promueva las reformas necesarias en el link, https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Banderas_provinciales_de_Argentina, donde en materia de banderas provinciales de Argentina existe tres errores de bulto referidos a las enseñas de Corrientes; Jujuy y Mendoza.

En la raíz del problema encontramos defectos de redacción de las leyes que oficializaron estos símbolos; donde no se ha cuidado particularmente en definir un modelo patrón. También ocurre que este existe, pero por algún extraño misterio los responsables del caso parece que lo han olvidado o bien, que lo ignoran. Por si esto fuera poco, es lamentable constatar que algunas reparticiones oficiales de Ceremonial usan modelos que no responden  las normas vigentes. ¡El colmo de los colmos!

Tomaré como hipótesis de estudio las banderas provinciales de Argentina. Como método presentaré los diseños previstos por la normativa vigente y después las imágenes espurias (sin citar su fuente, por cuestión de pudor por lo ajeno). Desde ya que las que mostraré son solo algunas, es obvio que en la Red podríamos encontrar muchas más.

Como son pocas las leyes que codifican los colores por alguno de los sistemas cromáticos vigentes, prescindiré de señalar ejemplos en esta materia, excepto alguno que esté muy apartado de los cánones aplicables. 

Catamarca 


Bandera oficial, según Ley Nº5.231 (2007)  

Ejemplar espurio (1), donde se han invertido los colores del primer segmento. Se ofrece en la web de un fabricante de banderas y los laureles son más pequeños.  

Este diseño es una recreación hipotética de una bandera empleada en la provincia ca. 1815; sin embargo, en la fuente detectada se consigna que se usó entre 1821 y 1852; lo que no es real.

Corrientes

Bandera oficial, restablecida por Decretos  Nos. 7242/ 186 y Nº 6236/ 1987; para una mayor fundamentación es imprescindible consultar el ensayo de Francisco Gregoric publicado en Revista Estandarte Nº71 (2014).

 

Ejemplar espurio, con la leyenda en negro.

 

Ejemplar espurio, con el triángulo en volumen reducido.

Ejemplar espurio, de uso habitual en la provincia.

Entre Ríos 

Ejemplar espurio, presentado en un portal internacional como la bandera usada entre 1832 y 1852. 

Jujuy, la Bandera Nacional de la Libertad Civil

 

Modelo oficial, dispuesto por la Ley provincial Nº 5772 (2013) y Ley nacional Nº 27.134 (2015), ya que también es símbolo histórico patrio. Pese a la claridad de las normas y, a las precisas pautas para reproducir su diseño contenido, existe una asombrosa variedad de representaciones, de las que aquí mostramos algunas.

Ejemplar espurio, con notorias diferencias en el diseño del escudo.

 

Ejemplar espurio, donde se ha simplificado la corona vegetal; se redujo el número de rayos del Sol, además se agregó un resaltado amarillo al conjunto. Imagen difundida en un portal internacional especializado en Vexilología que es muy consultado. 

Ejemplares espurios, tanto en el formato como en el diseño del escudo. En la primera se le aplicó un escudo que vagamente recuerda a la insignia del Ejército de los Andes. En la segunda se adosó un dibujo que pretende ser el Escudo nacional argentino, pero que no se adecua a la norma rectora vigente, el Decreto Nº10.302/ 1944.

Ejemplar espurio, presentado en un portal internacional como la enseña histórica usada entre 1834 y 1852. No hay ningún antecedente sobre este diseño.

 La Pampa

Bandera oficial, según Ley Nº1513, 1993.

Ejemplar espurio, donde el celeste ha sido cambiado por un azul oscuro. Se aplicó la figura celeste para no poner en evidencia el origen de la imagen equívoca.  

Mendoza

 

Bandera oficial, cuyo diseño fue reglamentado por Ley provincial Nº 6792 (2000) 

Muchas veces se iza con el eje del blasón perpendicular al asta, tal como se muestra la reliquia en un cuadro pintado a comienzos del siglo XX, lo que parece haber inducido a este divulgado error.


 Diseño muy aproximado al reglamentario, donde se representa al gorro en marrón, cuando en realidad es rojo oscuro/ bordó, con precisión PANTONE 1945 C. 

Ejemplar espurio, donde el celeste ha sido virado al azul marino.

 

Ejemplar espurio, que carga un modelo aproximado al del Escudo nacional argentino. Se borroneó la marca de agua para no poner en evidencia el origen de la equívoca imagen.

 

Ejemplar espurio, con el blasón histórico simplificado. 

Ejemplar espurio, que carga un modelo aproximado al actual escudo provincial.

 

Ejemplar doblemente espurio, presentada por un portal internacional como la que empleó la provincia ca. 1831.no solamente en lo que hace al color, también se le adiciona el modelo de Escudo nacional fijado en el año 1944.

Bandera de Santa Fe

Bandera oficial fijada por Ley Nº 9889 . Se hace constar que la norma carece de previsiones específicas sobre el diseño. En muchos ejemplares de ceremonia de uso oficial se reemplaza el amarillo por el dorado, con el incremento de costos que ello implica.

 

Ejemplar espurio, que increíblemente se encuentra muy difundido en la Red.

 

Ejemplar espurio, donde el Sol del blasón es rojo y el azul oscuro sustituye al celeste. Este último fue determinado expresamente por la ley de creación, sancionada en 1822.

 

Ejemplar equívoco, empleado en algunas ocasiones entre 1986 y 1990, pero que todavía persiste en la Red.

Tucumán


Bandera oficial, según Ley Nº5.231 (2007)  


Ejemplar espurio, con el escudo de la provincia aplicado. Se intervino la marca de agua para no poner en evidencia el origen de la imagen equívoca. 

Post scriptum 

También he visto que: la bandera de Catamarca se representa si su borde amarillo; la de Neuquén con el escudo invertido; la de Misiones con sus colores al revés; la de Santa Fe, en la que el emblema central ha sido reemplazado por un círculo amarillo; la de Mendoza con un escudo argentino; la se Salta, reemplazando con ramas de laureles a las estrellas/espuelas; la de Río Negro, sin el círculo de estrellas; la de E. Ríos, con franjas azules oscuro en vez de celeste; la de la Ciudad Autónoma de Bs. Aires, con el campo de su escudo coloreado; etc. 

Nota1.- Espurio: falso; ilegitimo, no auténtico.

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